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Visto el expediente incoado en la Delegación
Provincial de Albacete de la Consejería de Industria
y Trabajo de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, a instancia de "Red Eléctrica de España,
Sociedad Anónima", con domicilio en el paseo del
Conde de los Gaitanes, número 177, de Alcobendas,
28109 Madrid, solicitando autorización de la
modificación de la instalación arriba citada;
Resultando que la línea eléctrica a 400 KV, doble
circuito, "Olmedilla-Rocamora", fue autorizada
mediante Resolución de la Dirección General de
la Energía del Ministerio de Industria y Energía,
de fecha 28 de febrero de 1990, habiendo sido
aprobado su proyecto de ejecución en virtud de sendas
Resoluciones de la citada Dirección General, de
fechas 6 de marzo de 1992 y 30 de abril de 1992;
Resultando que conforme a lo establecido en el
artículo 29 del Reglamento sobre Expropiación
Forzosa y Sanciones en materia de instalaciones
eléctricas aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de
octubre, que resulta de aplicación en virtud de lo
establecido en la disposición transitoria primera de
la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector
Eléctrico, por la Confederación Hidrográfica del
Segura del Ministerio de Medio Ambiente le fue
solicitada a "Red Eléctrica de España, Sociedad
Anónima", la modificación de la línea eléctrica a
400 KV, doble circuito, "Romica-Rocamora" (antes
"Olmedilla-Rocamora"), entre los apoyos 286 y 293,
la cual resulta consecuencia del proyecto de
construcción de la presa de la rambla del Bayco u
Ortigosa, en el término municipal de Ontur (Albacete),
promovido por la citada Confederación
Hidrográfica del Segura;
Resultando que sometida la petición de "Red
Eléctrica de España, Sociedad Anónima". a información
pública, a los efectos establecidos en el artículo 9.o
del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre
autorización de instalaciones eléctricas, de
aplicación en virtud de lo establecido en la disposición
transitoria primera de la Ley 54/1997, de 27 de
noviembre, del Sector Eléctrico, durante el plazo
reglamentario no se han presentado alegaciones ni
oposición a la autorización solicitada;
Resultando que en la tramitación del expediente,
la peticionaria "Red Eléctrica de España,
Sociedad Anónima", ha manifestado su conformidad a
los informes o condicionados emitidos por los
Organismos, Corporaciones y Entidades que pudieran
verse afectadas por la instalación, no habiéndose
presentado oposición al proyecto de modificación;
Resultando que solicitado informe al
Ayuntamiento de Albacete por el cruzamiento de una línea
eléctrica de 13 KV de su propiedad, como al
Ayuntamiento de Ontur, en cuyo término municipal
discurre la modificación proyectada, y reiteradas
respectivamente las peticiones de informe, por parte
de ambos Ayuntamientos no se ha producido
pronunciamiento alguno en el plazo establecido,
entendiéndose su conformidad con las especificaciones
técnicas propuestas por el peticionario de la
instalación, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 13 del referido Decreto 2617/2966, de 20
de octubre;
Visto el informe emitido por la Delegación
Provincial de la Consejería de Industria y Trabajo de
la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha;
Considerando que se han cumplido los trámites
reglamentarios establecidos en el capítulo III del
Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre
autorización de instalaciones eléctricas,
Esta Dirección General de Política Energética y
Minas ha resuelto:
Autorizar a "Red Eléctrica de España, Sociedad
Anónima", la modificación de la línea eléctrica aérea
a 400 KV, doble circuito, "Romica-Rocamora"
(antes "Olmedilla-Rocamora") entre los apoyos 286 y
293, cuyas características principales son:
Origen: Apoyo 286 de la actual línea
"Romica-Rocamora".
Final: Apoyo 293 de la actual línea
"Romica-Rocamora".
Longitud aproximada: 3,881 kilómetros.
Sistema: Corriente alterna trifásica.
Frecuencia: 50 Hz.
Tensión nominal: 400 KV.
Capacidad máxima de transporte: 1.200
MVA/circuito.
Número de circuitos: Dos.
Conductores: Dos por fase, tipo cardinal.
Cables de tierra: Dos, compuestos con fibra
óptica.
Aislamiento: Vidrio templado U-160.
Apoyos: Torres metálicas de celosía.
Puesta a tierra: Anillos cerrados de acero
descarburado.
Provincia: Albacete.
Término municipal: Ontur.
Contra la presente Resolución cabe interponer
recurso de alzada ante el excelentísimo señor
Secretario de Estado de Economía, de Energía y de la
Pequeña y Mediana Empresa, en el plazo de un
mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 4/1999,
de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y en la Ley 6/1997, de 14 de abril,
de Organización y Funcionamiento de la
Administración General del Estado.
Madrid, 11 de octubre de 2000.-La Directora
general, Carmen Becerril Martínez.
Ilmo. Sr. Delegado provincial de la Consejería de
Industria y Trabajo.-66.833.
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