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Al no haberse podido celebrar el levantamiento
de las actas previas a la ocupación relativas a los
citados proyectos, en las fechas 22, 26 y 27 de
junio de 2000, en el término municipal de Arganda
del Rey y en las fechas 19 a 27 de junio de 2000,
en el término municipal de Leganés,
respectivamente, tal como figuraba en el anuncio de esta
Demarcación de fecha 14 de abril de 2000, al darse la
circunstancia prevista en el artículo 57.1 del
Reglamento de Expropiación Forzosa, de fecha 26 de
abril de 1957, y en cumplimiento de lo previsto
al efecto en el mismo, por el presente se convoca
a los titulares de bienes afectados por el meritado
proyecto en los términos municipales de Arganda
del Rey y Leganés, cuya relación extensa figura
publicada en el tablón de anuncios de los
Ayuntamientos de Arganda del Rey y Leganés, en las
oficinas de esta Demarcación (calle Josefa Valcárcel,
número 11, Madrid), en las oficinas de la
beneficiaria "Accesos de Madrid Concesionaria
Española, Sociedad Anónima" (Europa Empresarial,
calle Rozabella, número 6, Las Rozas de Madrid,
Madrid), y publicadas para la primera convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado" número 107 (4
de mayo de 2000, páginas 6132 a 6154), en el
diario "ABC" (día 21 de abril de 2000) y en el
"Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid"
número 98 (día 26 de abril de 2000, páginas 92 a 126);
para llevar a cabo en segunda convocatoria el
levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si
procediera, el de las actas de ocupación definitiva,
en el Ayuntamiento de Arganda del Rey los días
26 de julio de 2000 (diez a catorce horas y dieciséis
a diecinueve treinta horas), 27 de julio de 2000
(nueve treinta a catorce horas y dieciséis a
diecinueve treinta horas) y 28 de julio de 2000 (nueve
treinta a catorce horas), y en el Ayuntamiento de
Leganés los días 26 de julio de 2000 (diez a catorce
horas y dieciséis a diecinueve treinta horas), 27 de
julio de 2000 (nueve treinta a catorce horas y
dieciséis a diecinueve treinta horas) y 28 de julio de
2000 (nueve treinta a catorce horas), como punto
de reunión, desde donde se irá al terreno cuando
fuere conveniente practicar un nuevo
reconocimiento del mismo.
A dichos actos, deberán comparecer los titulares
de bienes y derechos que se expropian,
personalmente o representados por persona debidamente
autorizada, aportando los documentos acreditativos
de su personalidad y de la titularidad de los bienes
y derechos afectados por la expropiación y el último
recibo de Impuesto de Bienes Inmuebles, pudiendo
hacerse acompañar, a su costa, de peritos y de
Notario, advirtiéndose que, en caso de incomparecencia,
se entenderán las diligencias con el Ministerio Fiscal,
según previene el artículo 5 de la Ley de
Expropiación Forzosa.
El orden de levantamiento de las actas se
comunicará a cada interesado mediante la oportuna
cédula de citación.
Madrid, 10 de julio de 2000.-El Jefe de la
Demarcación, José Ramón Paramio Fernández.-43.875.
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