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Documento BOE-B-2000-151041

Resolución de 20 de junio de 2000 por la que se abre información pública correspondiente al expediente de expropiación forzosa que se tramita con motivo de las obras del Ente Público Gestor de Infraestructuras Ferroviarias (GIF), "Línea de alta velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-frontera francesa, tramo II, subtramo XII-b, base de construcción en Calatayud", en el término municipal de Calatayud.

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 24 de junio de 2000, páginas 8490 a 8491 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2000-151041

TEXTO

El Ente Público Gestor de Infraestructuras

Ferroviarias (GIF) insta la incoación del correspondiente

expediente expropiatorio para disponer de los

terrenos necesarios para la ejecución de las obras del

proyecto de expropiación forzosa "Línea de alta

velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-frontera

francesa, tramo II, subtramo XII-b, base de construcción

en Calatayud", cuyo proyecto ha sido debidamente

aprobado.

Dichas obras están incluidas en la normativa de

la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de

los Transportes Terrestres, siendo aplicable a las

mismas su artículo 153. Asimismo las referidas

obras se encuentran amparadas por lo establecido

en los artículos 228, 233 y 236.2 del Reglamento

de la Ley de Ordenación de los Transportes

Terrestres de 28 de septiembre de 1990. Por lo que la

aprobación del proyecto referenciado en el

encabezamiento del presente escrito conlleva la

declaración de utilidad pública y la urgencia de la

ocupación a efectos de expropiación forzosa, de aquí

la aplicación de los preceptos contenidos en el

artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16

de diciembre de 1954, y concordantes de su

Reglamento de 26 de abril de 1957.

Este Ministerio ha resuelto, en el día de la fecha,

abrir información pública durante un plazo de

quince días hábiles, computados en la forma dispuesta

en el artículo 17, párrafo primero, del Reglamento

de 26 de abril de 1957, para que los propietarios

que figuran en la relación que a continuación se

detalla y todas las demás personas o entidades que

se estimen afectadas por la ejecución de las obras,

puedan formular por escrito ante este

Departamento, las alegaciones que consideren oportunas, de

acuerdo con lo previsto en la Ley de Expropiación

Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y en el

artículo 56 del Reglamento para su aplicación.

En el Ayuntamiento de Calatayud estarán a

disposición de los propietarios afectados, la Memoria,

la relación de bienes y derechos afectados, así como

los planos generales de expropiación relativos a los

municipios referenciados.

Madrid, 20 de junio de 2000.-P. D. (Orden de 14

de enero de 1997, "Boletín Oficial del Estado"

del 16), el Subdirector general de Administración

y Gestión Financiera, Luis Padial Martín.-39.884.

Relación concreta e individualizada de los bienes y derechos

(ver imagen página 8491).

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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