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Documento BOE-B-2000-285139

Anuncio de la Delegación del Gobierno en Illes Balears sobre declaración de utilidad pública e iniciación de los trámites legales para la expropiación forzosa de la finca a expropiar en el término municipal de Ciutadella, Menorca.

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 28 de noviembre de 2000, páginas 15802 a 15803 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-B-2000-285139

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el

artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre

Expropiación Forzosa, y a los efectos que previene

el artículo 18 del Reglamento, aprobado por Decreto

de 26 de abril de 1857, se procede a la publicación

de la declaración de utilidad pública para la

protección integral del dominio público

marítimo-terrestre en la isla de Menorca y los ecosistemas

asociados al mismo, así como la notificación de

la iniciación de los trámites legales para la

expropiación forzosa de las fincas a expropiar de los

términos municipales de Ciutadella y Ferreries, para

lo cual se adjunta relación de bienes y derechos

para que los propietarios afectados puedan en el

plazo de quince días efectuar las alegaciones que

estimen pertinentes.

La disposición adicional tercera de la Ley

22/1988, de 28 de julio, de Costas, en su apartado

primero, declara de utilidad pública, a efectos

expropiatorios, los terrenos de propiedad particular a que

se refiere la disposición transitoria segunda del

mismo texto legal, así como los incluidos en la zona

de servidumbre de protección que se estimen

necesarios para la defensa y el uso del dominio público

marítimo-terrestre.

En la isla de Menorca (Comunidad Autónoma

de les Illes Balears) existen multitud de terrenos

que pueden subsumirse en el supuesto de hecho

contemplado en las disposiciones de referencia,

debido a su privilegiada ubicación y a sus valores

naturales.

Junto a ese superior interés de defensa y uso de

dominio público marítimo-terrestre, hay que unir,

en la isla de Menorca, la existencia (en virtud de

lo establecido en la Ley del Parlamento Balear

1/1991, de 30 de enero, de Espacios Naturales y

Régimen Urbanístico de las Áreas de Especial

Protección de les Illes Balears), de diversas áreas

naturales de especial interés que coinciden, en su

dimensión física (ya sea total o parcialmente) con los

terrenos a los que se refieren las ya citadas normas

de la Ley de Costas.

Por tanto, al amparo de lo dispuesto en la

disposición adicional tercera de la citada Ley de Costas,

esta Dirección General, tras las gestiones realizadas,

ha tenido a bien acordar la declaración en concreto

de utilidad pública para el fin de la protección

integral del dominio público marítimo-terrestre en la

isla de Menorca y los ecosistemas asociados al

mismo, así como la iniciación de los trámites legales

para la expropiación forzosa y su posterior

incorporación al dominio público marítimo-terrestre de

los bienes y derechos que se describen en sus

aspectos jurídicos y materiales en el anexo que se adjunta

en la presente resolución.

Anexo

Finca afectada:

Rústica. Porción de terreno procedente del predio

Son Olivaret Vell, y sito en la carretera Cap

D'Artuix, del término de Ciutadella de Menorca. Es

comprensiva de la porción tercera de su finca matriz.

Ocupa una superficie de setecientos sesenta y cinco

mil ciento sesenta y ocho (765.168) metros

cuadrados. Linda: Norte, con el predio Son Morro;

por el este, con parcela del Estado, ocupada por

una posición de Artillería; por el oeste, con el mar,

y por el sur, con carretera de situación y predio

Son Olivar Nou. Consta inscrita en el Registro de

la Propiedad de Ciutadella de Menorca al folio 223

del tomo 1.614 del archivo, libro 524, finca 22.664

de Ciutadella, inscripción segunda.

Propietarios: Don Juan Valera Cortés y doña

Clara Valera Cortés.

Palma de Mallorca, 16 de noviembre de 2000.-La

Delegada del Gobierno en Illes Balears, Catalina

Cirer Adrover.-66.390.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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