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Documento BOE-B-2000-244139

Resolución de la Dependencia Regional de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Cataluña sobre anuncio de subasta.

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 11 de octubre de 2000, páginas 13364 a 13365 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-B-2000-244139

TEXTO

El Jefe de la Dependencia Regional de

Recaudación de la Agencia Estatal de Administración

Tributaria de Cataluña,

Hace saber: Que, de conformidad con lo dispuesto

en el artículo 146 del Reglamento General de

Recaudación aprobado por el Real Decreto 1648/1990,

de 20 de diciembre, habiéndose dictado acuerdo

con fecha 20 de septiembre de 2000, decretando

la venta de los bienes en ejecución de hipoteca

inscrita a favor del Estado en fecha 4 de octubre

de 1995, en procedimiento administrativo de

apremio, seguido contra el deudor "Mestre y Ballbé,

Sociedad Anónima", con número de identificación

fiscal A08107039, se dispone la venta del bien que

se detallará al final mediante subasta que se celebrará

el día 14 de diciembre de 2000, a las nueve treinta

horas, en la Delegación de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria de Barcelona, sita en

paseo Josep Carner, 33.

En cumplimiento del artículo 146 del citado

Reglamento, se publica el presente anuncio y se

advierte a las personas que deseen tomar parte en

la subasta de lo siguiente:

Primero.-El bien a subastar está afecto por las

cargas y gravámenes que figuran en la descripción

del bien y que constan en el expediente, las cuales

quedan subsistentes, sin que pueda aplicarse a su

extinción el precio del remate.

Segundo.-La subasta se suspenderá en cualquier

momento anterior a la adjudicación del bien si se

realiza el pago de la deuda, intereses y costas del

procedimiento.

Tercero.-Los licitadores podrán enviar o

presentar sus ofertas en sobre cerrado desde el anuncio

de subasta hasta una hora antes del comienzo de

ésta, sin perjuicio de que pueden participar

personalmente en la licitación con posturas superiores

a la del sobre. Dichas ofertas, que tendrán el carácter

de máximas, serán registradas en el Registro General

de la Delegación de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria y deberán ir acompañadas de

cheque conformado, extendido a favor del Tesoro

Público por el importe del depósito.

Cuarto.-Todo licitador habrá de constituir ante

la Mesa de subasta depósito de garantía en metálico

o cheque conformado a favor del Tesoro Público,

que será de, al menos, el 20 por 100 del tipo de

aquélla, depósito que se ingresará en firme en el

Tesoro si los adjudicatarios no satisfacen el precio

del remate, sin perjuicio de las responsabilidades

en que incurrirán por los mayores perjuicios que

sobre el importe del depósito origine la inefectividad

de la adjudicación.

Quinto.-En caso de que no resulte adjudicado

el bien en una primera licitación, la Mesa de subasta

podrá realizar una segunda licitación, si lo juzga

procedente, fijando el nuevo tipo de subasta en el

75 por 100 del importe de la primera licitación,

o bien anunciará la iniciación del trámite de

adjudicación directa que se llevará a cabo de acuerdo

con el artículo 150 del Reglamento General de

Recaudación.

Sexto.-El adjudicatario deberá entregar en el acto

o dentro de los cinco días siguientes la diferencia

entre el depósito constituido y el precio de

adjudicación.

Séptimo.-Si quedase el bien sin adjudicar, se

iniciará el trámite de adjudicación directa por un plazo

máximo de seis meses, pudiéndose presentar ofertas

en sobre cerrado a partir de ese momento a la Mesa

de subastas.

Para el envío de ofertas por correo se procederá

según lo dispuesto en el último párrafo del

artículo 100 del Reglamento General de Contratación,

en concreto: Cuando las proposiciones se envíen

por correo, el licitador deberá justificar la fecha

de imposición del envío en la oficina de Correos

y anunciar al Servicio de Subastas la remisión de

la oferta mediante fax en el mismo día. Sin la

concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la

proposición si es recibida por el Servicio de Subastas

con posterioridad a la fecha de la terminación del

plazo señalado en el anuncio.

La Mesa de subastas, en sesión reservada, abrirá

las ofertas presentadas al término del plazo del mes

desde su inicio, pudiendo proceder a la adjudicación

del bien si alguna de ellas se considera suficiente

en ese momento. En caso contrario, se anunciará

la extensión a un mes más para presentación de

nuevas ofertas o mejora de las ya existentes, sin

perjuicio de la validez de las ofertas presentadas

hasta ese momento, y así sucesivamente, con el

límite total de seis meses.

Salvo indicación expresa en sentido contrario, las

ofertas presentadas tendrán validez durante los seis

meses del trámite de la gestión directa. El precio

mínimo en adjudicación directa será el tipo de

subasta en primera licitación cuando no se haya

considerado procedente celebrar una segunda licitación;

si hubiera existido segunda licitación, no habrá

precio mínimo.

Octavo.-La Agencia Tributaria se reserva el

derecho a pedir la adjudicación para el Estado del bien

que no hubiera sido objeto de remate, conforme

a lo establecido en el artículo 158 del Reglamento

General de Recaudación.

Noveno.-Cuando se trate de bienes inscribibles

en Registros públicos, los licitadores se conformarán

con los títulos de propiedad que hayan aportado

al expediente, sin derecho a exigir otros; dichos

títulos estarán a disposición de los interesados en las

oficinas de la Dependencia Regional de

Recaudación de la Agencia Estatal de Administración

Tributaria, en plaza Doctor Letamendi, 13-23, 08007

Barcelona (teléfono 291 12 00), donde podrán ser

examinados todos los días hábiles a partir de la

publicación del presente anuncio, desde las ocho

treinta a las catorce horas, hasta el día anterior

al de la celebración de la subasta. En caso de no

estar inscrito el bien en el Registro, la escritura

de adjudicación es título, mediante el cual puede

efectuarse la inmatriculación en los términos

previstos en el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria,

y, en los demás casos, se tendrán a lo dispuesto

en el título VI de dicha Ley.

Décimo.-Todos los gastos e impuestos derivados

de la transmisión, incluidos los derivados de la

inscripción en el Registro de la Propiedad del

mandamiento de cancelación de cargas preferentes,

serán por cuenta del adjudicatario.

Respecto al estado de deudas con la comunidad

de propietarios que pudieran existir de las viviendas

o locales, el adjudicatario exonera expresamente a

la Agencia Estatal de Administración Tributaria, al

amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960, de 21

de junio, de Propiedad Horizontal, modificado por

Ley 8/1999, de 6 de abril, de la obligación de aportar

certificación sobre el estado de las deudas de la

comunidad, siendo a cargo del mismo los gastos

que queden pendientes de pago.

Undécimo.-El procedimiento de apremio

solamente se suspenderá en los términos y condiciones

señalados en los artículos 135 y 136 de la Ley

General Tributaria.

En todo lo no previsto en este anuncio se estará

a lo preceptuado en las disposiciones legales que

regulen el acto.

Bien a subastar

Subasta: RI-20-00.

Expediente: "Mestre y Ballbé, Sociedad

Anónima".

Número de identificación fiscal: A08107039.

Fecha de la inscripción de la hipoteca; 4 de

octubre de 1995.

Bien inmueble a subastar:

Lote único:

Urbana. Solar en término municipal de Huesca,

partida El Desmonte, de superficie 20.274 metros

cuadrados. Linda: Frente, oeste, vía de entrada al

polígono industrial "Sepes", de Huesca, por donde

tiene su entrada, o sea, finca segregada de ésta

destinada a viales, por donde tiene su entrada a través

de la carretera de Tarragona a San Sebastián,

kilómetro 209,8, sin número; derecha, entrando, sur,

fincas segregadas de ésta; izquierda, norte, camino

viejo de Quicena, y espalda, este, fábrica de "Victorio

Luzuriaga, Sociedad Anónima", HUMSA. Grabada,

por razón de su origen, con servidumbre de paso

de agua.

Finca número 6.010 al folio 175, tomo 1.343,

libro 131 de Huesca, del Registro de la Propiedad

número 1 de los de Huesca.

Valoración y tipo de subasta en primera licitación:

102.400.000 pesetas.

Tipo de subasta en segunda licitación: 76.800.000

pesetas.

Depósito (20 por 100 de la primera licitación):

20.480.000 pesetas.

Tramos: 1.000.000 de pesetas.

Barcelona, 21 de septiembre de 2000.-El Jefe

de la Dependencia Regional de Recaudación,

Francisco Javier Caicedo Fernández-Vega.-&55.688.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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