Desconociéndose el actual domicilio de
"Extintores Momfrague, Sociedad Limitada", por no
hallársele en calle Ancha, número 48, Plasencia
(Cáceres), que había designado, se le hace saber por
el presente edicto que por este Tribunal
Económico-Administrativo Central y en el expediente
R.G. 1585-98 y R.S. 283-98, seguido a su instancia
por el Impuesto sobre el Valor Añadido, se ha
dictado resolución en la sesión de Sala del día 16
de diciembre de 1999, cuya parte dispositiva dice
lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso de alzada interpuesto por
"Extintores Monfrague, Sociedad Limitada", contra
la Resolución del Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Extremadura, de 28 de noviembre
de 1997, referente al Impuesto sobre el Valor
Añadido y otros conceptos, siendo el importe más
elevada de las reclamaciones acumuladas por el
Tribunal de instancia la correspondiente al IVA de
7.694.495 pesetas, acuerda desestimar la
reclamación y confirmar la liquidación impugnada."
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advirtiéndole que contra esta Resolución, definitiva en
vía económico-administrativa, puede interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional, en el plazo de dos meses, a contar del
día siguiente a la fecha de este edicto.
Madrid, 5 de mayo de 2000.-El Vocal, Alejandro
Rebollo Álvarez-Amandi.-&38.237.
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