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Documento BOE-B-2000-270034

SARA LEE/D. E. ESPAÑA, S. A.

Publicado en:
«BOE» núm. 270, de 10 de noviembre de 2000, páginas 14832 a 14832 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2000-270034

TEXTO

En el expediente 383/96 (1153/94 del Servicio

de Defensa de la Competencia) seguido ante este

Tribunal iniciado por denuncia del Servicio de

Abastos y Consumos del Ayuntamiento de Coslada

(Madrid) contra "Playtex España, Sociedad Anónima",

titular de las marcas "Playtex" y "Cacharel Lingerie",

"Triumph Internacional, Sociedad Anónima",

"SoBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

ciedad Anónima, Little K" (SALK) y "Lovable

España, Sociedad Anónima", fabricante de prendas de

lencería y corsetería, por la supuesta fijación en

los precios de venta al público de sus productos

a los minoristas, se ha dictado Resolución de

fecha 12 de febrero de 1997, cuya parte dispositiva

dice:

"Primero.-Declarar la existencia de una práctica

restrictiva de la competencia del artículo 1.1 a) de

la Ley de Defensa de la Competencia consistente

en fijar el precio de venta al público en las cajas

de sus propios productos y en las listas de precios

que facilitan a sus clientes, siendo autores de dicha

práctica "Lovable España, Sociedad Anónima",

"Triumph Internacional, Sociedad Anónima" y

"Sociedad Anónima, Little K" (SALK).

Segundo.-Imponer a estas empresas las

siguientes multas:

A "Lovable España, Sociedad Anónima", diez

millones de pesetas.

A "Playtex España, Sociedad Anónima",

veinticinco millones de pesetas.

A "Triumph Internacional", trece millones de

pesetas.

A "Sociedad Anónima, Little K" (SALK), once

millones de pesetas.

Tercero.-Intimar a dichas empresas para que

cesen en la práctica y se abstengan de realizarla

en lo sucesivo.

Cuarto.-Ordenar la publicación de la parte

dispositiva de esta Resolución en el "Boletín Oficial

del Estado" y en un diario de ámbito nacional, a

costa de las empresas sancionadas, todas las cuales

responderán del cumplimiento de esta obligación,

debiendo comunicar al Tribunal, en el plazo de

quince días, dicha publicación. A todas las empresas

que incumplan esta obligación se le impondrá una

multa coercitiva de 50.000 pesetas por cada día

de retraso en la publicación."

Nota: La Audiencia Nacional ha dictado

Sentencia de fecha 22 de marzo de 2000, en el

Recurso 276/97, por la que se estima parcialmente el

recurso interpuesto por "Playtex España, Sociedad

Anónima", reduciendo la citada multa a cinco

millones de pesetas.

Madrid, 30 de octubre de 2000.-"Sara Lee/D.

E. España, Sociedad Anónima".-60.819.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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