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Desconociéndose el actual domicilio de doña
Juana San Juan Huesca y otros, por no hallarse en
el de avenida Álvaro Domecq, 4, de Jerez de la
Frontera, que había designado, se le hace saber por
el presente edicto que por este Tribunal
Económico-Administrativo Central y en el expediente
R.G. 4870/98; R.S. 66/99, seguido a su instancia
por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, se
ha dictado resolución de Sala del día 8 de julio
de 1999, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
El Tribunal Económico-Administrativo Central,
En Sala, en el recurso de alzada promovido por
doña Marta San Juan Huesca, contra Resolución
del Tribunal Regional de Andalucía, de 27 de abril
de 1998, recaída en el expediente de reclamación
número 53/541/96, acuerda desestimarlo y
confirmar la resolución impugnada.
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, a
contar del día siguiente a la fecha de este edicto.
Madrid, 13 de diciembre de 1999.-El Vocal,
Julián Camacho García.-10.864.
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