MINISTERIO DE FOMENTO
Subdirección General
de Construcción de Infraestructuras
Ferroviarias
1. ª Jefatura de Construcción
Resolución por la que se abre información pública,
a los efectos de expropiación, y se señala fecha para
el levantamiento de las actas previas a la ocupación
de los bienes y derechos afectados por las obras
"Línea León-Gijón, tramo León-La Robla, obras
complementarias para doble vía". Término
municipal de La Robla (León)
El citado proyecto está incluido en la normativa
de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación
de los Transportes Terrestres, siendo por tanto
aplicable al mismo su artículo 153 y en los concordantes
del Reglamento para su aplicación de 26 de abril
de 1957. En virtud y a los efectos señalados en
el capítulo II, título II de la citada Ley de
Expropiación y en los concordantes a su Reglamento,
Esta Jefatura ha resuelto abrir información
pública, a los efectos de expropiación, durante el plazo
de quince días, computados en la forma establecida
en la primera consecuencia del artículo 17 del
Reglamento de 26 de abril de 1957, para que los
propietarios figurados en la relación que se encuentra
expuesta al público en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de La Robla y todas las demás
personas o entidades que se estimen afectadas por las
obras puedan formular por escrito, ante esta
Jefatura, las alegaciones que consideren oportunas, a
los solos efectos de subsanar posibles errores en
dicha relación, de acuerdo con lo previsto en la
Ley de Expropiación Forzosa y en el artículo 56.2
del Reglamento para su aplicación.
Asimismo, ha resuelto fijar los días y horas que
a continuación se detallan, para proceder al
levantamiento de las actas previas a la ocupación de
los bienes y derechos afectados.
Término municipal de La Robla: Día 23 de junio
de 1998, a partir de las diez treinta horas.
Dicho trámite será iniciado en el Ayuntamiento
de La Robla, el día y hora previstos, donde estará
a disposición de los propietarios afectados el plano
general de expropiación y la relación de propietarios.
La fecha para el levantamiento del acta previa
a la ocupación será previa y debidamente notificada
a los interesados, los cuales deberán comparecer
con los documentos que acrediten su personalidad
y titularidad de los bienes y derechos afectados,
y, en su caso, de no hacerlo personalmente, su
representante estará debidamente apoderado al efecto.
Madrid, 23 de abril de 1998.-El Ingeniero Jefe,
Fernando Moral Medina.-23.508-E.
Relación que se cita
Término municipal de La Robla (León)
Núcleo: La Robla.
Parcela: Número 46.130.
Referencia catastral: 4613001TN8441N0001KM.
Titular: "Unión Eléctrica Fenosa, Sociedad
Anónima".
Clase de finca: Urbana.
Domicilio propietario: Capitán Haya, 53, Madrid.
Superficie a expropiar: 150 metros cuadrados.
MINISTERIO
DE MEDIO AMBIENTE
Confederaciones Hidrográficas
GUADIANA
Advertida errata en la inserción del anuncio de
notificación de requerimientos efectuados en
expedientes sancionadores incoados por infracción a la
Ley de Aguas, publicado en el "Boletín Oficial del
Estado" número 108, de fecha 6 de mayo de 1998,
página 7253, se transcribe a continuación la
oportuna rectificación:
En la relación de expedientes, al principio, donde
dice: "Número de expediente: ES-1267/93. Término
municipal: Badajoz. Interesada: Doña Carmen
Royano Sánchez. Resolución: 23 de mayo de 1994.
Determinación: Acondicionar zona"; debe decir:
"Número de expediente: ES-0656/91. Término
municipal: Badajoz. Interesado: Don Manuel
Antonio Vázquez. Resolución: 7 de febrero de 1995.
Determinación: Legalizar muro".-23.273-E CO.
AGENCIA DE PROTECCIÓN
DE DATOS
Resolución por la que se resuelve el procedimiento
sancionador PS/00147/1997
No habiendo encontrado a la entidad Publirega,
en el domicilio: Calle Juan Esplandiú, 9, portal D,
12 B, 28007 Madrid, se le hace saber por la presente
notificación que en fecha 20 de abril de 1998, por
el Director de la Agencia de Protección de Datos
se ha dictado la resolución R/00112/1998.
1. Antecedentes de hecho
Primero.-Mediante Acuerdo de fecha 22 de
octubre de 1997, del Director de la Agencia de
Protección de Datos, se inicia de oficio el presente
procedimiento sancionador a la entidad "Publirega,
Sociedad Anónima" en base a los siguientes hechos
imputados.
Con fecha 13 de enero de 1997 se produce la
inspección I/004/97 a "Publirega, Sociedad
Anónima", en el acta que se levanta en dicha inspección
se constata la existencia de ficheros automatizados
conteniendo datos de carácter personal y se informa
a la empresa del deber que tiene de inscribir dichos
ficheros. Con fechas de 18 de abril, 9 de mayo
y 12 de agosto del presente, la Agencia de Protección
de Datos requiere de nuevo a "Publirega, Sociedad
Anónima" para que proceda a notificar los ficheros
automatizados que requiere de nuevo a "Publirega,
Sociedad Anónima" para que proceda a notificar
los ficheros automatizados que contengan datos de
carácter personal. Ninguno de los requerimientos
han sido contestados, ni tampoco se ha procedido
a inscribir los ficheros en el Registro General de
Protección de Datos.
Lo cual podría suponer infracción del artículo 24
de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de
regulación del tratamiento automatizado de los datos
de carácter personal, tipificada como leve en el
artículo 43.2 d) de dicha norma, y pudiendo ser
sancionada con multa de 100.000 pesetas a 10.000.000
de pesetas, de acuerdo con el artículo 44.1,
otorgándole un plazo de quince días hábiles para que
formule las alegaciones y proponga las pruebas que
considere convenientes en defensa de su derecho,
de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 18.3
del Real Decreto 1332/1994, de 20 de junio, así
como la posibilidad de reconocer voluntariamente
su responsabilidad a los efectos previstos en el
artículo 8 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto,
por el que se aprueba el Reglamento de
Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.
Segundo.-Ante la devolución de la notificación
del Acuerdo de Apertura por parte del Servicio de
Correos, se volvió a practicar una segunda
notificación, con fecha 3 de noviembre de 1997, que
resultó igualmente infructuosa, ante lo cual se
remitió el Acuerdo de Apertura para su notificación
excepcional tanto al Ayuntamiento de Madrid, como
al "Boletín Oficial del Estado", el día 17 de
noviembre de 1997.
Tercero.-Con fecha 18 de diciembre de 1997,
se inició un período de práctica de pruebas, con
los resultados que obran en el expediente,
transcurrido el cual se dio audiencia a "Publirega,
Sociedad Anónima", siendo igualmente devuelto por el
Servicio de Correos con la anotación "se ausentaron
sin dejar nueva dirección".
Cuarto.-Con fecha 18 de febrero de 1998, se
dicta propuesta de resolución en el sentido de que
por el Director de la Agencia de Protección de
Datos se sancione a la entidad "Publirega, Sociedad
Anónima" con una multa de 100.000 pesetas, por
no inscribir los ficheros automatizados con datos
de carácter personal de que es responsable en el
Registro General de la Agencia, lo que supone una
infracción del artículo 24 de la Ley Orgánica 5/1992,
de 29 de octubre, de regulación del tratamiento
de los datos de carácter personal, tipificada como
leve en el artículo 43.2.d) de dicha norma. Con
fecha 23 de febrero de 1998, se oficia al "Boletín
Oficial del Estado" y al Ayuntamiento de Madrid,
a fin de que sea notificado de acuerdo con lo
establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. Con fecha 7 de marzo de 1998,
se publica en el "Boletín Oficial del Estado" la
propuesta de resolución. Con fecha 24 de marzo de
1998, el Ayuntamiento de Madrid comunica que
la propuesta de resolución ha estado expuesta en
el tablón de edictos de la Primera Casa Consistorial
desde el día 26 de febrero al 16 de marzo de 1998,
ambos inclusive.
Hechos probados
Primero.-Ha quedado acreditado a lo largo de
la tramitación del presente procedimiento que la
entidad "Publirega, Sociedad Anónima" dispone de
ficheros con datos de carácter personal que no ha
procedido a inscribir en el Registro General de
Protección de Datos.
Segundo.-La entidad "Publirega, Sociedad
Anónima" no ha podido ser localizada durante la
tramitación del presente procedimiento sancionador.
A estos hechos son de aplicación los siguientes:
Fundamentos de Derecho
I
Es competente para resolver el Director de la
Agencia de Protección de Datos de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 36.g) en relación
con el artículo 35 de la Ley Orgánica 5/1992, de
29 de octubre, de Regulación del Tratamiento
Automatizado de Datos de carácter personal.
II
El procedimiento se ha tramitado conforme a lo
establecido en el Real Decreto 1332/1994, de 20
de junio, por el que se desarrollan determinados
aspectos de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de
octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado
de Datos de carácter personal, en el que se regula
en los artículos 18 y siguientes el procedimiento
sancionador previsto en los artículos 47 y siguientes
de la citada Ley Orgánica.
III
A tenor de lo dispuesto en el artículo 3,
apartado a), de la citada Ley Orgánica y en el artículo 1,
apartado 4, del Real Decreto 1332/1994, de 20
de junio, por el que se desarrollan determinados
aspectos de dicha Ley Orgánica, se consideran datos
de carácter personal toda información numérica,
alfabética, gráfica, fotográfica, acústica o de
cualquier otro tipo, susceptible de recogida, registro,
tratamiento o transmisión concerniente a una
persona física identificada o identificable.
IV
Asimismo, se considera fichero automatizado a
todo conjunto organizado de datos de carácter
personal que sean objeto de un tratamiento
automatizado, cualquiera que fuere la forma o modalidad
de su creación, almacenamiento, organización o
acceso, según dispone el apartado b), del artículo
3, de la Ley Orgánica 5/1992.
V
El artículo 24 de la Ley Orgánica 5/1992, de
29 de octubre, de regulación del tratamiento
automatizado de datos de carácter personal, dispone:
"1. Toda persona o entidad que proceda a la
creación de ficheros automatizados de datos de
carácter personal lo notificará previamente a la
Agencia de Protección de Datos.
2. Por vía reglamentaria se procederá a la
regulación detallada de los distintos extremos que debe
contener la notificación, entre los cuales figurarán
necesariamente el responsable del fichero, la
finalidad del mismo, su ubicación, el tipo de datos de
carácter personal que contiene, las medidas de
seguridad y las cesiones de datos de carácter personal
que se prevean realizar.
3. Deberán comunicarse a la Agencia de
Protección de Datos los cambios que se produzcan
en la finalidad del fichero automatizado, en su
responsable y en la dirección de su ubicación.
4. El Registro General de Protección de Datos
inscribirá el fichero automatizado si la notificación
se ajusta a los requisitos exigibles.
En caso contrario, podrá pedir que se completen
los datos que falten o se proceda a la subsanación.
5. Transcurrido un mes desde la presentación
de la solicitud de inscripción sin que la Agencia
de Protección de Datos hubiera resuelto sobre la
misma, se entenderá inscrito el fichero automatizado
a todos los efectos."
VI
El artículo 6 del Real Decreto 1332/1995, por
el que se desarrollan determinados aspectos de la
Ley Orgánica 5/1992, establece que la persona o
entidad que pretenda crear un fichero de datos de
carácter personal lo notificará previamente a la
Agencia de Protección de Datos mediante escrito
o soporte informático en el modelo normalizado
que al efecto elabore la Agencia, en el que se
especificarán los siguientes extremos:
a) Nombre, denominación o razón social,
documento nacional de identidad o código de
identificación fiscal, dirección y actividad u objeto social
del responsable del fichero.
b) Ubicación del fichero.
c) Identificación de los datos que se pretendan
tratar, individualizando los supuestos de datos
especialmente protegidos.
d) Dirección de la oficina o dependencia en
la cual puedan ejercerse los derechos de acceso,
rectificación y cancelación.
e) Origen o procedencia de los datos.
f) Finalidad del fichero.
g) Cesiones de datos previstas.
h) Transferencias temporales o definitivas que
se prevean realizar a otros países, con expresión
de los mismos.
i) Destinatarios o usuarios previstos para las
concesiones o transferencias.
j) Sistemas de tratamiento automatizado que se
vayan a utilizar.
k) Medidas de seguridad.
VII
El artículo 43.2.d) de la Ley Orgánica 5/1992,
dispone que constituye infracción leve cualquiera
otra que afecte a cuestiones meramente formales
o documentales y que no constituye infracción grave
o muy grave.
En el presente caso, ha quedado acreditado que
la entidad "Publirega, Sociedad Anónima" dispone
de ficheros con datos de carácter personal que no
ha procedido a inscribir en el Registro General de
Protección de Datos, ficheros cuya existencia ha
sido constatada por esta Agencia de Protección de
Datos durante el transcurso de la Inspección
número I/004/97, de fecha 13 de enero de 1997, en
los locales de "Publirega, Sociedad Anónima"
(documentos 2 a 4 del expediente) y que no han sido
inscritos, según acredita la Subdirección General
del Registro General de esta Agencia, mediante
certificado expedido el 14 de enero de 1998
(documento 44, recabado durante la fase de pruebas).
Por ello, debe concluirse que la entidad "Publirega,
Sociedad Anónima" ha cometido la infracción
descrita en el artículo 24 de la LORTAD, tipificada
en su artículo 43.2.d).
VIII
El artículo 44.1 de la Ley Orgánica 5/1992, señala
que "las infracciones leves serán sancionadas con
multa de 100.000 a 10.000.000 de pesetas".
En este caso, atendiendo fundamentalmente a la
naturaleza de los derechos personales afectados y
a los perjuicios producidos en relación con la
graduación de la sanción y al volumen de los
tratamientos efectuados, a los beneficios obtenidos, el
grado de intencionalidadyalareincidencia,
conforme a lo previsto en el artículo 44.4 de la Ley
Orgánica 5/1992, se impone la sanción en su cuantía
mínima.
Vistos los preceptos citados y demás de general
aplicación.
El Director de la Agencia de Protección de Datos,
resuelve imponer a la entidad "Publirega, Sociedad
Anónima", por una infracción del artículo 24,
tipificada como leve en el artículo 43.2.d) de la Ley
Orgánica 5/1992, de Regulación del Tratamiento
Automatizado de Datos de carácter personal, una
multa de 100.000 pesetas, de conformidad con el
artículo 44.1 de la citada Ley Orgánica.
Firmado en Madrid a 20 de abril de 1998.-El
Director de la Agencia de Protección de Datos,
Juan Manuel Fernández López.
Mediante este documento, se notifica a Publirega
la presente resolución, según lo exigido en el artículo
59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra dicha resolución, que pone fin a la vía
administrativa (artículo 47.2 de la Ley Orgánica
5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del
Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter
Personal), el interesado puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de
Justicia de Madrid con arreglo a lo dispuesto en
el artículo 74 de la Ley 6/1985, de 1 de julio, del
Poder Judicial y 57 de la Ley 38/1988, de 28 de
diciembre, de Demarcación y Planta Judicial, en
el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente
a la notificación de este acto, previa comunicación
a la Agencia de Protección de Datos de su
interposición, de conformidad con el artículo 110.3 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 24 de abril de 1998.-El Director de la
Agencia, Juan Manuel Fernández López.-23.482-E.
Acuerdo por el cual se inicia procedimiento
sancionador PS/00030/1998
Acuerdo de fecha 16 de marzo de 1998 por el
cual se inicia procedimiento sancionador a la
empresa "Deusto Motor, Sociedad Anónima", en base
a la denuncia formulada por don Jesús Galeano
Domínguez, con fecha de entrada en esta Agencia
de Protección de Datos de 18 de junio de 1997,
en la que se pone de manifiesto hechos que pudieran
ser constitutivos de infracción de carácter grave a
la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de
Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos
de Carácter Personal.
Primero.-Iniciar procedimiento sancionador con
arreglo a lo dispuesto en el artículo 18.1 del Real
Decreto 1332/1994, de 20 de junio, por el que
se desarrollan determinados aspectos de la Ley
Orgánica 5/1992, en base a los siguientes hechos
imputados:
Con fecha 20 de octubre y 10 de diciembre de
1997 se remitió requerimientos de información a
"Deusto Motor, Sociedad Anónima".
Las recepciones de dichos requerimientos fueron
firmadas en fechas 23 de octubre y 30 de diciembre
de 1997, respectivamente, sin haber recibido
contestación, hasta la fecha, de la citada empresa.
Este hecho podría suponer una infracción del
artículo 39 de la Ley Orgánica 5/1992, en el que
se establece que la Agencia de Protección de Datos
podrá solicitar la exhibición o el envío de
documentos y datos, infracción tipificada como grave
en su artículo 43.3.i), y que podrá ser sancionada
con multa de 10.000.001 pesetas a 50.000.000 de
pesetas, de acuerdo con el artículo 44.2 de la citada
norma.
Por todo lo anterior, se les otorga un plazo de
quince días hábiles, para que formulen las
alegaciones y propongan las pruebas que consideren
convenientes en defensa de sus derechos, de acuerdo
con lo preceptuado en el artículo 18.3 del Real
Decreto 1332/1994, de 20 de junio, así como se
les comunica la posibilidad de reconocer
voluntariamente su responsabilidad, a los efectos previstos
en el artículo 8 del Real Decreto 1398/1993, de
4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento
del procedimiento para el ejercicio de la potestad
sancionadora.
Segundo.-Nombrar como Instructor a don Carlos
Garrido Falla, y como Secretaria a doña Isabel
Navarro Alonso, que podrán ser recusados,
conforme a lo establecido en el artículo 29 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, y de acuerdo
con lo establecido en el artículo 18.1 del Real
Decreto 1332/1994, de 20 de junio.
Tercero.-Notificar que la competencia para
resolver el presente procedimiento sancionador viene
atribuida al Director de la Agencia de Protección
de Datos, de conformidad con lo establecido en
el artículo 36, apartado g), en relación con el artículo
35 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre,
de Regulación del Tratamiento Automatizado de
los Datos de Carácter Personal.
Lo que le comunico a los efectos legales
oportunos.
Madrid, 16 de marzo de 1998.-El Director, Juan
Manuel Fernández López.-23.481-E.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CATALUÑA
Departamento de Política
Territorial y Obras Públicas
Instituto Catalán del Suelo
Resolución por la que se fijan los días para la
redacción de las actas previas y las de ocupación de los
bienes y derechos afectados por el Plan Especial
de Reforma Interior "El Polvorí", de Barcelona
Aprobada la ocupación urgente de los bienes y
derechos afectados por la ejecución del Plan
Especial de Reforma Interior "El Polvorí", de Barcelona,
por acuerdo del Gobierno de la Generalidad de
Cataluña, de fecha 28 de abril de 1998 ("Diario
Oficial de la Generalidad de Cataluña"
número 2.633 de 6 de mayo de 1998) y de conformidad
con lo establecido en el artículo 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954
y concordantes de su Reglamento, resuelvo:
Primero.-Fijar el día 20 de mayo de 1998, a
partir de las diez horas, para la redacción de las
actas previas a la ocupación de los bienes y derechos
que figuran en la relación anexa, en la sede de la
Oficina de Gestión de Remodelación de barrios del
Instituto Catalán del Suelo (calle Almansa, 43-45,
bajos, Barcelona).
Segundo.-Fijar el día 22 de mayo de 1998, a
partir de las diez horas, en la citada sede, para
la redacción de las actas de ocupación de los bienes
y derechos afectados.
Tercero.-Convocar a estos actos a los titulares
de bienes y derechos afectados, los cuales pueden
asistir personalmente o mediante representante
debidamente autorizado, que aporta la documentación
acreditativa de su titularidad, pudiendo ser
acompañados, a su cargo, por Peritos o Notario.
Barcelona, 6 de mayo de 1998.-El Gerente,
Antonio Paradell i Ferrer.-24.622.
Anexo
Titular: Don Manuel Contreras Fresneda.
Dirección: Calle Sant Antoni Ma. Claret, 207, Barcelona.
Derecho: Arrendamiento. Finca afectada: Calle
Nerbión, 103, bajos primera. Datos registrales: Registro
de la Propiedad, número 17, tomo 1.940, libro 134,
sección segunda B, folio 111, finca 6.835 (antes
8.182), inscripción primera. (Ref. B13).
Titular: Don Vicente Navarro González.
Dirección: Aeropuerto Reina Sofía, Tenerife. Derecho
afectado: Arrendamiento. Finca afectada: Calle
Nerbión, 104, bajos segunda. Datos registrales: Registro
de la Propiedad, número 17, tomo 1.940, libro 134,
sección segunda B, folio 111, finca 6.835 (antes
8.182), inscripción primera. (Ref. B13).
Titular: Don Joaquín Aguilar Aparici. Dirección:
Calle Nerbión, 27, primero, primera. Derecho
afectado: Arrendamiento. Finca afectada: Calle Nerbión,
27, primero, primera. Datos registrales: Registro de
la Propiedad, número 17, tomo 1.940, libro 134,
sección segunda B, folio 111, finca 6.835 (antes
8.182), inscripción primera. (Ref. B15).
Titular: Don Valeriano Barrera Rodríguez.
Dirección: Calle Duquesa, 15, Granada. Derecho
afectado: Arrendamiento. Finca afectada: Calle
Guadalete, 45, primero, segunda. Datos registrales:
Registro de la Propiedad, número 17, tomo 1.940,
libro 134, sección segunda B, folio 114, finca 6.837
(antes 8.183), inscripción primera. (Ref. B25).
Titular: Don Miguel Romero Montilla. Dirección:
Calle Carmen, 72, segundo, segunda, Sant Adrià
de Besòs. Derecho afectado: Arrendamiento. Finca
afectada: Calle Guadalquivir, 5, segundo, segunda,
Barcelona. Datos registrales: Registro de la
Propiedad, número 17, tomo 1.940, libro 134, sección
segunda B, folio 114, finca 6.837 (antes 8.183),
inscripción primera. (Ref. B26).
Titular: Don Eduardo José García Andrés.
Dirección: Gran Vía de Les Corts Catalanes, 162,
escalera C, primero, tercera, Barcelona. Derecho
afectado: Arrendamiento. Finca afectada: Calle
Guadalquivir, 3, primero, segunda, Barcelona. Datos
registrales: Registro de la Propiedad, número 17,
tomo 1.940, libro 134, sección segunda B, folio 114,
finca 6.837 (antes 8.183), inscripción primera. (Ref.
B26).
Titular: Don Eduardo Oliveros Escarlante.
Dirección: Calle Extremadura, 56, primero izquierda,
Sevilla. Derecho afectado: Arrendamiento. Finca
afectada: Calle Guadalete, 47, segundo, cuarta,
Barcelona. Datos registrales: Registro de la Propiedad,
número 17, tomo 1.940, libro 134, sección
segunda B, folio 114, finca 6.837 (antes 8.183),
inscripción primera. (Ref. B25).
Titular: Don Francisco Braza Silva. Dirección:
Calle Guadalete, 38, bajos primera, Barcelona.
Derecho afectado: Arrendamiento. Finca afectada: Calle
Guadalete, 38, bajos primera, Barcelona. Datos
registrales: Registro de la Propiedad, número 17,
tomo 1.940, libro 134, sección segunda B, folio 114,
finca 6.837 (antes 8.183), inscripción primera. (Ref.
B25).
Titular: Don Narciso Fernández Durán.
Dirección: Passatge Prim, 22, noveno, primera, Barcelona.
Derecho afectado: Arrendamiento. Finca afectada:
Calle Guadalquivir, 36, segundo, cuarta, Barcelona.
Datos registrales: Registro de la Propiedad,
número 17, tomo 1.940, libro 134, sección segunda B,
folio 111, finca 6.835 (antes 8.182), inscripción
primera. (Ref. B15).
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE GALICIA
Consejería de Industria y Comercio
Dirección General de Industria
Resolución por la que se somete a información
pública el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal,
la solicitud de autorización, declaración de utilidad
pública en concreto y aprobación del proyecto de
ejecución de las instalaciones del parque eólico San
Xoán
A los efectos previstos en el artículo 25.3 de la
Ley 10/1995, de Ordenación del Territorio de
Galicia; en el artículo 53 de la Ley 54/1997, del Sector
Eléctrico; en el artículo 10 del Decreto 2619/1966,
por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
10/1966, sobre Expropiación Forzosa y Sanciones
en Materia de Instalaciones Eléctricas; en el
artículo 9 del Decreto 2617/1966, sobre autorización de
instalaciones eléctricas; en el artículo 5 del Real
Decreto 2366/1994, sobre producción de energía
eléctrica por instalaciones hidráulicas, de
cogeneración y otras abastecidas por recursos o fuentes
de energía renovables, y en el artículo 13 del
Decreto 205/1995, por el que se regula el
aprovechamiento de la energía eólica en la Comunidad
Autónoma de Galicia, se somete a información pública
el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal,
la solicitud de autorización administrativa,
declaración de utilidad pública en concreto y aprobación
del proyecto de ejecución presentada por "Made
Energías Renovables, Sociedad Anónima", con
domicilio social en paseo de la Castellana, 95, planta
29, 28046 Madrid, para el Parque Eólico San Xoán
con las siguientes características:
Denominación: Parque eólico San Xoán.
Municipios afectados: As Pontes (A Coruña) y
Muras (Lugo).
Situación: Coordenadas poligonales (UTM):
Vértices
Nombre Municipio
XY
San Xoán AsPontes (A 0.598.300 4.816.600
Coruña).
Muras (Lugo). 0.598.300 4.817.900
0.601.000 4.816.300
0.601.000 4.816.000
0.599.300 4.816.200
Características técnicas básicas:
Número de aerogeneradores: 48.
Potencia unitaria: 330 kW.
Potencia total instalada: 15,8 MW.
Centros de transformación: 0,69/20 kV.
Generadores: Asícronos.
Aparellaje de protección, telemando, control,
señalización y medida.
Subestación de 20/132 kV.
Producción neta anual estimada: 44.906 MWh/
año.
Inversión total: 2.084.000.000 de pesetas.
Lo que hace público para conocimiento general
y, especialmente, de los propietarios y demás
titulares afectados que no hayan llegado a acuerdo con
la empresa promotora del proyecto, cuya relación
se inserta en el anexo de esta Resolución, así como
las personas que, siendo titulares de derechos reales
o intereses económicos sobre los bienes afectados,
fueren omitidas, para que puedan examinar el
expediente en el que constan las características y
afecciones derivadas del proyecto en la Dirección
General de Industria, situada en el edificio administrativo
"San Caetano", bloque número 5, cuarta planta,
15771 Santiago de Compostela, y presentar las
alegaciones oportunas en el plazo de treinta días
contados a partir de la última publicación de esta
Resolución.
Esta publicación se realiza igualmente a los efectos
del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, cuando los titulares de las fincas
propuestas sean desconocidos o se ignore el lugar
de notificación, y así dirigir al Ministerio Fiscal las
diligencias que se produzcan de éstos, de
conformidad con el artículo 5. º de la Ley de Expropiación
Forzosa de 16 de diciembre de 1955.
Santiago de Compostela, 14 de abril de 1998.-El
Director general, Joaquín del Moral
Crespo.-23.126.
Finca
Propietario Domicilio
núm.
1 Hros. Hermina Paraños Paraños.27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
2 Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
3 Ricardo Paraños Rivera. Cuba.
Rte.: Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
4 Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
5 Hros. Herminia Paraños Paraños.27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
6 Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
7 Ricardo Paraños Rivera. Cuba.
Rte.: Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
8 Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
9 Hros. Amalia Iglesias López. 27836 O
Carregal-MuRte.: José Tojeiro Pita. ras (Lugo).
13 María Otero Otero e hijos. O Carregal-Fraga27836
cha (Lugo).
14 Hros. Herminia Paraños Paraños.27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
15 Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
16 Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
17 Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
18 Ricardo Paraños Rivera. Cuba.
Rte.: Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
19 Hros. Herminia Paraños Paraños.27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
20 Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
21 "Suelos y Superficies, Sociedad Menéndez Pelayo, 1,
Limitada". 15005 A Coruña.
Teléfono 12 12 84.
22 María Otero Otero e hijos. O Carregal-Mu27836
ras (Lugo).
23 Hros. Herminia Paraños Paraños.27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
24 Hros. Herminia Paraños Paraños.27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
25 Hros. Herminia Paraños Paraños.27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
26 Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
Anexo
Parque eólico San Xoán
Relación de bienes que es necesario ocupar
Superficie
- Paraje Clasificación Linderos
Hectáreas
Término municipal de Muras, provincia de Lugo
0,2410 As Lousas. bajo. Monte Norte, Francisco Rodríguez Cabaleiro; sur,
0,0710Pena da Lebre y Monte bajo. Norte, arroyo; sur, pista "As Pandas"; este,
Armada.
0,0400 Chao da Armada. Monte bajo. Norte, resto finca; sur, pista "As Pandas";
0,0325 Chao da Armada. Monte bajo. Norte, resto finca; sur, pista "As Pandas";
0,0350 Chao da Armada. Monte bajo. Norte, resto finca; sur, pista "As Pandas";
0,0375 Chao da Armada. Monte bajo. Norte, resto finca; sur, pista "As Pandas";
0,0500 Fonte Armada. Monte bajo. Norte, resto finca; sur, pista "As Pandas";
0,0300 Fonte Armada. Monte bajo. Norte, resto finca; sur, pista "As Pandas";
0,3000 Armada. bajo. Monte Norte, Ricardo Paraños Rivera y otros; sur,
0,1000 Fonte Barrosa. bajo. Monte Norte, Heriberto Pita Arias; sur, resto finca;
0,0015 Fonte Armada. Monte bajo. Norte, resto finca; sur, herederos Antonio
0,0676 Fonte Armada. Monte bajo. Norte, resto finca; sur, herederos Daniel
Pena do Teixo.
0,0395 Fonte Armada. Monte bajo. Norte, resto finca; sur, María Otero Otero
Pena do Teixo.
0,0462 Fonte Armada. Monte bajo. Norte, resto finca; sur, María Otero Otero
Pena do Teixo.
0,0468 Fonte da Armada. Monte bajo. Norte, resto finca; sur, "Suelos y Superficies,
Pena do Teixo.
0,0532 Fonte da Armada. Monte bajo. Norte, resto finca; sur, "Suelos y Superficies,
0,0684 Fonte da Armada. Monte bajo. Norte, resto finca y otros; sur, "Suelos y
Pena do Teixo.
0,1608 Fonte Barrosa. bajo. Monte Norte, herederos Herminia Paraños Paraños
0,0270 Fonte Barrosa. bajo. Monte Norte, Ricardo Paraños Rivera y otros; sur,
0,0720 Fonte da Armada. Monte bajo. Norte, resto finca; sur, "Suelos y Superficies,
Pena do Teixo.
0,0720 Fonte da Armada. Monte bajo. Norte, resto finca; sur, "Suelos y Superficies,
Pena do Teixo.
0,0800 Fonte da Armada. Monte bajo. Norte, resto finca; sur, "Suelos y Superficies,
Pena do Teixo.
0,0756 Pena do Teixo. bajo. Monte Norte, resto finca; sur, "Suelos y Superficies,
arroyo; este, resto finca, y oeste, resto
finca.
pista "As Pandas", y oeste, resto finca.
este, Heriberto Pita Arias, y oeste, resto
finca.
este, Ricardo Paraños Rivera, y oeste,
herederos Herminia Paraños Paraños.
este, Heriberto Pita Arias, y oeste,
Heriberto Pita Arias.
este, Heriberto Pita Arias, y oeste,
Ricardo Paraños Rivera.
este, Heriberto Pita Arias, y oeste,
Heriberto Pita Arias.
este, herederos Herminia Paraños
Paraños, y oeste, Ricardo Paraños Rivera.
resto finca; este, resto finca, y oeste,
herederos Antonio Otero Otero.
este, herederos Daniel Rouco Bellas, y
oeste, "Suelos y Superficies, Sociedad
Limitada".
Otero Otero y otros; este, Heriberto Pita
Arias, y oeste, Heriberto Pita Arias.
Rouco Bellas; este, herederos Herminia
Paraños Paraños, y oeste, más del mismo.
y otros; este, más del mismo, y oeste,
más del mismo.
y otros; este, más del mismo, y oeste,
Ricardo Paraños Rivera.
Sociedad Limitada"; este, Heriberto Pita
Arias, y oeste, herederos Herminia
Paraños Paraños.
Sociedad Limitada"; este, Ricardo
Paraños Rivera, y oeste, Heriberto Pita Arias.
Superficies, Sociedad Limitada"; este,
herederos Herminia Paraños Paraños, y
oeste, herederos Herminia Paraños
Paraños.
y otros; sur, resto finca; este, María Otero
Otero y otros, y oeste, María Otero Otero
y otros.
resto finca; este, "Suelos y Superficies,
Sociedad Limitada", y oeste, "Suelos y
Superficies, Sociedad Limitada".
Sociedad Limitada"; este, Heriberto Pita
Arias, y oeste, más del mismo.
Sociedad Limitada"; este, herederos
Herminia Paraños Paraños, y oeste, más del
mismo.
Sociedad Limitada"; este, más del mismo,
y oeste, Heriberto Pita Arias.
Sociedad Limitada"; este, herederos
Herminia Paraños Paraños, y oeste, más del
mismo.
Finca
Propietario Domicilio
núm.
27 Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
28 Ricardo Paraños Rivera. Cuba.
Rte.: Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
29 Ricardo Paraños Rivera. Cuba.
Rte.: Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
Hros. Herminia Paraños Paraños. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
30 "Suelos y Superficies, Sociedad Menéndez Pelayo, 1,
Limitada". 15005 A Coruña.
Teléfono 12 12 84.
31 Hros. Herminia Paraños Paraños.27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
32 Ricardo Paraños Rivera. Cuba.
Rte.: Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
33 Hros. Herminia Paraños Paraños.27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
34 Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
35 Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
36 Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
37 Hros. Herminia Paraños Paraños.27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
38 Hros. Herminia Paraños Paraños.27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
39 Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
40 Ricardo Paraños Rivera. Cuba.
Rte.: Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
Hros. Herminia Paraños Paraños. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
41 Hros. Herminia Paraños Paraños.27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
42 María Otero Otero e hijos. O Carregal, 27836
Fragacha-Muras (Lugo).
43 "Suelos y Superficies, Sociedad Menéndez Pelayo, 1,
Limitada". 15005 A Coruña.
Teléfono 12 12 84.
44 María Otero Otero e hijos. O Carregal, 27836
Fragacha-Muras (Lugo).
45 "Insoja, Sociedad Limitada". Payo Gómez, 1, 3.
15004 A Coruña.
Teléfono 22 23 96.
46 Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
47 Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
48 Ricardo Paraños Rivera. Cuba.
Rte.: Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
49 Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
50 Hros. Herminia Paraños Paraños.27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
51 Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
Superficie
- Paraje Clasificación Linderos
Hectáreas
0,0714 Pena do Teixo. bajo. Monte Norte, resto finca; sur, "Suelos y Superficies,
0,0968 Pena do Teixo. bajo. Monte Norte, resto finca; sur, María Otero Otero;
0,4794 Pena do Teixo. bajo. Monte Norte, resto finca; sur, "Suelos y Superficies,
0,1080 Fonte Barrosa. bajo. Monte Norte, herederos Herminia Paraños
Para0,1352 Pena do Teixo. Monte bajo. Norte, resto finca; sur, "Suelos y Superficies,
Couce Morao.
0,1400 Pena do Teixo. Monte bajo. Norte, resto finca; sur, resto finca; este,
hereCouce Morao.
0,1100 Pena do Teixo. Monte bajo. Norte, resto finca; sur, resto finca; este,
Couce Morao.
0,1754 Couce Morao. Monte bajo. Norte, resto finca; sur, resto finca; este,
herePena do Teixo.
0,1300 Couce Morao. Monte bajo. Norte, resto finca; sur, resto finca; este, más
Pena do Teixo.
0,1200 Couce Morao. bajo. Monte Norte, resto finca; sur, resto finca; este, más
0,0600 Couce Morao. bajo. Monte Norte, resto finca; sur, resto finca; este,
Heri0,0600 Couce Morao. bajo. Monte Norte, resto finca; sur, resto finca; este, más
0,0700 Couce Morao. bajo. Monte Norte, resto finca; sur, resto finca; este,
here0,3400 Couce Morao. bajo. Monte Norte, resto finca; sur, resto finca; este,
Heri0,0840 Couce Morao. Monte bajo. Norte, resto finca; sur, resto finca; este, resto
Fonte da Galiña.
0,0710 Fonte Barrosa. bajo. Monte Norte, resto finca y camino; sur, resto finca;
0,5800 Fonte Barrosa. bajo. Monte Norte, resto finca; sur, resto finca; este,
0,4000 Fonte Barrosa. bajo. Monte Norte, resto finca; sur, resto finca; este,
"Sueº , 0,9600 Fragacha de Abaixo. Pastizal. Norte, resto finca; sur, resto finca; este,
0,1000 Serrón Grande. Monte bajo. Norte, más del mismo; sur, Camino; este,
0,0500 Serrón Grande. Monte bajo. Norte, Ricardo Paraños Rivera; sur,
Heri0,0480 Serrón Grande. Monte bajo. Norte, Heriberto Pita Arias; sur, Heriberto
0,0440 Serrón Grande. Monte bajo. Norte, herederos Herminia Paraños
Para0,0460 Serrón Grande. Monte bajo. Norte, Heriberto Pita Arias; sur, Heriberto
0,3124 Serrón Grande. Monte bajo. Norte, herederos Herminia Paraños
ParaSociedad Limitada"; este, más del mismo,
y oeste, Ricardo Paraños Rivera.
este, Heriberto Pita Arias, y oeste,
Heriberto Pita Arias. más del mismo. María
Herminia Paraños Paraños.
Sociedad Limitada"; este, Ricardo
Paraños Rivera, y oeste, herederos Herminia
Paraños Paraños.
ños; sur, resto finca; este, María Otero
Otero y otros, y oeste, resto finca.
Sociedad Limitada"; este, Ricardo
Paraños y otros, y oeste, Ricardo Paraños
Rivera.
deros Herminia Paraños Paraños, y oeste,
herederos Herminia Paraños Paraños.
Ricardo Paraños Rivera, y oeste,
Heriberto Pita Arias.
deros Herminia Paraños Paraños, y oeste,
más del mismo.
del mismo, y oeste, más del mismo.
del mismo, y oeste, herederos Herminia
Paraños Paraños.
berto Pita Arias, y oeste, más del mismo.
del mismo, y oeste, Heriberto Pita Arias.
deros Herminia Paraños Paraños, y oeste,
Heriberto Pita Arias y otros.
berto Pita Arias, y oeste, resto finca.
finca, y oeste, resto finca.
este, resto finca, y oeste, "Suelos y
Superficies, Sociedad Limitada".
María Otero Otero y otros, y oeste, María
Otero Otero y otros.
los y Superficies, Sociedad Limitada", y
oeste, "Insoja, Sociedad Limitada".
María Otero Otero y otros, y oeste,
"Suelos y Superficies, Sociedad Limitada".
resto finca, y oeste, resto finca.
berto Pita Arias; este, resto finca, y oeste,
resto finca.
Pita Arias; este, resto finca, y oeste, resto
finca.
ños; sur, Ricardo Paraños Rivera; este,
resto finca, y oeste, resto finca.
Pita Arias; este, resto finca, y oeste, resto
finca.
ños; sur, herederos Herminia Paraños
Paraños; este, resto finca, y oeste, resto
finca.
Finca
Propietario Domicilio
núm.
52 Hros. Herminia Paraños Paraños.27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
53 Ricardo Paraños Rivera. Cuba.
Rte.: Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
54 Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
55 Heriberto Pita Arias. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
Hros. Herminia Paraños Paraños. 27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
56 Hros. Herminia Paraños Paraños.27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
57 Hros. Herminia Paraños Paraños.27836 Abeledo-Muras
(Lugo).
Término municipal de As Pontes, provincia de A Coruña
58 María Ramil Prieto. Sucadio de Arriba,
Hros. Amador Ramil Prieto. 15320 As Pontes (A
Coruña).
59 Hros. Sebastián Pernas Gregorio. Poblado Barreiro, A, 3,
4. º I, 15320 As Pontes
(A Coruña).
60 José Vázquez Suárez. "Los Urbanización
Sauces", Cabañas (A
Coruña). Teléfono
43 13 82.
61 Hros. Andrea Prieto Vilaboy. Cotelo, As Pontes (A
Coruña).
62 Hros. Amador Ramil Prieto. Sucadio de Arriba,
Rte.: Purificación Ramil Prieto. 15320 As Pontes (A
Coruña).
63 José Vázquez Suárez. "Los Urbanización
Sauces", Cabañas (A
Coruña). Teléfono
43 13 82.
64 José Vázquez Suárez. "Los Urbanización
Sauces", Cabañas (A
Coruña). Teléfono
43 13 82.
65 José Vázquez Suárez. "Los Urbanización
Sauces", Cabañas (A
Coruña). Teléfono
43 13 82.
66 "Suelos y Superficies, Sociedad Menéndez Pelayo, 1,
Limitada". 15005 A Coruña.
67 Vicente Castro Bellas. do Campo, Rego 42, 1.
15320 As Pontes (A
Coruña). Teléfono
45 06 79.
68 "Suelos y Superficies, Sociedad Menéndez Pelayo, 1,
Limitada". 15005 A Coruña.
68/1"Suelos y Superficies, Sociedad Menéndez Pelayo, 1,
Limitada". 15005 A Coruña.
69 José Seoane Castro. 15320 Chao-Freixo, As
Pontes (A Coruña).
70 José Vázquez Suárez. "Los Urbanización
Sauces", Cabañas (A
Coruña). Teléfono
43 13 82.
71 Hros. José Seoane Castro. Rúa Fene, 22, 15320 As
Pontes.
Cándida Sueiro Rodríguez. Sucadio, As Pontes.
Hros. Juan Cabaleiro Prieto. P. Magdalena, H-6,
2. º izda, As Pontes.
Hros. José Ramil Prieto. Sucadio, As Pontes.
José Suárez Vázquez. Urbanización "Los
Sauces", Cabañas (A
Coruña). Teléfono
43 13 82.
Superficie
- Paraje Clasificación Linderos
Hectáreas
0,2550 Serrón Grande. Monte bajo. Norte, Ricardo Paraños Rivera; sur,
Heri0,2625 Serrón Grande. Monte bajo. Norte, Heriberto Pita Arias; sur, herederos
0,2530 Serrón Grande. Monte bajo. Norte, herederos Herminia Paraños
Para0,4432 Serrón Grande. Monte bajo. Norte, herederos Herminia Paraños
Para0,5480 Serrón Grande. Monte bajo. Norte, más del mismo; sur, Heriberto Pita
0,2000 Serrón Grande. Monte bajo. Norte, resto finca; sur, más del mismo; este,
0,0040 As Campas. bajo. Monte Norte, resto finca; sur, herederos Sebastián
0,1298 As Campas. bajo. Monte Norte, resto finca; sur, José Vázquez Suárez;
0,1500 As Campas. bajo. Monte Norte, resto finca; sur, resto finca; este,
here0,1100 As Campas. bajo. Monte Norte, José Vázquez Suárez; sur, resto finca;
0,1450 As Campas. bajo. Monte Norte, resto finca; sur, resto finca; este,
here0,1880 As Campas. bajo. Monte Norte, resto finca; sur, resto finca; este,
here0,1152 As Campas. bajo. Monte Norte, resto finca; sur, resto finca; este, más
3,0466 As Campas. bajo. Monte Norte, resto finca; sur, Camino y resto finca;
2,9550 Valiña. Norte, Camino Pastizal. y resto finca; sur, resto finca;
º , 0,5500 Alto de S. Juan. Monte bajo. Norte, José Vázquez Suárez; sur, José
Váz0,1560 Pena Peada. bajo. Monte Norte, José Seoane Castro; sur, José
Váz0,6316 Pena Peada. bajo. Monte Norte, Monte Braña Moura; sur, José
Seoa0,1200 Furada da Neboa. Monte bajo. Norte, "Suelos y Superficies, Sociedad
Limi0,1580 Alto de S. Juan. Monte bajo. Norte, resto finca; sur, Vicente Castro
1,4250 Braña Moura. bajo. Monte Norte, Purificación Ramil Prieto; sur,
"Sueberto Pita Arias; este, resto finca, y oeste,
más del mismo.
Herminia Paraños Paraños; este, resto
finca, y oeste, resto finca.
ños. Heriberto Pita Arias; sur, Ricardo
Paraños Rivera; este, resto finca, y oeste,
resto finca.
ños; sur, Heriberto Pita Arias; este, resto
finca, y oeste, resto finca.
Arias. más del mismo; este, resto finca,
y oeste, resto finca.
resto finca, y oeste, Monte das Campas.
Pernas; este, herederos Herminia Paraños
Paraños, y oeste, herederos Sebastián
Pernas.
este, herederos Herminia Paraños
Paraños, y oeste, José Vázquez Suárez.
deros Sebastián Pernas, y oeste, herederos
Andrea Prieto Vilaboy.
este, José Vázquez Suárez, y oeste,
herederos Amador Ramil Prieto.
deros Andrea Prieto Vilaboy, y oeste, José
Vázquez Suárez.
deros Amador Ramil Prieto, y oeste, más
del mismo.
del mismo, y oeste, resto finca.
este, resto finca, y oeste, resto finca y
camino.
este, "Insoja, Sociedad Limitada", y oeste,
resto finca.
quez Suárez; este, Camino antiguo, y
oeste, resto finca.
quez Suárez; este, resto finca, y oeste,
Camino antiguo.
ne Castro; este, resto finca, y oeste,
Camino antiguo.
tada"; sur, "Suelos y Superficies, Sociedad
Limitada"; este, resto finca, y oeste,
Camino antiguo.
Bellas; este, Camino antiguo, y oeste,
resto finca.
los y Superficies, Sociedad Limitada";
este, resto finca, y oeste, resto finca.
Finca
Propietario Domicilio
núm.
72 Hros. Amador Ramil Prieto. Sucadio de Arriba,
Rte.: Purificación Ramil Prieto. 15320 As Pontes (A
Coruña).
73 Hros. Amador Ramil Prieto. Sucadio de Arriba,
Rte.: Purificación Ramil Prieto. 15320 As Pontes (A
Coruña).
Delegaciones Provinciales
PONTEVEDRA
Acuerdo por el que se somete a información pública
la petición de autorización administrativa, la
declaración de utilidad pública, en concreto, y la necesidad
de urgente ocupación que ello implica de la
instalación eléctrica que se cita (número de expediente
IN407A 98/39-4)
A los efectos prevenidos en el artículo 9 del
Decreto 2617/1966, artículos 52, 53 y 54 de la Ley
54/1997, del sector eléctrico y artículos 10 y 16
del Decreto 2619/1966, se somete a información
pública la petición de autorización, declaración de
utilidad pública, en concreto, y la urgente ocupación
de la instalación eléctrica que se describe:
Solicitante: "Eléctrica de Moscoso, Sociedad
Limitada".
Domicilio social: Avenida José A., 21, A Lama.
Título: Interconexión centro intemperie "A Roca"
y línea alta tensión subterránea Ponte-Caldelas-A
Lama.
Situación: Ponte-Caldelas.
Características técnicas: Línea media tensión
aérea, a 20 kV, de 225 metros de longitud, desde
el centro intemperie "A Roca" hasta la proximidades
del apoyo 16 de la línea alta tensión subterránea
Ponte-Caldelas-A Lama, con conductor LA-180, en
doble circuito uno de entrada de la línea alta tensión
subterránea Ponte-Caldelas-A Lama en el
cenSuperficie
- Paraje Clasificación Linderos
Hectáreas
0,5750 Lagoa. bajo. Norte, Monte más del mismo; sur, Monte Braña
0,3000 Lagoa. bajo. Norte, Monte Monte Veiga da Nata; sur, más del
tro intemperie A Roca" y otro de salida, conductor
LA-110 y conductor RHV en la entrada y salida
de la línea en el centro intemperie "A Roca". La
línea irá sobre apoyos metálicos. Ayuntamiento de
Ponte-Caldelas.
La relación concreta e individualizada de los
bienes o derechos a expropiar figura en el anexo.
Todas aquellas personas o entidades que se
consideren afectadas podrán presentar sus alegaciones
en esta Delegación Provincial, por duplicado, en
el plazo de treinta días a partir de la última
publicación o notificación individual.
Durante dicho período cualquier persona podrá
aportar por escrito los datos oportunos para
rectificar posibles errores en la relación de personas,
bienes y derechos afectados, así como formular las
alegaciones procedentes por razón de lo dispuesto
en los artículos 25 y 26 del Reglamento de la Ley
10/1966 de expropiación forzosa y sanciones en
materia de instalaciones eléctricas.
Pontevedra, 31 de marzo de 1998.-La Delegada
provincial, Carmen Bianchi Valcarce.-21.207.
Relación de propietarios, bienes y derechos
afectados
Interconexión entre centro intemperie de "A Roca"
y línea alta tenseión subterránea. Ponte-Caldelas-A
Lama. Provincia: Pontevedra. Ayuntamiento:
Ponte-Caldelas
Finca número: 1. Paraje: Fonte Barros. Cultivo:
Monte bajo. Propietario: Comunidad de Mon. de
Moura; este, resto finca, y oeste, resto
finca.
mismo; este, resto finca, y oeste, resto
finca.
A Insua. Domicilio: Outeiro da Costa. Insua-P.
Caldelas. Afección: Apoyo números1y2,8metros
cuadrados. Vuelo, L-m: 224,8; 1.730 metros
cuadrados.
UNIVERSIDADES
COMPLUTENSE DE MADRID
Facultad de Derecho
Extravío de título
Habiendo sufrido extravío el título original de
Doctor en Derecho, expedido a favor de doña María
Ángeles Rubia Villa, en 3 de agosto de 1989, se
hace público en este periódico oficial, en
cumplimiento de lo previsto en la Orden de 8 de julio
de 1988 ("Boletín Oficial del Estado" del 13), por
si pudiera presentarse reclamación dentro del plazo
de treinta días a partir de la publicación del presente
anuncio, pues de lo contrario se procederá a la
anulación del referido título, iniciándose los trámites
para la expedición del correspondiente duplicado.
Madrid, 5 de junio de 1997.-La
Secretaría.-23.423.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid