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Documento BOE-B-2000-81216

Resolución de la Delegación Provincial de Pontevedra, de 28 de febrero de 2000, de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita, así como la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que se describe (número de expediente IN407A 1999/93-4).

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 4 de abril de 2000, páginas 4719 a 4719 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-B-2000-81216

TEXTO

Visto el expediente para otorgamiento de

autorización administrativa, declaración, en concreto, de

utilidad pública y la necesidad de la urgente

ocupación que lleva implícita, así como la aprobación

del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica

que a continuación se detalla:

Solicitante: "Unión Fenosa, Sociedad Anónima".

Domicilio social: Avenida García Barbón, 38,

36201 Vigo.

Título: LMT, CT y RBT "San Román-Priegue".

Situación: Nigrán.

Características técnicas: LMT, aérea, a 20 KV,

de 233 metros de longitud, con conductor tipo

LA-56, sobre apoyos de hormigón, desde el

apoyo 2 de la LMT al CT "Mámoa" hasta el CT que

se proyecta en "San Román-Priegue", Ayuntamiento

de Nigrán. CT de 100 KVA, relación de

transformación 20 KV-380/220 V, RBT, aérea, de 265

metros de longitud, con conductor tipo RZ, sobre

apoyos de hormigón.

Realizada la información pública y la notificación

individual a cada uno de los propietarios afectados,

por el paso de la línea, el propietario de la finca

número 3 presenta dos posibles alternativas al

trazado de la línea,

Trasladadas las alegaciones a la empresa eléctrica,

ésta contesta que el dueño del predio sirviente podrá

solicitar el cambio de trazado, comprometiéndose,

previamente, a acreditar la conformidad de los

nuevos propietarios afectados y que la alternativa

propuesta no puede superar en longitud el 10 por 100

de la parte de la línea que es objeto de la variación,

lo que sí sucede con la alternativa propuesta. Se

dio traslado del escrito de la empresa eléctrica al

propietario de la finca número 3;

Considerando que no se ha facilitado por parte

del alegante la justificación que determina el

Decreto 2619/1966, artículo 26 "limitaciones" y que

además la primera variante propuesta perjudica

claramente a las fincas 6 y 8, y la variante

número 2 supondría que no se podrían cumplir las

condiciones del artículo 26 en cuanto a longitud y coste;

Vistos y cumplidos los trámites ordenados en la

Ley 54/1997, el 27 de noviembre, y en los

capítulos III y IV de los Decretos 2617 y 2619/1966,

de 20 de octubre, sobre autorización y expropiación

forzosa de las instalaciones eléctricas,

Esta Delegación Provincial resuelve autorizar,

declarar, en concreto, la utilidad pública y la

necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita,

así como la aprobación del proyecto de ejecución

de las referidas instalaciones, cuyas características

se ajustarán en todas sus partes a las que figuran

en el mismo y a las condiciones técnicas y de

seguridad establecidas en los Reglamentos de aplicación,

y en los condicionados establecidos por los

Ministerios, organismos o Corporaciones que constan en

los expedientes.

Contra la presente Resolución podrá interponer

recurso de alzada ante el excelentísimo señor

Consejero de Industria y Comercio en el plazo de un

mes, contado a partir del día siguiente al de

notificación de esta Resolución; también podrá

interponer cualquiera otro recurso que estime pertinente

a su derecho.

Pontevedra, 28 de febrero de 2000.-La Delegada

provincial, Carmen Bianchi Valcarce.-16.179.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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