MINISTERIO
DE INDUSTRIA Y ENERGÍA
Dirección General de la Energía
Resolución por la que se autoriza a la empresa
"Repsol Petróleo, Sociedad Anónima", la realización del
proyecto de instalación del oleoducto
Cartagena-Puertollano y sus instalaciones auxiliares en el
tramo correspondiente a la Comunidad Autónoma
de Castilla-La Mancha
Visto el escrito presentado por "Repsol Petróleo,
Sociedad Anónima", ante la Dirección General de
la Energía, en fecha 8 de febrero de 1996, por
el que se solicita la autorización del proyecto de
instalación del oleoducto Cartagena-Puertollano y
sus instalaciones auxiliares, del cual forma parte el
tramo correspondiente a la Comunidad Autónoma
de Castilla-La Mancha;
Habiendo sido sometido dicho tramo al trámite
de información pública, mediante su inserción en
el "Boletín Oficial del Estado" de 18 de junio de
1996 (tramo correspondiente a la provincia de
Albacete) y 20 de junio de 1996 (ídem Ciudad Real),
así como en el "Boletín Oficial de la Provincia de
Albacete" de 22 de abril de 1996, en el diario "La
Tribuna" de 25 de abril de 1996, en el "Boletín
Oficial de la Provincia de Ciudad Real" de 27 de
mayo de 1996 y en el diario "Lanza" de 10 y 18
de abril de 1996, de acuerdo con lo previsto al
efecto en la Ley 34/1992, de 22 de diciembre, de
Ordenación del Sector Petrolero, así como en la
Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre
de 1954, y en su Reglamento, de 26 de abril de
1957;
Habiéndose remitido igualmente los anuncios
para su exposición pública en los Ayuntamientos
y organismos afectados;
Habiéndose recibido las alegaciones presentadas
por los afectados al trazado del proyecto en cuestión,
que fueron estudiadas por la empresa solicitante
de la autorización de instalación, y considerando
las respuestas de "Repsol Petróleo, Sociedad
Anónima", a las mismas, haciendo constar que el
proyecto cumple los requisitos técnicos y de seguridad
exigidos por la legislación vigente, adjuntando
estudios de impacto ambiental y de seguridad e higiene;
Visto, igualmente, el escrito presentado por
"Repsol Petróleo, Sociedad Anónima", ante la Dirección
General de la Energía, en fecha 12 de junio de
1998, en el que se solicita la inclusión de los nuevos
datos básicos de diseño del oleoducto, referentes
a fluidos a transportar y caudal de transporte;
Considerando lo dispuesto en los artículos 3.2
y 40 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector
de Hidrocarburos, y a tenor de lo dispuesto en el
artículo 16.5 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio,
en relación con el artículo 12.3 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común;
Habiéndose emitido, asimismo, con fecha 19 de
octubre de 1998, declaración de la Dirección
General de Medio Ambiente Natural de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha en relación
con dicho proyecto, haciendo constar en la misma
que el trazado del oleoducto a su paso por dicha
Comunidad Autónoma afecta territorialmente y de
forma marginal a dos zonas propuestas como lugares
de importancia comunitaria: "Sierra del Relumbrar.
Cerro Vico. Río Guadalmena" y las "Hoces del
Segura", considerando que el impacto ambiental sobre
las mismas es no significativo y reversible, si se
adoptan las medidas previstas de restauración por
parte de la empresa constructora, debiendo la misma
presentar ante las correspondientes Delegaciones
Provinciales de la Consejería de Agricultura y Medio
Ambiente el cronograma y el detalle de las
actuaciones previstas sobre dichas zonas. La citada
declaración fija una serie de medidas moduladoras y
correctoras del impacto ambiental que deben ser
introducidas en el proyecto constructivo del
oleoducto;
Constando informes favorables de las Direcciones
Provinciales del Ministerio de Industria y Energía
de Albacete y Ciudad Real, con fechas 29 de abril
y 5 de junio de 1997, respectivamente;
Por último, habiéndose autorizado a la empresa
"Repsol Petróleo, Sociedad Anónima", la realización
del proyecto de instalación del oleoducto
Cartagena-Puertollano y sus instalaciones auxiliares en el
tramo correspondiente a la Comunidad Autónoma
de Murcia por Resolución de la Dirección General
de la Energía de 30 de junio de 1998 ("Boletín
Oficial del Estado" de 30 de julio),
Esta Dirección General de la Energía ha resuelto
autorizar la instalación del oleoducto
Cartagena-Puertollano y sus instalaciones auxiliares, de
acuerdo con el proyecto presentado por "Repsol
Petróleo, Sociedad Anónima", para el tramo
correspondiente a la Comunidad Autónoma de Castilla-La
Mancha.
Esta autorización se otorga al amparo de lo
dispuesto en los artículos 3.2 y 40 de la Ley 34/1998,
de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos,
autorización que, conforme previene el artículo 103 de
la citada Ley, llevará implícita la declaración de
utilidad pública, la necesidad de ocupación a efectos
de expropiación forzosa y el ejercicio de la
servidumbre de paso, con las condiciones reflejadas
en el trámite de información pública previamente
mencionado.
Asimismo, esta aprobación está sometida a las
condiciones siguientes:
Primera.-El presente proyecto, suscrito por
Técnico superior y visado por los Colegios Oficiales
de Ingenieros Industriales de Madrid, Comunidad
Valenciana y Albacete y Región de Murcia, tiene
por objeto la instalación de un oleoducto que una
los complejos de refino de Cartagena y Puertollano,
ambos propiedad de la citada empresa, asegurando
el abastecimiento de crudos al complejo de
Puertollano.
Segunda.-El oleoducto está diseñado para
trasportar un total de 7.500.000 toneladas métricas/año
de crudos.
Tercera.-La longitud total del oleoducto es de
353 kilómetros, de los que 219 kilómetros
corresponden a la Comunidad de Castilla-La Mancha,
con un total de 24 municipios atravesados por el
trazado, 10 correspondientes a la provincia de
Albacete y 14 a la provincia de Ciudad Real. Dentro
de la Comunidad de Castilla-La Mancha se instalará
una estación de bombeo en el término municipal
de Elche de la Sierra (Albacete).
Cuarta.-El oleoducto estará construido en acero
al carbono API-5L-X60, con un diámetro de 22''
(aproximadamente 560 milímetros), con un espesor
mínimo de 7,1 milímetros y máximo de 10,3
milímetros.
La tubería transcurre enterrada a una profundidad
de un metro, excepto en los cruces bajo carreteras
o vías férreas, en los que la profundidad será de
1,50 y 2,50 metros, respectivamente.
La protección contra la corrosión de la tubería
está garantizada por un revestimiento externo de
banda de polietileno y una protección catódica con
corriente impresa.
El proyecto incluye igualmente:
Estudio geotécnico.
Estudio de impacto ambiental.
Estudio de seguridad e higiene.
Estudio de prospección arqueológica superficial.
Estudio de instalaciones y protecciones eléctricas.
Sistema de telecomunicación y telecontrol.
Quinta.-El diseño, montaje y puesta en marcha
de las instalaciones contempladas en el proyecto
se realizarán de acuerdo con los reglamentos,
estándares, códigos, normas, instrucciones y
especificaciones que en el mismo se citan.
Sexta.-El presupuesto total estimado asciende
a 20.637.713.421 pesetas, de los cuales
11.288.843.800 pesetas corresponden al trazado
ubicado dentro de la Comunidad Autónoma de
Castilla-La Mancha.
Séptima.-El plazo de ejecución de las obras se
fija en veinticuatro meses, contados a partir de la
fecha de ocupación real de las fincas que han de
ser afectadas por aquéllas.
Octava.-Las instalaciones y almacenamiento
deberán cumplir lo dispuesto en el Real Decreto
1562/1998, de 17 de julio ("Boletín Oficial del
Estado" de 8 de agosto), por el que se modifica la
Instrucción técnica complementaria MI-IP02, "Parques
de almacenamiento de líquidos petrolíferos",
aprobada por Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre
("Boletín Oficial del Estado" de 27 de enero de
1995), sin perjuicio de lo dispuesto en otra
normativa general o especial aplicable.
Novena.-Sin perjuicio de las atribuciones y
competencias que correspondan a otras entidades y
organismo el Director técnico responsable de la
instalación que se autoriza acreditará ante las
dependencias del Área de Industria y Energía de la
Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha, sitas
en Albacete y Ciudad Real, que en las obras se
han realizado con resultado satisfactorio los ensayos
y pruebas prescritas en las normas y códigos que
se referencian en el proyecto, y se levantará acta
de puesta en marcha, sin cuyo requisito la instalación
no podrá entrar en funcionamiento. Una copia del
acta de puesta en marcha deberá ser remitida a
la Dirección General de la Energía.
Décima.-Esta autorización se otorga sin perjuicio
e independiente de las autorizaciones, licencias o
permisos de competencia autonómica, municipal o
de otras entidades, necesarios para la realización
y puesta en marcha de las instalaciones.
Undécima.-Para introducir modificaciones en las
instalaciones autorizadas, será necesario obtener la
autorización correspondiente.
Duodécima.-La Administración se reserva el
derecho de realizar las pruebas que estime
convenientes y de dejar sin efecto esta autorización si
se demuestra el incumplimiento de las condiciones
impuestas, la existencia de discrepancias
fundamentales con relación a la información suministrada
u otra causa excepcional que lo justifique.
Decimotercera.-Contra la presente Resolución,
de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107
y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y
en la disposición adicional decimoquinta de la Ley
6/1997, de 14 de abril, de Organización y
Funcionamiento de la Administración General del
Estado, puede interponerse recurso ordinario ante el
excelentísimo señor Ministro de Industria y Energía,
en el plazo de un mes, a partir del día siguiente
al de la recepción de la notificación de la presente
Resolución.
Madrid, 11 de noviembre de 1998.-El Director
general de la Energía, Antonio Gomis Sáez.-1.346.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE ANDALUCÍA
Consejería de Trabajo e Industria
Delegaciones Provinciales
GRANADA
Se somete a información pública, a los efectos de
expropiación, la relación de bienes y derechos
afectados por la ejecución del proyecto de instalación
de la línea aérea de media tensión a 20 kV,
circunvalación de Ugíjar, situada en término municipal
de Ugíjar. Expediente 6382/AT
Por Resolución de la Delegación Provincial de
Granada de la Consejería de Trabajo e Industria
de la Junta de Andalucía, de fecha 30 de abril
de 1998, ha sido aprobado el proyecto de ejecución
y declarada de utilidad pública la instalación de
la línea aérea de media tensión a 20 kV,
circunvalación de Ugíjar, situada en término municipal
de Ugíjar, solicitada por "Compañía Sevillana de
Electricidad, Sociedad Anónima".
La declaración de utilidad pública de esta
instalación, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 53 de la Ley 40/1994, de 30 de diciembre,
de Ordenación del Sistema Eléctrico Nacional, lleva
implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación
de los bienes o adquisición de los derechos afectados
e implicará la urgente ocupación, a los efectos del
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Por lo expuesto, y de acuerdo con lo establecido
en la Ley 10/1966, de 18 de marzo, de Expropiación
Forzosa y Sanciones en Materia de Instalaciones
Eléctricas, y a los efectos previstos en el
artículo 16.3, en relación con el 31.4 del Reglamento
para su ejecución, aprobado por
Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, se somete a
información pública la relación de bienes y derechos
afectados por el proyecto anteriormente indicado.
Lo que se hace público, para que cualquier
persona, dentro de los quince días siguientes a la última
publicación de las que se previenen en el
artículo 16.1 del Decreto 2619/1966, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 10/1966 ("Boletín
Oficial de la Provincia de Granada" y diario "Ideal"
de Granada), las que se efectúen en el "Boletín
Oficial del Estado" y "Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía", y los interesados en igual plazo,
contado desde el día siguiente a la notificación
individual que se les practique, puedan aportar, por
escrito, los datos oportunos para rectificar posibles
errores en la relación indicada, así como formular
las alegaciones procedentes por razón de lo
dispuesto en los artículos 25 y 26 de este Reglamento,
ante esta Delegación Provincial, Departamento de
Legislación, calle Molinos, número 65.
Los propietarios afectados podrán también
recabar, a través de esta Delegación Provincial, que
"Compañía Sevillana de Electricidad, Sociedad
Anónima", les facilite los demás datos que consideren
precisos para la identificación de la afectación de
su bien.
Granada, 18 de diciembre de 1998.-El Delegado
provincial, Mariano Gutiérrez Terrón.-575-*.
Relación concreta e individualizada de los
interesados y bienes afectados por la línea aérea de media
tensión 20 kV, circunvalación de Ugíjar, en término
municipal de Ugíjar
Parcela número 22, polígono número 3. Nombre
de la finca: "La Cara". Término municipal: Ugíjar.
Propietario: Don Francisco Vidal Sánchez.
Domicilio: Calle Nayares, número 8, 18014 Granada.
Linderos: Norte, parcela 17, propietaria doña María
Carmen Sánchez Jiménez, camino Cuesta del
Molino; sur, barranco de los Diablos, parcela 31,
propietario don Luis Cortés Cortés; este, acequia de
la Cara, parcela 24, propietaria doña Remedios
Linares Cantón, parcela 27, propietario don Baldomero
López Martín, parcela 28, propietaria Iglesia
Católica Asilo Sagrado Corazón, y oeste, barranco de
los Diablos. Clase de cultivo: Almendros y secano.
Número del poste: 4,5y6.Longitud de la línea
que causa servidumbre: 270 metros. Superficie
ocupada por cada uno de los apoyos: 0,81; 0,81; 196
(3,58 metros cuadrados). Distancia entre
conductores extremos: 1,1 + 1,1 = 2,2 metros. Altura
mínima de conductores sobre el suelo: 7,5 metros.
Superficie ocupada por el vuelo de conductores: 2.888
metros cuadrados. Oscilación externa máxima de
conductores, incluida zona de seguridad: 10,70
metros.
Parcela número 135, polígono número 3. Nombre
de la finca: "Secuela". Término municipal: Ugíjar.
Propietario: Don Francisco Vidal Sánchez.
Domicilio: Calle Nayares, número 8, 18014 Granada.
Linderos: Norte, parcela 132, propietario don
Carneb Sirua Auna; sur, parcela 136, propietario don
Antonio Manzano Baños; este, río de Ugíjar, 8, y
oeste, carretera C-332-Ugíjar-Cherin. Clase de
cultivo: Olivos. Longitud de la línea que causa
servidumbre: 40 metros. Distancia entre conductores
extremos: 2,2 metros. Altura mínima de conductores
sobre el suelo: 18,5 metros. Superficie afectada por
el vuelo de conductores: 1.039 metros cuadrados.
Oscilación externa máxima de conductores, incluida
zona de seguridad: 11,26 metros.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE ARAGÓN
Departamento de Economía,
Hacienda y Fomento
Servicios Provinciales
ZARAGOZA
El Servicio Provincial de Economía, Hacienda y
Fomento de Zaragoza hace saber que ha sido
otorgado el siguiente permiso de investigación:
Nombre: "Carmen". Número: 2.648. Recurso
minero: Carbonato cálcico y magnésico. Superficie:
49 cuadrículas mineras. Términos municipales:
Belchite y Almonacid de la Cuba.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 101.5 del Reglamento
General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto
de 1978.
Zaragoza, 26 de octubre de 1998.-El Director
del Servicio Provincial de Economía, Hacienda y
Fomento, Juan José Fernández Fernández.-461.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE MADRID
Consejería de Hacienda
Canal de Isabel II
Orden de 3 de diciembre de 1998 por la que se
hace público el edicto convocando al levantamiento
de actas previas a la ocupación de los bienes y
derechos afectados por la expropiación forzosa con
motivo de la ejecución del proyecto de "Mejora del
abastecimiento al sistema Arganda. Ramal Morata de
Tajuña-Villaconejos. Segunda fase: Impulsión a
depósito de Chinchón", para los días 26, 27, 28
y 29 de enero de 1999
Por acuerdo del Consejo de Gobierno de la
Comunidad de Madrid, de 7 de septiembre de 1989, ha
sido declarada de urgencia la ocupación de los
bienes y derechos necesarios para la ejecución de las
obras de referencia.
Consecuentemente, se convoca a los propietarios
de las fincas afectadas por el citado proyecto, cuya
relación debidamente detallada y descripción de los
bienes afectados se contiene en el edicto que se
publica en el "Boletín Oficial de la Comunidad de
Madríd" y en los tablones de anuncios de los
Ayuntamientos de Perales de Tajuña, Valdelaguna y
Chinchón. En dicha relación, asimismo, se fija el día
y hora para el levantamiento de cada una de las
actas previas a la ocupación, independientemente
de la notificación que, en los mismos términos se
hace a cada uno de los interesados.
Para una mayor información, puede examinarse
el plano parcelario del proyecto en las oficinas de
la entidad beneficiaria, Canal de Isabel II, calle Santa
Engracia, 125, Madrid y en los Ayuntamientos de
Perales de Tajuña, Valdelaguna y Chinchón.
Madrid, 3 de diciembre de 1998.-El Consejero
de Hacienda, Antonio Beteta Barreda.-1.293.
Orden de 11 de diciembre de 1998 por la que se
hace público el edicto convocando al levantamiento
de actas previas a la ocupación de los bienes y
derechos afectados por la expropiación forzosa con
motivo de la ejecución del proyecto de "Mejora del
abastecimiento al sistema Arganda. Ramal Morata de
Tajuña-Villaconejos. Tercera fase:
Chinchón-Colmenar de Oreja y Chinchón-Villaconejos", para los días
8, 9, 10, 11 y 12 de febrero de 1999
Por acuerdo del Consejo de Gobierno de la
Comunidad de Madrid, de 7 de septiembre de 1998, ha
sido declarada de urgencia la ocupación de los
bienes y derechos necesarios para la ejecución de las
obras de referencia.
Consecuentemente, se convoca a los propietarios
de las fincas afectadas por el citado proyecto, cuya
relación debidamente detallada y descripción de los
bienes afectados se contiene en el edicto que se
publica en el "Boletín Oficial de la Comunidad de
Madríd" y en los tablones de anuncios de los
Ayuntamientos de Colmenar de Oreja, Villaconejos y
Chinchón. En dicha relación asimismo, se fija el
día y la hora para el levantamiento de cada una
de las actas previas a la ocupación,
independientemente de la notificación que, en los mismos
términos, se hace a cada uno de los interesados.
Para una mayor información, puede examinarse
el plano parcelario del proyecto en las oficinas de
la entidad beneficiaria, Canal de Isabel II, calle Santa
Engracia, 125, Madrid y en los Ayuntamientos de
Colmenar de Oreja, Villaconejos y Chinchón.
Madrid, 11 de diciembre de 1998.-El Consejero
de Hacienda, Antonio Beteta Barreda.-1.294.
Orden de 21 de diciembre de 1998 por la que se
hace público el edicto convocando al levantamiento
de actas previas a la ocupación de los bienes y
derechos afectados por la expropiación forzosa con
motivo de la ejecución del proyecto de "Eje de la carretera
N-III, del Cerro Almodóvar a Rivas Vaciamadrid
y Arganda del Rey", tramo 4
Por acuerdo del Consejo de Gobierno de la
Comunidad de Madrid, de 5 de noviembre de 1998, ha
sido declarada de urgencia la ocupación de los
bienes y derechos necesarios para la ejecución de las
obras de referencia.
Consecuentemente, se convoca a los propietarios
de las fincas afectadas por el citado proyecto, cuya
relación debidamente detallada y descripción de los
bienes afectados se contiene en el edicto que se
publica en el "Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid" y en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de Arganda del Rey, y que asimismo, se
fija el día y hora para el levantamiento de cada
una de las actas previas, independientemente de
la notificación que, en los mismos términos, se hace
de cada uno de los interesados.
Para una mayor información, puede examinarse
el plano parcelario del proyecto en las oficinas de
la entidad beneficiaria, Canal de Isabel II, calle Santa
Engracia, 125, Madrid, y en el Ayuntamiento de
Arganda del Rey.
Madrid, 21 de diciembre de 1998.-El Consejero
de Hacienda, Antonio Beteta Barreda.-1.292.
UNIVERSIDADES
AUTÓNOMA DE MADRID
Facultad de Ciencias Económicas
y Empresariales
A instancia del interesado, se hace constar el
extravío del título de Licenciado en Ciencias Económicas
y Empresariales de la Universidad Autónoma de
Madrid, expedido a nombre de doña María del
Carmen Garreta Oñate el día 22 de enero de 1996,
y que figura registrado en el libro 2 de títulos de
esta Facultad, en el folio 259 y con el número
10.256.
De conformidad con lo establecido en el punto
2 del apartado noveno de la Orden de 8 de julio
de 1988 ("Boletín Oficial del Estado" del 13), se
hace público el presente anuncio para propiciar,
en su caso, las oportunas reclamaciones.
De no producirse éstas en el plazo de treinta
días, a partir de esta publicación, se iniciará el
trámite para expedición de duplicado del citado título.
Madrid, 23 de noviembre de 1998.-El Decano,
Francisco Prieto Pérez.-423.
BARCELONA
Facultad de Geografía e Historia
En cumplimiento de las disposiciones
reglamentarias, se hace pública la incoación de expediente
para nuevo título de Licenciado en Geografía e
Historia, Sección Historia Moderna, por extravío del
original, a petición de don Jordi Vilamala Salvans,
expedido el 18 de agosto de 1993.
Barcelona, 28 de octubre de 1998.-La
Secretaria.-443.
GRANADA
Facultad de Filosofía y Letras
Se publica, por término de treinta días, para oír
reclamaciones, según Orden de 8 de agosto de 1988,
la pérdida de un título de Licenciado en Filosofía
y Letras [Sección de Filología Germánica (Inglés)]
a favor de don José Francisco Fernández Sánchez,
dado en Granada con fecha 5 de septiembre
de 1988.
Granada, 27 de noviembre de 1998.-444.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid