MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Dirección General del Tesoro
y Política Financiera
Edicto sobre notificación de expediente sancionador
(expediente 230/98) sobre supuesta infracción leve
de la Ley 40/1979, sobre control de cambios
Por acuerdo de fecha 28 de julio de 1998, se
ha formulado propuesta de resolución en el
expediente sancionador abierto a don Blas Álvarez
Caballero, desconociéndose el domicilio del interesado,
por la presente se le notifica que puede retirar la
citada propuesta de resolución, en el despacho
oficial de la Instructora (ubicado en la Dirección
General del Tesoro y Política Financiera, plaza de Jacinto
Benavente, número 3, despacho 220, 28012
Madrid), dentro de los diez días hábiles, siguientes
a la publicación de este edicto, a los efectos de
alegar, en tiempo y forma, lo que en su derecho
convenga.
Transcurrido dicho plazo sin haberse personado
el interesado, dicha propuesta se elevará a definitiva,
dictándose, en el plazo de diez días, la oportuna
resolución que, poniendo fin al expediente en vía
administrativa será inmediatamente ejecutiva,
pudiéndola recoger el interesado en el lugar
anteriormente indicado. Contra la misma se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo ante el
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo
de dos meses.
Madrid, 25 de septiembre de 1998.-La
Instructora, Ángeles Rodríguez.-49.567-E.
Delegaciones
VALENCIA
Acordada por la Dirección General del
Patrimonio del Estado la investigación sobre la propiedad
del inmueble que se describe parcela sita en el
término municipal, de Pedralba, paraje denominado
Madroñar, con una extensión de 0,0200 hectáreas,
que linda: Norte, don Ricardo Andrés Zarzo; sur,
doña Elsa Meda Debón; este, don José Balaguer
Cervera, y oeste, don Ricardo Andrés Zarzo, es
la parcela 165 del polígono 10; se pone en
conocimiento de todos aquellos que puedan alegar algún
derecho sobre la misma, a efectos de que se personen
en la Sección del Patrimonio del Estado, dentro
del plazo de un mes, a contar desde los quince
días siguientes a la publicación de este anuncio,
acompañando los documentos que prueben el
derecho que aleguen.
Valencia, 14 de septiembre de 1998.-El
Delegado, Gumersindo González Cabanelas.-48.446-E.
VALENCIA
Acordada por la Dirección General del
Patrimonio del Estado la investigación sobre la propiedad
del inmueble que se describe parcela sita en el
término municipal de Pedralba, paraje denominado
Jugeve, con una extensión de 0,0060 hectáreas, que
linda: Norte, don Angelino Herrero Ibáñez; sur, don
José V. Martínez Perona; este, don José V. Martínez
Perona, y oeste, don Angelino Herrero Ibáñez, es
la parcela 21 del polígono 8; se pone en
conocimiento de todos aquellos que puedan alegar algún
derecho sobre la misma, a efectos de que se personen
en la Sección del Patrimonio del Estado, dentro
del plazo de un mes, a contar desde los quince
días siguientes a la publicación de este anuncio,
acompañando los documentos que prueben el
derecho que aleguen.
Valencia, 14 de septiembre de 1998.-El
Delegado, Gumersindo González Cabanelas.-48.448-E.
VALENCIA
Acordada por la Dirección General del
Patrimonio del Estado la investigación sobre la propiedad
del inmueble que se describe parcela sita en el
término municipal de Pedralba, paraje denominado
Cueva del Cañizo, con una extensión de 0,0520
hectáreas, que linda: Por norte, barranco; sur,
parcela 647 de don Miguel Muñoz Hinarejos; este,
parcela 644 de don Miguel Golfe Montesinos, y
oeste, parcela 649 de don Estanislao García Usach,
es la parcela 648 del polígono 17; se pone en
conocimiento de todos aquellos que puedan alegar algún
derecho sobre la misma, a efectos de que se personen
en la Sección del Patrimonio del Estado, dentro
del plazo de un mes, a contar desde los quince
días siguientes a la publicación de este anuncio,
acompañando los documentos que prueben el
derecho que aleguen.
Valencia, 14 de septiembre de 1998.-El
Delegado, Gumersindo González Cabanelas.-48.447-E.
VALENCIA
Acordada por la Dirección General del
Patrimonio del Estado la investigación sobre la propiedad
del inmueble que se describe, parcela sita en el
término municipal de Pedralba, paraje denominado
Jugeve, con una extensión de 0,1700 hectáreas, que
linda: Norte, don José González Blázquez y otro;
sur, doña Francisa Rubio Aras; este, don José Martín
Sese y doña Francisca Rubio Aras; oeste, don
Pascual Rubio Martín y doña Isabel Madrazo Sanchis,
es la parcela 17 del polígono 8; se pone en
conocimiento de todos aquellos que puedan alegar algún
derecho sobre la misma, a efectos de que se personen
en la Sección del Patrimonio del Estado, dentro
del plazo de un mes, a contar desde los quince
días siguientes a la publicación de este anuncio,
acompañando los documentos que prueben el
derecho que aleguen.
Valencia, 14 de septiembre de 1998.-El
Delegado, Gumersindo González Cabanelas.-48.450-E.
MINISTERIO DE FOMENTO
Dirección General de Carreteras
Demarcaciones de Carreteras en Andalucía
Oriental
Expediente de expropiación forzosa. Procedimiento
de urgencia. Resolución de la Demarcación de
Carreteras del Estado en Andalucía Oriental relativa a
la expropiación forzosa de los bienes y derechos
afectados por las obras del proyecto modificado número
1 de la autopista de la Costa del Sol, tramo
Málaga-Estepona
Con fecha 14 de septiembre de 1998, el ilustrísimo
señor Subdirector general de Tecnología y
Proyectos, por delegación del ilustrísimo señor Director
general de Carreteras, aprobó definitivamente el
proyecto modificado número 1 de la autopista de la
Costa del Sol, tramo: Málaga-Estepona.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
16 de la Ley 8/1972, de 10 de mayo, de
Construcción, Conservación y Explotación de Autopistas
en Régimen de Concesión; el Real Decreto
436/1996, de 1 de marzo, de adjudicación de la
concesión, implica la declaración de utilidad pública
de las obras y, en virtud de la aprobación del
proyecto de modificado número 1, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 25/1988,
de 29 de julio, de Carreteras y artículo 32 de su
Reglamento, Real Decreto 1812/1994, de 2 de
septiembre, se entiende implícita la necesidad de
ocupación de todos los bienes y derechos afectados
con motivo de las obras del indicado proyecto de
modificado, reputandose urgente a los efectos
establecidos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
Por cuanto antecede, esta Demarcación, en el
ejercicio que le confiere el artículo 98 de la mencionada
Ley de Expropiación Forzosa, ha resuelto:
Primero.-Incoar el expediente de expropiación
forzosa en los términos y a los efectos previstos
en el artículo 21.1 y 36.2 de la Ley de Expropiación
Forzosa.
Segundo.-Señalar los días y las horas que se
especifican a continuación para que, en los
Ayuntamientos de Estepona, Benahavís, Marbella y Mijas, sin
perjuicio de trasladarse a las fincas afectadas si se
estimase necesario, se proceda al levantamiento de
las actas previas a la ocupación y, si procede,
formalizar la ocupación de los bienes y derechos
afectados, según lo dispuesto en el artículo 52 de la
Ley de Expropiación Forzosa.
Los días y horas señalados para el levantamiento
de las actas previas a la ocupación son:
Ayuntamiento de Estepona:
Día 15 de octubre de 1998.
Hora: Diez treinta, fincas: ES-087, ES-091,
ES-107.
Hora: Once, fincas: ES-111 y 115, ES-118.
Ayuntamiento de Benahavís:
Día 15 de octubre de 1998.
Hora: Doce, fincas: BE-009, BE-011 y BE-020.
Hora: Trece, fincas: BE-021 y BE-022.
Ayuntamiento de Marbella:
Día 14 de octubre de 1998.
Hora: Nueve treinta, fincas: MA-053, MA-062
y MA-063.
Hora: Diez, fincas: MA-063-1, MA-064-1,
MA-345, MA-358, MA-361, MA-362.
Hora: Once, fincas: MA-359, MA-359-1, MA-360,
MA-360-1, MA-364, MA-365, MA-366, MA-367,
MA-368, MA-369 y MA-370.
Hora: Doce, fincas: MA-373, MA-374 y MA-375.
Hora: Trece, fincas: MA-377, 378, 379, MA-384
y MA-385-5.
Ayuntamiento de Mijas:
Día 13 de octubre de 1998.
Hora: Once, fincas: MI-024 y MI-026.
Hora: Once cuarenta y cinco, fincas: MI-030,
MI-043, MI-044 y MI-047.
Hora: Doce treinta, fincas: MI-045, MI-070 y
MI-096.
Hora: Trece, fincas: MI-116-7.
El presente señalamiento será notificado por
cédula a los titulares de derechos afectados de las fincas
que se expresan en la relación adjunta, para que,
en las horas y días señalados, comparezcan en el
Ayuntamiento en que radiquen los bienes afectados,
como punto de reunión al efecto indicado.
A dicho acto deberán asistir los interesados,
personalmente o bien representados por persona
debidamente autorizada para intervenir en su nombre,
aportando los documentos acreditativos de su
titularidad, documento nacional de identidad y el último
recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que
corresponda al bien afectado, pudiendo hacerse
acompañar, a su costa, de Perito y Notario, si lo
estiman oportuno.
Con la misma anticipación se publicarán edictos
en los tablones oficiales (Demarcación, Unidad de
Carreteras de Málaga y de los Ayuntamientos de
Estepona, Marbella, Benhavís y Mijas) y, en
resumen, en el "Boletín Oficial del Estado", en el de
la provincia y en los diarios "Sur" y "Málaga Costa
del Sol".
La sociedad concesionaria "Autopistas del Sol,
Concesionaria Española, Sociedad Anónima",
asume en el expediente de expropiación los derechos
y obligaciones del beneficiario de la expropiación
que regulan la mencionada Ley y el citado
Reglamento de Expropiación Forzosa.
Asimismo, se hace constar, que, a tenor de lo
previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de
30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común y, en la norma segunda del artículo
52 de la Ley de Expropiación Forzosa, el presente
anuncio servirá como notificación a los posibles
interesados no identificados, a los titulares de bienes
y derechos afectados que sean desconocidos y a
aquéllos respecto de quienes sea ignorado su
paradero.
Granada, 24 de septiembre de 1998.-El Jefe de
la Demarcación, Domingo Quesada
Martos.-49.644-*.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE GALICIA
Consejería de Industria y Comercio
Delegaciones Provinciales
LUGO
La Delegación Provincial de la Consejería de
Industria y Comercio en Lugo, hace saber que por
Resolución de 16 de marzo de 1998, se ha otorgado
el permiso de investigación "Monte de Cristo"
número 5.526, de 19 cuadrículas mineras para recursos
de cuarzo y otros, que se sitúa en los términos
municipales de O Páramo y Portomarín, de la
provincia de Lugo.
Lo que se hace público para su general
conocimiento y en cumplimiento del artículo 101 del
Reglamento General para el Régimen de la Minería
de 25 de agosto de 1978.
Lugo, 16 de marzo de 1998.-El Delegado
provincial, Jesús Bendaña Suárez.-48.213.
CIUDAD DE CEUTA
Consejería de Economía y Hacienda
Servicio de Industria y Energía
CEUTA
Resolución de la Consejería de Economía y Hacienda
de la ciudad Autónoma de Ceuta, autorizando el
establecimiento de las instalaciones eléctricas que
se citan
Visto el expediente tramitado en el Servicio de
Industria y Energía de esta Consejería, a petición
de don Alberto Ramón Gaitán Rodríguez, en
representación de la empresa de "Alumbrado Eléctrico
de Ceuta, Sociedad Anónima", con domicilio en
Ceuta, calle Beatriz de Silva, número 2, solicitando
autorización y declaración, en concreto, de útilidad
pública para el establecimiento de una línea eléctrica
subterránea de 15 KV, y cumplidos los trámites
reglamentarios ordenados en el capítulo III del
Decreto 2617/1966, sobre autorización de
instalaciones eléctricas y en el capítulo III del Reglamento
aprobado por Decreto 2619/1966, sobre
expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones
eléctricas,
Esta Consejería, en ejercicio de las competencias
asignadas por el Real Decreto 2502/1996, de 5 de
diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios
de la Administración del Estado a la ciudad de
Ceuta en materia de industria y energía ha resuelto:
1. º Autorizar a la empresa de "Alumbrado
Eléctrico de Ceuta, Sociedad Anónima", la instalación
de la línea eléctrica subterránea de 15 KV del centro
de transformación "Puerto Pesquero", centro de
transformación "Cruz Roja", cuyas características
principales son las siguientes:
a) Peticionario: Don Alberto Ramón Gaitán
Rodríguez, en representación de la empresa de
"Alumbrado Eléctrico de Ceuta, Sociedad
Anónima".
b) Lugar donde se va a establecer la instalación:
Esta línea eléctrica enlazará los centros de
transformación "Puerto Pesquero" y "Cruz Roja",
propiedad, ambos, de la empresa citada.
Se prevé el paso a traves de un futuro centro
de transformación situado en el Patio Paramo.
Discurrirá enterrada en zanja a lo largo de la calle
Marina Española. Longitud de la línea: 425 metros.
c) Finalidad de la instalación: Mejorar la calidad
del servicio y ampliar las posibilidades de
explotación de la red eléctrica.
d) Características principales: La línea estará
constituida por tres cables tipo DHVFAZ1 12/20
KV, con conductores de cobre, con sección de 150
mm 2 .
e) Presupuesto: 7.992.500 pesetas.
2. º Declarar, en concreto, la utilidad pública de
las instalaciones eléctricas que se autorizan, a los
efectos señalados en la Ley 10/1996, sobre
expropiación forzosa y sanciones en materia de
instalaciones eléctricas y su Reglamento de aplicación,
de 20 de octubre de 1996.
Ceuta, 4 de septiembre de 1998.-La
Viceconsejera de Economía y Hacienda, Regina Pizones
Sánchez.-48.412.
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