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Documento BOE-B-2000-98031

Resolución de la Secretaría de Agricultura y Alimentación por la que se acuerda la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la notificación a "Semillas Cortes Marín, Sociedad Limitada", para la devolución de la ayuda del FEOGA, como consecuencia del expediente número SM-1/2000, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al no haber sido posible la notificación personal a la interesada.

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 24 de abril de 2000, páginas 5634 a 5634 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-B-2000-98031

TEXTO

Iniciación del expediente SEM-1/2000, de

procedimiento de devolución de ayuda del FEOGA,

incoado a "Semillas Cortes Marín, Sociedad

Limitada", con domicilio en carretera de Fontanar,

kilómetro 0,5, 19004 Guadalajara.

Recibido escrito (acta) de referencia SGCRF/

ACE/SCEIF/ALR y de fecha 13 de octubre de

1999, que se refiere a la liquidación 1/97, por un

importe de 23.590.195 pesetas, ya que su empresa

está incluida en el Plan de Control FEOGA 98/99,

dentro del ámbito de aplicación del Reglamento

(CEE) 4045/89, y conforme a lo establecido en

el título 6.o de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre

("Boletín Oficial del Estado" del 27), de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, el Real

Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se

aprueba el reglamento de procedimiento para la

concesión de subvenciones públicas y con el

Reglamento (CEE) 4045/89, se acuerda la iniciación del

expediente de devolución como consecuencia de

los siguientes hechos: Con fecha 4 de mayo de 1999

los inspectores de la Inspección Territorial del

FEOGA de Castilla-La Mancha don Olegario

Aguado Delgado y don Santiago Salcedo García-Cervigón

se personaron en la sede central de su empresa

y no pudieron efectuar la inspección obligatoria por

encontrársela cerrada, aunque no observaron ningún

distintivo que identificara sus instalaciones. Con

fecha 2 de noviembre de 1999 fue solicitada la

información sobre la situación actual de su empresa

en el Registro Mercantil de Guadalajara,

confirmándose la denominación y dirección de la empresa.

Con fecha 4 de noviembre de 1999 se consultó

a la Dirección General de la Producción Agraria

de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente

de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

la situación de su empresa, comunicándosenos que

la dirección era correcta y que su última

actuación en certificación de semillas había sido en

octubre de 1998. Fundamentos de Derecho: Artículos

2.o2 y 3.o1, 4.o y 5.o del Reglamento (CEE) 4045/89,

del Consejo, de 21 de diciembre; artículo 81.4.c)

del texto refundido de la Ley General Presupuestaria

aprobada por Real Decreto Legislativo 1091/1988,

de 23 de septiembre. Al no poder realizar por culpa

del interesado los controles establecidos en el

Reglamento (CEE) 4045/89 del Consejo, se infringe el

artículo 81.4.c) del texto refundido de la Ley General

Presupuestaria, que establece como obligación del

beneficiario el sometimiento a las actuaciones de

comprobación, por lo que según, el artículo 81.9,

apartado d), resulta procedente el reintegro de las

cantidades percibidas y la exigencia del interés

demora. Lo que le comunico, poniéndole de

manifiesto el expediente por un plazo de quince días,

de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2,

párrafo tercero, del Real Decreto 2225/1993, de 17 de

diciembre, y en el artículo 84 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. Dentro de dicho plazo

podrán efectuar las alegaciones y presentar los

documentos que estimen pertinentes.

Madrid, 21 de febrero de 2000.-El Secretario

general de Agricultura y Alimentación, Carlos Díaz

Eimil.-20.166.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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