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Documento BOE-B-1998-48492

Anuncios particulares

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 6 de noviembre de 1998, páginas 17210 a 17210 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-1998-48492

TEXTO

CAJA DE AHORROS Y PENSIONES

DE BARCELONA

Comunicación tipos de interés variable aplicables

a préstamos hipotecarios, cuentas de crédito con

garantía hipotecaria y créditos abiertos con garantía

hipotecaria, con fase de variabilidad dividida en

períodos de revisión, anual o semestral, contados

de fecha a fecha, cuya primera o siguiente anualidad

o semestralidad comienza en 1 de enero de 1999,

con la necesaria distinción según el índice de

referencia en que están basados

Basados en el IRMH:

Respecto de los préstamos hipotecarios, cuentas

de crédito con garantía hipotecaria y créditos

abiertos con garantía hipotecaria, concedidos por la Caja

de Ahorros y Pensiones de Barcelona o por

"Caixabank, Sociedad Anónima" (hoy Caja de Ahorros

y Pensiones de Barcelona), donde el pacto de interés

variable toma como tipo de referencia el constituido

por el Índice de Referencia del Mercado Hipotecario

(IRMH), trimestralmente publicado por la

Dirección General del Tesoro y Política Financiera en

el "Boletín Oficial del Estado" y que, a partir de

la resolución de la misma, de 21 de febrero de

1994, debe calcular el Banco de España y publicar

su boletín estadístico, y lo toma respecto del último

publicado hasta la fecha en que cabe efectuar el

nuevo cálculo y producir la variación del tipo de

interés aplicable, coincidente con el vigente en el

último día del tercer mes natural anterior al del

inicio de la anualidad siguiente, y, aunque debe

entenderse que tal tipo de referencia ya consta

acreditado para los deudores y todos los interesados

y, por tanto, comunicados a los mismos, por medio

del "Boletín Estadístico del Banco de España", que

hace las veces de "Boletín Oficial del Estado", y

los publica; al objeto de mejor cumplir con la

obligación informativa de estas instituciones,yalavez

facilitar a los citados deudores de las operaciones

a que nos estamos refiriendo, y a todos los

interesados en ellas, con plena exactitud, la

comunicación de los tipos de referencia, a partir de los

cuales, mediante la adición del diferencial

pertinente, resultan los tipos de interés nominal anual

aplicables durante la primera o siguiente anualidad,

contada desde la fecha en que la misma ha de

computarse, que es el 1 de enero de 1999, por el presente

anuncio se pone en su conocimiento que el último

IRMH objeto de cálculo por el Banco de España

para su publicación en el boletín estadístico, y

facilitado por el mismo, corresponde al mes de

septiembre de 1998, y es del 4,75 por 100 anual, y

del cual, con adición del diferencial correspondiente,

resulta el tipo de interés nominal anual aplicable

para la próxima anualidad.

Basados en el IRPH de Cajas:

Respecto de los préstamos hipotecarios, cuentas

de crédito con garantía hipotecaria y créditos

abiertos con garantía hipotecaria, concedidos por la Caja

de Ahorros y Pensiones de Barcelona, donde el

pacto de interés variable toma como tipo de

referencia el oficial constituido por el tipo medio de

los préstamos hipotecarios a más de tres años para

adquisición de vivienda libre concedidos por las

Cajas de Ahorros (IRPH de Cajas), mensualmente

publicado por el Banco de España en el "Boletín

Oficial del Estado", y lo toma respecto del último

publicado hasta la fecha en que cabe efectuar el

nuevo cálculo y producir la variación del tipo de

interés aplicable, coincidente con el vigente en el

último día del tercer mes natural anterior al del

inicio del período de revisión, sea anual o semestral,

siguiente, y, aunque debe entenderse que tal tipo

de referencia ya consta acreditado para los deudores

y todos los interesados, y, por tanto, comunicados

a los mismos, por medio del "Boletín Oficial del

Estado", que lo publica, y a pesar de que la Circular

del Banco de España 5/1994, de 22 de julio, nos

exonera de esta obligación de comunicación, al

objeto de mejor cumplir con la obligación informativa

de esta institución,yalavezfacilitar a los citados

deudores de las operaciones a que nos estamos

refiriendo, y a todos los interesados en ellas, con plena

exactitud, la comunicación de los tipos de referencia,

a partir de los cuales, mediante adición del

diferencial pertinente, resultan los tipos de interés

nominal anual aplicables durante el siguiente período

de revisión, sea anual o semestral, contado desde

la fecha en que el mismo ha de computarse, por

estar en fase de interés variable, y que es el 1 de

enero de 1999, por el presente anuncio se pone

en su conocimiento que el último tipo medio de

los préstamos hipotecarios a más de tres años para

adquisición de vivienda libre concedidos por las

Cajas de Ahorro, publicado en forma de Tasa Anual

Equivalente (TAE) en el "Boletín Oficial del Estado"

antes del último día del tercer mes natural anterior

al inicio del período de revisión, sea anual o

semestral, siguiente, lo fue el día 20 de octubre de 1998

del TAE del 5,680 por 100, equivalente en

operaciones con periodicidad mensual al tipo nominal

del 5,537 por 100, del cual, con adición del

diferencial correspondiente, resulta el tipo de interés

anual aplicable para el próximo período de revisión

anual o semestral, en su caso.

Basados en el Tipo activo de referencia de las

Cajas de Ahorro (CECA):

Respecto de los préstamos hipotecarios, cuentas

de crédito con garantía hipotecaria y créditos

abiertos con garantía hipotecaria, concedidos por la Caja

de Ahorros y Pensiones de Barcelona, donde el

pacto de interés variable toma como tipo de

referencia el oficial constituido por el Tipo activo de

referencia de las Cajas de Ahorro (CECA),

mensualmente publicado por el Banco de España en

el "Boletín Oficial del Estado", y lo toma respecto

del último publicado hasta la fecha en que cabe

efectuar el nuevo cálculo y producir la variación

del tipo de interés aplicable, coincidente con el

vigente en el último día del tercer mes natural

anterior al del inicio del período de revisión, sea anual

o semestral, siguiente, y, aunque debe entenderse

que tal tipo de referencia ya consta acreditado para

los deudores y todos los interesados, y, por tanto,

comunicados a los mismos, por medio del "Boletín

Oficial del Estado", que lo publica, y a pesar de

que la Circular del Banco de España 5/1994, de

22 de octubre, nos exonera de esta obligación de

comunicación, al objeto de mejor cumplir con la

obligación informativa de esta institución,yala

vez facilitar a los citados deudores de las operaciones

a que nos estamos refiriendo, y a todos los

interesados en ellas, con plena exactitud, la

comunicación de los tipos de referencia, a partir de los

cuales, mediante adición del diferencial pertinente,

resultan los tipos de interés nominal anual aplicables

durante el siguiente período de revisión, sea anual

o semestral, contado desde la fecha en que el mismo

ha de computarse, por estar en fase de interés

variable, y que es el 1 de enero de 1999, por el presente

anuncio se pone en su conocimiento que el último

Tipo activo de referencia de las Cajas de Ahorro,

publicado

en forma de Tasa Anual Equivalente (TAE) en el

"Boletín Oficial del Estado" antes del último día

del tercer mes natural anterior al inicio del período

de revisión, sea anual o semestral, siguiente, lo fue

el día 20 de octubre de 1998, del TAE del 6,75

por 100, equivalente en operaciones con

periodicidad mensual al tipo nominal del 6,549; del cual,

con adición del diferencial correspondiente, resulta

el tipo de interés nominal anual aplicable para el

próximo período de revisión anual o semestral, en

su caso.

Basados en alguno de los dos siguientes índices

oficiales de referencia: a) Rendimiento interno en

el mercado secundario de la Deuda Pública entre

dos y seis años (Deuda Pública), y b) Tipo

interbancario a un año (MIBOR):

Respecto de los préstamos hipotecarios, cuentas

de crédito con garantía hipotecaria y créditos

abiertos con garantía hipotecaria, concedidos por la Caja

de Ahorros y Pensiones de Barcelona o por

"Caixabank, Sociedad Anónima" (hoy Caja de Ahorros

y Pensiones de Barcelona), o por "Banco de Europa,

Sociedad Anónima", donde el pacto de interés

variable toma como tipo de referencia uno de los dos

índices de referencia oficiales siguientes: a)

Rendimiento interno en el mercado secundario de la

Deuda Pública entre dos y seis años (Deuda

Pública), y b) Tipo interbancario a un año (MIBOR),

mensualmente publicados por el Banco de España

en el "Boletín Oficial del Estado", y lo toma respecto

del último publicado hasta la fecha en que cabe

efectuar el nuevo cálculo y producir la variación

del tipo de interés aplicable, coincidente con el

vigente en el último día del tercer mes natural

anterior al del inicio del período de revisión, sea anual

o semestral, siguiente, y, aunque debe entenderse

que tal tipo de referencia ya consta acreditado para

los deudores y todos los interesados, y, por tanto,

comunicados a los mismos, por medio del "Boletín

Oficial del Estado", que los publica, y a pesar de

que la Circular del Banco de España 5/1994, de

22 de julio, nos exonera de esta obligación de

comunicación, al objeto de mejor cumplir con la

obligación informativa de estas instituciones,yalavez

facilitar a los citados deudores de las operaciones

a que nos estamos refiriendo, y a todos los

interesados en ellas, con plena exactitud, la

comunicación de los tipos de referencia, a partir de los

cuales, mediante adición del diferencial pertinente,

resultan los tipos de interés nominal anual aplicables

durante el siguiente período de revisión, sea anual

o semestral, contado desde la fecha en que el mismo

ha de computarse, por estar en fase de interés

variable, y que es el 1 de enero de 1999, por el presente

anuncio se pone en su conocimiento que los últimos

índices de referencia oficiales antes citados,

publicados en el "Boletín Oficial del Estado" antes del

último día del tercer mes natural anterior al inicio

del período de revisión, sea anual o semestral,

siguiente, lo fueron el día 20 de octubre de 1998,

de los porcentajes siguientes: a) Rendimiento

interno en el mercado secundario de la Deuda Pública

entre dos y seis años (Deuda Pública), del 4,374

por 100, y b) tipo interbancario a un año (MIBOR),

del 3,830 por 100, y tomando de entre éstos el

que corresponda, con adición del diferencial

pertinente, resulta el tipo de interés nominal anual

aplicable para el próximo período de revisión anual

o semestral, en su caso.

Barcelona, 2 de noviembre de 1998.-El Director

general adjunto ejecutivo, Antonio Brufau

Niubó.-56.612-*.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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