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La Presidencia del Fondo Español de Garantía
Agraria (FEGA),
Hace saber: Tramitado el correspondiente
procedimiento administrativo (expediente 1-193/99),
sobre ayudas comunitarias a la producción de
productos transformados a base de tomate, solicitadas
en la C 97/98 por la mercantil "Conservas Fortuna,
Sociedad Limitada", CIF B-30122261, cuyo último
domicilio conocido se ubicaba en carretera de
Perelas-Álvarez, kilómetro 10, de Carabaña (Madrid),
se ha dictado Resolución de 12 de abril de 2000,
por la que se acuerda denegar la ayuda solicitada
para la campaña 97-98 y excluir a la citada mercantil
del beneficio de la ayuda a la producción de
transformados de tomate para la campaña siguiente a
la de dicha Resolución.
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 59.4 de la Ley 30/1992, mediante este edicto
se notifica a cuantos legalmente representen a la
citada empresa dicha Resolución, que no agota la
vía administrativa, contra la que se podrá interponer
recurso de alzada ante el excelentísimo señor
Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo
de un mes, contado a partir del siguiente a la
publicación del presente edicto.
Madrid, 24 de abril de 2000.-La Presidenta,
Elena de Mingo Bolde.-&28.117.
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