Considerando lo que prevé el título 5 de la Ley
34/98, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos,
y de acuerdo con la Resolución de 4 de febrero
de 2000, de autorización administrativa y
declaración de utilidad pública, que lleva implícita la
necesidad de ocupación de los bienes y los derechos
afectados por la ejecución del proyecto de
conducción y suministro de gas natural en los términos
municipales de Sant Celoni, Riells i Viabrea y Breda,
a los efectos de lo que prevé el artículo 52 de la
Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre
de 1954;
Dado que la relación concreta e individualizada
de los bienes y los derechos afectados, en
cumplimiento de lo que exige el artículo 17 de la Ley
de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de
1954, se ha sometido a un período de información
pública mediante el anuncio publicado en el "Diari
Oficial de la Generalitat de Catalunya" número
2990, de 7 de octubre de 1999; en el "Boletín Oficial
del Estado" número 240, de 7 de octubre de 1999,
y en los periódicos "El Punt" de 7 de octubre de
1999 y "Diari de Girona" de 7 de octubre de 1999;
De acuerdo con lo que prevé la Ley de
Expropiación Forzosa indicada, acuerdo:
Fijar las fechas siguientes para proceder a la
redacción de las actas previas a la ocupación de los bienes
y los derechos afectados.
Día y hora: 2 de mayo de 2000, a las nueve
horas.
Lugar: Ayuntamiento de Sant Celoni.
Día y hora: 2 de mayo de 2000, a las once horas.
Lugar: Ayuntamiento de Breda.
Día y hora: 3 de mayo de 2000, a las diez horas.
Lugar: Ayuntamiento de Riells i Viabrea.
Esta convocatoria se notificará individualmente
a las personas interesadas que figuran en la relación
expuesta en el tablón de anuncios de los
Ayuntamientos afectados y de la Delegación Territorial
de Girona del Departamento de Industria, Comercio
y Turismo (Gran Vía Jaume I, 41, 17001 Girona).
Han de asistir al acto los titulares de los bienes
y los derechos afectados, personalmente o
representados por una persona debidamente autorizada.
Deben presentar los documentos acreditativos de
su titularidad y el último recibo de la contribución
que corresponda al bien afectado y, si lo estiman
conveniente, pueden ir acompañados, a su cargo,
por un Perito o un Notario.
La reunión tendrá lugar en la sede de los citados
Ayuntamientos. A continuación los asistentes se
trasladarán, si procede, a los terrenos afectados para
proceder a la redacción de las actas.
Girona, 27 de marzo de 2000.-Josep Cortadellas
i Gratacós, Delegado territorial de Girona en
funciones.-19.839.
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