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Documento BOE-B-1999-386

Otros anuncios oficiales

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 13 de enero de 1999, páginas 422 a 424 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Referencia:
BOE-B-1999-386

TEXTO

MINISTERIO

DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

Dirección General de la Energía

Resolución por la que se autoriza a la empresa

"Repsol Petróleo, Sociedad Anónima", la realización del

proyecto de instalación del oleoducto

Cartagena-Puertollano y sus instalaciones auxiliares en el

tramo correspondiente a la Comunidad Autónoma

de Castilla-La Mancha

Visto el escrito presentado por "Repsol Petróleo,

Sociedad Anónima", ante la Dirección General de

la Energía, en fecha 8 de febrero de 1996, por

el que se solicita la autorización del proyecto de

instalación del oleoducto Cartagena-Puertollano y

sus instalaciones auxiliares, del cual forma parte el

tramo correspondiente a la Comunidad Autónoma

de Castilla-La Mancha;

Habiendo sido sometido dicho tramo al trámite

de información pública, mediante su inserción en

el "Boletín Oficial del Estado" de 18 de junio de

1996 (tramo correspondiente a la provincia de

Albacete) y 20 de junio de 1996 (ídem Ciudad Real),

así como en el "Boletín Oficial de la Provincia de

Albacete" de 22 de abril de 1996, en el diario "La

Tribuna" de 25 de abril de 1996, en el "Boletín

Oficial de la Provincia de Ciudad Real" de 27 de

mayo de 1996 y en el diario "Lanza" de 10 y 18

de abril de 1996, de acuerdo con lo previsto al

efecto en la Ley 34/1992, de 22 de diciembre, de

Ordenación del Sector Petrolero, así como en la

Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre

de 1954, y en su Reglamento, de 26 de abril de

1957;

Habiéndose remitido igualmente los anuncios

para su exposición pública en los Ayuntamientos

y organismos afectados;

Habiéndose recibido las alegaciones presentadas

por los afectados al trazado del proyecto en cuestión,

que fueron estudiadas por la empresa solicitante

de la autorización de instalación, y considerando

las respuestas de "Repsol Petróleo, Sociedad

Anónima", a las mismas, haciendo constar que el

proyecto cumple los requisitos técnicos y de seguridad

exigidos por la legislación vigente, adjuntando

estudios de impacto ambiental y de seguridad e higiene;

Visto, igualmente, el escrito presentado por

"Repsol Petróleo, Sociedad Anónima", ante la Dirección

General de la Energía, en fecha 12 de junio de

1998, en el que se solicita la inclusión de los nuevos

datos básicos de diseño del oleoducto, referentes

a fluidos a transportar y caudal de transporte;

Considerando lo dispuesto en los artículos 3.2

y 40 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector

de Hidrocarburos, y a tenor de lo dispuesto en el

artículo 16.5 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio,

en relación con el artículo 12.3 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común;

Habiéndose emitido, asimismo, con fecha 19 de

octubre de 1998, declaración de la Dirección

General de Medio Ambiente Natural de la Junta de

Comunidades de Castilla-La Mancha en relación

con dicho proyecto, haciendo constar en la misma

que el trazado del oleoducto a su paso por dicha

Comunidad Autónoma afecta territorialmente y de

forma marginal a dos zonas propuestas como lugares

de importancia comunitaria: "Sierra del Relumbrar.

Cerro Vico. Río Guadalmena" y las "Hoces del

Segura", considerando que el impacto ambiental sobre

las mismas es no significativo y reversible, si se

adoptan las medidas previstas de restauración por

parte de la empresa constructora, debiendo la misma

presentar ante las correspondientes Delegaciones

Provinciales de la Consejería de Agricultura y Medio

Ambiente el cronograma y el detalle de las

actuaciones previstas sobre dichas zonas. La citada

declaración fija una serie de medidas moduladoras y

correctoras del impacto ambiental que deben ser

introducidas en el proyecto constructivo del

oleoducto;

Constando informes favorables de las Direcciones

Provinciales del Ministerio de Industria y Energía

de Albacete y Ciudad Real, con fechas 29 de abril

y 5 de junio de 1997, respectivamente;

Por último, habiéndose autorizado a la empresa

"Repsol Petróleo, Sociedad Anónima", la realización

del proyecto de instalación del oleoducto

Cartagena-Puertollano y sus instalaciones auxiliares en el

tramo correspondiente a la Comunidad Autónoma

de Murcia por Resolución de la Dirección General

de la Energía de 30 de junio de 1998 ("Boletín

Oficial del Estado" de 30 de julio),

Esta Dirección General de la Energía ha resuelto

autorizar la instalación del oleoducto

Cartagena-Puertollano y sus instalaciones auxiliares, de

acuerdo con el proyecto presentado por "Repsol

Petróleo, Sociedad Anónima", para el tramo

correspondiente a la Comunidad Autónoma de Castilla-La

Mancha.

Esta autorización se otorga al amparo de lo

dispuesto en los artículos 3.2 y 40 de la Ley 34/1998,

de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos,

autorización que, conforme previene el artículo 103 de

la citada Ley, llevará implícita la declaración de

utilidad pública, la necesidad de ocupación a efectos

de expropiación forzosa y el ejercicio de la

servidumbre de paso, con las condiciones reflejadas

en el trámite de información pública previamente

mencionado.

Asimismo, esta aprobación está sometida a las

condiciones siguientes:

Primera.-El presente proyecto, suscrito por

Técnico superior y visado por los Colegios Oficiales

de Ingenieros Industriales de Madrid, Comunidad

Valenciana y Albacete y Región de Murcia, tiene

por objeto la instalación de un oleoducto que una

los complejos de refino de Cartagena y Puertollano,

ambos propiedad de la citada empresa, asegurando

el abastecimiento de crudos al complejo de

Puertollano.

Segunda.-El oleoducto está diseñado para

trasportar un total de 7.500.000 toneladas métricas/año

de crudos.

Tercera.-La longitud total del oleoducto es de

353 kilómetros, de los que 219 kilómetros

corresponden a la Comunidad de Castilla-La Mancha,

con un total de 24 municipios atravesados por el

trazado, 10 correspondientes a la provincia de

Albacete y 14 a la provincia de Ciudad Real. Dentro

de la Comunidad de Castilla-La Mancha se instalará

una estación de bombeo en el término municipal

de Elche de la Sierra (Albacete).

Cuarta.-El oleoducto estará construido en acero

al carbono API-5L-X60, con un diámetro de 22''

(aproximadamente 560 milímetros), con un espesor

mínimo de 7,1 milímetros y máximo de 10,3

milímetros.

La tubería transcurre enterrada a una profundidad

de un metro, excepto en los cruces bajo carreteras

o vías férreas, en los que la profundidad será de

1,50 y 2,50 metros, respectivamente.

La protección contra la corrosión de la tubería

está garantizada por un revestimiento externo de

banda de polietileno y una protección catódica con

corriente impresa.

El proyecto incluye igualmente:

Estudio geotécnico.

Estudio de impacto ambiental.

Estudio de seguridad e higiene.

Estudio de prospección arqueológica superficial.

Estudio de instalaciones y protecciones eléctricas.

Sistema de telecomunicación y telecontrol.

Quinta.-El diseño, montaje y puesta en marcha

de las instalaciones contempladas en el proyecto

se realizarán de acuerdo con los reglamentos,

estándares, códigos, normas, instrucciones y

especificaciones que en el mismo se citan.

Sexta.-El presupuesto total estimado asciende

a 20.637.713.421 pesetas, de los cuales

11.288.843.800 pesetas corresponden al trazado

ubicado dentro de la Comunidad Autónoma de

Castilla-La Mancha.

Séptima.-El plazo de ejecución de las obras se

fija en veinticuatro meses, contados a partir de la

fecha de ocupación real de las fincas que han de

ser afectadas por aquéllas.

Octava.-Las instalaciones y almacenamiento

deberán cumplir lo dispuesto en el Real Decreto

1562/1998, de 17 de julio ("Boletín Oficial del

Estado" de 8 de agosto), por el que se modifica la

Instrucción técnica complementaria MI-IP02, "Parques

de almacenamiento de líquidos petrolíferos",

aprobada por Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre

("Boletín Oficial del Estado" de 27 de enero de

1995), sin perjuicio de lo dispuesto en otra

normativa general o especial aplicable.

Novena.-Sin perjuicio de las atribuciones y

competencias que correspondan a otras entidades y

organismo el Director técnico responsable de la

instalación que se autoriza acreditará ante las

dependencias del Área de Industria y Energía de la

Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha, sitas

en Albacete y Ciudad Real, que en las obras se

han realizado con resultado satisfactorio los ensayos

y pruebas prescritas en las normas y códigos que

se referencian en el proyecto, y se levantará acta

de puesta en marcha, sin cuyo requisito la instalación

no podrá entrar en funcionamiento. Una copia del

acta de puesta en marcha deberá ser remitida a

la Dirección General de la Energía.

Décima.-Esta autorización se otorga sin perjuicio

e independiente de las autorizaciones, licencias o

permisos de competencia autonómica, municipal o

de otras entidades, necesarios para la realización

y puesta en marcha de las instalaciones.

Undécima.-Para introducir modificaciones en las

instalaciones autorizadas, será necesario obtener la

autorización correspondiente.

Duodécima.-La Administración se reserva el

derecho de realizar las pruebas que estime

convenientes y de dejar sin efecto esta autorización si

se demuestra el incumplimiento de las condiciones

impuestas, la existencia de discrepancias

fundamentales con relación a la información suministrada

u otra causa excepcional que lo justifique.

Decimotercera.-Contra la presente Resolución,

de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107

y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y

en la disposición adicional decimoquinta de la Ley

6/1997, de 14 de abril, de Organización y

Funcionamiento de la Administración General del

Estado, puede interponerse recurso ordinario ante el

excelentísimo señor Ministro de Industria y Energía,

en el plazo de un mes, a partir del día siguiente

al de la recepción de la notificación de la presente

Resolución.

Madrid, 11 de noviembre de 1998.-El Director

general de la Energía, Antonio Gomis Sáez.-1.346.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE ANDALUCÍA

Consejería de Trabajo e Industria

Delegaciones Provinciales

GRANADA

Se somete a información pública, a los efectos de

expropiación, la relación de bienes y derechos

afectados por la ejecución del proyecto de instalación

de la línea aérea de media tensión a 20 kV,

circunvalación de Ugíjar, situada en término municipal

de Ugíjar. Expediente 6382/AT

Por Resolución de la Delegación Provincial de

Granada de la Consejería de Trabajo e Industria

de la Junta de Andalucía, de fecha 30 de abril

de 1998, ha sido aprobado el proyecto de ejecución

y declarada de utilidad pública la instalación de

la línea aérea de media tensión a 20 kV,

circunvalación de Ugíjar, situada en término municipal

de Ugíjar, solicitada por "Compañía Sevillana de

Electricidad, Sociedad Anónima".

La declaración de utilidad pública de esta

instalación, de acuerdo con lo dispuesto en el

artículo 53 de la Ley 40/1994, de 30 de diciembre,

de Ordenación del Sistema Eléctrico Nacional, lleva

implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación

de los bienes o adquisición de los derechos afectados

e implicará la urgente ocupación, a los efectos del

artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Por lo expuesto, y de acuerdo con lo establecido

en la Ley 10/1966, de 18 de marzo, de Expropiación

Forzosa y Sanciones en Materia de Instalaciones

Eléctricas, y a los efectos previstos en el

artículo 16.3, en relación con el 31.4 del Reglamento

para su ejecución, aprobado por

Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, se somete a

información pública la relación de bienes y derechos

afectados por el proyecto anteriormente indicado.

Lo que se hace público, para que cualquier

persona, dentro de los quince días siguientes a la última

publicación de las que se previenen en el

artículo 16.1 del Decreto 2619/1966, por el que se

aprueba el Reglamento de la Ley 10/1966 ("Boletín

Oficial de la Provincia de Granada" y diario "Ideal"

de Granada), las que se efectúen en el "Boletín

Oficial del Estado" y "Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía", y los interesados en igual plazo,

contado desde el día siguiente a la notificación

individual que se les practique, puedan aportar, por

escrito, los datos oportunos para rectificar posibles

errores en la relación indicada, así como formular

las alegaciones procedentes por razón de lo

dispuesto en los artículos 25 y 26 de este Reglamento,

ante esta Delegación Provincial, Departamento de

Legislación, calle Molinos, número 65.

Los propietarios afectados podrán también

recabar, a través de esta Delegación Provincial, que

"Compañía Sevillana de Electricidad, Sociedad

Anónima", les facilite los demás datos que consideren

precisos para la identificación de la afectación de

su bien.

Granada, 18 de diciembre de 1998.-El Delegado

provincial, Mariano Gutiérrez Terrón.-575-*.

Relación concreta e individualizada de los

interesados y bienes afectados por la línea aérea de media

tensión 20 kV, circunvalación de Ugíjar, en término

municipal de Ugíjar

Parcela número 22, polígono número 3. Nombre

de la finca: "La Cara". Término municipal: Ugíjar.

Propietario: Don Francisco Vidal Sánchez.

Domicilio: Calle Nayares, número 8, 18014 Granada.

Linderos: Norte, parcela 17, propietaria doña María

Carmen Sánchez Jiménez, camino Cuesta del

Molino; sur, barranco de los Diablos, parcela 31,

propietario don Luis Cortés Cortés; este, acequia de

la Cara, parcela 24, propietaria doña Remedios

Linares Cantón, parcela 27, propietario don Baldomero

López Martín, parcela 28, propietaria Iglesia

Católica Asilo Sagrado Corazón, y oeste, barranco de

los Diablos. Clase de cultivo: Almendros y secano.

Número del poste: 4,5y6.Longitud de la línea

que causa servidumbre: 270 metros. Superficie

ocupada por cada uno de los apoyos: 0,81; 0,81; 196

(3,58 metros cuadrados). Distancia entre

conductores extremos: 1,1 + 1,1 = 2,2 metros. Altura

mínima de conductores sobre el suelo: 7,5 metros.

Superficie ocupada por el vuelo de conductores: 2.888

metros cuadrados. Oscilación externa máxima de

conductores, incluida zona de seguridad: 10,70

metros.

Parcela número 135, polígono número 3. Nombre

de la finca: "Secuela". Término municipal: Ugíjar.

Propietario: Don Francisco Vidal Sánchez.

Domicilio: Calle Nayares, número 8, 18014 Granada.

Linderos: Norte, parcela 132, propietario don

Carneb Sirua Auna; sur, parcela 136, propietario don

Antonio Manzano Baños; este, río de Ugíjar, 8, y

oeste, carretera C-332-Ugíjar-Cherin. Clase de

cultivo: Olivos. Longitud de la línea que causa

servidumbre: 40 metros. Distancia entre conductores

extremos: 2,2 metros. Altura mínima de conductores

sobre el suelo: 18,5 metros. Superficie afectada por

el vuelo de conductores: 1.039 metros cuadrados.

Oscilación externa máxima de conductores, incluida

zona de seguridad: 11,26 metros.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE ARAGÓN

Departamento de Economía,

Hacienda y Fomento

Servicios Provinciales

ZARAGOZA

El Servicio Provincial de Economía, Hacienda y

Fomento de Zaragoza hace saber que ha sido

otorgado el siguiente permiso de investigación:

Nombre: "Carmen". Número: 2.648. Recurso

minero: Carbonato cálcico y magnésico. Superficie:

49 cuadrículas mineras. Términos municipales:

Belchite y Almonacid de la Cuba.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo

dispuesto en el artículo 101.5 del Reglamento

General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto

de 1978.

Zaragoza, 26 de octubre de 1998.-El Director

del Servicio Provincial de Economía, Hacienda y

Fomento, Juan José Fernández Fernández.-461.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE MADRID

Consejería de Hacienda

Canal de Isabel II

Orden de 3 de diciembre de 1998 por la que se

hace público el edicto convocando al levantamiento

de actas previas a la ocupación de los bienes y

derechos afectados por la expropiación forzosa con

motivo de la ejecución del proyecto de "Mejora del

abastecimiento al sistema Arganda. Ramal Morata de

Tajuña-Villaconejos. Segunda fase: Impulsión a

depósito de Chinchón", para los días 26, 27, 28

y 29 de enero de 1999

Por acuerdo del Consejo de Gobierno de la

Comunidad de Madrid, de 7 de septiembre de 1989, ha

sido declarada de urgencia la ocupación de los

bienes y derechos necesarios para la ejecución de las

obras de referencia.

Consecuentemente, se convoca a los propietarios

de las fincas afectadas por el citado proyecto, cuya

relación debidamente detallada y descripción de los

bienes afectados se contiene en el edicto que se

publica en el "Boletín Oficial de la Comunidad de

Madríd" y en los tablones de anuncios de los

Ayuntamientos de Perales de Tajuña, Valdelaguna y

Chinchón. En dicha relación, asimismo, se fija el día

y hora para el levantamiento de cada una de las

actas previas a la ocupación, independientemente

de la notificación que, en los mismos términos se

hace a cada uno de los interesados.

Para una mayor información, puede examinarse

el plano parcelario del proyecto en las oficinas de

la entidad beneficiaria, Canal de Isabel II, calle Santa

Engracia, 125, Madrid y en los Ayuntamientos de

Perales de Tajuña, Valdelaguna y Chinchón.

Madrid, 3 de diciembre de 1998.-El Consejero

de Hacienda, Antonio Beteta Barreda.-1.293.

Orden de 11 de diciembre de 1998 por la que se

hace público el edicto convocando al levantamiento

de actas previas a la ocupación de los bienes y

derechos afectados por la expropiación forzosa con

motivo de la ejecución del proyecto de "Mejora del

abastecimiento al sistema Arganda. Ramal Morata de

Tajuña-Villaconejos. Tercera fase:

Chinchón-Colmenar de Oreja y Chinchón-Villaconejos", para los días

8, 9, 10, 11 y 12 de febrero de 1999

Por acuerdo del Consejo de Gobierno de la

Comunidad de Madrid, de 7 de septiembre de 1998, ha

sido declarada de urgencia la ocupación de los

bienes y derechos necesarios para la ejecución de las

obras de referencia.

Consecuentemente, se convoca a los propietarios

de las fincas afectadas por el citado proyecto, cuya

relación debidamente detallada y descripción de los

bienes afectados se contiene en el edicto que se

publica en el "Boletín Oficial de la Comunidad de

Madríd" y en los tablones de anuncios de los

Ayuntamientos de Colmenar de Oreja, Villaconejos y

Chinchón. En dicha relación asimismo, se fija el

día y la hora para el levantamiento de cada una

de las actas previas a la ocupación,

independientemente de la notificación que, en los mismos

términos, se hace a cada uno de los interesados.

Para una mayor información, puede examinarse

el plano parcelario del proyecto en las oficinas de

la entidad beneficiaria, Canal de Isabel II, calle Santa

Engracia, 125, Madrid y en los Ayuntamientos de

Colmenar de Oreja, Villaconejos y Chinchón.

Madrid, 11 de diciembre de 1998.-El Consejero

de Hacienda, Antonio Beteta Barreda.-1.294.

Orden de 21 de diciembre de 1998 por la que se

hace público el edicto convocando al levantamiento

de actas previas a la ocupación de los bienes y

derechos afectados por la expropiación forzosa con

motivo de la ejecución del proyecto de "Eje de la carretera

N-III, del Cerro Almodóvar a Rivas Vaciamadrid

y Arganda del Rey", tramo 4

Por acuerdo del Consejo de Gobierno de la

Comunidad de Madrid, de 5 de noviembre de 1998, ha

sido declarada de urgencia la ocupación de los

bienes y derechos necesarios para la ejecución de las

obras de referencia.

Consecuentemente, se convoca a los propietarios

de las fincas afectadas por el citado proyecto, cuya

relación debidamente detallada y descripción de los

bienes afectados se contiene en el edicto que se

publica en el "Boletín Oficial de la Comunidad de

Madrid" y en el tablón de anuncios del

Ayuntamiento de Arganda del Rey, y que asimismo, se

fija el día y hora para el levantamiento de cada

una de las actas previas, independientemente de

la notificación que, en los mismos términos, se hace

de cada uno de los interesados.

Para una mayor información, puede examinarse

el plano parcelario del proyecto en las oficinas de

la entidad beneficiaria, Canal de Isabel II, calle Santa

Engracia, 125, Madrid, y en el Ayuntamiento de

Arganda del Rey.

Madrid, 21 de diciembre de 1998.-El Consejero

de Hacienda, Antonio Beteta Barreda.-1.292.

UNIVERSIDADES

AUTÓNOMA DE MADRID

Facultad de Ciencias Económicas

y Empresariales

A instancia del interesado, se hace constar el

extravío del título de Licenciado en Ciencias Económicas

y Empresariales de la Universidad Autónoma de

Madrid, expedido a nombre de doña María del

Carmen Garreta Oñate el día 22 de enero de 1996,

y que figura registrado en el libro 2 de títulos de

esta Facultad, en el folio 259 y con el número

10.256.

De conformidad con lo establecido en el punto

2 del apartado noveno de la Orden de 8 de julio

de 1988 ("Boletín Oficial del Estado" del 13), se

hace público el presente anuncio para propiciar,

en su caso, las oportunas reclamaciones.

De no producirse éstas en el plazo de treinta

días, a partir de esta publicación, se iniciará el

trámite para expedición de duplicado del citado título.

Madrid, 23 de noviembre de 1998.-El Decano,

Francisco Prieto Pérez.-423.

BARCELONA

Facultad de Geografía e Historia

En cumplimiento de las disposiciones

reglamentarias, se hace pública la incoación de expediente

para nuevo título de Licenciado en Geografía e

Historia, Sección Historia Moderna, por extravío del

original, a petición de don Jordi Vilamala Salvans,

expedido el 18 de agosto de 1993.

Barcelona, 28 de octubre de 1998.-La

Secretaria.-443.

GRANADA

Facultad de Filosofía y Letras

Se publica, por término de treinta días, para oír

reclamaciones, según Orden de 8 de agosto de 1988,

la pérdida de un título de Licenciado en Filosofía

y Letras [Sección de Filología Germánica (Inglés)]

a favor de don José Francisco Fernández Sánchez,

dado en Granada con fecha 5 de septiembre

de 1988.

Granada, 27 de noviembre de 1998.-444.

ANÁLISIS

Tipo:
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