MINISTERIO DE DEFENSA
Arsenales Militares
CARTAGENA
Expedientes de procedimiento negociado con promo-
ción de ofertas
Todas las peticiones de ofertas para tomar parte
en licitaciones de expedientes de obras en insta-
laciones navales en tierra, de suministros para la
adquisición de materiales, obras en buques y con-
tratos de asistencia que se realicen en el Arsenal
Militar de Cartagena durante 1998, cuya modalidad
de adjudicación sea por procedimiento negociado
con promoción de ofertas, se publicarán en el tablón
de anuncios de la Junta de Compras Delegada de
este Arsenal.
Cartagena, 16 de febrero de 1998.-El Teniente
Coronel de Intendencia, Jefe de la Sección Eco-
nómica, Plácido Romero Más.-4.596.
MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Agencia Estatal de Administración
Tributaria
BARCELONA
Edicto de subasta
El Jefe de la Dependencia de Recaudación de la
Delegación de la Agencia Estatal de Adminis-
tración Tributaria de Barcelona:
Hace saber: Que en el expediente administrativo
de apremio que se instruye en esta Dependencia de
Recaudación por débitos a la Hacienda Pública contra
"Andrés Esteva y Compañía, Sociedad Anónima",
con número de identificación fiscal A08167603, he
dictado, en esta fecha, la siguiente providencia:
"Acordada la enajenación mediante subasta del
bien propiedad de ªAndrés Esteva y Compañía,
Sociedad Anónimaº, embargado por diligencia de
fecha 25 de mayo de 1993, en procedimiento admi-
nistrativo de apremio seguido contra dicho deudor,
procédase a la celebración de la misma el día 18 de
marzo de 1998, a las diez horas, en esta Delegación
de la AEAT (plaza Doctor Letamendi, 13-23), y
obsérvese en su trámite y realización las prescrip-
ciones de los artículos 147 y siguientes del Regla-
mento General de Recaudación.
Notifíquese esta providencia al deudor y al depo-
sitario, si procede, y demás personas interesadas,
y anúnciese al público por los medios previstos
reglamentariamente."
En cumplimiento de dicha providencia se publica
el presente anuncio advirtiendo a las personas que
deseen participar en la subasta lo siguiente:
Primero.-El bien a subastar, con su valoración,
cargas y gravámenes, se detallará al final.
Segundo.-La subasta se suspenderá antes de la
adjudicación, si se hace pago de los descubiertos
por principal, recargos y costas del procedimiento.
Tercero.-Todo licitador habrá de constituir ante
la Mesa de subasta depósito de, al menos, el 20
por 100 del tipo establecido, que se ingresará en
firme en el Tesoro si los adjudicatarios no hacen
efectivo el precio del remate, sin perjuicio de la
responsabilidad en que incurrirán por los mayores
perjuicios que sobre el importe del depósito origine
la inefectividad de la adjudicación.
Cuarto.-Se admitirán ofertas, en primera y segun-
da licitación, que tendrán carácter de máximas, en
sobre cerrado, dirigido al Presidente de la Mesa
de subastas, con expresión de la fecha de su cele-
bración, desde el anuncio de esta subasta hasta una
hora antes de su comienzo. Estas ofertas se pre-
sentarán en el Registro General de esta Delegación
y deberán ir acompañadas de cheque conformado,
extendido a favor del Tesoro público, por el importe
del depósito. En ningún caso se aceptará el importe
del depósito en metálico. Si hubiere más de una
oferta podrá comenzar la admisión de posturas a
partir de la segunda más alta. Estos licitadores, en
sobre cerrado, podrán participar personalmente en
la licitación con posturas superiores a la del sobre.
Quinto.-El adjudicatario deberá entregar en el
acto o dentro de los cinco días siguientes la dife-
rencia entre el depósito constituido y el precio de
la adjudicación.
Todas aquellas personas que liciten por cuenta
de terceros deberán acreditar la representación en
el plazo del remate.
En caso de insuficiencia o falta de la misma, se
entenderá que la oferta se realiza en nombre propio.
Sexto.- Finalizada la primera licitación, la Mesa
podrá optar, previa deliberación, por celebrar una
segunda licitación, cuyo tipo será el 75 por 100
del tipo de subasta en primera licitación, o bien
anunciará la iniciación del trámite de adjudicación
directa, que se llevará a cabo de acuerdo con el
artículo 150 del Reglamento General de Recauda-
ción.
En todo caso procederá la adjudicación directa
cuando no hayan sido adjudicados en la subasta.
Su precio será del tipo de subasta en primera lici-
tación cuando no se haya celebrado segunda, y sin
sujeción a tipo cuando se haya procedido a segunda
licitación.
Séptimo.-En la situación de adjudicación directa,
la Mesa de la subasta realizará las gestiones ade-
cuadas en el plazo máximo de seis meses, en orden
a decidir la oportunidad en cuantía y tiempo de
la adjudicación. Con una periocidad mensual con-
tada de fecha a fecha a partir de la subasta podrá
considerar las ofertas recibidas y proceder a la adju-
dicación en firme del bien. La propuesta de adju-
dicación será notificada en el tablón de anuncios
al día siguiente de reunirse la Mesa, supeditándose
su efectividad al pago del precio ofertado.
Octavo.-La agencia tributaria se reserva el dere-
cho a pedir la adjudicación para el Estado del bien
que no hubiese sido objeto de remate, conforme
a lo establecido en el artículo 158 del Reglamento
General de Recaudación.
Noveno.-Cuando se trate de bienes inscribibles
en registros públicos, los licitadores se conformarán
con los títulos de propiedad que se hayan aportado
al expediente, sin derecho a exigir otros, y en caso
de no estar inscrito el bien en el Registro, la escritura
de adjudicación es título, mediante el cual puede
efectuarse la inmatriculación en los términos pre-
venidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria,
y en los demás casos se atendrán a lo dispuesto
en el título VI de dicha Ley.
Décimo.-Los posibles acreedores hipotecarios o
pignoraticios, forasteros o desconocidos se tendrán
por notificados con plena virtualidad legal, con la
publicación del presente edicto, así como también
los demás interesados en el expediente.
En caso de no poderse notificar la providencia
de subasta al deudor, por ignorar su actual paradero,
se dará éste por notificado con plena virtualidad
legal, mediante la publicación del presente edicto,
de conformidad con lo establecido en el artículo
146.4 del vigente Reglamento General de Recau-
dación.
De no estar conforme con la indicada providencia,
podrán interponer recurso de reposición ante la
Dependencia de Recaudación de la Delegación de
la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
de Barcelona, en el plazo de quince días, o bien
reclamación económico-administrativa en el mismo
plazo ante el Tribunal Económico-Administrativo
Regional de Barcelona. El plazo señalado se contará
a partir de la publicación del presente edicto. Aun-
que se interponga recurso, el procedimiento de apre-
mio solamente se suspenderá en los términos y con-
diciones señalados en los artículos 135 y 136 de
la Ley General Tributaria. Las cargas y situación
jurídica del bien que se anuncia son las que constan
en el expediente.
En todo lo no previsto en este edicto se estará
a lo preceptuado en las disposiciones legales que
regulen el acto.
Las cantidades que se pretendan depositar deben
ajustarse únicamente a la presente subasta.
Relación del bien a subastar
(Subasta número I-43-98)
Lote único. Urbana: Edificio industrial destina-
do a la fabricación de máquinas, tornos, etcétera,
que consta de un cuerpo de edificio principal de
20 metros 50 centímetros por 21 metros 50 cen-
tímetros, o sea, una superficie de 440 metros 65
decímetros cuadrados, con fachada a la nueva ali-
neación de la calle Adrall, y a una calle en proyecto,
hoy calle Costa Dorada, donde está señalada con
el número 5. Parte de esta nave queda a toda altura,
y en cuanto a 168 metros cuadrados está dividido
por otro techo, constituyendo un altillo para oficinas;
anexo a la planta baja está el departamento de ves-
tidores y aseos, que mide 26 metros cuadrados; cons-
truido todo ello en un solar en esta ciudad y empla-
zado a unos 250 metros de la calle de Sazn Asrian
que enlaza con la carretera de San Andrés, con
el río Besos, surtido con agua de la acequia Condal
y cuyo paraje se denominaba antiguamente Camp
de las Moreras y también la Bassas d'en Camp
o Bassas d'en Pep; de una extensión total de 1.854
metros 67 decímetros 79 centímetros cuadrados.
Linda: Por oriente, con don Fernando de Sagarra,
mediante la acequia Madriguera; por mediodía, con
resto de finca de que procede; por poniente, con
doña Florentina Marti Grau, y norte, con el referido
don Fernando Sagarra, mediante camino que forma
parte de esta finca. Inscrita en el Registro de la
Propiedad número 20 de Barcelona, al tomo 84,
folio 215, libro 35, sección segunda B, finca núme-
ro 2.274.
Valoración y tipo de subasta en primera licitación:
120.000.000 de pesetas.
Tipo de subasta en segunda licitación: 90.000.000
de pesetas.
Depósito a consignar 20 por 100 S/120.000.000
de pesetas: 24.000.000 de pesetas.
Tramos: 250.000 pesetas.
En caso de dificultad para la visualización del
bien, ponerse en contacto con el teléfono 295 80 18.
El adjudicatario queda obligado a justificar el pago
o la exención, en su caso, de los tributos que gravan
la transmisión del bien.
Barcelona, 26 de enero de 1998.-El Jefe de la
Dependencia de Recaudación.-8.702-E.
MINISTERIO DE FOMENTO
Dirección General del Organismo
autónomo Correos y Telégrafos
Notificación a deudores, en virtud de Resolución
de 27 de diciembre de 1996, en materia de
ón
De conformidad con lo previsto en el artículo 59
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de la Ley
de régimen Jurídico de las Administraciones Públi-
cas y del Procedimiento Administrativo Común, y
una vez realizados todos los trámites oportunos para
entregarles la correspondiente notificación en el
domicilio que figura en sus facturas, por la presente
se notifica a los deudores que a continuación se
relacionan la obligatoriedad del pago en los plazos
siguientes:
Las notificadas entre los1y15decada mes,
desde la fecha de notificación hasta el día 5 del
mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
Las notificadas entre los días 16 y último de cada
mes, desde la notificación hasta el día 20 del mes
siguiente o el inmediato hábil posterior.
Contra estas resoluciones podrá interponerse
recurso ordinario ante la Secretaría General de
Comunicaciones en el plazo de un mes, a partir
del día siguiente a aquel en que tenga lugar la
publicación.
Relación que se cita, con expresión de número
de expediente, deudor y domicilio, servicio, período
e importe:
54/9700121. Catalana Marítima de Control. Calle
Moll S. Beltrán Tinglado, 3, Barcelona. NIF
A08862948. Télex. Diciembre de 1994 y enero de
1995. 35.231 pesetas.
54/9700231. "Disma, Sociedad Anónima". Calle
Carsi, 12, Barcelona. NIF A08754293. Télex.
Noviembre de 1994. 15.795 pesetas.
54/9700200. "Contafluid, Sociedad Anónima".
Calle Rabassa, 60, Barcelona. NIF A59332502.
Télex. Enero-febrero de 1993. 28.360 pesetas.
54/9700209. "Cotraser, Sociedad Limitada". P/O
Zona Franca, 168, Barcelona. NIF A59332502.
Télex. Abril de 1993. 22.747 pesetas.
54/9700213. "Cristaltex, Sociedad Anónima".
Travesera Les Corts, 306, Barcelona. NIF
A08555781. Télex. Marzo-julio de 1993. 75.774
pesetas.
54/9700223. "De Martí, Sociedad Anónima".
Calle Drassanes, 6, Barcelona. NIF A58257528.
Télex. Agosto-noviembre de 1993. 37.355 pesetas.
54/9700227. "Delegaciones Marítimas, Sociedad
Anónima". Calle Drassanes, 29, Barcelona. NIF
A08672586. Télex. Mayo-julio de 1994. 49.007
pesetas.
54/9700248. "Enco Ibérica, Sociedad Anónima".
Calle Carlos III, 98, Barcelona. NIF A58141433.
Télex. Junio-julio de 1994. 29.670 pesetas.
54/9700212. "Cricarn, Sociedad Anónima". Mer-
cabarcelona, carnes, despacho 20, Barcelona. NIF
A08556128. Télex. Septiembre-noviembre de 1992.
34.586 pesetas.
54/9700217. "Chenko Trade, Sociedad Anóni-
ma". Vía Augusta, 42, Barcelona. NIF A08656852.
Télex. Agosto-septiembre de 1993. 35.627 pesetas.
Madrid, 11 de febrero de 1998.-El Director gene-
ral, P. D. (7 de noviembre de 1998), el Subdirector
general adjunto de Administración Económica,
Ramón Parra Guerrero.-9.845-E.
Demarcaciones de Carreteras
ANDALUCÍA ORIENTAL
EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA. PROCEDIMIENTO
DE URGENCIA
Resolución relativa a la expropiación forzosa de los
bienes y derechos afectados por las obras de proyecto,
clave 23-J-2302, "Vía de servicio y actuaciones com-
plementarias en vía de penetración de Úbeda.
CN-322, de Córdoba a Valencia, puntos kilométri-
cos 147 al 154. Tramo: Variante de Úbeda. Término
municipal de Úbeda, provincia de Jaén"
Con fecha 11 de junio de 1997 la Dirección Gene-
ral de Carreteras aprobó el proyecto reseñado y
ordenó a esta Demarcación la incoación del expe-
diente de expropiación de los terrenos necesarios
para la ejecución de las obras; expediente que se
tramitará por el procedimiento de urgencia del
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de
16 de diciembre de 1954, al ser dicho proyecto
complementario del principal de la variante de Úbe-
da (clave 23-J-2300), que fue declarado de urgencia
en base al artículo 4 del Real Decreto-ley 3/1988,
de 3 de junio.
En base a ello, esta Demarcación, en uso de las
facultades que le otorga el artículo 98 de la men-
cionada Ley de Expropiación Forzosa, resuelve:
Primero.-Incoar el expediente de expropiación
forzosa en los términos y a los efectos previstos
en los artículos 21.1 y 36.2 de la repetida Ley.
Segundo.-Publicar la relación de interesados, bie-
nes y derechos afectados en el tablón de anuncios
de esta Demarcación, de su Unidad en Jaén y del
Ayuntamiento de Úbeda, así como en los diarios
"Jaén" e "Ideal". Un resumen de esta Resolución
se publicará igualmente en el "Boletín Oficial del
Estado" y en el "Boletín Oficial de la Provincia
de Jaén".
Tercero.-Señalar el día 18 de marzo de 1998,
de diez a catorce horas, en el Ayuntamiento de
Úbeda -sin perjuicio de trasladarse a las fincas afec-
tadas, si se estimase necesario-, para proceder al
levantamiento de las actas previas a la ocupación
de los bienes y derechos afectados.
A dicho acto deberán asistir los titulares de los
bienes y derechos que se expropian personalmente
o legalmente representados, aportando los documen-
tos acreditativos de su titularidad y pudiendo hacerse
acompañar, a su costa, de Peritos y Notario.
Publicada esta Resolución, y hasta el levantamien-
to de las citadas actas, los interesados podrán for-
mular por escrito, ante esta Demarcación (avenida
de Madrid, 7, 18071 Granada) o ante su Unidad
en Jaén (calle Arquitecto Berges, 7, 23071 Jaén),
alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles
errores que se hayan producido al relacionar los
bienes afectados por la urgente ocupación.
Granada, 2 de febrero de 1998.-El Jefe de la
Demarcación, Domingo Quesada Martos.-8.800-E.
MINISTERIO
DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Instituto de la Cinematografía
y de las Artes Audiovisuales
Notificación a la empresa "Cadena Cien, Sociedad
Limitada", de La Coruña, de la resolución de 23
de diciembre de 1997, recaída en el expediente san-
cionador número 30/97, por infracción de la nor-
mativa que regula la actividad de exhibición de mate-
rial audiovisual
Habiéndose intentado, sin efecto, la notificación
ordinaria a la empresa, se le comunica que, por
el ilustrísimo señor Director general de este Instituto,
se ha dictado resolución de fecha 23 de diciembre
de 1997, por la que se resuelve el expediente san-
cionador 30/97, instruido contra la empresa expe-
dientada, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"Visto el expediente y la propuesta anterior, este
Instituto ha resuelto imponer a la empresa "Cadena
Cien, Sociedad Limitada", de La Coruña, la sanción
de multa de 300.000 pesetas."
Lo que se notifica en cumplimiento y a los efectos
previstos en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-
cedimiento Administrativo Común, significando que
el texto íntegro de la citada resolución se encuentra
archivado en la Secretaría General de este Orga-
nismo, plaza del Rey, número 1, en Madrid. Contra
dicha resolución cabe interponer recurso ordinario
ante la excelentísima señora Ministra de Educación
y Cultura o en las dependencias señaladas en el
artículo 38.4 de la citada Ley 30/1992, de Pro-
cedimiento Administrativo, en el plazo de un mes,
a contar de la notificación, de acuerdo ello con
lo dispuesto en los artículos 107.1, 114 y siguientes
de la mencionada vigente Ley 30/1992, toda vez
que dicha resolución no pone fin a la vía admi-
nistrativa.
Madrid, 3 de febrero de 1998.-La Secretaria gene-
ral, Milagros Mendoza Andrade.-8.698-E.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CATALUÑA
Departamento de Industria,
Comercio y Turismo
Resolución por la que se otorga a la empresa "Gas
Natural SDG, Sociedad Anónima", la autorización
administrativa y la aprobación del proyecto de cons-
trucción de las instalaciones de conducción y sumi-
nistro de gas natural, gasoducto Montmaneu-Ca-
laf-Calonge de Segarra
La empresa "Gas Natural SDG, Sociedad Anó-
nima", con domicilio social en Barcelona, avenida
Portal de l'Àngel, 20-22, en aplicación de lo que
prevén los capítulos 3 de la Ley 10/1987, de 15
de junio, de disposiciones básicas para un desarrollo
coordinado de actuaciones en materia de combus-
tibles gaseosos, y 2 del Reglamento general del servi-
cio público de gases combustibles, aprobado por
el Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, solicitó
en fecha 20 de mayo de 1997 la autorización admi-
nistrativa y la aprobación del proyecto de construc-
ción de las instalaciones de conducción y suministro
de gas natural, gasoducto Montmaneu-Calaf-Calon-
ge de Segarra.
Esta empresa es titular de la conceción admi-
nistrativa otorgada por la Resolución del Depar-
tamento de Industria y Energía de 14 de julio de
1992, para el transporte y el suministro de gas natu-
ral a diversos términos municipales de la provincia
de Barcelona, entre los que está incluido el de Mont-
maneu. Asimismo, "Gas Natural SDG, Sociedad
Anónima", es titular de la concesión administrativa
para la conducción y el suministro de gas natural
para usos domésticos, comerciales e industriales,
gasoducto Montmaneu-Calaf-Calonge de Segarra,
otorgada mediante Resolución del Departamento de
Industria, Comercio y Turismo de 14 de enero de
1997, ampliada por Resolución de 29 de octubre
de 1997.
La citada empresa ha presentado el correspon-
diente proyecto, en el cual se definen las instala-
ciones necesarias para la realización del gasoducto
Montmaneu-Calaf-Calonge de Segarra.
Términos municipales afectados:
Provincia de Barcelona: Montmaneu, Veciana, Els
Prats de Rei, Sant Martí Sesgueioles, Calaf y Calon-
ge de Segarra.
Provincia de Lleida: Sant Guim de Freixenet.
Características principales de la instalación:
Estación de regulación y medida (ERM) de
APB/APA en el término municipal de Montmaneu.
Caudal: 8.000 Nm 3 /h.
Presión máxima de servicio efectiva de entrada:
45 bar.
Presión de salida: Regulable entre5y16bar
efectivos.
La estación de regulación y medida se emplazará
en una parcela próxima a la posición de válvulas
VS-03-17 existente correspondiente al gasoducto
Òdena-Lleida-Rosselló, tramo Òdena-Tàrrega, a la
altura del punto kilométrico 0,510 de la carretera
B-221, que será el inicio del gasoducto Montma-
neu-Calaf-Calonge de Segarra.
Conducción principal de transporte de gas natural
que afecta a los términos municipales de Mont-
maneu, Veciana, Els Prats de Rei, Sant Martí Ses-
gueioles, Calaf y Calonge de Segarra, de la provincia
de Barcelona, y Sant Guim de Freixenet, de la pro-
vincia de Lleida.
Longitud: 5.698 y 13.877 metros, respectivamen-
te.
Diámetro: 8º y 6º, respectivamente.
Grosor: 4 y 3,60 milímetros, respectivamente.
Material: Acero al carbono API-5L-GrB.
Presión máxima de servicio efectiva: 16 bar.
Caudal nominal total al inicio de la conducción:
5.156 Nm 3 /h.
Origen: Estación de regulación y medida APB/
APA, próxima a la posición de válvulas existente
VS-03-17 correspondiente al gasoducto Òdena-Llei-
da-Rosselló, en el término municipal de Montma-
neu.
Final: El gasoducto, después de atravesar los tér-
minos municipales de Montmaneu, Sant Guim de
Freixenet, Veciana, Els Prats de Rei, Sant Martí
Sesgueioles y Calaf, finaliza en el término municipal
de Calonge de Segarra, al lado de la industria "Gres
Catalán, Sociedad Anónima".
La longitud de la conducción principal distribuida
por provincia es la siguiente:
Provincia de Barcelona: 16.181 metros.
Provincia de Lleida: 3.394 metros.
Redes de distribución y conexión a industrias:
Provincia de Lleida:
Término municipal de Sant Guim de Freixenet.
Conexión a la industria "Gabarró, Sociedad Anó-
nima":
Longitud: 134 metros.
Diámetro: 3º.
Grosor: 3,20 milímetros.
Material: Acero al carbono API-5L-GrB.
Presión máxima de servicio efectiva: 16 bar.
Caudal nominal: 500 Nm 3 /h.
Provincia de Barcelona:
Red de distribución en el término municipal de
Calaf y conexión a la industria "Cerámicas Calaf,
Sociedad Anónima".
Red de distribución:
Longitud: 709, 32 y 8 metros, respectivamente.
Diámetro: 4º, 3º y 8º, respectivamente.
Grosor: 3,20, 3,20 y 4 milímetros, respectivamente.
Material: Acero al carbono API-5L-GrB.
Presión máxima de servicio efectiva: 16, 16, y
0,4 bar, respectivamente.
Caudal nominal: 534 Nm 3 /h.
Conexión a la industria "Cerámicas Calaf, Socie-
dad Anónima":
Longitud: 80 metros.
Diámetro: 4º.
Grosor: 3,20 milímetros.
Material: Acero al carbono API-5L-GrB.
Presión máxima de servicio efectiva: 16 bar.
Caudal nominal: 1.058 Nm 3 /h.
Término municipal de Calonge de Segarra:
Conexión a la industria "Gres Catalán, Sociedad
Anónima", :
Longitud: 64 metros.
Diámetro: 4º.
Grosor: 3,20 milímetros.
Material: Acero al carbono API-5L-GrB.
Presión máxima de servicio efectiva: 16 bar.
Caudal nominal: 1.443 Nm 3 /h.
Conexión a la industria "Cerámicas Hijos de I.
Sugrañes, Sociedad Anónima":
Longitud: 85 metros.
Diámetro: 3º.
Grosor: 3,20 milímetros.
Material: Acero al carbono API-5L-GrB.
Presión máxima de servicio efectiva: 16 bar.
Caudal nominal: 721 Nm 3 /h.
Armario regulador:
Estación de regulación y medida (armario regu-
lador) en el término municipal de Calaf:
Caudal nominal: 1.000 Nm 3 /h.
Presión máxima de servicio efectiva de entrada:
16 bar.
Presión de salida: Regulable entre 0,4 y 0,05 bar
efectivos.
El armario regulador estará ubicado en la plaza
Pinós del núcleo urbano de Calaf.
Sistema de protección catódica: Las canalizacio-
nes objeto de esta instalación se protegerán con
inyección de corriente procedente de los sistemas
de protección catódica del gasoducto Òdena-Llei-
na-Rosselló.
Presupuesto total: 282.585.033 pesetas.
Esta solicitud de autorización administrativa ha
sido sometida a un período de información pública
mediante el anuncio publicado en el "Diario Oficial
de la Generalidad de Cataluña" número 2.485, de
30 de septiembre de 1997; en el "Boletín Oficial
del Estado" número 229, de 24 de septiembre de
1997, y en los diarios "Avui" de 30 de septiembre
de 1997, "La Vanguardia" de 30 de septiembre de
1997, "La Mañana" de 30 de septiembre de 1997,
y "Segre" de 30 de septiembre de 1997.
Paralelamente, se remitieron las correspondientes
separatas del proyecto a los Ayuntamientos afec-
tados de Montmaneu, Veciana, Els Prats de Rei,
Sant Martí Sesgueioles, Calaf y Calonge de Segarra,
de la provincia de Barcelona, y Sant Guim de Freixe-
net, de la provincia de Lleida, y al conjunto de
organismos afectados.
Respecto a los Ayuntamientos, han emitido infor-
me favorable los de Veciana, Sant Martí de Ses-
gueioles, Calaf y Sant Guim de Freixenet, de los
cuales han solicitado modificaciones de los trazados
de las redes de distribución los Ayuntamientos de
Calaf y Sant Guim de Freixenet; por tanto, la empre-
sa solicitante de la autorización administrativa acep-
ta modificar la red de distribución y de suministro
de gas natural a la industria "Gabarró, Sociedad
Anónima", en el término municipal de Sant Guim
de Freixenet, entre los vértices V-O/1 y V-OD/1,
de acuerdo con el plano 41053/PP-101, edición 1;
la red de distribución y de suministro de gas natural
a la industria "Cerámicas Calaf, Sociedad Anóni-
ma", en el término municipal de Calaf, que discurre
por las calles Veciana, Calonge de Segarra y plaza
Pinós, hasta la llegada al límite de la propiedad
de "Cerámicas Calaf, Sociedad Anónima", y el arma-
rio regulador APA/MPA que suministrará gas a
Calaf, deberá seguir las directrices técnicas de las
normas subsidiarias de planeamiento vigentes, por
lo cual, antes del inicio de las obras se determinará
definitivamente, conjuntamente con los servicios
técnicos municipales, el trazado de la conducción,
así como el emplazamiento del armario regulador.
Los Ayuntamientos de Montmaneu, Els Prats de
Rei y Calonge de Segarra no han enviado ningún
informe, por cuyo motivo,yalavista del Decreto
2913/1973, de 26 de octubre, debe entenderse su
acuerdo con el proyecto.
Por lo que respecta a otros organismos a los que
se les ha solicitado informe, la Demarcación de
Carreteras del Estado en Cataluña solicita la pro-
longación del contratubo de protección en el punto
kilométrico 13,973 de cruce previsto en la futura
autovía Cervera-Igualada, tramo Cervera-Santa
María del Camí. La empresa solicitante acepta modi-
ficar la prolongación del contratubo citado y, de
acuerdo con el plano 41.053/PE-003, edición 1,
que anula y sustituye al mismo plano versión 0;
el resto de organismos han emitido informe favo-
rable juntamente con una serie de condicionantes
técnicos y recomendaciones para integrar la obra
en el paisaje que la empresa solicitante tendrá en
cuenta durante la realización de las obras de cons-
trucción de las instalaciones y de acuerdo con la
legislación vigente.
Dentro del período de información pública, pre-
sentaron alegaciones diversos particulares, propie-
tarios de bienes y derechos afectados, situados en
los términos municipales de Veciana, Sant Martí
de Sesgueioles, Calaf y Sant Guim de Freixenet,
referidas a cambios de titularidad y propuestas de
trazados alternativos.
Estas alegaciones han sido trasladadas a la empre-
sa beneficiaria, la cual ha procedido a corregir los
errores de titularidad, y las solicitudes de modifi-
caciones de trazado no han podido ser aceptadas
por razones de tipo técnico o bien porque afectan
a derechos de terceros.
Se acepta la solicitud formulada por el señor
Miquel Villarte Trasobares, titular de la finca
B-SM-19, consistente en poder nivelar la tierra de
la finca citada para poder edificar en un futuro,
sin afectar al trazado de la conducción de gas, e
instalar la misma a una profundidad adecuada, siem-
pre que se indique la nueva rasante del terreno con
anterioridad al inicio de las obras del gasoducto.
Cambios de titularidad:
Término municipal de Veciana:
Fincas FN-B-VE-64 y 65, nuevos titulares: Joan
Torra Torrescasana y Joan Antoni Torra Forn, con
domicilio en la calle Nou, número 12, de Torelló.
Término municipal de Calaf:
Finca FN-B-CA-19, nuevo titular: Empresa "Her-
saba, Sociedad Limitada", con domicilio en paseo
de Gràcia, número 22, de Barcelona.
Una vez cumplidos los trámites administrativos
previstos en la Ley 10/1987, de 15 de junio; el
Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, por el que
se aprueba el Reglamento general del servicio públi-
co de gases combustibles; el Decreto 1775/1967,
de 22 de julio, sobre régimen de instalación, amplia-
ción y traslado de industrias; la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de régimen jurídico de las admi-
nistraciones públicas y del procedimiento adminis-
trativo común, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre,
de organización, procedimiento y régimen jurídico
de la Administración de la Generalidad de Cataluña,
resuelvo:
Otorgar a la empresa "Gas Natural SDG, Socie-
dad Anónima", la autorización administrativa y la
aprobación del proyecto de ejecución de las obras
de las instalaciones de conducción y suministro de
gas natural, gasoducto Montmaneu-Calaf-Calonge
de Segarra.
Esta autorización administrativa, de acuerdo con
lo que establece el artículo 13 de la Ley 10/1987,
de 15 de junio, lleva implícita la declaración concreta
de utilidad pública y la necesidad de ocupación
urgente de los bienes y derechos afectados, a los
efectos que determina el artículo 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
Los bienes y derechos afectados por esta auto-
rización administrativa son los que figuran en el
anuncio publicado en el "Diario Oficial de la Gene-
ralidad de Cataluña", número 2.485, de 30 de sep-
tiembre de 1997; en el "Boletín Oficial del Estado",
número 229, de 24 de septiembre de 1997, y en
los diarios "Avui" de 30 de septiembre de 1997,
"La Vanguardia" de 30 de septiembre de 1997, "La
Mañana" de 30 de septiembre de 1997, y "Segre"
de 30 de septiembre de 1997, y expuesto en los
tablones de anuncios de los Ayuntamientos afec-
tados y de la Dirección General de Energía y Minas,
en Barcelona, con los cambios de titularidad citados.
Esta autorización administrativa se otorga some-
tida a las condiciones generales que prevén la Ley
10/1987, de 15 de junio; el Decreto 2913/1973,
de 26 de octubre; el Decreto 1775/1967, de 22
de julio, y bajo las condiciones especiales siguientes:
1. Las instalaciones objeto de esta autorización
administrativa se realizarán de acuerdo con las espe-
cificaciones y los planos que figuran en el proyecto
presentado por la empresa concesionaria, el cual
ha servido de base para la tramitación del expediente
número 1008832/97, firmado por el señor Ferrán
Alcolea Valverde, visado por el Colegio Oficial de
Ingenieros Técnicos Industriales de Barcelona en
fecha 12 de mayo de 1997, con el número
13.555-A-A.
La construcción y el funcionamiento de estas ins-
talaciones se someten a lo que establece la Ley
13/1987, de 9 de julio, de seguridad de las ins-
talaciones industriales; el Reglamento general del
servicio público de gases combustibles, aprobado
por el Decreto 2913/1973, de 26 de octubre; el
Reglamento de redes y acometidas de combustibles
gaseosos, aprobado por la Orden del Ministerio de
Industria y Energía de 18 de noviembre de 1974,
modificado por las Órdenes de 26 de octubre de
1983y6dejulio de 1984 y sus ITC-MIG; el Decreto
120/1992, de 28 de abril ("Diario Oficial de la Gene-
ralidad de Cataluña" número 1.606, de 12 de junio),
por el que se regulan las características que han
de cumplir las protecciones a instalar entre las redes
de diferentes suministros públicos que discurren por
el subsuelo, y la Orden de 5 de julio de 1993 ("Diario
Oficial de la Generalidad de Cataluña" número
1.782, de 11 de agosto), que lo desarrolla, y otros
reglamentos técnicos específicos que le sean de apli-
cación y disposiciones de aplicaciones generales.
2. El peticionario deberá solicitar la autorización
administrativa correspondiente para realizar cual-
quier modificación del proyecto aprobado.
3. El plazo para llevar a cabo las instalaciones
y su puesta en funcionamiento será de dos años,
contados a partir de la fecha de otorgamiento de
la presente autorización administrativa.
4. La Dirección General de Energía y Minas
podrá realizar, durante las obras y cuando se hayan
acabado, las comprobaciones y las pruebas que con-
sidere necesarias en relación con el cumplimiento
de las condiciones de esta resolución. Con esta fina-
lidad, el peticionario comunicará a la Dirección
General de Energía y Minas la fecha de inicio de
las obras, la realización de las pruebas y cualquier
incidencia relevante.
5. Una vez ejecutadas las obras, la empresa peti-
cionaria solicitará de la Dirección General de Ener-
gía y Minas el acta de puesta en servicio de las
instalaciones, adjuntando el certificado de dirección
y de finalización de obra firmado por el técnico
competente y visado por el Colegio Oficial corres-
pondiente, mediante el cual se acredite que las ins-
talaciones se ajustan al proyecto aprobadoyala
normativa aplicable. A este certificado se adjuntarán
las actas de pruebas y controles reglamentarios, todo
de acuerdo con lo que dispone la Resolución de
la Dirección General de Energía de 20 de agosto
de 1992 ("Diario Oficial de la Generalidad de Cata-
luña" número 1.656, de 14 de octubre).
6. Los cruces especiales y otras afectaciones de
los bienes de dominio público se harán de acuerdo
con las condiciones técnicas impuestas por los orga-
nismos competentes afectados.
7. El peticionario asegurará la vigilancia y el
mantenimiento correctos de las instalaciones duran-
te la construcción y después de su puesta en fun-
cionamiento, para garantizar que en todo momento
cumplen las condiciones reglamentarias de seguri-
dad.
8. De acuerdo con lo que prevé el capítulo 4
de la Ley 10/1987, de 15 de junio, la autorización
administrativa de este proyecto comporta, con el
pago de la indemnización que corresponda y de
los perjuicios que se deriven de la rápida ocupación,
la imposición de las servidumbres y las limitaciones
de dominio siguientes:
a) Servidumbre perpetua de paso en una franja
de terreno de tres metros de ancho por cuyo eje
irán bajo tierra las canalizaciones a una profundidad
mínima de un metro, junto con los elementos y
accesorios que éstas requieran. El límite de esta
franja quedará definido a 1,5 metros a un lado y
a otro de los ejes de los trazados de las canali-
zaciones citadas y dentro de los límites de ocupación
temporal. Estas franjas de servidumbre perpetua de
paso se utilizarán para la vigilancia y el manteni-
miento de las canalizaciones, para lo que se dis-
pondrá de libre acceso del personal, elementos y
medios necesarios. Se deberán pagar los daños que
se ocasionen en cada uno de los casos en que se
tenga que intervenir.
b) Servidumbre de ocupación temporal durante
el período de ejecución de las obras en una franja
o pista de donde se harán desaparecer todo tipo
de obstáculos, cuya anchura máxima será de 10
metros, con el pago de los daños que se ocasionen
en cada caso.
c) La prohibición de plantar árboles y arbustos
de tallo alto y de hacer movimientos de tierras en
la franja a que hace referencia el apartado a).
d) La prohibición de efectuar trabajos de arada,
cava u otros similares a una profundidad superior
a 50 centímetros en la franja a que hace referencia
el apartado a).
e) No se permitirá levantar edificaciones o cons-
trucciones de ningún tipo, aunque tengan carácter
provisional o temporal, ni variar la cota de terreno,
ni efectuar ningún acto que pueda dañar o perturbar
el buen funcionamiento, la vigilancia, la conserva-
ción, las reparaciones y las sustituciones necesarias,
en su caso, de las canalizaciones y de los elementos
anexos, a una distancia inferior a 1,5 metros a ambos
lados del eje del trazado de las canalizaciones.
f) Todo lo que se ha indicado en los apartados
anteriores no será aplicable a los bienes de dominio
público.
g) Ocupación de dominio: Ocupación perma-
nente y perpetua de las parcelas que se señalan
en los planos parcelarios, al vuelo, al suelo y al
subsuelo necesarios para la construcción de las ins-
talaciones de recepción, filtrado, regulación de pre-
sión y medida del gas y de sus elementos anexos,
armarios para la instalación de sistemas de pro-
tección catódica y la instalación de los conjuntos
de válvulas de línea y derivación, incluyendo la cons-
trucción del cierre de las barreras de protección
a la totalidad de los perímetros para salvaguardar
las instalaciones de elementos extraños o de intrusos.
Al efecto del cumplimiento de lo que establece
esta condición octava, la empresa "Gas Natural
SDG, Sociedad Anónima", antes del montaje de las
instalaciones y de su puesta en servicio recogerá las
servidumbres y las limitaciones de dominio citadas
en los convenios y acuerdos y estará obligada a la
vigilancia de su cumplimiento y, si es necesario, a
la notificación de los presuntos incumplimientos a
la Dirección General de Energía y Minas.
9. Esta autorización quedará sin efecto por cual-
quiera de las causas señaladas en el artículo 34
del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, por incum-
plimiento de las condiciones estipuladas, por faci-
litar datos inexactos, por la extinción de las con-
cesiones de las que dimana y por cualquier otra
causa excepcional que lo justifique.
10. La presente autorización administrativa se
otorga sin perjuicio de terceros y con independencia
de las autorizaciones, licencias y demás permisos
de competencia municipal, provincial u otros que
sean necesarios para la realización de las instala-
ciones autorizadas.
Contra esta Resolución, que no agota la vía admi-
nistrativa, se puede interponer recurso ordinario ante
el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en
el plazo de un mes, a contar desde la fecha de
su publicación.
Barcelona, 23 de enero de 1998.-El Director
general de Energía y Minas, Pere Sagarra i
Trias.-10.260-16.
UNIVERSIDADES
POLITÉCNICA DE CATALUÑA
Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica
en Tejidos de Punto
Habiéndose extraviado el título original de Inge-
niero Técnico en Tejidos de Punto de don Haysam
Sawas, registro número 161, folio número 9, de
fecha 31 de enero de 1976, se pone en público
conocimiento dicha pérdida, de conformidad con
las disposiciones vigentes.
Canet de Mar, 9 de febrero de 1998.-56.055.
JAÉN
Escuela Universitaria de Magisterio de Úbeda
Habiendo sufrido extravío el título de Diplomada
en profesorado de EGB de doña María Dolores
Ruiz Medina, que fue expedido el 29 de abril de
1983, Registro Nacional de Títulos número 9.807,
se hace público, por término de treinta días hábiles,
para oír reclamaciones, en cumplimiento de lo dis-
puesto en la Orden de 8 de julio de 1988.
Úbeda, 9 de febrero de 1998.-El Secretario, Ela-
dio Quintana Déniz.-V. º B. º : El Director adjunto,
Juan Clemente Jiménez.-8.901.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid