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Por Resolución de la Dirección General de
Carreteras, de fecha 3 de julio de 1998, ha sido aprobado
el proyecto 39-OR-3440, de "Mejora local. Mejora
de intersección. CN-525, punto kilométrico 252,0.
Tramo: Vilamarín". Término municipal de
Vilamarín. Provincia de Ourense, lo que implica la
declaración de utilidad pública y la necesidad de
ocupación de los bienes o derechos afectados por las
obras a los fines de expropiación forzosa a tenor
de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley de
Carreteras 25/1988, de 29 de julio, habiéndose ordenado
asimismo la incoación del expediente de
expropiación de los terrenos necesarios para la ejecución
de las obras.
En consecuencia, y teniendo en cuenta que por
Ley 42/1994, de 30 de diciembre ("Boletín Oficial
del Estado" del 31), se declara la urgente ocupación
de los bienes afectados de expropiación forzosa
como consecuencia de la ejecución de las obras
comprendidas en el Programa de Actuaciones
Prioritarias en Carreteras 1993-1995, es de
aplicación a los efectos expresados, lo dispuesto en
los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,
de 16 de diciembre de 1954, y 56 y siguientes de
su Reglamento, de 26 de abril de 1957,
entendiéndose cumplido el trámite de declaración de
necesidad de ocupación de los bienes que hayan de
ser expropiados.
En su virtud, y en cumplimiento de lo establecido
en el citado artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y
concordantes del Reglamento para su aplicación, esta
Demarcación de Carreteras, en uso de las facultades
que le confiere la Orden de la Presidencia de
Gobierno de 7 de febrero de 1986, en relación con el
Real Decreto 821/1980, de 18 de abril, ha resuelto
señalar la fecha para proceder al levantamiento de
las actas previas a la ocupación, que habrá de recoger
los datos necesarios para la valoración previa y
oportuno justiprecio de los mismos, sin perjuicio de
trasladarse al lugar de las fincas si se considera
necesario.
Ayuntamiento de Vilamarín:
Lugar: Casa Consistorial de Vilamarín.
Día: 9 de enero de 2001.
Hora: Diez horas a trece.
Fincas: 1 a la 10.
La relación de propietarios y titulares de los
derechos de las fincas que resultan afectadas estará
expuesta con una antelación mínima de quince días
a la fecha del levantamiento de las actas previas
a la ocupación, en el tablón de edictos del
Ayuntamiento de Vilamarín.
A dicho acto, que será notificado individualmente
por correo certificado a los titulares afectados,
deberán asistir personalmente, o bien, representados por
personas debidamente autorizadas para actuar en
su nombre, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad y el último recibo de la
contribución, pudiéndose hacerse acompañar a su costa,
si se estima oportuno, de sus Peritos y Notarios.
Asimismo, en previsión de la aplicación del
artículo 56 del Reglamento de Expropiación Forzosa,
y en cumplimiento de lo establecido en el artículo
17.2 de la citada Ley, se abre información pública
durante el plazo de quince días y, en todo caso,
hasta el comienzo del levantamiento de las actas
previas a la ocupación correspondiente, a fin de
que los interesados, así como las personas que
siendo titulares de los derechos reales o intereses
económicos que se hayan podido omitir en la relación
que estará expuesta en el tablón de edictos del
Ayuntamiento de Vilamarín puedan presentar por escrito
ante esta Demarcación de Carreteras del Estado
en Galicia, Unidad de Carreteras de Ourense, calle
Sáenz Díez, 1, 1.o, Ourense, cuantas alegaciones
estimen oportunas, solamente a efectos de subsanar
errores que se hayan podido padecer al relacionar
los bienes o derechos que se afectan.
La relación de bienes afectados se halla expuesta,
asimismo, en esta Unidad de Carreteras de Ourense,
Sáez Díez, 1, 1.o, 32071 Ourense, así como el plano
parcelario correspondiente.
Ourense, 7 de noviembre de 2000.-El Ingeniero
Jefe de la Unidad, Adolfo Güell Cancela.-67.018.
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