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Documento BOE-B-1998-40380

Anuncios particulares

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 5 de agosto de 1998, páginas 12831 a 12832 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-1998-40380

TEXTO

CAJA DE AHORROS Y PENSIONES

DE BARCELONA

Comunicación tipos de interés variables

aplicables a préstamos hipotecarios, cuentas de crédito

con garantía hipotecaria y créditos abiertos con

garantía hipotecaria, con fase de variabilidad

dividida en períodos de revisión, anual o semestral,

contados de fecha a fecha, cuya primera o siguiente

anualidad o semestralidad comienza el 1 de octubre

de 1998, con la necesaria distinción según el índice

de referencia en que están basados:

Basados en el IRMH.

Respecto de los préstamos hipotecarios, cuentas

de crédito con garantía hipotecaria y créditos

abiertos con garantía hipotecaria, concedidos por la Caja

de Ahorros y Pensiones de Barcelona, o por

"Caixabank, Sociedad Anónima" (hoy Caja de Ahorros

y Pensiones de Barcelona), donde el pacto de interés

variable toma como tipo de referencia el constituido

por el Índice de Referencia del Mercado Hipotecario

(IRMH), trimestralmente publicado por la

Dirección General del Tesoro y Política Financiera en

el "Boletín Oficial del Estado" y que, a partir de

la resolución de la misma, el 21 de febrero de 1994,

debe calcular el Banco de España y publicar su

boletín estadístico, y lo toma respecto del último

publicado hasta la fecha en que cabe efectuar el

nuevo cálculo y producir la variación del tipo de

interés aplicable, coincidente con el vigente en el

último día del tercer mes natural anterior al del

inicio de la anualidad siguiente, y aunque debe

entenderse que tal tipo de referencia ya consta acreditado

para los deudores y todos los interesados, y por

tanto, comunicados a los mismos, por medio del

"Boletín Estadístico" del Banco de España, que hace

las veces de "Boletín Oficial del Estado" y los

publica, al objeto de mejor cumplir con la obligación

informativa de estas instituciones,yalavezfacilitar

a los citados deudores de las operaciones a que

nos estamos refiriendo, y a todos los interesados

en ellas, con plena exactitud, la comunicación de

los tipos de referencia, a partir de los cuales,

mediante la adición del diferencial pertinente, resultan los

tipos de interés nominal anual aplicables durante

la primera o siguiente anualidad, contada desde la

fecha en que la misma ha de computarse, que es

el 1 de octubre de 1998, por el presente anuncio

se pone en su conocimiento que el último IRMH

objeto de cálculo por el Banco de España para su

publicación en el "Boletín Estadístico" y facilitado

por el mismo, corresponde al mes de junio de 1998,

y es del 4,75 por 100 anual, y del cual, con adición

del diferencial correspondiente, resulta el tipo de

interés nominal anual aplicable para la próxima

anualidad.

Basados en el IRPH de Cajas.

Respecto de los préstamos hipotecarios, cuentas

de crédito con garantía hipotecaria y créditos

abiertos con garantía hipotecaria, concedidos por la Caja

de Ahorros y Pensiones de Barcelona, donde el

pacto de interés variable toma como tipo de

referencia el oficial constituido por el tipo medio de

los préstamos hipotecarios a más de tres años para

adquisición de vivienda libre concedidos por las

Cajas de Ahorros (IRPH de Cajas), mensualmente

publicado por el Banco de España en el "Boletín

Oficial del Estado", y lo toma respecto del último

publicado hasta la fecha en que cabe efectuar el

nuevo cálculo y producir la variación del tipo de

interés aplicable, coincidente con el vigente en el

último día del tercer mes natural anterior al del

inicio del período de revisión, sea anual o semestral,

siguiente, y aunque debe entenderse que tal tipo

de referencia ya consta acreditado para los deudores

y todos los interesados, y por tanto, comunicados

a los mismos por medio del "Boletín Oficial del

Estado" que lo publica, y a pesar de que la Circular

del Banco de España 5/1994, de 22 de julio, nos

exonera de esta obligación de comunicación, al

objeto de mejor cumplir con la obligación informativa

de esta institución,yalavezfacilitar a los citados

deudores de las operaciones a que nos estamos

refiriendo, y a todos los interesados en ellas, con plena

exactitud, la comunicación de los tipos de referencia,

a partir de los cuales, mediante adición del

diferencial pertinente, resultan los tipos de interés

nominal anual aplicables durante el siguiente período

de revisión, sea anual o semestral, contado desde

la fecha en que al mismo ha de computarse, por

estar en fase de interés variable y que es el 1 de

octubre de 1998, por el presente anuncio se pone

en su conocimiento que el último tipo medio de

los préstamos hipotecarios a más de tres años para

la adquisición de vivienda libre concedidos por las

Cajas de Ahorro, publicado en forma de Tasa Anual

Equivalente (TAE) en el "Boletín Oficial del Estado"

antes del último día del tercer mes natural anterior

al inicio del período de revisión, sea anual o

semestral, siguiente, lo fue el día 22 de julio de 1998

del TAE del 5,744 por 100, equivalente en

operaciones con periocidad mensual al tipo nominal

del 5,598 por 100; del cual, con adición del

diferencial correspondiente, resulta el tipo de interés

anual aplicable para el próximo período de revisión

anual o semestral, en su caso.

Basados en el tipo activo de referencia de las

Cajas de Ahorro (CECA).

Respecto de los préstamos hipotecarios, cuentas

de crédito con garantía hipotecaria y créditos

abiertos con garantía hipotecaria, concedidos por la Caja

de Ahorros y Pensiones de Barcelona, donde el

pacto de interés variable toma como tipo de

referencia el oficial constituido por el tipo activo de

referencia de las Cajas de Ahorro (CECA),

mensualmente publicado por el Banco de España en

el "Boletín Oficial del Estado", y lo toma respecto

del último publicado hasta la fecha en que cabe

efectuar el nuevo cálculo y producir la variación

del tipo de interés aplicable, coincidente con el

vigente en el último día del tercer mes natural

anterior al del inicio del período de revisión, sea anual

o semestral, siguiente, y aunque debe entenderse

que tal tipo de referencia ya consta acreditado para

los deudores y todos los interesados y, por tanto,

comunicados a los mismos por medio del "Boletín

Oficial del Estado" que lo publica, y a pesar de

que la Circular del Banco de España 5/1994, de

22 de octubre, nos exonera de esta obligación de

comunicación, al objeto de mejor cumplir con la

obligación informativa de esta institución,yala

vez facilitar a los citados deudores de las operaciones

a que nos estamos refiriendo, y a todos los

interesados en ellas, con plena exactitud, la

comunicación de los tipos de referencia, a partir de los

cuales, mediante adición del diferencial pertinente,

resultan los tipos de interés nominal anual aplicables

durante el siguiente período de revisión, sea anual

o semestral, contado desde la fecha en que el mismo

ha de computarse, por estar en fase de interés

variable, y que es el 1 de octubre de 1998, por el presente

anuncio se pone en su conocimiento que el último

tipo activo de referencia de las Cajas de Ahorro,

publicado en forma de Tasa Anual Equivalente

(TAE), en el "Boletín Oficial del Estado" antes del

último día del tercer mes natural anterior al inicio

del período de revisión, sea anual o semestral

siguiente, lo fue el día 22 de julio de 1998, del

TAE del 6,75 por 100, equivalente en operaciones

con periocidad mensual al tipo nominal del 6,550,

del cual, con adición del diferencial correspondiente,

resulta el tipo de interés nominal anual aplicable

para el próximo período de revisión anual o

semestral, en su caso.

Basados en alguno de los dos siguientes índices

oficiales de referencia: a) Rendimiento interno en

el mercado secundario de la Deuda Pública entre

dos y seis años (Deuda Pública), y b) Tipo

interbancario a un año (MIBOR).

Respecto de los préstamos hipotecarios, cuentas

de crédito con garantía hipotecaria y créditos

abiertos con garantía hipotecaria, concedidos por la Caja

de Ahorros y Pensiones de Barcelona, o por

"Caixabank, Sociedad Anónima" (hoy Caja de Ahorros

y Pensiones de Barcelona), o por "Banco de Europa,

Sociedad Anónima", donde el pacto de interés

variable toma como tipo de referencia uno de los dos

índices de referencia oficiales siguientes: a)

Rendimiento interno en el mercado secundario de la

Deuda Pública entre dos y seis años (Deuda

Pública), y b) Tipo interbancario a un año (MIBOR),

mensualmente publicados por el Banco de España

en el "Boletín Oficial del Estado", y lo toma respecto

del último publicado hasta la fecha en que cabe

efectuar el nuevo cálculo y producir la variación

del tipo de interés aplicable, coincidente con el

vigente en el último día del tercer mes natural

anterior al del inicio del período de revisión, sea anual

o semestral, siguiente, y aunque debe entenderse

que tal tipo de referencia ya consta acreditado por

los deudores y todos los interesados y, por tanto,

comunicados a los mismos por medio del "Boletín

Oficial del Estado" que los publica, y a pesar de

que la Circular del Banco de España 5/1994, de 22

de julio, nos exonera de esta obligación de

comunicación al objeto de mejor cumplir con la

obligación informativa de estas instituciones,yalavez

facilitar a los citados deudores de las operaciones

a que nos estamos refiriendo, y a todos los

interesados en ellas con plena exactitud, la

comunicación de los tipos de referencia, a partir de los

cuales, mediante adición del diferencial pertinente,

resultan los tipos de interés nominal anual aplicables

durante el siguiente período de revisión, sea anual

o semestral, contado desde la fecha en que el mismo

ha de computarse por estar en fase de interés

variable, y que es el 1 de octubre de 1998, por el presente

anuncio se pone en su conocimiento que los últimos

índices de referencia oficiales antes citados,

publicados en el "Boletín Oficial del Estado" antes del

último día del tercer mes natural anterior al inicio

del período de revisión, sea anual o semestral,

siguiente, lo fueron el día 22 de julio de 1998 de

los porcentajes siguientes: a) Rendimiento interno

en el mercado secundario de la Deuda Pública entre

dos y seis años (Deuda Pública), del 4,547 por 100,

y b) Tipo interbancario a un año (MIBOR), del

4,191 por 100, y tomando de entre éstos el que

corresponda, con adición del diferencial pertinente,

resulta el tipo de interés nominal anual aplicable

para el próximo período de revisión anual o

semestral, en su caso.

Barcelona, 30 de julio de 1998.-El Director

general adjunto ejecutivo, Antonio Brufau

Niubó.-41.973-*

MIDLAND BANK PLC,

SUCURSAL EN ESPAÑA

Sustitución de entidad depositaria

De conformidad con lo dispuesto en los artículos

35.2 y 57.6 del Real Decreto 1393/1990, de 2 de

noviembre, por el que se aprueba el Reglamento

de la Ley 46/1984, de 26 de diciembre, reguladora

de las Instituciones de Inversión Colectiva, se hace

público, a los efectos legales oportunos, la

sustitución de "Midland Bank PLC, Sucursal en España",

por el "Banco Santander de Negocios, Sociedad

Anónima", como entidad depositaria de los fondos

de inversión "Fondejecutivos FIM" y "Ejecutivos

Plus FIM", gestionados por "Renta 4 Gestora,

SGIIC, Sociedad Anónima". Esta modificación

concede al partícipe el derecho a reembolsar sus

participaciones, sin deducción de comisión de

reembolso ni gasto alguno, por el valor liquidativo que

corresponda a la fecha de inscripción de las

modificaciones en el Registro Administrativo de la

Comisión Nacional del Mercado de Valores. Al objeto

de recoger dicha modificación, serán también

modificados los Reglamentos de Gestión de los citados

Fondos, con la preceptiva autorización

administrativa, en su caso.

Madrid, 29 de julio de 1998.-"Renta 4 Gestora,

SGIIC, Sociedad Anónima".-42.003.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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