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Visto el expediente tramitado en el Servicio de
Industria y Energía de esta Consejería a petición
de don Alberto Ramón Gaitán Rodríguez, en
representación de la "Empresa de Alumbrado Eléctrico
de Ceuta, Sociedad Anónima", con domicilio en
Ceuta, calle Beatriz de Silva, número 2, solicitando
autorización y declaración, en concreto, de utilidad
pública para el establecimiento del centro de
transformación "La Legión" y reforma de la línea
eléctrica subterránea de 15 KV C.S. "Borrás", C.T.
"Mendoza", y cumplidos los trámites reglamentarios
ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966,
sobre expropiación forzosa y sanciones en materia
de instalaciones eléctricas.
Esta Consejería, en ejercicio de las competencias
asignadas por el Decreto 2502/1996, de 5 de
diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la
Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta,
en materia de Industria y Energía, ha resuelto:
Primero: Autorizar a la "Empresa de Alumbrado
Eléctrico de Ceuta, Sociedad Anónima", la
instalación del centro de transformación "La Legión"
y reforma de la línea eléctrica subterránea de 15
KV C.S. "Borrás", C.T. "Mendoza", cuyas
características son las siguientes:
El centro de transformación irá situado, a nivel
de calle, en un edificio de viviendas en la calle
de La Legión, números 5-7. Albergará dos
transformadores de hasta 630 KVA, para transformación
de 15.000 V a 380/220 V.
La reforma consistirá en los siguiente:
Se realizará una nueva canalización enterrada en
zanja por la acera opuesta a la del actual trazado,
en la calle de La Legión, hasta el C.T. "La Legión",
con cambio de sección (actual: 1 (3 ^ 35 mm2),
en cobre; proyectada: 3 (1 ^ 70 mm2), en cobre.
El resto de la línea, desde el C.T. "La Legión"
hasta el C.T. "Mendoza", se conservará como está,
con excepción de su desvío al nuevo centro de
transformación, atravesando perpendicularmente la calle
de La Legión.
Segundo: Declarar, en concreto, la utilidad pública
de las instalaciones eléctricas que se autorizan, a
los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre
Expropiación Forzosa y Sanciones en Materia de
Instalaciones Eléctricas y su Reglamento de
aplicación, de 20 de octubre de 1966.
Contra la presente Resolución, que no agota la
vía administrativa, cabe interponer recurso ordinario
ante el excelentísimo señor Consejero de
Contratación, Industria, Comercio, Pesca y Suministros
de la Ciudad Autónoma de Ceuta en el plazo de
un mes, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 3/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, 2 de noviembre de 2000.-El Consejero
de Contratación, Industria, Comercio, Pesca y
Suministros, Dilip Arjandas Daryanani.-&66.641.
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