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La Comisión Nacional del Mercado de Valores
mediante resolución de fecha 14 de julio de 2000,
ha autorizado la sustitución de "Banco Urquijo,
Sociedad Anónima", por "Banco CDC Urquijo,
Sociedad Anónima", como entidad depositaria de
los siguientes fondos de inversión: Urquijo Empresa
1 FIM, Urquijo Renta FIM, Urquijo Renta 2 FIM,
Urquijo Líder FIM, Urquijo Capital FIM, Urquijo
Euro FIM, Urquijo Universal FIM, Urquijo Índice
FIM, Urquijo Bolsa FIM, Urquijo Crecimiento FIM,
Urquijo Global FIM, Urquijo Eurobolsa 50 FIM,
Urquijo Garantizado FIM, Urquijo Garantizado 2
FIM, Urquijo Garantizado 3 FIM, Urquijo
Garantizado 5 FIM, Urquijo Garantizado 6 FIM, Urquijo
Garantizado 7 FIM, Urquijo Ibex Garantizado 2
FIM, Urquijo Eurobolsa Garantizado FIM, Urquijo
Ahorro FIM, Urquijo Ahorro 2 FIM, Rentifondo
FIM, Almagro FIM, Almagro Valores FIM,
Almagro Divisas FIM, Urquijo Latinoamérica FIM,
Urquijo Dinero FIAMM, Urquijo Tesorería
FIAMM, Urquijo Monetario FIAMM, Gesticuenta
Almagro FIAMM, y Urquijo Fondos
Latinoamericanos FIMF.
Lo que se hace público conforme a lo previsto
en los artículos 57.4 y 57.6 en relación con el artículo
35.2 del Real Decreto 1393/1990, de 2 de
noviembre, en virtud de los cuales la sustitución de entidad
depositaria confiere a los partícipes de dichos fondos
un derecho de separación que podrán ejercitar en
el plazo de un mes a contar desde la fecha del
anuncio en el "Boletín Oficial del Estado" o desde
la fecha de comunicación individual a los partícipes,
si ésta fuese posterior, mediante el reembolso de
sus participaciones sin comisión ni gasto alguno,
por el valor liquidativo que corresponda a la fecha
de inscripción en los registros de la CNMV del
referido cambio de entidad depositaria.
Madrid, 26 de julio de 2000.-El Presidente del
Consejo de Administración.-48.880.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid