Desconociéndose el actual domicilio de "Forbo,
Sociedad Anónima", por no hallársele en calle San
Fructuoso, 38, 08000 Berga (Barcelona), que había
designado, se le hace saber por el presente edicto
que por este Tribunal Económico-Administrativo
Central y los expedientes R. G. 160-99 y acumulado
172-99, seguidos a su instancia por el Impuesto
sobre el Valor Añadido, se ha dictado resolución
en la sesión de Sala del día 22 de junio de 2000,
cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso ordinario de alzada interpuesto
por "Forbo, Sociedad Anónima", contra las
resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo
Regional de Cataluña, de 15 de octubre de 1988,
por el Impuesto sobre el Valor Añadido de los
ejercicios 1992 a 1997, acuerda desestimar el presente
recurso confirmando la resolución recurrida."
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa pude interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
en el plazo de dos meses, a contar del día siguiente
a la fecha de este edicto.
Madrid, 11 de septiembre de 2000.- Alejandro
Rebollo Álvarez-Amandi.-54.789.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid