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Documento BOE-B-1999-16584

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Publicado en:
«BOE» núm. 202, de 24 de agosto de 1999, páginas 11640 a 11642 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Referencia:
BOE-B-1999-16584

TEXTO

MINISTERIO DE JUSTICIA

Subsecretaría

Gabinete Técnico

Don Francisco Javier de Sintas Ponte ha solicitado

la sucesión en el título de Marqués de Bóveda de

Limia, vacante por fallecimiento de su tio don Luis

Ponte Manera, lo que se anuncia por el plazo de

treinta días, contados a partir de la publicación de

este edicto, a los efectos del artículo 6 del Real

Decreto de 27 de mayo de 1912, en su redacción

dada por el 222/1988, de 11 de marzo, para que

puedan solicitar lo conveniente los que se consideren

con derecho al referido título.

Madrid, 20 de julio de 1999.-Por la Unidad, el

Consejero técnico, Antonio Luque García.-34.263.

MINISTERIO DE DEFENSA

Comandancias Militares de Marina

A CORUÑA

Don Manuel Vicente Brioso Jiménez, Teniente de

Navío de la Reserva Naval Activa, Instructor

designado para el expediente administrativo

número 43/99 sobre el hallazgo de tres globos

hidrostáticos,

Hago saber: Que el día 24 de abril de 1999 fueron

hallados por don Frank Vega Pita, cuando realizaba

trabajos de extracción, tres globos hidrostáticos en

la bocana de la ría de Ares-Betanzos, uno de los

cuales está totalmente destrozado, siendo contratado

al efecto por el patrón del pesquero "Gocamar".

Dichos globos se encuentran depositados en la

embarcación "Buzos", de la quinta lista de A

Coruña, con base en el puerto de Lorbé.

Lo que se hace público con arreglo a lo dispuesto

en el artículo 48 de la Ley 60/1962, de 24 de

diciembre ("Boletín Oficial del Estado" número 310), a

fin de que la persona que se crea con derecho alguno

sobre el mencionado hallazgo, se persone en esta

Comandancia Militar de Marina de A Coruña, a

exponer lo que crea conveniente dentro del plazo

de seis meses, a contar desde la publicación del

presente edicto.

Transcurrido dicho plazo sin haberse presentado

reclamación alguna, se procederá con arreglo a la

Ley.

A Coruña, 5 de julio de 1999.±El Instructor,

Manuel Vicente Brioso Jiménez.-34.297.

A CORUÑA

Don Manuel Vicente Brioso Jiménez, Teniente de

Navío de la Reserva Naval Activa, Instructor

designado para el expediente administrativo

número 28/99 sobre el hallazgo de dos tanques

cilíndricos,

Hago saber: Que el día 30 de marzo de 1998

fueron hallados dos tanques cilíndricos de acero

inoxidable de 15 metros de largo y 5,5 metros de

diámetro, en alta mar, frente a la costa de Galicia,

por el remolcado "Ría de Vigo". Estos tanques se

encuentran depositados en el Muelle Centenario del

puerto de A Coruña.

Lo que se hace público con arreglo a lo dispuesto

en el artículo 48 de la Ley 60/1962, de 24 de

diciembre ("Boletín Oficial del Estado" número 310), a

fin de que la persona que se crea con derecho alguno

sobre el mencionado hallazgo se persone en esta

Comandancia Militar de Marina de A Coruña, a

exponer lo que crea conveniente dentro del plazo

de seis meses, a contar desde la publicación del

presente edicto.

Transcurrido dicho plazo sin haberse presentado

reclamación alguna, se procederá con arreglo a la

Ley.

A Coruña, 5 de julio de 1999.±El Instructor,

Manuel Vicente Brioso Jiménez.-34.298.

MINISTERIO

DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General de Seguros

Resolución en relación al expediente de revocación

de la autorización administrativa para el ejercicio

de la actividad de correduría de seguros incoado

a "Arbeo, Correduría de Seguros, Sociedad

Anónima" J-132, con arreglo a la Ley 9/1992, de

30 de abril, de Mediación en Seguros Privados

En el procedimiento de revocación de la

autorización administrativa para el ejercicio de la

actividad de correduría de seguros, incoado por la

Dirección General de Seguros, ha resultado constatado

que "Arbeo, Correduría de Seguros, Sociedad

Anónima", no se ha hecho cargo del oficio enviado

por este Centro Directivo a su domicilio social

comunicado, en Francisco Gervás, 14, de Madrid,

por lo que, en consecuencia y con arreglo a lo

establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,

así como por el artículo 19.1 de la Ley 9/1992,

de 30 de abril, de Mediación de Seguros Privados,

y disposiciones concordantes, se pone en su

conocimiento que, si transcurrido en plazo de quince

días a partir de la publicación en el "Boletín Oficial

del Estado" de la presente notificación, no hubiesen

comparecido en esta Dirección General de Seguros

para aportar los documentos acreditativos del

mantenimiento de sus requisitos del ejercicio en cuanto

a la administración de esa Sociedad por persona

que cumpla los requerimientos de los artículos

15.3.b), y 17.b) de la citada Ley 9/1992, acreditación

de su domicilio social, así como en cuanto a la

vigencia y continuo mantenimiento de su seguro

de responsabilidad civil, exigido por el artículo

15.2.c), de la mencionada Ley 9/1992, se revocará

a esa sociedad la autorización administrativa para

el ejercicio de la actividad de correduría de seguros,

conforme a lo dispuesto en el artículo 19.1.b) de

la misma Ley.

Madrid, 7 de junio de 1999.-La Directora general

de Seguros, María de Pilar González de

Frutos.-54.213.

MINISTERIO

DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

Dirección General de la Energía

Resolución por la que se autoriza a "Iberdrola,

Sociedad Anónima", la modificación parcial de la línea

eléctrica aérea a 132 KV, interprovincial

MurciaAlicante, denominada "El Palmar-Espinardo-Elche",

entre los apoyos números 204-208, en el término

municipal de Murcia

Visto el expediente incoado en el Área de Industria

y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia,

a instancia de "Iberdrola, Sociedad Anónima", con

domicilio en Bilbao, calle del Cardenal Gardoqui,

número 8, solicitando autorización para la

modificación de la línea citada;

Resultando que sometida la petición de "Iberdrola,

Sociedad Anónima" a información pública de

conformidad con lo dispuesto en el Decreto 2617/1966,

de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones

eléctricas, vigente en virtud de lo establecido en

la disposición transitoria primera de la Ley 54/1997,

de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico y

solicitados informes y condicionados preceptivos a la

Confederación Hidrográfica del Segura y al

Ayuntamiento de Murcia, no se ha presentado durante

el plazo reglamentario alegaciones ni oposición al

proyecto;

Considerando que se han cumplido los trámites

ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966,

de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones

eléctricas,

Esta Dirección General de la Energía ha resuelto

autorizar a "Iberdrola, Sociedad Anónima" la

modificación parcial de la línea eléctrica a 132 KV "El

Palmar-Espinardo-Elche", entre los apoyos números

204-208, en el término municipal de Murcia, que

consiste fundamentalmente en:

Instalación de un nuevo apoyo número 205.

Construcción del tramo aéreo de 285 metros,

desde el apoyo número 204 al número 205.

Soterramiento desde los apoyos números 205 al

207 en zanja entubada de 1,10 x 1,10 metros de

sección, con una longitud de 633 metros.

Instalación de un nuevo apoyo número 207.

Construcción de un tramo aéreo desde el apoyo

número 207 al número 208.

Características generales de la línea:

Tensión nominal: 132 KV.

Número de circuitos: Uno.

Disposición en el tramo aéreo: Triángulo.

Disposición en el tramo subterráneo: Zanja

entubada.

Conductores por fase: Uno.

Conductores en el tramo aéreo: Tipo HEN, de

Al-Ac de 298,1 milímetros cuadrados.

Conductores en el tramo subterráneo: De

aislamiento seco de 630 milímetros cuadrados Al.

Cables de tierra: Uno, con fibra óptica

incorporada.

Apoyos: Metálicos de celosía.

Cimentaciones: Independientes para cada pata.

Aislamiento: Cadenas de aisladores.

Puesta a tierra: Mediante un sistema mixto de

picas y anillos.

Pararrayos: En los apoyos de paso a subterráneo

se instalará un pararrayos por fase.

Terminales: Se dispondrá de un terminal unipolar

por fase de tipo exterior de paso aéreo a subterráneo.

La finalidad de la instalación es reducir la afección

de la línea eléctrica sobre una promoción de

viviendas.

Contra la presente Resolución cabe interponer

recurso de alzada ante el excelentísimo señor

Secretario de Estado de Industria y Energía en el plazo

de un mes, de acuerdo con lo establecido en la

Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común y en la Ley 6/1997, de 14

de abril, de Organización y Funcionamiento de la

Administración General del Estado.

Madrid, 22 de junio de 1999.-El Director general,

Antonio Gomis Sáez.

Ilmo. Sr. Director del Área de Industria y Energía.

Delegación del Gobierno. Murcia.-34.268.

Resolución por la que se autoriza a "Iberdrola,

Sociedad Anónima", la ampiación parcial de la

subestación transformadora de 220/132/45/13,2 kV

denominada "Ricobayo", en el término municipal del

mismo nombre, en la provincia de Zamora

Visto el expediente incoado en el Servicio

Territorial de Industria, Comercio y Turismo de la Junta

de Castilla y León en Zamora, a instancia de

"Iberdrola, Sociedad Anónima", con domicilio en Bilbao,

calle del Cardenal Gardoqui, número 8, solicitando

autorización para la ampliación de la subestación

de 220/132/45/13,2 kV de "Ricobayo";

Resultando que la subestación de "Ricobayo" fue

autorizada por Resoluciones de la Dirección

General de la Energía de fechas 30 de octubrey6de

diciembre de 1964, y 24 de julio de 1974;

Resultando que la petición de ampliación de la

subestación ha sido sometida a información pública

de conformidad con lo establecido en el Decreto

2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización

de instalaciones eléctricas, de aplicación en virtud

de lo dispuesto en la disposición transitoria primera

de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector

Eléctrico, no habiéndose presentado alegaciones ni

oposición a la ampliación pretendida;

Resultando que solicitado informe a los

Ayuntamientos de Muelas del Pan y Ricobayo, éstos

tampoco formulan oposición alguna;

Considerando que se han cumplido los trámites

ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966,

de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones

eléctricas,

Esta Dirección General de la Energía ha resuelto

autorizar a "Iberdrola, Sociedad Anónima" la

ampliación de la actual subestación de

220/132/45/13,2 kV denominada "Ricobayo",

anexa al salto del mismo nombre y ubicada en el

kilómetro 22 de la CN-II, de Zamora a Portugal,

en el término municipal de Ricobayo, provincia de

Zamora; sus características principales se

especifican a continuación:

a) Transformación:

Un transformador de relación 15/220 kV y 150

MVA de potencia.

Un transformador de relación 45/13,2 kV y 3.000

kVA de potencia.

Un transformador de servicios auxiliares de

13,2/0,38 kV de 1.250 kVA, situada en la central

de "Ricobayo II".

b) Sistema de 220 kV:

Una posición para transformador de relación

15/220 kV y 150 MVA de potencia.

c) Sistema de 45 kV:

Una posición para transformador de relación

45/13,2 kV y 1.500 MVA de potencia, para lo cual

será necesario prolongar la estructura metálica

existente.

La finalidad de la ampliación de la subestación

es dar salida a través del sistema de 220 kV a la

energía generada por el grupo instalado en la central

de "Ricobayo II", y al mismo tiempo garantizar la

alimentación a los servicios auxiliares, tanto de

"Ricobayo II" como de "Ricobayo I".

Una vez ejecutada la instalación que se autoriza,

la subestación de "Ricobayo" constará

fundamentalmente de:

Transformación:

Un transformador de relación 15/220 kV y 150

MVA de potencia.

Un transformador de 220/132 kV compuesto por

tres unidades monofásicas con una potencia total

de 159 MVA.

Dos transformadores de 15 MVA, relación

132/45 kV.

Cuatro grupos de transformación de 45 MVA

cada uno y relación 13,2/132 kV, situados en la

central de "Ricobayo I".

Dos transformadores de sistemas auxiliares de

75 kVA, relación 13.000/440 V, situado en la central

de "Ricobayo I".

Un transformador de sistemas auxiliares de 700

kVA, relación 45.000/440 V, situado en la central

de "Ricobayo I".

Un transformador de sistemas auxiliares de

13,2/0,42 kV de 1.250 kVA, situado en la central

de "Ricobayo II".

Un transformador de 45/13,2 kV de 3.150 kVA,

situado en la STR próxima al sistema de 45 kV.

Un transformador 45/13,2 kV de 1.500 kVA, para

alimentar a los sistemas auxiliares de la central de

"Ricobayo II".

Sistema de 220 kV:

Tiene una configuración de doble barra con

capacidad para las siguientes posiciones:

Cuatro de línea denominadas: Villalpando,

Villarino, Tordesillas y Zaratán.

Una de autotransformador 220/132 kV.

Una de transformador 15/220 kV.

Una de enlace de barras.

Tres de reserva.

Sistema de 132 kV:

Tiene una configuración de doble barra con

capacidad para las siguientes posiciones:

Dos de transformador 132/45 kV de reserva.

Una de autotransformador 220/132 kV.

Cuatro de grupo de central.

Tres de líneas denominadas: Benavente,

Villamayor y Villalcampo.

Una de enlace de barras.

Una de reserva.

Sistema de 45 kV:

Tiene una configuración de doble barra con

capacidad para las siguientes posiciones:

Dos de transformador 132/45 kV de reserva.

Una de transformador 45/13,2 kV.

Cuatro de línea denominadas: Zamora 1 y 2,

San Román y Saltos.

Una de reserva.

Sistema de 13,2 kV:

Tiene una configuración de doble barra con

capacidad para las siguientes posiciones:

Una de transformador.

Cuatro de línea denominadas: Muelas, Poblado,

Villalcampo y Fonfría.

Sistemas auxiliares:

Alumbrado, redes de tierras, equipos de medida,

protección, control y comunicaciones.

Contra la presente resolución cabe interponer

recurso de alzada ante el excelentísimo señor

Secretario de Estado de Industria y Energía en el plazo

de un mes, de acuerdo con lo establecido en la

Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, y en la Ley 6/1997, de 14

de abril, de Organización y Funcionamiento de la

Administración General del Estado.

Madrid, 9 de julio de 1999.-El Director general,

Antonio Gomis Sáez.

Servicio Territorial de Industria, Comercio y

Turismo de la Junta de Castilla y León.

Zamora.-34.270.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

VALENCIANA

Consejería de Empleo,

Industria y Comercio

Servicios Territoriales de Industria y Energía

ALICANTE

Resolución por la que se hace público el otorgamiento

de la concesión directa de explotación que afecta

a las provincias de Alicante y Murcia

Con fecha 22 de marzo de 1999, por la Dirección

General de Minas del Ministerio de Industria y

Energía se ha otorgado la concesión directa de

explotación "El Puntal" número 2.388 del que se expresa

número, nombre, mineral, cuadrículas y términos

municipales:

2.388. "El Puntal". Mármol. 1. Orihuela (Alicante)

y Abanilla (Murcia).

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo

ordenado en el artículo 78.2 de la vigente Ley de

Minas de 21 de julio de 1973 ("Boletín Oficial del

Estado" número 176, del 24) y 101 del Reglamento

General para el Régimen de la Minería de 25 de

agosto de 1978 ("Boletín Oficial del Estado"

número 295, de 11 de diciembre).

Alicante, 5 de mayo de 1999.-El Director

territorial, Clemente Vergara Trujillo.-34.262.

VALENCIA

El Servicio Territorial de Industria y Energía de

Valencia hace saber que ha sido solicitado el

siguiente permiso de investigación con expresión del

número, nombre, mineral, cuadrículas y término

municipal:

2.850. "Paula". Sección C. 18. Montesa.

Lo que se hace público a fin de que todos aquellos

que tengan la condición de interesados, puedan

personarse en el expediente, dentro del plazo de quince

días, contados a partir de la presente publicación,

de conformidad con lo establecido en el

artículo 70 del Reglamento General para el Régimen de

la Minería de 25 de agosto de 1978 ("Boletín Oficial

del Estado" número 295, de 11 de diciembre).

Valencia, 5 de julio de 1999.-El Director

territorial, Alejandro Marín Arcas.-34.259.

ADMINISTRACIÓN LOCAL

Ayuntamientos

CASTELLÓN DE LA PLANA

Notificación a propietarios cuyo domicilio o paradero

se ignora, afectados por la modificación del Plan

Parcial de la Ciudad del Transporte

Intentada notificación a "A.P.P. Bon Hermanos,

Sociedad Limitada", "Autónomos del Transporte

SCVL", "Cas i Ce, Sociedad Limitada", "Cosaor,

Sociedad Limitada", don Esteban López Ramos,

don Fidel Ibáñez Marín, "Hermanos Michavila,

Sociedad Anónima", "Horbagón, Sociedad

Limitada", don José Pastor García, doña Josefa Nicolás

Calleja, "Konz Ibérica, Sociedad Anónima",

"Mensajeros de la Plana, Sociedad Anónima", "Nutrientes

Castellón, Sociedad Limitada", don Patricio

Salvador Salvador, "Prolán 2005, Sociedad Limitada",

"Prospecciones y Servicios, Sociedad Anónima",

"Seguridad y Comunicaciones Pedro Rico, Sociedad

Limitada", "Suministros Taymón, Sociedad

Limitada", Teletaxi y don Tomás Sidro Miedes y no

habiendo sido posible su localización por resultar

desconocida su dirección o paradero, de

conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley

4/1999, de 14 de enero, se pone en su conocimiento

que el excelentísimo Ayuntamiento Pleno de

Castellón de la Plana, en sesión celebrada el día 29

de abril de 1999 y en relación con la modificación

del Plan Parcial de la Ciudad del Transporte, adoptó

el siguiente acuerdo:

Visto el expediente que se está tramitando para

aprobar la modificación del Plan Parcial de la

Ciudad del Transporte y los siguientes antecedentes:

1. En fecha 31 de enero de 1992 el

Ayuntamiento de Castellón, aprobó con carácter definitivo

el Plan Parcial de la Ciudad del Transporte.

2. En fecha 7 de agosto de 1996 por el

Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes,

se aprobó una modificación al referido plan parcial,

con homologación del plan general en la referida

zona.

3. En fecha 22 de septiembre de 1998 se

presentó por GUMSA un proyecto para modificar el

plan parcial antes mencionado.

4. Las circunstancias que fundan esta

modificación se basan esencialmente, en la problemática

que supone la interpretación de las ordenanzas

vigentes y que en ocasiones hace imposible edificar

con arreglo a las características de la zona, por

todo ello y teniendo en cuenta que:

I. El objeto de esta modificación es la aclaración

de varios términos en los que están redactadas las

ordenanzas aprobadas, principalmente en lo que se

refiere a chaflanes, retranqueos, cerramientos de

parcela etc., de manera que hagan posible la edificación

propia de la zona, así como la regulación de algunos

usos de las distintas subzonas.

II. El interés público de la modificación se

centra en la necesidad de desbloquear una serie de

proyectos de edificación ya presentados al

Ayuntamiento y viabilizar la construcción de la zona en

general.

III. La modificación del plan parcial se ha

sometido a examen de la Arquitecto municipal que ha

advertido varias deficiencias, las cuales se han

subsanado posteriormente. Asimismo en el informe

jurídico, se hace constar, que al amparo del artículo

26 de la Ley Reguladora de la Actividad Urbanística,

la función de prever las áreas y supuestos en que

han de formularse los estudios de detalle

corresponde al plan general, el cual nada dispone para

el ámbito sobre el que se actúa, careciéndose por

ello de la habilitación necesaria.

IV. El artículo 52.1 en relación con el artículo

55.1 de la Ley Reguladora de la Actividad

Urbanística, establecen que el régimen para la tramitación

y aprobación de los programas es aplicable a los

planes parciales y que el cambio de determinaciones

de los planes exige cumplir el mismo procedimiento

legal previsto para su aprobación.

V. Del artículo 57.1 de la referida norma, se

deduce que el acuerdo de exposición al público surte

el efecto suspensivo, sin que sea preciso ni exigible

que dicha resolución señale expresamente las áreas

afectadas por la suspensión.

VI. La exposición al público el 30 de abril de

1998, del proyecto de revisión del plan general,

no conlleva suspender la tramitación de planes

parciales o sus modificaciones. En los documentos de

revisión del plan general no figura el contenido de

la modificación propuesta para la Ciudad del

Transporte, por lo que su exposición al público producirá

el efecto suspensivo de licencias.

Por todo ello, vistos los preceptos citados, los

informes de la Arquitecto municipal y jurídico de

la Jefe de la Sección de Coordinación y Gestión

Administrativa de Urbanismo, a propuesta de la

Comisión Informativa de Urbanismo y Obras, se

acuerda:

1. Exponer al público en el "Diario Oficial de

la Generalidad Valenciana", "Boletín Oficial" de la

provincia y prensa, por el plazo de veinte días y

a efectos de alegaciones, la modificación del Plan

Parcial de la Ciudad del Transporte con notificación

personal a los titulares catastrales.

2. Suspender el otorgamiento de licencias en

el ámbito objeto de la referida modificación.

Lo que se notifica a "A.P.P. Bon Hermanos,

Sociedad Limitada", "Autónomos del Transporte SCVL",

"Cas i Ce, Sociedad Limitada", "Cosaor, Sociedad

Limitada", don Esteban López Ramos, don Fidel

Ibáñez Marín, "Hermanos Michavila, Sociedad

Anónima", "Horbagón, Sociedad Limitada", don José

Pastor García, doña Josefa Nicolás Calleja, "Konz

Ibérica, Sociedad Anónima", "Mensajeros de la

Plana, Sociedad Anónima", "Nutrientes Castellón,

Sociedad Limitada", don Patricio Salvador Salvador,

"Prolán 2005, Sociedad Limitada", "Prospecciones

y Servicios, Sociedad Anónima", "Seguridad y

Comunicaciones Pedro Rico, Sociedad Limitada",

"Suministros Taymón, Sociedad Limitada", Teletaxi

y don Tomás Sidro Miedes, ante la imposibilidad

de practicar la notificación personal por resultar

su domicilio o paradero desconocido, se advierte

al propio tiempo que durante el plazo de veinte

días, contados a partir de la presente publicación,

podrán consultar el expediente (de nueve a catorce

horas, en la Sección de Urbanismo y Obras del

Ayuntamiento de Castellón de la Plana, cuarta

planta) y presentar las alegaciones que crean

convenientes.

Castellón de la Plana, 30 de julio de 1999.-El

Alcalde, José Luis Gimeno Ferrer.-34.278.

UNIVERSIDADES

VALENCIA-ESTUDI GENERAL

Facultad de Matemáticas

Extraviado el título de Licenciado en Matemáticas

de don Manuel Palenzuela Ruiz, expedido por la

Universidad de Valencia el 8 de enero de 1992,

se publica en cumplimiento de la Orden de 9 de

septiembre de 1974 ("Boletín Oficial del Estado"

del 16), para tramitar duplicado del mismo.

Burjassot, 29 de julio de 1999.-La

Administradora, Macrina-Josefina Álvarez Sáez.-34.299.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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