Adoptado por la Comisión Ejecutiva del Banco
de España en su sesión de 25 de junio de 1999,
acuerdo de incoación del procedimiento previsto
en el título II de la Ley 26/1988, de 29 de julio,
sobre Disciplina e Intervención de las Entidades
de Crédito a don Emilio Jesús Fernández Romero,
seguido en su tramitación bajo la referencia
IE/LDI-3/99, y habiéndose dictado acuerdo
resolutorio en el mismo, y estando acreditado en el
expediente el intento de notificación personal al
expedientado sin resultado práctico, de conformidad
con lo previsto en los artículos 59.4 y 61 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, se procede a
dar publicación en los términos que señala el citado
artículo 61, en el "Boletín Oficial del Estado", del
Acuerdo resolutorio del Consejo de Gobierno del
Banco de España de fecha 29 de octubre de 1999,
el cual, tras la exposición de hechos y fundamentos
jurídicos contenidos en la Propuesta de Resolución
a la que el expedientado no ha presentado
alegaciones, concluye con el siguiente fallo:
Primero.-Imponer a don Emilio Jesús Fernández
Romero sanción de multa por importe de un millón
(1.000.000) de pesetas, prevista en el artículo 29
de la Ley 26/1988, de 29 de julio, por utilizar,
en el ejercicio de actividad mercantil,
denominaciones que inducen a confusión con las propias de
la entidades de crédito.
Segundo.-Requerir a don Emilio Jesús Fernández
Romero para que cese inmediatamente en el uso
en la prensa, o por cualquier otro medio, y se
abstenga de utilizar en lo sucesivo las denominaciones
"Agencia Financiera", "Comercial de
Intermediaciones Mercantiles y Bancarias, Sociedad Limitada"
o cualesquiera otras que induzcan a confusión con
las denominaciones reservadas legalmente a las
entidades de crédito, advirtiéndole de que, en caso de
no atender el requerimiento será sancionado con
multa de hasta diez millones (10.000.000) de
pesetas, que podrá ser reiterada con ocasión de
posteriores requerimientos.
Contra este acuerdo podrá interponer recurso de
alzada ante el Ministerio de Economía y Hacienda
en el plazo de un mes, previsto en los artículos
114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo
61 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
se concede a don Emilio Jesús Fernández Romero
el plazo de quince días a contar desde el siguiente
al de la presente publicación, para que tome
conocimiento del contenido íntegro del Acuerdo del
Consejo de Gobierno de 29 de octubre de 1999, el
cual junto con el expediente, estará puesto de
manifiesto en la central del Banco de España, en Madrid,
calle Alcalá, número 50, Oficina de Servicio
Jurídico, Secretaría de Expedientes de Entidades de
Crédito.
Madrid, 2 de marzo de 2000.-El Jefe del Servicio
Jurídico, José Ramón del Caño Palop.-13.339.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid