MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Orden por la que se resuelven los concursos para
la provisión de Administraciones de Loterías en
determinadas localidades de la provincia de A Coruña,
convocadas por Resolución del Patronato para la
provisión de Administraciones de Loterías, de 30
de diciembre de 1997
En cumplimiento de lo dispuesto en el Real
Decreto 1082/1985, de 11 de junio, y en la base 6 del
pliego de cláusulas administrativas de la
convocatoria de los concursos para la provisión de
Administraciones de Loterías, aprobada por Resolución
de 30 de diciembre de 1997,
Este Ministerio, de conformidad con la propuesta
elevada por el Patronato para la provisión de
Administraciones de Loterías, ha tenido a bien disponer:
Artículo único.
Han resultado seleccionados en los concursos de
Administraciones de Loterías que se citan en anexo
adjunto los solicitantes que se relacionan en el
mismo.
La designación de los titulares se realizará por
el Director general del Organismo Nacional de
Loterías y Apuestas del Estado, en el plazo de un mes,
a partir del día siguiente a la publicación de esta
Orden en el "Boletín Oficial del Estado". Contra
la misma, los interesados podrán deducir
directamente el recurso contencioso-administrativo ante la
Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde
el día siguiente a la publicación de esta Orden en
el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento
y efectos.
Madrid, 19 de noviembre de 1998.-P. D., el
Subsecretario, Fernando Díez Moreno.
Ilmo. Sr. Director general del Organismo Nacional
de Loterías y Apuestas del Estado.-63.108.
Anexo
Localidad: Fene. Doña Lucía Blanco Otero.
Administración de Loterías número: 15/036/0002.
Dirección: Avenida Marqués de Figueroa, 53.
Localidad: Puebla de Caramiñal. Don Manuel
Segundo Núñez Amigo. Administración de Loterías
número: 15/068/003. Dirección: Calle Díaz de
Rábago, 3.
Localidad: Teo. Doña María Elvira Blanco
Rivadulla. Administración de Loterías número:
15/083/0001. Dirección: Cacheiras, sin número.
Agencia Estatal de Administración
Tributaria
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
105.6 de la Ley General Tributaria, en su redacción
por Ley 66/1997, de 30 de diciembre, ("Boletín
Oficial del Estado" del 31), y sin perjuicio de la
aplicación de lo dispuesto en el apartado 5 del
mismo artículo, se procede a notificar a "Logilar,
Sociedad Anónima", con domicilio fiscal en paseo de
La Habana, 10, Madrid, y código de identificación
fiscal A78507795, el siguiente requerimiento:
"De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32
del Reglamento de la Inspección de los Tributos,
aprobado por Real Decreto 939/1986, de 25 de
abril, se requiere a esa entidad para que por medio
de Administrador o persona legalmente autorizada
comparezca el día 28 de diciembre de 1998, a las
diez horas, en los locales de esta Oficina Nacional
de Inspección, en paseo de la Castellana, 106, sexta
planta, Madrid, ante el Inspector actuario don Luis
Plaza Villasana, con el fin de ultimar la
comprobación inspectora practicada acerca de la entidad
durante los ejercicios 1992 y 1993, mediante la firma
de las correspondientes actas.
Caso de no comparecer, sin mediar justa causa,
el día y hora señalados, personalmente o por medio
de representante debidamente autorizado, su
conducta será sancionable de acuerdo con lo dispuesto
en los artículos 80 y siguientes de la Ley General
Tributaria y en el Real Decreto 1930/1998, de 11
de septiembre. También será de aplicación, en su
caso, el artículo 56.2 del Reglamento de la
Inspección de los Tributos, aprobado por Real Decreto
939/1986, de 25 de abril, según redacción del Real
Decreto 1930/1998, de 11 de septiembre."
Madrid, 1 de diciembre de 1998.-El Jefe del
Equipo, Alfredo Rey Arnáiz.-63.028.
MADRID
Providencia y anuncio de subasta de bienes
inmuebles
De conformidad con lo dispuesto en los
artículos 146 y siguientes del Reglamento General de
Recaudación (Real Decreto 1648/1990, de 20 de
diciembre, "Boletín Oficial del Estado" de 3 de enero
de 1991), y el artículo 137.1 de la Ley General
Tributaria, se dispone la venta de bienes inmuebles
dentro del expediente ejecutivo seguido contra el
deudor "Schakal, Sociedad Anónima" (A28415644).
La subasta se celebrará el día 28 de enero de
1999, a las diez horas, en el salón de actos de
la Delegación de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria en Madrid, calle Guzmán el
Bueno, 139.
Bienes embargados a enajenar
1. Descripción registral: Urbana. Parcela de
terreno en Fuenlabrada, sita en Dehesillas y Camino
de Móstoles, en el kilómetro 9,950 de la carretera
de Villaviciosa de Odón a Pinto. Está situada en
el sector I-54, cuyo plan parcial se aprobó
definitivamente por el Pleno del Ayuntamiento de
Fuenlabrada del día 3 de febrero de 1994. Calificada
como suelo urbanizable. Mide 6.100 metros
cuadrados. Consta de nave para usos agropecuarios,
cobertizo, nave para almacén y vivienda.
Finca inscrita con el número 30.120, antigua finca
número 4.435, folio 142, libro 261, tomo 1.322,
en el Registro de la Propiedad número 2 de
Fuenlabrada.
Valorada en 133.834.151 pesetas, siendo el tipo
de subasta en primera licitación de 133.834.151
pesetas.
Tramos: 500.000 pesetas.
2. Descripción registral: Urbana. Parcela de
terreno en Fuenlabrada, sita en Dehesillas y Camino
de Móstoles, en el kilómetro 9,950 de la carretera
de Villaviciosa de Odón a Pinto. Está situada en
el sector I-54, cuyo plan parcial se aprobó
definitivamente por el Pleno del Ayuntamiento de
Fuenlabrada del día 3 de febrero de 1994. Calificada
como suelo urbanizable. Mide 7.841 metros 27
decímetros cuadrados
Finca inscrita con el número 30.121, antigua finca
número 4.435, folio 145, libro 261, tomo 1.322,
en el Registro de la Propiedad número 2 de
Fuenlabrada.
Valorada en 100.368.256 pesetas, siendo el tipo
de subasta en primera licitación de 100.368.256
pesetas.
Tramos: 500.000 pesetas.
En cumplimiento del citado precepto, se publica
el presente anuncio y se advierte a las personas
que deseen tomar parte en la subasta lo siguiente:
Primero.-Todo licitador habrá de constituir, ante
la Mesa de subasta, depósito de garantía de, al menos
el 20 por 100 del tipo de subastas en primera
licitación. Este depósito se ingresará en firme en el
Tesoro si los adjudicatarios no satisfacen el precio
del remate, sin perjuicio de las responsabilidades
en que incurrirán por los mayores perjuicios que
sobre el importe del depósito originare la
inefectividad de la adjudicación.
Segundo.-La subasta se suspenderá en cualquier
momento anterior a la adjudicación de los bienes,
si se efectúa el pago de la deuda, intereses y costas
del procedimiento.
Tercero.-Las cargas, gravámenes y situaciones
jurídicas que afectan a los bienes, y que han de
quedar subsistentes son las siguientes: Ninguna,
según la documentación que consta en el expediente
y que podrá ser consultada en los mismos términos
del punto siguiente. En cualquier caso, el
adjudicatario se subrogará en todas las cargas, gravámenes
y derechos que legalmente deban quedar
subsistentes.
Cuarto.-Los licitadores habrán de conformarse
con los títulos de propiedad que se hayan aportado
al expediente, no teniendo derecho a exigir otros,
encontrándose de manifiesto aquéllos en esta
Dependencia de Recaudación hasta el día anterior
al de la subasta. Los gastos derivados del
otorgamiento de oficina de la escritura de venta de los
inmuebles que resulten enajenados serán por cuenta
del adjudicatario.
Quinto.-El rematante entregará en el acto de
adjudicación, o dentro de los cinco días siguientes, la
diferencia entre el depósito constituido y el precio
de la adjudicación.
Sexto.-Cuando en la primera licitación no se
hubiese cubierto la deuda, y queden bienes sin
adjudicar, la Mesa anunciará la iniciación del trámite
de adjudicación directa que se llevará a cabo de
acuerdo con el artículo 150 del Reglamento General
de Recaudación. Para ello se admitirán ofertas por
importe igual o superior al tipo de subastas en
primera licitación.
Sin embargo, y en el mismo acto de la primera
licitación, la Mesa podrá optar por celebrar una
segunda licitación cuando así lo haya acordado,
previa deliberación sobre la conveniencia de la misma.
El nuevo tipo será el 75 por 100 del tipo de subasta
en primera licitación. Los bienes no adjudicados
pasarán al trámite de adjudicación directa previsto
en el artículo 150 del Reglamento General de
Recaudación.
En el trámite de adjudicación directa, la
Dependencia de Recaudación realizará las gestiones
conducentes a la adjudicación, en el plazo máximo de
seis meses, en las mejores condiciones económicas,
realizando cuantas notificaciones consideren
necesarias en el tablón de anuncios de dicha
Dependencia. Las ofertas se presentarán en sobre cerrado,
en el exterior del cual se indicará con claridad la
referencia "Subasta de ``Schakal, Sociedad
Anónima''. Adjudicación directa (S-818). Dependencia de
Recaudación". Dichas ofertas tendrán la
consideración de vinculantes. En este caso no será necesario
aportar en el sobre cerrado el depósito a que se
refiere el punto primero.
Séptimo.-Los deudores con domicilio
desconocido, los deudores declarados en rebeldía, así como
los acreedores hipotecarios o pignoraticios
desconocidos, se tendrán por notificados con plena
virtualidad legal, por medio del presente anuncio.
Octavo.-La Hacienda se reserva el derecho de
adjudicar al Estado los inmuebles que no hubiesen
sido objeto de remate, conforme al artículo 158
y siguientes del Reglamento General de
Recaudación y el 137.2 de la Ley General Tributaria.
Noveno.-De acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 147.3 del Reglamento General de Recaudación,
se admitirán ofertas en sobre cerrado. En éstas, se
expresará el precio máximo ofrecido por el bien
enajenado. Los sobres podrán presentarse en el
Registro General de la Delegación hasta una hora
antes de iniciarse la subasta, debiendo incluirse en
el sobre un cheque conformado a favor del Tesoro
Público por el importe de depósito a que se refiere
el punto primero, así como datos identificativos y
dirección del licitador, a efectos de poder
comunicarle, en caso de adjudicación, el resultado de
la subasta para su conocimiento, a los efectos de
lo determinado en el punto quinto.
En la parte exterior del sobre debe figurar con
claridad la referencia "Subasta de ``Schakal,
Sociedad Anónima'' (S-818), 28-1-1999. Dependencia de
Recaudación".
Décimo.-Si de la venta de los bienes resultara
un importe superior a los débitos y costas incluidos
en el expediente ejecutivo, se depositará el sobrante
en la Caja General de Depósitos del Ministerio de
Economía y Hacienda, a los efectos oportunos.
Undécimo.-Recursos: De reposición, en el plazo
de quince días, ante la Dependencia de
Recaudación; o reclamación económico-administrativa en
el plazo de quince días, ante el Tribunal de dicha
jurisdicción.
Madrid, 20 de octubre de 1998.-La Jefa de la
Dependencia de Recaudación, Consuelo Sánchez
García.-62.585-E.
Instituto de Contabilidad
y Auditoría de Cuentas
Notificación propuesta de resolución
expediente sancionador
Por el presente anuncio, en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común (LRJPAC), y dado que no
ha podido ser efectuada la notificación en su último
domicilio social conocido, se notifica a la sociedad
"Francisco Moreno, Sociedad Anónima", que, en
virtud de lo establecido en el artículo 18 del
Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la
Potestad Sancionadora, aprobado mediante Real
Decreto 1398/1993, de 4 de agosto (RPS), ha sido
formulada, con fecha 20 de noviembre de 1998,
y en el curso del expediente administrativo
sancionador seguido frente a ella, propuesta de resolución
por parte del órgano de instrucción de dicho
procedimiento.
Dado que este acto no se publica en su integridad
de conformidad con lo previsto en los artículos 60.2
y 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, se indica a la sociedad inculpada
que el texto íntegro de la propuesta de resolución
que se notifica se encuentra a su disposición, junto
al resto de la documentación del expediente, en
la sede de este Instituto, calle Huertas, 26, 28014
Madrid.
Dicho expediente se inició por el Presidente del
Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas,
con fecha 25 de septiembre de 1998, concluida
la fase de instrucción, y teniendo en cuenta lo
establecido en los artículos 218 y 221 del texto refundido
de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por
Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de
diciembre (TRLSA), según redacción posterior a
la reforma operada por el número 20 de la
disposición adicional segunda de la Ley 2/1995,
de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad
Limitada, y con el añadido introducido por la
disposición adicional tercera de la Ley 7/1996, de 15
de enero, de Ordenación del Comercio Minorista,
así como el hecho de que la sociedad inculpada
no ha suministrado al órgano instructor la
información solicitada en el acuerdo de incoación acerca
del importe total de sus partidas de activo y su
cifra de ventas correspondientes al último ejercicio
declarado a la Administración Tributaria, ni ha
formulado alegaciones o presentado documentos o
informaciones que desvirtúen los hechos que
motivaron la incoación del correspondiente
procedimiento, se ha propuesto por dicho órgano de instrucción,
con fecha 20 de noviembre de 1998:
Primero.-Declarar a la sociedad "Francisco
Moreno, Sociedad Anónima", responsable directa
de la comisión de una infracción de las tipificadas
en el artículo 221 del texto refundido de la Ley
de Sociedades Anónimas, al haber quedado
acreditado que se ha producido incumplimiento de la
obligación establecida en el artículo 218 del texto
refundido de la Ley de Sociedades Anónimas,
respecto a sus cuentas anuales y resto de
documentación complementaria correspondiente al ejercicio
de 1996.
Segundo.-En relación con el incumplimiento
correspondiente a la obligación de depósito de las
cuentas anuales y documentación complementaria
pertenecientes al ejercicio de 1996, y en
cumplimiento de lo previsto en el número 1 del artículo
221 del texto refundido de la Ley de Sociedades
Anónimas, imponer a la sociedad "Francisco
Moreno, Sociedad Anónima", una sanción consistente
en multa por importe de 1.548.000 pesetas.
Tal y como dispone el artículo 19 del Reglamento
del Procedimiento para el Ejercicío de la Potestad
Sancionadora, se pone de manifiesto a la sociedad
inculpada el expediente administrativo seguido
frente a ella, indicándose que durante el plazo de quince
días, a contar desde el siguiente a la publicación
de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado",
o al último de exposición en el tablón de edictos
del Ayuntamiento de Logroño, si éste fuera
posterior, la sociedad podrá acceder a todos los
documentos contenidos en dicho expediente, así como
formular las alegaciones y aportar los documentos
e informaciones que estime convenientes a su
defensa. Transcurrido dicho plazo, la propuesta de
resolución, las alegaciones, en su caso, formuladas, y
el resto de los documentos que componen el
expediente, serán cursados al Presidente del Instituto
de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, órgano
competente para resolverlo a tenor de lo previsto
en el artículo 221 del texto refundido de la Ley
de Sociedades Anónimas.
Madrid, 1 de diciembre de 1998.-El Secretario
general, Pedro de María Martín.-62.987-E.
Tribunal Económico-
Administrativo Central
Vocalía Sexta
Edicto
Desconociéndose el actual domicilio de doña Ana
Bestard Verd, por no hallársela en el de calle
Cronista Muntaner Bujosa, número 32, en Palma de
Mallorca, que había designado, se le hace saber
por el presente edicto que por el Tribunal
Económico-Administrativo Central y en el expediente
RG 2.240-95, RS 597-97-R, seguido a su instancia
por el Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas, se ha dictado resolución en la sesión de
Sala del día 26 de junio de 1998, cuya parte
dispositiva dice lo siguiente:
"Este Tribunal Económico-Administrativo
Central, en Sala, conociendo el recurso de alzada
promovido por doña Ana Bestard Verd, contra
resolución del Tribunal Económico-Administrativo
Regional de Baleares, de 1 de diciembre de 1994,
expediente número 1.908/1993, por el Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas,
correspondiente al ejercicio 1988, acuerda: 1. º Desestimar
la reclamación interpuesta y confirmar el acto
impugnado. 2. º Declarar que, por aplicación de
la disposición transitoria primera de la Ley 25/1995,
de 20 de julio, procede reducir la sanción impuesta
en su día, que quedará fijada en el 70 por 100,
conforme a lo razonado en la presente resolución."
Lo que se notifica, significando que contra el
indicado fallo y dentro del plazo de dos meses contados
desde el día siguiente al de la publicación del
presente anuncio, podrá la interesada interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional.
Madrid, 27 de noviembre de 1998.-El Vocal,
Conrado Montesinos Jaén.-63.238-E.
Edicto
Desconociéndose el actual domicilio de doña Ana
Bestard Verd, por no hallársela en el de calle
Cronista Muntaner Bujosa, número 32, en Palma de
Mallorca, que había designado, se le hace saber
por el presente edicto que por el Tribunal
Económico-Administrativo Central y en el expediente
RG 2.241-95, RS 598-97-R, seguido a su instancia
por el Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas, se ha dictado resolución en la sesión de
Sala del día 26 de junio de 1998, cuya parte
dispositiva dice lo siguiente:
"Este Tribunal Económico-Administrativo
Central, en Sala, conociendo el recurso de alzada
promovido por doña Ana Bestard Verd, contra
resolución del Tribunal Económico-Administrativo
Regional de Baleares, de 1 de diciembre de 1994,
expediente número 1.906/1993, por el Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas,
correspondiente al ejercicio 1986, acuerda: 1. º Desestimar
la reclamación interpuesta y confirmar el acto
impugnado. 2. º Declarar que, por aplicación de
la disposición transitoria primera de la Ley 25/1995,
de 20 de julio, procede reducir la sanción impuesta
en su día, que quedará fijada en el 60 por 100,
conforme a lo razonado en la presente resolución."
Lo que se notifica, significando que contra el
indicado fallo y dentro del plazo de dos meses, contados
desde el día siguiente al de la publicación del
presente anuncio, podrá la interesada interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional.
Madrid, 27 de noviembre de 1998.-El Vocal,
Conrado Montesinos Jaén.-63.239-E.
Edicto
Desconociéndose el actual domicilio de doña Ana
Bestard Verd, por no hallársela en el de calle
Cronista Muntaner Bujosa, número 32, en Palma de
Mallorca, que había designado, se le hace saber
por el presente edicto que por el Tribunal
Económico-Administrativo Central y en el expediente
RG 2.238-95, RS 595-97-R, seguido a su instancia
por el Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas, se ha dictado resolución en la sesión de
Sala del día 26 de junio de 1998, cuya parte
dispositiva dice lo siguiente:
"Este Tribunal Económico-Administrativo
Central, en Sala, en el recurso de alzada interpuesto
por doña Ana Bestard Verd contra resolución del
Tribunal Económico-Administrativo Regional de
Baleares, de 1 de diciembre de 1994, expediente
número 1.907/1993, por el Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas, correspondiente al
ejercicio 1987, y cuantía de 9.977.260 pesetas, acuerda:
1. º Desestimando el presente recurso, confirmar
el acuerdo impugnado. 2. º Declarar que, por
aplicación de la disposición transitoria primera de la
Ley 25/1995, de 20 de julio, procede reducir la
sanción impuesta en su día, que queda fijada en
el 70 por 100, conforme a lo razonado en el último
fundamento de Derecho de esta resolución."
Lo que se notifica, significando que contra el
indicado fallo y dentro del plazo de dos meses, contados
desde el día siguiente al de la publicación del
presente anuncio, podrá la interesada interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional.
Madrid, 27 de noviembre de 1998.-El Vocal,
Conrado Montesinos Jaén.-63.235-E.
Edicto
Desconociéndose el actual domicilio de doña Ana
Bestard Verd, por no hallársela en el de calle
Cronista Muntaner Bujosa, número 32, en Palma de
Mallorca, que había designado, se le hace saber
por el presente edicto que por el Tribunal
Económico-Administrativo Central y en el expediente
RG 2.242-95, RS 599-97-R, seguido a su instancia
por el Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas, se ha dictado resolución en la sesión de
Sala del día 26 de junio de 1998, cuya parte
dispositiva dice lo siguiente:
"Este Tribunal Económico-Administrativo
Central, en Sala, conociendo el recurso de alzada
promovido por doña Ana Bestard Verd, contra
resolución del Tribunal Económico-Administrativo
Regional de Baleares, de 1 de diciembre de 1994,
expediente número 1.909/1993, por el Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas,
correspondiente al ejercicio 1989, acuerda: 1. º Desestimar
la reclamación interpuesta y confirmar el acto
impugnado. 2. º Declarar que, por aplicación de
la disposición transitoria primera de la Ley 25/1995,
de 20 de julio, procede reducir la sanción impuesta
en su día, que quedará fijada en el 70 por 100,
conforme a lo razonado en la presente resolución."
Lo que se notifica, significando que contra el
indicado fallo y dentro del plazo de dos meses, contados
desde el día siguiente al de la publicación del
presente anuncio, podrá la interesada interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional.
Madrid, 27 de noviembre de 1998.-El Vocal,
Conrado Montesinos Jaén.-63.237-E.
Edicto
Desconociéndose el actual domicilio de doña Ana
Bestard Verd, por no hallársela en el de calle
Cronista Muntaner Bujosa, número 32, en Palma de
Mallorca, que había designado, se le hace saber
por el presente edicto que por el Tribunal
Económico-Administrativo Central y en el expediente
RG 2.243-95, RS 600-97-R, seguido a su instancia
por el Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas, se ha dictado resolución en la sesión de
Sala del día 26 de junio de 1998, cuya parte
dispositiva dice lo siguiente:
"Este Tribunal Económico-Administrativo
Central, en Sala, conociendo el recurso de alzada
promovido por doña Ana Bestard Verd, contra
resolución del Tribunal Económico-Administrativo
Regional de Baleares, de 1 de diciembre de 1994,
expediente número 1.910/1993, por el Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas,
correspondiente al ejercicio 1990, acuerda: 1. º Desestimar
la reclamación interpuesta y confirmar el acto
impugnado. 2. º Declarar que, por aplicación de
la disposición transitoria primera de la Ley 25/1995,
de 20 de julio, procede reducir la sanción impuesta
en su día, que quedará fijada en el 70 por 100,
conforme a lo razonado en la presente resolución."
Lo que se notifica, significando que contra el
indicado fallo y dentro del plazo de dos meses, contados
desde el día siguiente al de la publicación del
presente anuncio, podrá la interesada interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional.
Madrid, 27 de noviembre de 1998.-El Vocal,
Conrado Montesinos Jaén.-63.236-E.
MINISTERIO DEL INTERIOR
Dirección General de la Policía
División de Personal
Edicto por el que se cursa notificación al Policía
del Cuerpo Nacional de Policía don Ángel Torres
Tormo
Don José López Veiga, Inspector Jefe del Cuerpo
Nacional de Policía, Jefe de la Sección
Administrativa o Técnica de la Unidad de Régimen
Disciplinario de la Dirección General de la
Policía,
Hace saber: Que por este edicto se notifica a
don Ángel Torres Tormo, Policía del Cuerpo
Nacional de Policía, con documento nacional de identidad
número 45.056.714, adscrito a la plantilla de
Algeciras, actualmente en paradero desconocido, que
el Ministro del Interior, con fecha 25 de septiembre
de 1998, ha dictado resolución, que contiene
acuerdo del tenor literal siguiente:
"Acuerdo por el que se impone al Policía del
Cuerpo Nacional de Policía don Ángel Torres
Tormo la sanción de separación del servicio, previsto
en el artículo 28.1.1.a) de la Ley Orgánica 2/1986,
de 13 de marzo, como autor de una falta muy grave,
tipificada en el artículo 27.3.b) del mismo texto
legal, bajo el concepto de ``cualquier conducta
constitutiva de delito doloso''."
Contra la aludida resolución, que pone fin a la
vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y disposición adicional
decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización
y Funcionamiento de la Administración del Estado,
puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante el Tribunal correspondiente, en el plazo
de dos meses, previa comunicación al Ministerio
del Interior, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
El funcionario podrá conocer el contenido íntegro
de la presente resolución, personándose en horas
de nueve a catorce, de lunes a viernes, en la División
de Personal -Unidad de Régimen Disciplinario-,
sita en la avenida Pío XII, número 50, tercera planta,
de Madrid, en el plazo de diez días desde su
publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 19 de noviembre de 1998.-63.211-E.
MINISTERIO DE TRABAJO
Y ASUNTOS SOCIALES
Dirección General de Trabajo
Subdirección General de Programación
y Actuación Administrativa
De conformidad con lo establecido en el
artículo 4. º del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril,
se hace público que el día 20 de octubre de 1998
ha sido solicitado el depósito, en el Servicio de
Depósito de Estatutos y Acuerdos Colectivos de
esta Subdirección General de Programación y
Actuación Administrativa, de escrito referente al
acuerdo adoptado por la Asamblea general
celebrada el día 21 de enero de 1998, respecto a la
modificación de los Estatutos de la Asociación de
la Fotografía Profesional de Sevilla (AFOPSE)
(expediente número 7.437).
La referida modificación consiste en la nueva
redacción del artículo 4 de sus Estatutos, ampliando
el ámbito de actuación territorial de provincial,
Sevilla, a todo el territorio nacional.
Firman el acta: Don Estanislao Rodríguez Castilla,
en calidad de Presidente; y don José Rubio Tercero,
en calidad de Secretario, y otros.
Lo que se hace público para que todo aquel que
se considere interesado pueda alegar por escrito lo
que estime procedente, dentro del plazo de ocho
días siguientes a la publicación de este anuncio,
conforme establece el artículo 4. º del Real
Decreto 873/1977, de 22 de abril.
Madrid, 24 de noviembre de 1998.-El
Subdirector general, Leodegario Fernández
Sánchez.-64.120-E.
Subdirección General de Programación
y Actuación Administrativa
De conformidad con lo establecido en el
artículo 4. º del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril,
se hace público que el día 24 de noviembre
de 1998 ha sido solicitado el depósito, en el Servicio
de Depósito de Estatutos y Acuerdos Colectivos
de esta Subdirección General de Programación y
Actuación Administrativa, de escrito referente al
acuerdo adoptado por la Asamblea general ordinaria
celebrada el día 2 de julio de 1998, respecto a la
modificación de los Estatutos de la Confederación
Nacional de Empresarios de la Madera y Corcho
(CONEMAC) (expediente número 208).
La referida modificación consiste en dar nueva
redacción a los Estatutos, cambiando de
denominación por la de Confederación Española de
Empresarios de la Madera (CONFEMADERA), así como
cambio de domicilio social a la calle Sagasta,
número 24, tercero, izquierda, 28004 Madrid.
Firman el acta: Don Ángel Bautista Chillón, en
calidad de Presidente, y don Frances de Paula Pons
Alfonso, en calidad de Secretario general.
Lo que se hace público para que todo aquel que
se considere interesado pueda alegar por escrito lo
que estime procedente, dentro del plazo de ocho
días siguientes a la publicación de este anuncio,
conforme establece el artículo 4. º del Real
Decreto 873/1977, de 22 de abril.
Madrid, 25 de noviembre de 1998.-El
Subdirector general, Leodegario Fernández
Sánchez.-64.117-E.
Subdirección General de Programación
y Actuación Administrativa
De conformidad con lo establecido en el
artículo 4. º del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril,
se hace público que el día 28 de octubre de 1998
ha sido solicitado el depósito, en el Servicio de
Depósito de Estatutos y Acuerdos Colectivos de
esta Subdirección General de Programación y
Actuación Administrativa, de escrito referente al
acuerdo adoptado por el Congreso ordinario del
Sindicato celebrado el día 24 de septiembre de 1998,
respecto a la modificación de los Estatutos del
Sindicato Independiente de Transportes de la
Confederación de Sindicatos Independientes (SIT-CSI),
(expediente número 7.442).
Habida cuenta que en la documentación
presentada se observaron determinados defectos y
omisiones que debían ser objeto de subsanación a fin
de proceder a la tramitación del depósito solicitado,
con fecha 11 de noviembre de 1998 se les formuló
el correspondiente requerimiento, que fue
cumplimentado el día 19 de noviembre de 1998.
La referida modificación consiste en dar nueva
redacción parcial a 17 artículos y 25 se modifican
en su redacción total, cambiando de actuación
territorial de la Comunidad de Madrid a las
Comunidades de Madrid, Castilla y León y Castilla-La
Mancha.
Firman el acta: Don Pablo Calatayud Hernández,
en calidad de Presidente de la Mesa; don Publio
Navarro Sánchez, en calidad de Secretario de actas,
y don José Hernández Martín, en calidad de
Secretario general.
Lo que se hace público para que todo aquel que
se considere interesado pueda alegar por escrito lo
que estime procedente, dentro del plazo de ocho
días siguientes a la publicación de este anuncio,
conforme establece el artículo 4. º del Real
Decreto 873/1977, de 22 de abril.
Madrid, 25 de noviembre de 1998.-El
Subdirector general, Leodegario Fernández
Sánchez.-64.119-E.
Subdirección General de Programación
y Actuación Administrativa
En cumplimiento del artículo 4. º del Real
Decreto 873/1977, de 22 de abril, y a los efectos previstos
en el mismo, se hace público que el día 24 de
noviembre de 1998 ha sido solicitado el depósito,
en el Servicio de Depósito de Estatutos y Acuerdos
Colectivos de esta Subdirección General de
Programación y Actuación Administrativa, del acuerdo
de disolución de la Asociación de Distribuidores
de Gasóleo (ADIGAS) (expediente número 1.511),
adoptado por la Asamblea general extraordinaria
celebrada el día 27 de junio de 1997.
Firman el escrito: Don Francisco Zapata Pérez,
en calidad de Presidente, y don Francisco Javier
Llanos Morán, en calidad de Secretario.
Lo que se hace público para que todo aquel que
se considere interesado pueda alegar por escrito lo
que estime procedente, dentro del plazo de ocho
días siguientes a la publicación de este anuncio,
conforme establece el artículo 4. º del Real
Decreto 873/1977, de 22 de abril.
Madrid, 25 de noviembre de 1998.-El
Subdirector general, Leodegario Fernández
Sánchez.-64.123-E.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE GALICIA
Consejería de Industria y Comercio
Delegaciones Provinciales
PONTEVEDRA
Resolución de autorización administrativa,
declaración en concreto de la utilidad pública y la necesidad
de la urgente ocupación que lleva implícita, así como
la aprobación del proyecto de ejecución de las
instalaciones eléctricas que se describen (número de
expediente IN407A 97/257-4)
Visto el expediente para otorgamiento de
autorización administrativa, declaración en concreto de
la utilidad pública y la necesidad de la urgente
ocupación que lleva implícita, así como la aprobación
del proyecto de ejecución de las instalaciones
eléctricas que a continuación se detallan:
Solicitante: Unión Fenosa.
Domicilio social: García Barbón, 38, 36201 Vigo.
Título: Línea de media tensión, centro de
transformación y red de baja tensión "Caños".
Situación: Nigrán.
Características técnicas: Línea de media tensión,
aérea, desnuda, a 20 kV, de 321 metros de longitud,
con conductor tipo LA-56, sobre apoyos de
hormigón y metálicos, desde el apoyo 8 de la línea
media tensión al centro de transformación "Camos
II"; finalizando en el centro de transformación que
se proyecta en Caños, Ayuntamiento de Nigrán.
Centro de transformación de 100 kVA, relación
de transformación 20 kV-380/220 V. Red de baja
tensión, aérea, de 1.105 metros de longitud, con
conductor tipo RZ, sobre apoyos de hormigón.
Resultando que realizada la información pública
y la notificación individual a cada uno de los
afectados, el propietario de la finca número 3 presenta
alegaciones, con fecha de entrada 29 de diciembre
de 1997, comunicando que no está de acuerdo con
la trayectoria de la línea, por sobrevolar su finca
de uso agrícola. Solicita que el trazado se haga
lindante a caminos y carreteras públicas y que a medio
de prueba se soliciten al Centro de Gestión Catastral
y al Servicio Provincial de Carreteras, copias
certificadas de planos topográficos de la zona y en
los que figuren todos los caminos y viales.
Trasladadas las alegaciones a Unión Fenosa, ésta
contesta que no es viable la instalación de apoyos en
la zona de influencia de carreteras, que en los planos
que constan en el expediente figura claramente
definido el emplazamiento de la línea, y que lo que
se pretende es garantizar la calidad del suministro
eléctrico por lo que cualquier variación perjudicaría
esa garantía.
En la inspección realizada sobre el terreno se
comprobó que la traza de la línea no está sujeta
a las prohibiciones y limitaciones de los
artículos 25 y 26 del Decreto 2619/1966 y que es la
alternativa más idónea dentro de las posibles
soluciones.
Considerando que la finca número 3 no está sujeta
a las prohibiciones o limitaciones de los
artículos 25 y 26 del Decreto 2619/1966, que su actual
aprovechamiento agrícola no se ve afectado, y que
el Reglamento de Líneas Aéreas de Alta Tensión,
Decreto 3151/1968, en su artículo 4 establece que
se evitarán los ángulos, lo que hace problemático
el seguir el curso de caminos o arroyos.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley
40/1994 y en los capítulos III y IV de los
Decretos 2617 y 2619/1966, de 20 de octubre, sobre
autorización y expropiación forzosa de las
instalaciones eléctricas,
Esta Delegación Provincial resuelve autorizar,
declarar en concreto la utilidad pública y la
necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita,
así como aprobar el proyecto de ejecución de las
referidas instalaciones, cuyas características se
ajustarán, en todas sus partes, a las que figuran en el
mismo y a las condiciones técnicas y de seguridad
establecidas en los Reglamentos de aplicación, y
en los condicionados establecidos por los
Ministerios, organismos o Corporaciones que constan en
los expedientes.
Esta Resolución es susceptible de recurso
ordinario ante el Consejero de Industria y Comercio,
en el plazo de un mes.
Pontevedra, 5 de noviembre de 1998.-La
Delegada provincial, Carmen Bianchi
Valcarce.-63.261-*.
Resolución de autorización administrativa,
declaración en concreto de la utilidad pública y la necesidad
de la urgente ocupación que lleva implícita, así como
la aprobación del proyecto de ejecución de las
instalaciones eléctricas que se describen (número de
expediente IN407A 97/261-4)
Visto el expediente para otorgamiento de
autorización administrativa, declaración en concreto de
la utilidad pública y la necesidad de la urgente
ocupación que lleva implícita, así como la aprobación
del proyecto de ejecución de las instalaciones
eléctricas que a continuación se detallan:
Solicitante: Unión Fenosa.
Domicilio social: García Barbón, 38, 36201 Vigo.
Título: Línea de media tensión, centro de
transformación y red de baja tensión "Piñeiro".
Situación: Nigrán.
Características técnicas: Línea de media tensión,
aérea, desnuda, a 20 kV, de 318 metros de longitud,
con conductor tipo LA-56, sobre apoyos de
hormigón, desde el apoyo 55 de la línea de media
tensión al centro de transformación "Camos I";
finalizando en el centro de transformación que se
proyecta en Piñeiro, Ayuntamiento de Nigrán. Centro
de transformación de 100 kVA, relación de
transformación 20 kV-380/220 V. Red de baja tensión,
aérea, de 425 metros de longitud, con conductor
tipo RZ, sobre apoyos de hormigón.
Resultando que realizada la información pública
y la notificación individual a cada uno de los
afectados, los propietarios de las fincas números 2, 4,
5, 7, 15, 17, 22, 23 y 24 presentan alegaciones,
con fecha de entrada 5 de diciembre de 1997,
comunicando que no están de acuerdo con la trayectoria
de la línea por gravar sus propiedades, proponiendo
varios trazados alternativos: a) Por pistas y
caminos. b) Por la zona del monte comunal. c) Existe
en las proximidades una línea antigua, que puede
ser utilizada para los mismos fines. Solicitan se
adopte alguno de los trazados propuestos y se excluyan
sus fincas de la relación de afectados. Trasladadas
las alegaciones a Unión Fenosa, ésta contesta que
la zona de monte comunal está distante de la traza
propuesta, que la línea existente que citan ya
suministra a otro centro de transformación, que los
caminos y viales no son apropiados para el paso de
la línea, y que la modificación de la traza supondría
nuevas afecciones.
En la inspección realizada sobre el terreno se
comprobó que la traza de la línea no está sujeta
a las prohibiciones y limitaciones de los
artículos 25 y 26 del Decreto 2619/1966 y que es la
alternativa más idónea dentro de las posibles
soluciones.
Considerando que las fincas no están sujetas a
las prohibiciones o limitaciones de los artículos 25
y 26 del Decreto 2619/1966, que la distancia a
la derivación al centro de transformación "Camos"
que indican es superior a la propuesta, que la
variación afectaría a nuevos propietarios que no han
dado su autorización y que el Reglamento de Líneas
Aéreas de Alta Tensión, Decreto 3151/1968, no
permite ángulos en la traza que serían necesarios
para seguir el curso de viales.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley
40/1994 y en los capítulos III y IV de los
Decretos 2617 y 2619/1966, de 20 de octubre, sobre
autorización y expropiación forzosa de las
instalaciones eléctricas,
Esta Delegación Provincial resuelve autorizar,
declarar en concreto la utilidad pública y la
necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita,
así como aprobar el proyecto de ejecución de las
referidas instalaciones, cuyas características se
ajustarán, en todas sus partes, a las que figuran en el
mismo y a las condiciones técnicas y de seguridad
establecidas en los Reglamentos de aplicación, y
en los condicionados establecidos por los
Ministerios, organismos o Corporaciones que constan en
los expedientes.
Esta Resolución es susceptible de recurso
ordinario ante el Consejero de Industria y Comercio,
en el plazo de un mes.
Pontevedra, 6 de noviembre de 1998.-La
Delegada provincial, Carmen Bianchi Valcarce.-
63.263-*.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE ANDALUCÍA
Consejería de Trabajo e Industria
Delegaciones Provinciales
JAÉN
A los efectos prevenidos en los artículos8y12
del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, se abre
información pública sobre la solicitud de
autorización y aprobación de proyecto de una planta de
producción de energía eléctrica en régimen de
cogeneración:
Peticionario: Coosur.
Características de la instalación:
Dos motores de cuatro tiempos diésel, fuel-oil,
de inyección directa con turbocompresor de aire
de alimentación en dos etapas y 500 r.p.m. que
accionan a dos generadores sincronos trifásicos de
10.500 kW cada uno, factor de potencia 0,9 kV,
tensión de generación 11 kV a la factoría.
Transformador 11/25 kV, de 25 MVA, para
conexión a embarrado intermedio a 25 kV de
suministro a factoría.
Transformador 25/66 kV, de 25 MVA, para
conexión a línea de 66 kV, de la compañía
distribuidora "Compañía Sevillana de Electricidad,
Sociedad Anónima".
Instalación y equipos auxiliares de protección,
maniobra, control, regulación y medida.
Resto de instalaciones de almacenammiento de
combustible, alimentación, recuperación y
aprovechamiento de calor.
Emplazamiento: Carretera de La Carolina,
número 29, Vilches (Jaén).
Presupuesto: 2.650,5 millones.
Todas aquellas personas o entidades que se
consideren afectadas podrán presentar sus escritos, por
duplicado, con las alegaciones que estimen
oportunas, en esta Delegación Provincial, paseo de la
Estación, número 19, de Jaén, en el plazo de treinta
días.
Esta información se realiza también a efectos de
trámite previo para la declaración de informe
ambiental de instalación de combustión con
potencia térmica inferior a 300 MW.
Jaén, 9 de octubre de 1998.-El Delegado
provincial, P. D. F. (Resolución de 31 de octubre de
1996), el Jefe de Servicio de Industria, Energía y
Minas, Manuel Herrera Torrero.-63.024.
Resolución autorizando el establecimiento de la
instalación eléctrica que se cita
Visto el expediente incoado en esta Delegación
Provincial, a petición de "Compañía Sevillana de
Electricidad, Sociedad Anónima", con domicilio en
paseo de la Estación, 27, Jaén, solicitando
autorización para el establecimiento de una instalación
eléctrica, y cumplidos los trámites reglamentarios
ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966,
de 20 de octubre, y de acuerdo con lo dispuesto
en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector
Eléctrico,
Esta Delegación Provincial ha resuelto autorizar
a "Compañía Sevillana de Electricidad, Sociedad
Anónima", para el establecimiento de la instalación
eléctrica, cuyas principales características técnicas
son las siguientes:
Finalidad de la instalación: Electrificación de
Parque Industrial "Los Rubiales", sector NP13, en
Linares (Jaén). Expediente número 7.802.
Características de la instalación:
Línea aérea de simple circuito a 25 KV, con 1.380
metros de longitud y conductores Al/Ac, de 116
milímetros cuadrados, con origen en la subestación
de la CSE en Linares y final en poste FL, situado
en el límite sureste del polígono.
Línea subterránea para alimentación e
interconexión de centros de transformación con conductor
Al/Ac, RHV, DHV, 18/30, de 150 milímetros
cuadrados de sección en canalización subterránea de
la red de media tensión.
Tres centros de transformación prefabricada de
interior para 20-25 KV, 398/230 y 630 KVAS cada
una, ampliables al doble de potencia.
Red subterránea para suministro en baja tensión
del polígono con conductores de 3,5 X 150
milímetros cuadrados y 3,5 X 240 milímetros cuadrados
de sección, en Al, 1.000 V.
Modificación de trazado de línea aérea existente
en doble circuito a 25 KV, con 439 metros de
longitud y conductores de aluminio/acero, de 116
metros cuadrados.
Presupuesto: 157.127.537 pesetas.
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la
instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos
señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación
forzosa y sanciones en materia de instalaciones
eléctricas y en su Reglamento de aplicación aprobado
por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.
Esta instalación no podrá entrar en servicio
mientras no cuente el peticionario de la misma con la
aprobación de su proyecto de ejecución, previo
cumplimiento de los trámites que se señalan en el
capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de
octubre.
Jaén, 9 de noviembre de 1998.-El Delegado
provincial, P. D. (Resolución de 31 de octubre de 1996),
el Jefe de Servicio de Industria, Energía y Minas,
Manuel Herrera Torrero.-62.978-*.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
VALENCIANA
Consejería de Obras Públicas,
Urbanismo y Transportes
Pago de la fase previa a la ocupación por la
expropiación forzosa de la obra "51-V-1246. Nuevo puente
sobre el río Xúquer, en Cullera. Término municipal
de Cullera"
Lugar: Ayuntamiento de Cullera.
Día 28 de diciembre de 1998, de diez a dieciocho
horas.
Día 29 de diciembre de 1998, de diez a catorce
horas.
Los interesados deberán asistir provistos de su
documento nacional de identidad y acreditar la
titularidad si no lo han hecho en otra fase del
procedimiento, y si optaran por ser representados por
otras personas, éstas deberán acreditar su
representación, en la forma establecida en el artículo 32
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Se significa que el presente anuncio se publica
igualmente a los efectos establecidos en el artículo
59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común para
los interesados que figuran como desconocidos o
con domicilio ignorado.
Valencia, 9 de diciembre de 1998.-El Consejero,
José Ramón García Antón.-64.596.
Consejería de Empleo, Industria
y Comercio
Servicios Territoriales de Industria y Energía
Instalación eléctrica de utilidad pública con estudio
de impacto ambiental. Información pública para
autorización administrativa y declaración en concreto
de utilidad pública. Expediente 608/98 ATLINE
JTG/rmc
A los efectos previstos en el artículo 9. º del
Decreto 2617/1966, sobre normas para otorgamiento de
autorización administrativa en materia de
instalaciones eléctricas, de 20 de octubre ("Boletín Oficial
del Estado" del 24), y en el artículo 52 de la Ley
40/1994 sobre ordenación del Sistema Eléctrico
Nacional, de 30 de diciembre ("Boletín Oficial del
Estado" del 31), y en el artículo 4 de la Ley 2/1989
sobre Impacto Ambiental, de 3 de marzo ("Diario
Oficial de la Generalidad Valenciana" del 8), se
somete a información pública la instalación eléctrica
cuyas características principales son:
a) Peticionario: "Iberdrola, Sociedad Anónima".
b) Lugar donde se va a establecer la instalación:
Términos municipales de Villanueva de Castellón,
Senyera, Manuel Enova, Rafelguaraf, Barxeta, Simat
de la Valldigna, Alzira, Tavernes de la Valldigna,
Benifairo de la Valldigna, Xeraco, Xeresa y Gandía.
c) Tipo (LAT, CT, ...) y finalidad de la
instalación: Línea aérea alta tensión, doble circuito,
para mejora del servicio eléctrico (6,401 kilómetros
será de cuádruple circuito, tendiéndose tres de ellos).
d) Características principales: Tensión: 132 KV.
Longitud: 38,351 kilómetros.
e) Presupuesto: 696.506.066 pesetas.
Lo que se hace público para que pueda ser
examinado el proyecto de la instalación en este Servicio
Territorial de Industria y Energía, sito en la calle
Gregorio Gea, 27, de Valencia, y formularse al
mismo las reclamaciones (por duplicado) que se estimen
oportunas, en el plazo de treinta días, contados a
partir del siguiente al de la publicación de este
anuncio. Se acompaña relación de interesados, bienes
y derechos afectados.
Valencia, 20 de noviembre de 1998.-El Director
territorial, Alejandro Marín Arcas.-63.268.
Términos municipales (ver imágenes páginas 19497 a 19506)
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Ayuntamientos
VALENCIA
Declarada de urgencia, por acuerdo del Gobierno
valenciano, de 6 de julio de 1998, y publicada en
el "Diario Oficial de la Generalidad Valenciana"
número 3.295, del 28, la expropiación forzosa de
los bienes y derechos para completar la dotación
escolar sita en las calles Oltá, Margallons y Bernardo
Morales Sanmartín, el Ayuntamiento Pleno, en su
sesión de 18 de septiembre de 1998, ha acordado
proceder a la iniciación del procedimiento
excepcional de urgencia, previsto en el artículo 52 de
la Ley de Expropiación Forzosa, en orden a la
ocupación de los bienes afectados.
En ejecución del acuerdo precedente, esta
Alcaldía-Presidencia anuncia el levantamiento de actas
previas a la ocupación, que tendrá lugar el día 15
de enero de 1999, para la finca que a continuación
se establece:
A las nueve horas:
Propietaria: "Icara, Sociedad Anónima".
Domicilio: Calle Henao, número 7, Bilbao.
Finca número 4: Terreno y construcción.
Superficie: 240 metros cuadrados.
Situación: Calle Margallons y Bernardo Morales
Sanmartín, sin número.
Lindes: Norte, construcción calle Oltá, número 4;
sur, propiedad municipal; este, terreno de los señores
Alba Ballester, y oeste, calle Margallons.
A las nueve quince horas:
Arrendataria: "Elduval, Sociedad Anónima".
Domicilio: Calle Margallons, sin número,
Valencia.
Las expresadas actuaciones tendrán lugar en las
Casas Consistoriales, Oficina Administrativa de
Expropiaciones, sita en la avenida de Aragón,
número 35, sin perjuicio de trasladarse al terreno si así
lo solicitan los interesados, quienes podrán acudir
al acto acompañados de Peritos y requerir a su
costa la presencia de un Notario, aportando
documentos acreditativos de su personalidad y
titularidad, así como el último recibo del Impuesto de
Bienes Inmuebles, caso de ser exigible, siendo el
presente señalamiento notificado por cédula a los
afectados, cuya relación figura expuesta en el tablón
de edictos de este Ayuntamiento.
Se significa que el presente anuncio se publica
igualmente a los efectos establecidos en el
artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
para los interesados que figuran como desconocidos
o con ignorado domicilio.
Del mismo modo, se hace público que, hasta el
día señalado para el levantamiento de las actas
previas a la ocupación, podrán los interesados formular,
por escrito, alegaciones a los solos efectos de
subsanar posibles errores que se hayan producido al
relacionar los bienes afectados por la urgente
ocupación de que se trata, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 56.2 del Reglamento de
Expropiación Forzosa.
Valencia, 26 de noviembre de 1998.-La
Alcaldesa, P. D., el Secretario adjunto, Delegado del Área
de Urbanismo.-.-63.078.
UNIVERSIDADES
VALENCIA
Escuela Universitaria de Magisterio
"Ausiàs March"
A efectos de la Orden de 8 de julio de 1998,
se anuncia el extravío del título de diplomada en
Profesorado de EGB de doña Marina Gómez
Estornell, expedido por el MEC el día 15 de febrero
de 1988, registrado con el número 1.830 del libro
correspondiente del Ministerio de Educación y
Cultura.
Valencia, 19 de noviembre de 1998.-El Director,
Bernardo Gómez Alfonso.-62.948.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid