MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Agencia Estatal de Administración
Tributaria
MADRID
Dependencia de Recaudación
Providencia y anuncio de subasta de bienes
inmuebles
De conformidad con lo dispuesto en los artículos
146 y siguientes del Reglamento General de
Recaudación (Real Decreto 1648/1990, de 20 de
diciembre, "Boletín Oficial del Estado" de 3 de enero de
1991), y el artículo 137.1 de la Ley General
Tributaria, se dispone la venta de bienes inmuebles,
dentro del expediente ejecutivo seguido contra la
deudora "Asistencia Urbana, Sociedad Anónima"
(A78494002).
La subasta se celebrará el día 16 de abril de 1998,
a las diez horas, en el salón de actos de la Delegación
de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
en Madrid, calle Guzmán el Bueno, 139.
Bien a enajenar
Descripción registral: Rústica. Finca procedente
de la dehesa de Cáceres el Viejo, en término
municipal de Cáceres (actual avenida Héroes de Saler,
carretera Torrejón el Rubio, C.C. 912, kilómetro
1,750), que ocupa una superficie de 73.721,21
metros cuadrados. Linda: Al norte, lote número 2,
que se adjudica a doña María del Sagrado Corazón
Domínguez López Montenegro; al sur, finca descrita
con el número 3, integrante del PAU, que se adjudica
a doña Casilda Figueroa y Pérez de Guzmán el
Bueno, finca "Mejostilla Chica", urbanización de
La Mejostilla, y fincas descritas con los números
4,5y6,queseadjudican a la Fundación Vabindo
Callaff, doña María del Sagrado Corazón
Domínguez López Montenegro y doña Casilda Figueroa
y Pérez de Guzmán el Bueno, respectivamente; este,
lote número 1, que se adjudica a doña Casilda
Figueroa y Pérez de Guzmán el Bueno, y oeste, finca
descrita con el número 3, integrante del PAU, que
se adjudica a doña Casilda Figueroa y Pérez de
Guzmán el Bueno, y zona de viales descrita con
el número 8, que se adjudica a doña María del
Sagrado Corazón Domínguez López Montenegro.
Finca inscrita con el número 47.667, folio 137,
libro 773, tomo 1.828, en el Registro de la Propiedad
número 1 de Cáceres.
Valorada en 160.903.025 pesetas, está gravada
por cargas que suman un importe de 39.031.600
pesetas, siendo el tipo de subasta, en primera
licitación, de 121.871.425 pesetas.
Tramos: 100.000 pesetas.
En cumplimiento del citado precepto, se publica
el presente anuncio y se advierte a las personas
que deseen tomar parte en la subasta lo siguiente:
Primero.-Todo licitador habrá de constituir ante
la Mesa de subasta fianza de, al menos, el 20 por
100 del tipo de subasta en primera licitación. Este
depósito se ingresará en firme en el Tesoro si los
adjudicatarios no satisfacen el precio del remate,
sin menoscabo de la responsabilidad en que
incurrirán por los mayores perjuicios que sobre el importe
de la fianza originare la inefectividad de la
adjudicación.
Segundo.-La subasta se suspenderá en cualquier
momento anterior a la adjudicación de los bienes
si se efectuara el pago de la deuda, intereses y costas
del procedimiento.
Tercero.-Las cargas, gravámenes y situaciones
jurídicas que afectan al bien y que han de quedar
subsistentes son las siguientes: A) Embargo
practicado a favor del Estado, por el cual responde de
31.693.000 pesetas de principal, 6.338.600 pesetas
de recargo, más 1.000.000 de pesetas de costas,
según la documentación que consta en el expediente
y que podrá ser consultada en los mismos términos
del punto siguiente. En cualquier caso, el
adjudicatario se subrogará en todas las cargas, gravámenes
y derechos que legalmente deban quedar
subsistentes.
Cuarto.-Los licitadores habrán de conformarse
con los títulos de propiedad que se hayan aportado
al expediente, no teniendo derecho a exigir otros,
encontrándose de manifiesto aquéllos en esta
Dependencia de Recaudación, hasta el día anterior
al de la subasta. Los gastos derivados del
otorgamiento de oficio de la escritura de venta de los
inmuebles que resulten enajenados serán por cuenta
del adjudicatario.
Quinto.-El rematante entregará en el acto de
adjudicación, o dentro de los cinco días siguientes, la
diferencia entre el depósito constituido y el precio
de la adjudicación.
Sexto.-Cuando en la primera licitación no se
hubiese cubierto la deuda y queden bienes sin
adjudicar, la Mesa anunciará la iniciación del trámite
de adjudicación directa, que se llevará a cabo de
acuerdo con el artículo 150 del Reglamento General
de Recaudación. Para ello se admitirán ofertas por
importe igual o superior al tipo de subasta en primera
licitación.
Sin embargo, y en el mismo acto de la primera
licitacion, la Mesa podrá optar por celebrar una
segunda licitación cuando así lo haya acordado,
previa deliberación sobre la conveniencia de la misma.
El nuevo tipo será el 75 por 100 del tipo de subasta
en primera licitación. Los bienes no adjudicados
pasarán al trámite de adjudicación directa previsto
en el artículo 150 del Reglamento General de
Recaudación.
En el trámite de adjudicación directa, la
Dependencia de Recaudación realizará las gestiones
conducentes a la adjudicación en el plazo máximo de
seis meses, en las mejores condiciones económicas,
realizando cuantas notificaciones considere
necesarias en el tablón de anuncios de dicha Dependencia.
Las ofertas se presentarán en sobre cerrado, en el
exterior del cual se indicará con claridad la
referencia "Subasta de ªAsistencia Urbana, Sociedad
Anónimaº. Adjudicación directa (SDepen-
dencia de Recaudación". Dichas ofertas tendrán la
consideración de vinculantes. En este caso no será
necesario aportar en el sobre cerrado el depósito
a que se refiere el punto primero.
Séptimo.-Los deudores con domicilio
desconocido, los deudores declarados en rebeldía, así como
los acreedores hipotecarios o pignoraticios
desconocidos, se tendrán por notificados, con plena
virtualidad legal, por medio del presente anuncio.
Octavo.-La Hacienda se reserva el derecho de
adjudicar al Estado los inmuebles que no hubiesen
sido objeto de remate, conforme al artículo 158
y siguientes del Reglamento General de
Recaudación y el artículo 137.2 de la Ley General Tributaria.
Noveno.-De acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 147.3 del Reglamento General de
Recaudación, se admitirán ofertas en sobre cerrado. En éstas,
se expresará el precio máximo ofrecido por el bien
enajenado. Los sobres podrán presentarse en el
Registro General de la Delegación hasta una hora
antes de iniciarse la subasta, debiendo incluirse en
el sobre un cheque conformado a favor del Tesoro
Público, por el importe del depósito a que se refiere
el punto primero, así como datos identificativos y
dirección del licitador, a efectos de poder
comunicarle, en caso de adjudicación, el resultado de
la subasta para su conocimiento a los efectos de
lo determinado en el punto quinto. En la parte
exterior del sobre debe figurar con claridad la referencia
"Subasta de ªAsistencia Urbana, Sociedad
Anónimaº. (S16/4/98. Dependencia de
Recaudación".
Décimo.-Si de la venta de los bienes resultara
un importe superior a los débitos y costas incluidos
en el expediente ejecutivo, se depositará el sobrante
en la Caja General de Depósitos del Ministerio de
Economía y Hacienda, a los efectos oportunos.
Undécimo.-Recursos: De reposición, en el plazo
de quince días, ante la Dependencia de
Recaudación; o reclamación económicoen
el plazo de quince días, ante el Tribunal de dicha
jurisdicción.
Madrid, 13 de febrero de 1998.-La Jefa de la
Dependencia de Recaudación, María Isabel Baz
Valverde.-11.689AGENCIA DE PROTECCIÓN
DE DATOS
Propuesta de resolución del procedimiento
sancionador PS/00147/1997
Desconociéndose el actual domicilio de la entidad
"Publirega, Sociedad Anónima", por no hallarse en
la calle Juan Esplandiú, número 9, portal D, 12
B, de Madrid, se le hace saber por la presente
notificación que en fecha 18 de febrero de 1998, por
el Instructor del procedimiento sancionador
PS/00147/1997, se ha dictado la siguiente propuesta
de resolución:
Vistas las actuaciones previas seguidas de oficio
contra la entidad "Publirega, Sociedad Anónima",
por una supuesta vulneración de la Ley Orgánica
5/1992, de 29 de octubre, de regulación del
tratamiento automatizado de datos de carácter
personal, se propone que por el Director de la Agencia
de Protección de Datos se dicte la siguiente
resolución:
Antecedente de hecho
Primero.-Mediante Acuerdo de fecha 22 de
octubre de 1997, del Director de la Agencia de
Protección de Datos, se inicia de oficio el presente
procedimiento sancionador a la entidad "Publirega,
Sociedad Anónima", en base a los siguientes hechos
imputados:
Con fecha 13 de enero de 1997 se produce la
inspección I/004/97 a "Publirega, Sociedad
Anónima", en el acta que se levanta en dicha inspección
se constata la de abril, 9 de mayo y 12 de agosto
del presente, la Agencia de Protección de Datos
requiere de nuevo a "Publirega, Sociedad Anónima",
para que proceda a notificar los ficheros
automatizados que contengan datos de carácter personal.
Ninguno de los requerimientos han sido
contestados, ni tampoco se ha procedido a inscribir los
ficheros en el Registro General de Protección de
Datos.
Lo cual podría suponer infracción del artículo
24 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre,
de regulación del tratamiento automatizado de los
datos de carácter personal, tipificada como leve en
el artículo 43.2 d), de dicha norma, y pudiendo
ser sancionada con multa de 100.000 pesetas a
10.000.000 de pesetas, de acuerdo con el artículo
44.1, otorgándole un plazo de quince días hábiles
para que formule las alegaciones y proponga las
pruebas que considere convenientes en defensa de
su derecho, de acuerdo con lo preceptuado en el
artículo 18.3 del Real Decreto 1332/1994, de 20
de junio, así como la posibilidad de reconocer
voluntariamente su responsabilidad a los efectos previstos
en el artículo 8 del Real Decreto 1398/1993, de
4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento
de Procedimiento para el ejercicio de la potestad
sancionadora.
Segundo.-Ante la devolución de la notificación
del acuerdo de apertura por parte del servicio de
Correos, se volvió a practicar una segunda
notificación, con fecha 3 de noviembre de 1997, que
resultó igualmente infructuosa, ante lo cual, se
remitió el acuerdo de apertura para su notificación
excepcional tanto al Ayuntamiento de Madrid, como al
"Boletín Oficial del Estado", el día 17 de noviembre
de 1997.
Tercero.-Con fecha 18 de diciembre de 1997,
se inició un período de práctica de pruebas, con
los resultados que obran en el expediente,
transcurridos el cual, se dio audiencia a "Publirega,
Sociedad Anónima", siendo igualmente devuelto por el
servicio de Correos con la anotación "se ausentaron
sin dejar nueva dirección".
Cuarto.-Ha quedado acreditado a lo largo de la
tramitación del presente procedimiento que: a) la
entidad "Publirega, Sociedad Anónima", dispone de
ficheros con datos de carácter personal que no ha
procedido a inscribir en el Registro General de
Protección de Datos; b) entidad la "Publirega,
Sociedad Anónima", no ha podido ser localizada durante
la tramitación del presente procedimiento
sancionador.
Fundamentos de Derecho
Primero.-El artículo 24 de la Ley Orgánica
5/1992, de 29 de octubre, de regulación del
tratamiento automatizado de datos de carácter
personal, dispone que:
"1. Toda persona o entidad que proceda a la
creación de ficheros automatizados de datos de
carácter personal lo notificará, previamente, a la
Agencia de Protección de Datos.
2. Por vía reglamentaria se procederá a la
regulación detallada de los distintos extremos que debe
contener la notificación, entre los cuales figurarán
necesariamente el responsable del fichero, la
finalidad del mismo, su ubicación, el tipo de datos de
carácter personal que contiene, las medidas de
seguridad y las cesiones de datos de carácter personal
que se prevean realizar.
3. Deberán comunicarse a la Agencia de
Protección de Datos los cambios que se produzcan
en la finalidad del fichero automatizado, en su
responsable y en la dirección de su ubicación.
4. El Registro General de Protección de Datos
inscribirá el fichero automatizado si la notificación
se ajusta a los requisitos exigibles.
En caso contrario podrá pedir que se completen
los datos que falten o se proceda a su subsanación.
5. Transcurrido un mes desde la presentación
de la solicitud de inscripción sin que la Agencia
de Protección de Datos hubiera resuelto sobre la
misma, se entenderá inscrito el fichero automatizado
a todos los efectos."
Segundo.-El artículo 6 del Real Decreto
1332/1995, por el que se desarrollan determinados
aspectos de la Ley Orgánica 5/1992, establece que
la persona o entidad que pretenda crear un fichero
de datos de carácter personal lo notificará,
previamente, a la Agencia de Protección de Datos
mediante escrito o soporte informático en modelo
normalizado que al efecto elabore la Agencia, en el
que se especificarán los siguientes extremos:
a) Nombre, denominación o razón social,
documento nacional de identidad o código de
identificación fiscal, dirección y actividad u objeto social
del responsable del fichero.
b) Ubicación del fichero.
c) Identificación de los datos que se pretendan
tratar, individualizando los supuestos de datos
especialmente protegidos.
d) Dirección de la oficina o dependencia en
la cual puedan ejercerse los derechos de acceso,
rectificación y cancelación.
e) Origen o procedencia de los datos.
f) Finalidad del fichero.
g) Cesiones de datos previstas.
h) Transferencias temporales o definitivas que
se prevean realizar a otros países, con expresión
de los mismos.
i) Destinatarios o usuarios previstos para las
cesiones o transferencias.
j) Sistemas de tratamiento automatizado que se
vayan a utilizar.
k) Medidas de seguridad.
Tercero.-El artículo 43.2 d), de la Ley Orgánica
5/1992 (LORTAD), dispone que constituye
infracción leve cualquiera otra que afecte a cuestiones
meramente formales o documentales y que no
constituye infracción grave o muy grave.
En el presente caso, ha quedado acreditado que
la entidad "Publirega, Sociedad Anónima", dispone
de ficheros con datos de carácter personal que no
ha procedido a inscribir en el Registro General de
Protección de Datos, ficheros cuya existencia ha
sido constatada por esta Agencia de Protección de
Datos durante el transcurso de la inspección número
I/004/97, de fecha 13 de enero de 1997, en los
locales de "Publirega, Sociedad Anónima"
(documentos2a4delexpediente) y que no han sido
inscritos, según acredita la Subdirección General
del Registro General de esta Agencia, mediante
certificado expedido el 14 de enero de 1998
(documento 44, recabado durante la fase de pruebas).
Por ello, debe concluirse que la entidad "Publirega,
Sociedad Anónima", ha cometido la infracción
descrita en el artículo 24 de la LORTAD, tipificada
en su artículo 43.2 d).
Cuarto.-El artículo 44 de la Ley Orgánica 5/1992,
establece que las infracciones leves serán
sancionadas con multa de 100.000 a 10.000.000 de pesetas
y que la cuantía de las sanciones se graduará
atendiendo a la naturaleza de los derechos personales
afectados, al volumen de los tratamientos
efectuados, a los beneficios obtenidos, al grado de
intencionalidadyalareincidencia.
En base a estos criterios, se propone la imposición
de una sanción a la entidad "Publirega, Sociedad
Anónima", de 100.000 pesetas.
A la vista de lo expuesto se procede a emitir
la siguiente
Propuesta de resolución
Que por el Director de la Agencia de Protección
de Datos se sancione a la entidad "Publirega,
Sociedad Anónima", con una multa de 100.000 pesetas,
por no inscribir los ficheros automatizados con datos
de carácter personal de que es responsable en el
Registro General de la Agencia, lo que supone una
infracción del artículo 24 de la Ley Orgánica 5/1992,
de 29 de octubre, de regulación del tratamiento
de los datos de carácter personal, tipificada como
leve en el artículo 43.2 d) de dicha norma.
En su virtud se le notifica cuanto antecede a fin
de que en el plazo de quince días hábiles pueda
alegar todo cuanto considere en su defensa, de
acuerdo con el artículo 19.2 del Real Decreto 1332/1994,
por el que se desarrollan determinados aspectos de
la Ley Orgánica 5/1992.
Firmado en Madrid a 18 de febrero de 1998.-El
Instructor del procedimiento,
Inspectorde la Agencia de Protección de Datos, firmado,
Carlos Garrido Falla. Dirigido a "Publirega,
Sociedad Anónima", calle Juan Esplandiú, 9, portal D,
12 B, 28007 Madrid.
Mediante este documento se notifica a "Publirega,
Sociedad Anónima", la presente propuesta de
resolución del procedimiento sancionador, según lo
exigido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Madrid, 24 de febrero de 1998.-El Director de
la Agencia, Juan José
MartínLópez.-11.757-E.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE GALICIA
Consejería de Industria y Comercio
LA CORUÑA
Resolución de autorización administrativa,
declaración de utilidad pública, en concreto, y aprobación
del proyecto de ejecución de las instalaciones
eléctricas que se describen (número de expediente:
IN407A
97/69Visto el expediente para otorgamiento de
autorización administrativa, declaración de utilidad
pública, en concreto, y aprobación del proyecto de
ejecución de las instalaciones eléctricas que a
continuación se detallan:
Solicitante: "Unión Eléctrica Fenosa, Sociedad
Anónima".
Domicilio social: Severo Ochoa, 2, 15008 La
Coruña.
Título: Línea media tensión, centro de
transformación, red de baja tensión de Pousada de Arriba.
Situación: Vedra.
Características técnicas:
Línea eléctrica áerea de media tensión, a 20 kV,
sobre apoyos de hormigón y un conductor
LAde 314 metros con origen en la línea
Marzántedo (expediente 51101) y final en el centro de
transformación a instalar en Pousada de Arriba.
Centro de transformación sobre apoyos de
hormigón de 50 kVA y tensiones de
20/0,380kV del que parte red de baja tensión sobre apoyos
de hormigón y conductor RZ de 150 m Vedra.
Cumplidos los trámites ordenados en los capítulos
III y IV de los Decretos 2617 y 2619/1966, de
20 de octubre, y los artículos 52 y 53 de la Ley
40/1994, de 30 de diciembre, sobre autorización
y expropiación forzosa de las instalaciones
eléctricas, esta Delegación Provincial,
Resuelve autorizar, declarar de utilidad pública,
en concreto, y aprobar el proyecto de ejecución
de las referidas instalaciones, cuyas características
se ajustarán, en todas sus partes, a las que figuran
en el mismo y a las condiciones técnicas y de
seguridad establecidas en los Reglamentos de aplicación,
y en los condicionados establecidos por los
Ministerios, organismos o corporaciones que constan en
los expedientes.
Contra esta resolución se podrá interponer
recurso ante el excelentísimo señor Consejero de
Industria y Comercio, en el plazo de un mes.
La Coruña, 2 de febrero de 1998.-El Delegado
provincial, Jesús Espada
Martínez.-11.656Resolución de autorización administrativa,
declaración de utilidad pública, en concreto, y aprobación
del proyecto de ejecución de las instalaciones
eléctricas que se describen (número de expediente:
IN407A
97/185Visto el expediente para otorgamiento de
autorización administrativa, declaración de utilidad
pública, en concreto, y aprobación del proyecto de
ejecución de las instalaciones eléctricas que a
continuación se detallan:
Solicitante: "Unión Eléctrica Fenosa, Sociedad
Anónima".
Domicilio social: Avenida de Arteixo, 171, 15000
A Coruña.
Título: Línea media tensión, centro de
transformación, red de baja tensión en Falgarosa.
Situación: Municipio de Aranga.
Características técnicas:
Línea eléctrica áerea a 20 kV de 12 metros de
longitud, con conductor LAcon origen en la
línea de media tensión al centro de transformación
Castromil, centro de transformación tipo intemperie
de 50 kVA y red de baja tensión de 85 metros
conductor RZ, apoyos de hormigón, en el lugar
de Falgarosa, en el término municipal de Aranga.
Cumplidos los trámites ordenados en los capítulos
III y IV de los Decretos 2617 y 2619/1966, de
20 de octubre, y los artículos 52 y 53 de la Ley
40/1994, de 30 de diciembre, sobre autorización
y expropiación forzosa de las instalaciones
eléctricas, esta Delegación Provincial,
Resuelve autorizar, declarar de utilidad pública,
en concreto, y aprobar el proyecto de ejecución
de las referidas instalaciones, cuyas características
se ajustarán, en todas sus partes, a las que figuran
en el mismo y a las condiciones técnicas y de
seguridad establecidas en los Reglamentos de aplicación,
y en los condicionados establecidos por los
Ministerios, Organismos o Corporaciones que constan
en los expedientes.
Contra esta resolución se podrá interponer
recurso ante el excelentísimo señor Consejero de
Industria y Comercio, en el plazo de un mes.
La Coruña, 3 de febrero de 1998.-El Delegado
provincial, Jesús Espada
Martínez.-11.659Resolución de autorización administrativa,
declaración de utilidad pública, en concreto, y aprobación
del proyecto de ejecución de las instalaciones
eléctricas que se describen (número de expediente:
IN407A
97/202Visto el expediente para otorgamiento de
autorización administrativa, declaración de utilidad
pública, en concreto, y aprobación del proyecto de
ejecución de las instalaciones eléctricas que a
continuación se detallan:
Solicitante: "Unión Eléctrica Fenosa, Sociedad
Anónima".
Domicilio social: Avenida de Arteixo, 171, 15000
A Coruña.
Título: Línea de media tensión, centro de
transformación, red de baja tensión.
Situación: AresMunicipio de Mugardos.
Características técnicas:
Línea eléctrica aérea a 20 kV de 10 metros de
longitud, con conductor LAcon origen en la
línea de media tensión Cornidocentro de
transformación tipo intemperie de 50 kVA y red
de baja tensión de 626 metros de longitud,
conductor RZ, y apoyos de hormigón, en el lugar de
Rilo. Municipio de Mugardos.
Cumplidos los trámites ordenados en los capítulos
III y IV de los Decretos 2617 y 2619/1966, de
20 de octubre, y los artículos 52 y 53 de la Ley
40/1994, de 30 de diciembre, sobre autorización
y expropiación forzosa de las instalaciones
eléctricas, esta Delegación Provincial,
Resuelve autorizar, declarar de utilidad pública,
en concreto, y aprobar el proyecto de ejecución
de las referidas instalaciones, cuyas características
se ajustarán en todas sus partes a las que figuran
en el mismo y a las condiciones ténicas y de
seguridad establecidas en los Reglamentos de aplicación,
y en los condicionamientos establecidos por los
Ministerios, organismos o corporaciones que
constan en los expedientes.
Contra esta resolución se podrá interponer
recurso ante el excelentísimo señor Consejero de
Industria y Comercio en el plazo de un mes según el
artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
La Coruña, 5 de febrero de 1998.-El Delegado
provincial, Jesús España
Martínez.-11.665Resolución de autorización administrativa,
declaración de utilidad pública, en concreto, y aprobación
del proyecto de ejecución de las instalaciones
eléctricas que se describen (número de expediente:
IN407A
97/186Visto el expediente para otorgamiento de
autorización administrativa, declaración de utilidad
pública, en concreto, y aprobación del proyecto de
ejecución de las instalaciones eléctricas que a
continuación se detallan:
Solicitante: "Unión Eléctrica Fenosa, Sociedad
Anónima".
Domicilio social: Avenida de Arteixo, 171, 15000
A Coruña.
Título: Línea de media tensión, centro de
transformación, red de baja tensión de Fondo de Leiro.
Situación: Abegondo.
Características técnicas:
Línea eléctrica aérea de media tensión a 20 kV,
sobre apoyos de hormigón y con conductor
LAde 86 metros de longitud, con origen en la línea
Carral(expediente 50560) y final en el
centro de transformación (c.t.). Fondo de Leiro a
instalar.
Centro de transformación aéreo de 50 kVA y
tensiones de 15/0,380kV en Fondo de Leiro,
con red de baja tensión y conductor RZ de 30
metros de longitud.
Cumplidos los trámites ordenados en los capítulos
III y IV de los Decretos 2617 y 2619/1966, de
20 de octubre, y los artículos 52 y 53 de la Ley
40/1994, de 30 de diciembre, sobre autorización
y expropiación forzosa de las instalaciones
eléctricas, esta Delegación Provincial,
Resuelve autorizar, declarar de utilidad pública,
en concreto, y aprobar el proyecto de ejecución
de las referidas instalaciones, cuyas características
se ajustarán en todas sus partes a las que figuran
en el mismo y a las condiciones técnicas y de
seguridad establecidas en los Reglamentos de aplicación,
y en los condicionados establecidos por los
Ministerios, organismos o corporaciones que constan en
los expedientes.
Contra esta resolución se podrá interponer
recurso ante el excelentísimo señor Consejero de
Industria y Comercio, en el plazo de un mes.
La Coruña, 5 de febrero de 1998.-El Delegado
provincial, Jesús Espada
Martínez.-11.663Resolución de autorización administrativa,
declaración de utilidad pública, en concreto, y aprobación
del proyecto de ejecución de las instalaciones
eléctricas que se describen (número de expediente:
IN407A
97/188Visto el expediente para otorgamiento de
autorización administrativa, declaración de utilidad
pública, en concreto, y aprobación del proyecto de
ejecución de las instalaciones eléctricas que a
continuación se detallan:
Solicitante: "Unión Eléctrica Fenosa, Sociedad
Anónima".
Domicilio social: Avenida Arteixo, 171, 15000
La Coruña.
Título: Línea media tensión, centro de
transformación, red de baja tensión en Chas.
Situación: Municipio de Coiros.
Características técnicas:
Línea eléctrica áerea a 20 kV de 33 metros de
longitud, con conductor LAcon origen en la
línea media tensión Betanzoscentro de
transformación tipo intemperie de 50 kVA y red
baja tensión de 30 metros conductor RZ, apoyos
de hormigón en el lugar de Chas. Municipio de
Coiros
Cumplidos los trámites ordenados en los capítulos
III y IV de los Decretos 2617 y 2619/1966, de
20 de octubre, y los artículos 52 y 53 de la Ley
40/1994, de 30 de diciembre, sobre autorización
y expropiación forzosa de las instalaciones
eléctricas, esta Delegación Provincial,
Resuelve autorizar, declarar de utilidad pública,
en concreto, y aprobar el proyecto de ejecución
de las referidas instalaciones, cuyas características
se ajustarán, en todas sus partes, a las que figuran
en el mismo y a las condiciones técnicas y de
seguridad establecidas en los Reglamentos de aplicación,
y en los condicionados establecidos por los
Ministerios, organismos o corporaciones que constan en
los expedientes.
Contra esta resolución se podrá interponer
recurso ante el excelentísimo señor Consejero de
Industria y Comercio, en el plazo de un mes, según el
artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
La Coruña, 5 de febrero de 1998.-El Delegado
provincial, Jesús Espada
Martínez.-11.655Resolución de autorización administrativa,
declaración de utilidad pública, en concreto, y aprobación
del proyecto de ejecución de las instalaciones
eléctricas que se describen (número de expediente:
IN407A
97/169Visto el expediente para otorgamiento de
autorización administrativa, declaración de utilidad
pública, en concreto, y aprobación del proyecto de
ejecución de las instalaciones eléctricas que a
continuación se detallan:
Solicitante: "Unión Eléctrica Fenosa, Sociedad
Anónima".
Domicilio social: Avenida de Arteixo, 171, 15000
La Coruña.
Título: Línea media tensión, centro de
transformación y red de baja tensión Cruz.
Situación: Municipio de Santiso.
Características técnicas:
Línea eléctrica áerea a 15/20 kV de 176 metros
de longitud con origen en la línea al centro de
transformación de Busel, centro de transformación tipo
intemperie de 50 kVA y red de baja tensión aérea
de 450 metros de longitud, en el lugar de Cruz,
municipio de Santiso.
Cumplidos los trámites ordenados en los capítulos
III y IV de los Decretos 2617 y 2619/1966, de
20 de octubre, y los artículos 52 y 53 de la Ley
40/1994, de 30 de diciembre, sobre autorización
y expropiación forzosa de las instalaciones
eléctricas, esta Delegación Provincial,
Resuelve autorizar, declarar de utilidad pública,
en concreto, y aprobar el proyecto de ejecución
de las referidas instalaciones, cuyas características
se ajustarán, en todas sus partes, a las que figuran
en el mismo y a las condiciones técnicas y de
seguridad establecidas en los Reglamentos de aplicación,
y en los condicionados establecidos por los
Ministerios, organismos o corporaciones que constan en
los expedientes.
Contra esta resolución se podrá interponer
recurso ante el excelentísimo señor Consejero de
Industria y Comercio, en el plazo de un mes, según el
artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
del Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La Coruña, 6 de febrero de 1998.-El Delegado
provincial, Jesús Espada
Martínez.-11.658Resolución de autorización administrativa,
declaración de utilidad pública, en concreto, y aprobación
del proyecto de ejecución de las instalaciones
eléctricas que se describen (número de expediente:
IN407A
97/36Visto el expediente para otorgamiento de
autorización administrativa, declaración de utilidad
pública, en concreto, y aprobación del proyecto de
ejecución de las instalaciones eléctricas que a
continuación se detallan:
Solicitante: "Unión Eléctrica Fenosa, Sociedad
Anónima".
Domicilio social: Severo Ochoa, 2, 15008 La
Coruña.
Título: Línea media tensión subterránea y centro
de transformación Montrove.
Situación: Oleiros.
Características técnicas:
Línea media tensión subterránea a 15/20 kV de
670 metros de longitud en conductor RHV de 12/20
kV de 3 ^ (1 ^ 240 mm 2 Al), que parte de la caseta
de Lamastelle y final en la línea media tensión aérea
Perillopasando por el centro de
transformación a construir de 630 kVA en urbanización
"Montrove", Ayuntamiento de Oleiros.
Cumplidos los trámites ordenados en los capítulos
III y IV de los Decretos 2617 y 2619/1966, de
20 de octubre, sobre autorización y expropiación
forzosa de las instalaciones eléctricas, esta
Delegación Provincial,
Resuelve autorizar, declarar de utilidad pública,
en concreto, y aprobar el proyecto de ejecución
de las referidas instalaciones, cuyas características
se ajustarán, en todas sus partes, a las que figuran
en el mismo, y a las condiciones técnicas y de
seguridad establecidas en los Reglamentos de aplicación,
y en los condicionados establecidos por los
Ministerios, organismos o corporaciones que constan en
los expedientes.
La Coruña, 16 de febrero de 1998.-El Delegado
provincial, Jesús Espada
Martínez.-11.650Resolución de autorización administrativa,
declaración de utilidad pública, en concreto, y aprobación
del proyecto de ejecución de las instalaciones
eléctricas que se describen (número de expediente:
IN407A
96/143Visto el expediente para otorgamiento de
autorización administrativa, declaración de utilidad
pública, en concreto, y aprobación del proyecto de
ejecución de las instalaciones eléctricas que a
continuación se detallan:
Solicitante: "Unión Eléctrica Fenosa, Sociedad
Anónima".
Domicilio social: Severo Ochoa, 2, 15008 La
Coruña.
Título: Imt 20 kV en
GoritaSituación: Ordes (A Coruña).
Características técnicas:
Línea media tensión aérea a 15/20 kV, de 1.396
metros de longitud en conductor de aluminio, tipo
LAque parte de la línea de media tensión
Aguasy final en la línea de media tensión
SenraMunicipio de Ordes.
Cumplidos los trámites ordenados en los capítulos
III y IV de los Decretos 2617 y 2619/1966, de
20 de octubre, sobre autorización y expropiación
forzosa de las instalaciones eléctricas, esta
Delegación Provincial,
Resuelve autorizar, declarar de utilidad pública,
en concreto, y aprobar el proyecto de ejecución
de las referidas instalaciones, cuyas características
se ajustarán, en todas sus partes, a las que figuran
en el mismo, y a las condiciones técnicas y de
seguridad establecidas en los Reglamentos de aplicación,
y en los condicionados establecidos por los
Ministerios, organismos o corporaciones que constan en
los expedientes.
La Coruña, 20 de febrero de 1998.-El Delegado
provincial, Jesús Espada
Martínez.-11.652ADMINISTRACIÓN LOCAL
Diputaciones Provinciales
ÓRDOBA
Servicio de Carreteras
Expropiaciones
El Pleno de esta Diputación Provincial, en sesión
ordinaria celebrada el día 13 de febrero de 1998,
acordó el inicio del expediente de expropiación
forzosa, mediante el procedimiento de urgencia, para
la ocupación de los bienes afectados por los
proyectos de ejecución de las obras incluidas en el
Programa de Daños por Inundaciones y del
Programa de Inundaciones de Remanentes 1996, de:
Reparación daños en la CPde San Sebastián
de los Ballesteros a Fernán Núñez.
Hasta ese momento, los interesados podrán formular, por escrito, alegaciones ante esta Diputación,
al sólo efecto de subsanar posibles errores que se hayan producido en la relación de propietarios afectados,
así como de los bienes objeto de expropiación.
Los bienes a expropiar son los siguientes:
Reparación de daños en la CPde Baena a Cañete de las Torres:
Comunidad de bienes de Canales y
Torralbo.................................Baena. 48 1.305 Huerta. 1
Dolores y Paz Olías Rubio..............Cañete de las Torres.
Baena.
Hermanos García Torralbo..............Cañete de las Torres. 16 Huerta. 7 599
Comunidad Torralbo Polo...............Cañete de las Torres. 16 Huerta. 8 54
Reparación de daños en la CPde Dos
Hermanas.
Reparación de daños en la CPde las
Hazuelas, y en la CPde los Frailes.
Reparación de daños en la CPdel Cristo del
Marroquí.
Reparación de daños en la CP+ 16, de Las
Huertas de Cabra.
Reparación de daños en la CPde Baena
a Cañete de las Torres.
El objeto de estas expropiaciones es la ocupación
de los terrenos que se describen al final de este
anuncio, y que están situados en los términos
municipales de La Rambla, Espejo, Montemayor,
Córdoba, Lucena, Cabra, Baena y Cañete de las Torres.
El levantamiento de las actas previas a la
ocupación de los bienes objeto de expropiación se
realizará en los lugares y fechas que a continuación
se indican:
Para las obras de reparación de la CPde
Baena a Cañete de las Torres, el noveno día hábil,
que, caso de coincidir en sábado, se trasladará al
primer día hábil siguiente, a partir de la publicación
del edicto correspondiente en el "Boletín Oficial
del Estado", y a las diez horas, en el Ayuntamiento
de Cañete de las Torres (Córdoba).
Para las obras de reparación de la CP+ 16,
de Las Huertas de Cabra, y CPdel Cristo del
Marroquí, el décimo día hábil que, caso de coincidir
en sábado, se trasladará al primer día hábil siguiente,
a partir de la publicación del edicto correspondiente
en el "Boletín Oficial del Estado", a las diez horas,
en el Ayuntamiento de Cabra (Córdoba).
Para las obras de reparación de la CPde
San Sebastián de los Ballesteros a Fernán Núñez,
el undécimo día hábil, que, caso de coincidir en
sábado, se trasladará al primer día hábil siguiente,
a partir de la publicación del edicto correspondiente
en el "Boletín Oficial del Estado", a las diez horas,
en el Ayuntamiento de La Rambla (Córdoba).
Para las obras de reparación de la CPde
las Hazuelas, y en la CPde los Frailes, el
duodécimo día hábil que, caso de coincidir en
sábado, se trasladará al primer día hábil siguiente, a
partir de la publicación del edicto correspondiente
en el "Boletín Oficial del Estado", a las diez horas,
en el Ayuntamiento de Córdoba.
Para las obras de reparación de la CPde
Dos Hermanas, el décimo tercer día hábil, que, caso
de coincidir en sábado, se trasladará al primer día
hábil siguiente, a partir de la publicación del edicto
correspondiente en el "Boletín Oficial del Estado",
a las diez horas, en el Ayuntamiento de Montemayor
(Córdoba).
Superficie
a expropiar
Titular municipal Término Polígono Parcela Plantas
-
m 2
15 65 653 Huerta.
1 76
Reparación de daños en la CP+ 16, de la Huertas de Cabra, y CPdel Cristo del Marroquí:
Antonio Ávila Guardeño................Cabra. 47 8 Huerta. 50
Carmen Pérez Granado y hermanos ... Cabra. 46 87,05 Huerta. 51
Carmen Pérez Granado y hermanos ... Cabra. 47 187 Huerta. 51
Juan de la Fuente Quintero..............Lucena. 60 710,41 Olivar. 97
Reparación de daños en la CPde San Sebastián de los Ballesteros a Fernán Núñez:
María Cobos Ramírez.................... LaRambla. 28 Cereal. 0,91 13
Fernando Álvarez Ariza................. LaRambla. 29 22,75 Cereal. 13
Florentina Torres Galindo............... LaRambla. 248,32 47 13 Cereal.
María Cobos Ramírez.................... LaRambla. 131 Cereal. 2,44 14
Francisco Ariza Ramírez................ LaRambla. 132 Cereal. 3,35 14
Antonia Martín García................... LaRambla. 133 120,34 14 Cereal.
Pedro Villalba Rodríguez................ LaRambla. 134 268,70 14 Cereal.
Dolores Romero Galán.................. LaRambla. 135 70,05 14 Cereal.
Pedro Villalba Rodríguez................ LaRambla. 136 70,78 14 Cereal.
Félix Villalba Romero.................... LaRambla. 137 23,22 14 Cereal.
Reparación de la CPde Las Hazuelas, y la CPde los Frailes:
"Explotaciones Agrícolas Las
Mercedes, Sociedad Anónima"..............Córdoba. 80 Cereal. 256 67
Juan Lucena Herrera y tres hermanos . Córdoba. 20 Cereal. 972 67
Andrés Herrera Misa.....................Córdoba. A 86 Cereal. 183 67
Andrés Herrera Misa.....................Córdoba. A 83 1.417 Cereal. 67
Reparación de la CPde Dos Hermanas:
"El Salobral, Sociedad Anónima"......Espejo. 16
José Luque García........................Espejo. 322,50 Viña. 2 15
José Carlos Toro y Ariza.................Montemayor. 802,5 Cereal. 12 4
José Márquez Ruz........................Montemayor. 1.852,50 12 5 Cereal.
Antonia Alvear Zambrano..............Montemayor. 183 Cereal. 12 9
Ángeles Serrano Galisteo................Montemayor. 12
María del Castillo Serrano Galisteo ... Montemayor. 12
María de Silva y Azlor de Aragón......Montemayor. 8
Marina Crespo Fernández...............Montemayor. 8
Asunción Alvear Zambrano.............Montemayor. 1.987,50 13 1 Cereal.
Francisco Puig Rioboó...................Montemayor. 1.387,50 2/3 13 Cereal.
Ángel García Prieto.......................Montemayor. 109,50 Cereal. 14 6
Córdoba, 25 de febrero de 1998.-El Presidente.-11.258.
Superficie
a expropiar
Titular municipal Término Polígono Parcela Plantas
-
m 2
Superficie
a expropiar
Titular municipal Término Polígono Parcela Plantas
-
m 2
Superficie
a expropiar
Titular municipal Término Polígono Parcela Plantas
-
m 2
Superficie
a expropiar
Titular municipal Término Polígono Parcela Plantas
-
m 2
Superficie
a expropiar
Titular municipal Término Polígono Parcela Plantas
-
m 2
1 5.025 Cereal.
15 1
10 1.050 Cereal.
13 16
11/12 3.340,50 Cereal.
14 1
8 3
7/9/8 4.149,50 Cereal.
14 5
13 4.990,50 Cereal.
15 159
14 16
Ayuntamientos
MÓSTOLES
Resolución por la que se anuncia la aprobación
definitiva de los Estatutos del Consejo Sectorial
de Cultura, según acuerdo plenario de 29 de octubre
de 1997
El Pleno Municipal del Ayuntamiento de
Móstoles, en sesión celebrada el 29 de octubre de 1997,
acordó la aprobación definitiva de los Estatutos del
Consejo Sectorial de Cultura.
Lo que se comunica para general conocimiento.
Móstoles, 25 de noviembre de 1997.-El Concejal
delegado de Cultura y Juventud, Iván García
Yustos.-13.319.
Resolución por la que se anuncia la aprobación
definitiva de los Estatutos del Consejo Sectorial de
Juventud, según acuerdo plenario del 29 de octubre
de 1997
El Pleno municipal del Ayuntamiento de
Móstoles, en sesión celebrada el 29 de octubre de 1997,
acordó la aprobación definitiva de los Estatutos del
Consejo Sectorial de Juventud, lo que se comunica
para general conocimiento.
Móstoles, 25 de noviembre de 1997.-El Concejal
Delegado de Cultura y Juventud, Iván García
Yustos.- 13.315.
&UNIVERSIDADES
Nacional de Educación a Distancia
MADRID
Resolución por la que se comunica a don Antonio
Trasverso Maestre, don Rafael Trasverso Maestre
y don Ignacio Gaviño Nadal la apertura de
expediente disciplinario académico
Con motivo de la no recepción por los alumnos
don Antonio Trasverso Maestre, don Rafael
Trasverso Maestre y don Ignacio Gaviño Nadal del
escrito remitido por la Secretaría General en el
expediente disciplinario 12/1997, incoado contra éstos
en esta Universidad,
En virtud de las atribuciones que me confieren
los Estatutos de esta Institución y demás
disposiciones de pertinente aplicación,
Pongo en conocimiento de don Antonio Trasverso
Maestre, don Rafael Trasverso Maestre y don
Ignacio Gaviño Nadal que, a la vista de las incidencias
reflejadas en las actas del Tribunal de Pruebas
Presenciales del Centro Asociado en Sevilla, en la
convocatoria de septiembre de 1997, este Rectorado
ha resuelto incoarles expediente disciplinario para
la depuración de las responsabilidades a que hubiere
lugar, nombrándose Instructor del mismo al
Profesor Dr. don Faustino FernándezAlonso,
y Secretaria a la Profesora Dra. doña María Josefa
Rubio Lara.
Y para que sirva de notificación en legal forma,
expido el presente edicto en Madrid a 19 de febrero
de 1998.-El Rector, Jenaro Costas
Rodríguez.-11.533.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid