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El Jefe de la Dependencia Regional de
Recaudación de la AEAT de Cataluña.
Hace saber que, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 146 del Reglamento General de
Recaudación, aprobado por el Real Decreto 1648/1990,
de 20 de diciembre, habiéndose dictado acuerdo,
con fecha 30 de octubre de 2000, decretando la
venta de los bienes embargados por diligencias de
fechas 12 de julio de 1993 y 30 de octubre de
1995, en procedimiento administrativo de apremio,
seguido contra el deudor "Iber Automoción,
Sociedad Anónima", con NIF A-43028059, se dispone
la venta de los bienes que se detallarán al final,
mediante subasta que se celebrará el día 14 de
diciembre de 2000, a las nueve treinta horas, en
la Delegación de la AEAT de Barcelona, sita en
paseo Josep Carner, 33.
En cumplimiento del artículo 146 del citado
Reglamento, se publica el presente anuncio y se
advierte a las personas que deseen tomar parte en
la subasta de lo siguiente:
Primero.-Los bienes a subastar están afectos por
las cargas y gravámenes que figuran en la descripción
de los bienes y que constan en el expediente, las
cuales quedan subsistentes sin que pueda aplicarse
a su extinción el precio del remate.
Segundo.-La subasta se suspenderá en cualquier
momento anterior a la adjudicación de los bienes
si se realiza el pago de la deuda, intereses y costas
del procedimiento.
Tercero.-Los licitadores podrán enviar o
presentar sus ofertas en sobre cerrado desde el anuncio
de subasta hasta una hora antes del comienzo de
ésta, sin perjuicio de que pueden participar
personalmente en la licitación con posturas superiores
a la del sobre. Dichas ofertas, que tendrán el carácter
de máximas, serán registradas en el Registro General
de la Delegación de la AEAT y deberán ir
acompañadas de cheque conformado, extendido a favor
del Tesoro Público por el importe del depósito.
Cuarto.-Todo licitador habrá de constituir, ante
la Mesa de Subasta, depósito de garantía en metálico
o cheque conformado a favor del Tesoro Público,
que será de al menos el 20 por 100 del tipo de
aquélla, depósito que se ingresará en firme en el
Tesoro si los adjudicatarios no satisfacen el precio
del remate, sin perjuicio de las responsabilidades
en que incurrirán por los mayores perjuicios que,
sobre el importe del depósito, origine la inefectividad
de la adjudicación.
Quinto.-En caso de que no resulten adjudicados
los bienes en una primera licitación, la Mesa de
Subasta podrá realizar una segunda licitación, si lo
juzga procedente, fijando el nuevo tipo de subasta
en el 75 por 100 del importe de la primera licitación,
o bien anunciará la iniciación del trámite de
adjudicación directa, que se llevará a cabo de acuerdo
con el artículo 150 del Reglamento General de
Recaudación.
Sexto.-El adjudicatario deberá entregar en el acto,
o dentro de los cinco días siguientes, la diferencia
entre el depósito constituido y el precio de
adjudicación.
Séptimo.-Si quedasen bienes sin adjudicar, se
iniciará el trámite de adjudicación directa, por un plazo
de seis meses, pudiéndose presentar ofertas en sobre
cerrado, a partir de ese momento, a la Mesa de
Subasta.
Para en envío de ofertas por correo se procederá
según lo dispuesto en el último párrafo del artículo
100 del Reglamento General de Contratación, en
concreto: Cuando las proposiciones se envíen por
correo, el licitador deberá justificar la fecha de
imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar
al servicio de subastas la remisión de la oferta
mediante fax en el mismo día. Sin la concurrencia
de ambos requisitos no será admitida la proposición
si es recibida por el servicio de subastas con
posterioridad a la fecha de la terminación del plazo
señalado en el anuncio.
La Mesa de Subastas, en sesión reservada, abrirá
las ofertas presentadas al término del plazo del mes
desde su inicio, pudiendo proceder a la adjudicación
de los bienes si alguna de ellas se considera suficiente
en ese momento. En caso contrario, se anunciará
la extensión a un mes más para presentación de
nuevas ofertas o mejora de las ya existentes, sin
perjuicio de la validez de las ofertas presentadas
hasta ese momento, y así sucesivamente con el límite
total de seis meses.
Salvo indicación expresa en sentido contrario, las
ofertas presentadas tendrán validez durante los seis
meses del trámite de la gestión directa.
El precio mínimo en adjudicación directa será
el tipo de subasta en la primera licitación, cuando
no se haya considerado procedente celebrar una
segunda licitación; si hubiera existido segunda
licitación no habrá precio mínimo.
Octavo.-La Agencia Tributaria se reserva el
derecho a pedir la adjudicación para el Estado del bien
que no hubiera sido objeto de remate, conforme
a lo establecido en el artículo 158 del Reglamento
General de Recaudación.
Noveno.-Cuando se trate de bienes inscribibles
en registros públicos, los licitadores se conformarán
con los títulos de propiedad que hayan aportado
al expediente, sin derecho a exigir otros; dichos
títulos estarán a disposición de los interesados en las
oficinas de la Dependencia Regional de
Recaudación de la AEAT, en plaza Doctor Letamendi,
13-23, 08007 Barcelona (teléfono 291 12 00), donde
podrán ser examinados todos los días hábiles a partir
de la publicación del presente anuncio, desde las
ocho treinta a las catorce horas, hasta el día anterior
al de la celebración de la subasta. En caso de no
estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura
de adjudicación es título mediante el cual puede
efectuarse la inmatriculación, en los términos
previstos en el artículo 199 b) de la Ley Hipotecaria
y en los demás casos se tendrán a lo dispuesto
en el título VI de dicha Ley.
Décimo.-Todos los gastos e impuestos derivados
de la transmisión, incluidos los derivados de la
inscripción en el Registro de la Propiedad del
mandamiento de cancelación de cargas preferentes,
serán por cuenta del adjudicatario.
Respecto al estado de las deudas con la
comunidad de propietarios, que pudiera existir, de las
viviendas o locales, el adjudicatario exonerá
expresamente a la AEAT, al amparo del artículo 9 de
la Ley 49/1960, de 21 de junio, de Propiedad
Horizontal, modificado por Ley 8/1999, de 6 de abril,
de la obligación de aportar certificación sobre el
estado de las deudas de la comunidad, siendo a
cargo del mismo los gastos que queden pendientes
de pago.
Undécimo.-El procedimiento de apremio
solamente se suspenderá en los términos y condiciones
señalados en los artículos 135 y 136 de la Ley
General Tributaria.
En todo lo no prevenido en este anuncio se estará
a lo preceptuado en las disposiciones legales que
regulen el acto.
Bienes inmuebles a subastar
Lote primero:
Rústica. Heredad, sita en término de l'Aldea,
partida Mas Roig, de superficie inscrita 3 hectáreas,
1 área 98 centiáreas 48 miliáreas, en la que existen
unas instalaciones industriales de desmontado,
limpieza y almacenaje de algodón. Linda: Norte, doña
Teresa Marqués Blanch; sur, carretera de Barcelona;
este, las de don Francisco Colomé, y oeste, las de
la viuda de don Domingo Llosa. Catastrada al
polígono 431, parcela 26, finca número 27.101, al folio
247, libro 650 de Tortosa-Izquierda, tomo 2.435
del Registro de la Propiedad número 1 de los de
Tortosa.
Consta inscrito un contrato de arrendamiento, de
fecha 11 de enero de 1995, a favor de "Serveis
Mecànics Ràpits, Sociedad Anónima" (inscripción
cuarta).
Valoración y tipo de subasta en primera licitación:
198.200.000 pesetas.
Tipo de subasta en segunda licitación:
148.650.000 pesetas.
Depósito (20 por 100 de la primera licitación):
39.640.000 pesetas.
Tramos: 1.000.000 de pesetas.
Lote segundo:
Urbana. Edificio sito en Deltebre, partida La
Cava, avenida Generalísimo, sin número, compuesto
de planta baja y una planta elevada, que ocupa parte
de aquella; la planta baja está destinada a taller
de reparación de maquinaria agrícola, tiene una
superficie de 600 metros cuadrados y la constituye
una nave sin distribución y el hueco de la escalera
de acceso a la planta alta, y la planta elevada o
piso alto está destinado a almacén de recambios,
constituyendo una nave sin distribución y hueco
de la escalera, de una superficie de 200 metro
cuadrados; se remata en cuanto al piso por cubierta
de tejado y en cuanto a la parte no cubierta de
la planta baja por terrado. Y, en conjunto, linda:
Frente, sur, con avenida Generalísimo; este, con
camino o vial; oeste, con don Ángel Ribeiro; norte,
terrenos de la propia finca en que se asienta esta
edificación, que tiene una superficie de 16 áreas
89 centiáreas, lindante: Norte, con resto de finca
del vendedor; sur, carretera de la Mallada; este,
camino de la Tancada, mediante tubo y desagüe, y oeste,
con don Ángel Ribeiro. Finca número 37.352, al
folio 128, libro 639 de Tortosa-Izquierdo, tomo
3.158 del Registro de la Propiedad número 1 de
los de Tortosa.
Valoración y tipo de subasta en primera licitación:
41.000.000 de pesetas.
Tipo de subasta en segunda licitación: 30.750.000
pesetas.
Depósito (20 por 100 de la primera licitación):
8.200.000 pesetas.
Tramos: 1.000.000 de pesetas.
Barcelona, 30 de octubre de 2000.-El Jefe de
la Dependencia Regional de Recaudación, Francisco
Javier Caicedo Fernández-Vega.-&61.388.
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