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Documento BOE-B-1998-26505

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Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 18 de febrero de 1998, páginas 2695 a 2701 (7 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Referencia:
BOE-B-1998-26505

TEXTO

MINISTERIO DE JUSTICIA

Subsecretaría

Edicto

Don Felipe Calderón Valbuena ha solicitado la

sucesión en el título de Conde de Santa Teresa,

vacante por fallecimiento de doña Concepción Cal-

derón Pineda, lo que se anuncia por el plazo de

treinta días, contados a partir de la publicación de

este edicto, a los efectos del artículo 6. º del Real

Decreto de 27 de mayo de 1912, en su redacción

dada por el 222/1988, de 11 de marzo, para que

puedan solicitar lo conveniente los que se consideren

con derecho al referido título.

Madrid, 26 de enero de 1998.-Por la Unidad,

el Consejero Técnico, Antonio Luque Gar-

cía.-7.222.

Edicto

Don Pedro Manuel Burriel Eymar ha solicitado

la sucesión en el título de Marqués de Villa Antonia,

vacante por fallecimiento de su padre, don Luis

Burriel de Velasco, lo que se anuncia por el plazo

de treinta días, contados a partir de a publicación

de este edicto, a los efectos del artículo 6. º del

Real Decreto de 27 de mayo de 1912, en su redac-

ción dada por el 222/1988, de 11 de marzo, para

que puedan solicitar lo conveniente los que se con-

sideren con derecho al referido título.

Madrid, 27 de enero de 1998.-El Consejero téc-

nico, Antonio Luque García.-7.821.

MINISTERIO DE DEFENSA

Juzgados Marítimos Permanentes

CARTAGENA

Edicto

Don Luis Jesús López Alcázar, Comandante Audi-

tor del Cuerpo Jurídico Militar de la Defensa,

Juez Marítimo Permanente número 2 de Carta-

gena, Instructor del expediente de asistencia marí-

tima número 252/1991, por medio del presente,

hago saber:

1. º Por este Juzgado de mi cargo se saca a públi-

ca subasta la embarcación de recreo a motor nom-

brada "Alimar III", de bandera española, pertene-

ciente a don Francisco Segado Alonso, de la 5. ª lista

de Cartagena, folio 1.748, de 10,70 metros de eslora,

3,80 metros de manga y 1,36 metros de puntal,

de 15,48 toneladas de R. B. compuesto por dos

motores B.M., modelo TD-226/6, de 129 CV cada

uno.

2. º El acto de la celebración de la subasta tendrá

lugar en el Juzgado de mi cargo, sito en Asesoría

Jurídica del Cuartel General de la Zona Marítima

del Mediterráneo, calle Villamartín, número 2, de

Cartagena, el día 5 de marzo de 1998, las once

horas, con las siguientes condiciones:

Primera.-La licitación se ajustará a lo dispuesto

en el artículo 55 del Reglamento de 20 de abril

de 1967, dictado para la aplicación de la Ley

60/1962, de 24 de diciembre, que regula los auxilios,

salvamentos y remolques marítimos.

Segunda.-La embarcación objeto de la subasta

podrá ser examinada en el puerto deportivo "Tomás

Maestre" de la Manga del Mar Menor, Murcia, lugar

en el que se encuentra, en días hábiles, de diez

a trece horas, hasta el día anterior al señalado para

la subasta.

Tercera.-El precio tipo de licitación se señala en

la cantidad de 6.500.000 pesetas, valor asignado

pericialmente al mismo.

Cuarta.-Para poder tomar parte en la subasta

deberá constituirse una garantía equivalente al 10

por 100 del precio-tipo de licitación, bien mediante

aval bancario o mediante depósito en metálico en

el propio Juzgado Marítimo con carácter previo a

la subasta. No obstante, el acreedor o acreedores

podrán concurrir a la subasta sin necesidad de rea-

lizar dicho depósito.

Quinta.-Serán rechazadas las proposiciones de

los licitadores que no hubieren cumplimentado lo

dispuesto al punto anterior.

Sexta.-No se admitirán posturas que no cubran

las dos terceras partes del precio.

Séptima.-La subasta se suspenderá en cualquier

momento anterior a la adjudicación, si se efectúa

el pago del débito y costas del procedimiento, si

los hubiere.

Octava.-Cualquier incidente o reclamación que

pudiera presentarse respecto a la propiedad o mejor

dominio de los efectos que se subastan, se solventará

por los Tribunales de la Jurisdicción ordinaria y

no suspenderá, en ningún supuesto la venta, incluida

la adjudicación.

3. º Los interesados en tomar parte en la lici-

tación presentarán las correspondientes propuestas,

acompañadas del justificante de haber depósitado

la garantía a la que se ha hecho referencia, ajustadas

al siguiente modelo: Pliego cerrado:

Don ........, mayor de edad, con documento nacio-

nal de identidad número ........, domiciliado

en ........, calle ........, número ........, en nombre pro-

pio (o en representación de ........, según acredito

mediante poder que se acompaña), manifiesto: Que,

enterado del pliego de condiciones por el que se

rige la venta en pública subasta de la embarcación

española "Alimar III", con los aparatos y efectos

que actualmente tiene a bordo, ofrezco por los mis-

mos la cantidad de (en letra) ........pesetas. Lugar,

fecha y firma.

4. º Si a la vista de las proposiciones presentadas

resultaren dos o más iguales, se verificará en el acto

de la subasta una licitación por pujas durante quince

minutos, aceptándose la mejor postura.

5. º Terminada la licitación, se procederá a levan-

tar acta del resultado de la subasta, firmándose por

duplicado por el Juez Marítimo, por el adjudicatario

y por el resto de los licitadores que lo deseen y,

en todo caso, por los que formulen alguna protesta,

de cuyo acto dará fe el Secretario. Acto seguido,

se notificará la adjudicación de los efectos subas-

tados, para que el adjudicatario pueda hacerse cargo

de los mismos en el plazo improrrogable de diez

días hábiles a partir de la notificación y previo pago

del importe de la adjudicación, en cuyo momento

podrá retirar la garantía.

6. º Transcurrido dicho plazo sin verificar el pago

del material adjudicado, se entenderá rescindido el

contrato, en perjuicio del adjudicatario.

7. º Terminada la subasta, se devolverán las con-

signaciones a sus respectivos dueños, excepto la que

corresponda al adjudicatario, que se reservará en

depósito como garantía del cumplimiento de sus

obligaciones y a quien se entregará testimonio del

acta de adjudicación, firmada por el Juez y Secre-

tario, a los efectos oportunos.

8. º Todos los gastos que se produzcan, como

arancelarios, impuestos, etc., serán a cargo del adju-

dicatario. Así como el abono de las cantidades fija-

das por la asistencia, por el Tribunal Marítimo Cen-

tral, en fecha 5 de julio de 1994, que asciende a

la suma de 926.940 pesetas.

9. º En el supuesto que la primera subasta resul-

tare desierta, se señala en este acto la celebración

de la segunda, con rebaja del 25 por 100 del valor

de tasación, subsistiendo las restantes condiciones

para el día 5 de marzo de 1998, en el mismo lugar

y a las doce horas.

Y para el caso de que la segunda resultare desierta,

se señala la celebración de la tercera sin sujeción

a tipo, subsistiendo también las restantes condicio-

nes para el día 5 de marzo, en el mismo lugar

ya indicado y a las doce treinta horas.

Dado en Cartagenaa4defebrero de 1998.-Fir-

mado: El Juez Marítimo Permanente, Luis Jesús

López Alcázar.-El Secretario, Francisco Gallego

Lorca.-7.715.

MINISTERIO

DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Agencia Estatal de Administración

Tributaria

MADRID

En virtud de lo dispuesto en el artículo 105 de

la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General

Tributaria, en la redacción dada al mismo por el

artículo 28 de la Ley de Medidas Fiscales, Admi-

nistrativas y de Orden Social, Ley 66/1997, de 30

de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" número

313, del 31), y habiéndose intentado la notificación

por dos veces, sin que hayan podido practicarse

por causas no imputables a la Administración Tri-

butaria, por el presente anuncio se cita a los sujetos

pasivos que se relacionan en el anexo adjunto, para

ser notificados por comparecencia de los actos admi-

nistrativos que en el mismo se incluyen.

Los interesados o sus representantes deberán com-

parecer para ser notificados en el plazo de diez

días, desde el siguiente a esta publicación, en horario

de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, en

los lugares que, en cada caso, se señalan.

Cuando, transcurrido dicho plazo, no se hubiese

comparecido, la notificación se entenderá produ-

cida, a todos los efectos legales, desde el día siguiente

al del vencimiento del plazo señalado para com-

parecer.

Anexo

Notificación de resoluciones de actas de disconfor-

midad (modelo 02)

Documento nacional de identidad: 1.382.760-T.

Apellidos y nombre: Abbad Jaime Aragón González,

Carmen. Impuesto: Impuesto sobre la Renta de las

Personas Físicas. Ejercicio: 1989. Número de refe-

rencia: 61018301. Número de expedien-

te: 15.076/96.

Órgano de tramitación y lugar de comparecencia:

Agencia Estatal de Administración Tributaria. Dele-

gación Especial de Madrid. Número de identifica-

ción fiscal: Q2826000H, calle Guzmán el Bueno,

139, 28071 Madrid. Oficina Técnica de Inspección,

despacho 42, planta 7. ª

Madrid, 4 de febrero de 1998.-El Jefe de la Ofi-

cina Técnica de Inspección, Fernando Hornillos

Uzquiza.-7.385.

MINISTERIO DE FOMENTO

Autoridades Portuarias

CARTAGENA

El Consejo de Administración de la Autoridad

Portuaria de Cartagena, en la sesión celebrada el

día 10 de marzo de 1997, a propuesta de la Direc-

ción Técnica, en uso de las facultades que le confiere

el artículo 40.3, ñ) de la Ley 27/1992, de 24 de

noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina

Mercante, adoptó el acuerdo de otorgar a "Ership,

Sociedad Anónima", una concesión administrativa

para la construcción y explotación de un almacén

y báscula en el muelle "Isaac Peral", en la dársena

de Escombreras.

Superficie mínima: 7.000 metros cuadrados.

Canon por ocupación de superficie: 275 pts/m 2

y año.

Canon por el desarrollo de actividad industrial:

1.500.000 pts/año por uso de la báscula.

1.800.000 pts/año por uso de almacén.

2 pts/Tn para la cantidad que supere las 200.000

toneladas.

Plazo de la concesión: Veinte años.

Cartagena, 20 de enero de 1998.-El Presidente,

Adrián Ángel Viudes Viudes.-7.763.

CARTAGENA

El Consejo de Administración de la Autoridad

Portuaria de Cartagena, en la sesión celebrada el

día 25 de junio de 1997, a propuesta de la Dirección

Técnica, en uso de las facultades que le confiere

el artículo 40.3, ñ) de la Ley 27/1992, de 24 de

noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina

Mercante, adoptó el acuerdo de otorgar a "Viuda

e Hijos de Fco. Vera, Sociedad Anónima", una con-

cesión administrativa para la construcción e ins-

talación de un almacén y báscula en el muelle "Isaac

Peral", en la dársena de Escombreras.

Superficie: 4.000 metros cuadrados.

Canon por superficie:

Por terreno: 283 pts/m 2 y año.

Por terreno afectado por instalaciones enterradas:

142 pts/m 2 y año.

Canon por el desarrollo de actividad industrial:

180.000 pts/año por uso de la báscula.

5 pts/Tn para la cantidad que supere las 70.000

toneladas netas que se pesen en la báscula.

1.000.000 pts/año por uso del almacén.

Plazo de la concesión: Veinte años.

Cartagena, 20 de enero de 1998.-El Presidente,

Adrián Ángel Viudes Viudes.-7.436.

CARTAGENA

El Consejo de Administración de la Autoridad

Portuaria de Cartagena, en la sesión celebrada el

día 22 de diciembre de 1997, a propuesta de la

Dirección Técnica, en uso de las facultades que

le confiere el artículo 40.3, ñ) de la Ley 27/1992,

de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de

la Marina Mercante, adoptó el acuerdo de aprobar

el cambio de titularidad de las concesiones otorgadas

a "Hidroeléctrica Española, Sociedad Anónima", a

favor de "Iberdrola, Sociedad Anónima", y que a

continuación se relacionan:

Ocupación de terrenos y toma de agua del mar

para refrigeración de la central térmica de Escom-

breras (Orden de 23 de mayo de 1956).

Línea teléfonica en la zona de servicio de la dár-

sena de Escombreras (Orden de 13 de junio de

1958).

Murete de mampostería para cierre de parcelas

en Escombreras (Orden de 25 de mayo de 1961).

Toma de agua del mar, canal de desagüe y sistema

de refrigeración de la CT de Escombreras (Orden

de 26 de abril de 1966).

Terrenos para construcción de cuadro de intem-

perie de 440 KV de central térmica de Escombreras

(Orden de 20 de septiembre de 1966).

Ampliación de parcela en la zona de servicio de

la dársena de Escombreras para la ampliación del

cuadro de intemperie de 400 KV de central térmica

de Escombreras (Orden de 4 de mayo de 1979).

Centro de transformación "Cuesta" en Santa

Lucía (Orden de 14 de febrero de 1990).

En el mismo Consejo de Administración se adop-

tó el acuerdo de aprobar la "modificación por

ampliación de la descarga para vertido del circuito

de refrigeración de los grupos I, II y III de la central

térmica de Escombreras de la concesión otorgada

a "Hidroeléctrica Española, Sociedad Anónima",

según Orden de 23 de mayo de 1956.

Superficie: 1.400 metros cuadrados.

Canon por superficie:

Por terreno: 175 pts/m 2 y año.

Por terreno afectado por instalaciones enterradas:

88 pts/m 2 y año.

Plazo de la concesión: Hasta el 16 de diciembre

de 2022.

Cartagena, 21 de enero de 1998.-El Presidente,

Adrián Ángel Viudes Viudes.-7.759.

MINISTERIO

DE MEDIO AMBIENTE

Confederaciones Hidrográficas

DUERO

Interesada notificación a la entidad mercantil

denominada "Asfalti Sintex, S. P. A.", en el último

domicilio conocido en Madrid, calle Balbina Val-

verde, número 23, y habiendo resultado infructuosa

dicha notificación y desconociéndose su actual

domicilio, por medio de este anuncio, y al amparo

de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, se requiere a la mencionada

"Asfalti Sintex" para que concurra a la recepción

definitiva de las obras denominadas "Terminación

de obras e instalaciones en la presa de Santa Teresa,

términos municipales de Montejo y Pelayos (Sa-

lamanca)"; "Modificación número 1 del proyecto

de reparación de la presa de El Águeda, términos

municipales de Zamarra y Pastores (Salamanca)"

e "Instalaciones complementarias (viviendas) en la

presa de El Águeda, término Zamarra (Salamanca),

de las cuales es contratista, el próximo día 15 de

abril de 1998, a las doce horas, en la presa de

Santa Teresa, y las catorce horas, en la presa de

El Águeda, con la advertencia de que, de confor-

midad con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley

de Contratos del Estado, podrá acudir asistida de

facultativo, sin que la inexistencia del contratista

impida el acto de recepción definitiva y entrega de

uso público de la mencionada obra.

Valladolid, 9 de febrero de 1998.-El facultativo

representante de la Administración, Rogelio Anta

Otorel.-7.588.

SEGURA

Obra: Proyecto de redes principales, caminos y desa-

gües de la zona regable de Lorca y valle del Gua-

dalentín. Sector VII, subsector II. La Hoya. Expe-

diente fincas 37 y 61, ejecución sentencia de la

Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tri-

bunal Superior de Justicia de Murcia núme-

ro 1/1.755/1994. Término municipal de Lorca

(Murcia)

En cumplimiento del fallo de la Sala de lo Con-

tencioso-Administrativo del Tribunal Superior de

Justicia de Murcia, recaído en autos número

1/1.755/1994, por el que se estima parcialmente

el recurso contencioso número 1.755/1994, inter-

puesto por doña Juana y doña Raimunda Carlota

Sánchez Cánovas, por no ser conforme a derecho,

la ocupación de las fincas números 37 y 61, debien-

do reponer las actuaciones administrativas al trámite

de declaración de necesidad y reconociendo el dere-

cho de las mismas al resarcimiento de daños y per-

juicios que les hubieran ocasionado como conse-

cuencia del hecho de la ocupación anticipada de

las citadas fincas. En este organismo se tramita expe-

diente ordinario de expropiación forzosa de los terre-

nos afectados por las obras antes epigrafiadas.

Por el Presidente de esta Confederación Hidro-

gráfica, con fecha 28 de enero de 1998, y en virtud

de las atribuciones legalmente conferidas por la

Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre

de 1954; el Reglamento para su aplicación de 26

de abril de 1957; el Real Decreto 927/1988, de

29 de julio; la Ley de Aguas de 2 de agosto de

1985, y demás disposiciones aplicables a la materia,

ha resuelto:

Declarar la necesidad de ocupación de los bienes

y derechos afectados de las fincas 37 y 61 después

reseñadas, de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 20 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Finca número 37. Propietarios: Doña Juana Sán-

chez Cánovas y otros. Superficie: 1 área 24 cen-

tiáreas de tierra de labor riego. Linderos: Norte,

camino viejo; sur, resto de finca; este, don Ginés

Cánovas Ruiz, y oeste, don Santiago Espín Cánovas.

Finca número 61. Propietarios: Doña Juana Sán-

chez Cánovas y otros. Superficie: 2 áreas 60 cen-

tiáreas de tierra de labor riego. Linderos: Norte,

autovía; sur, resto de finca; este, don Ginés Cánovas

Ruiz, y oeste, herederos de don Francisco Rozafe

García.

Sírvase realizar las oportunas publicaciones esta-

blecidas en el artículo 18.2 de la Ley de Expro-

piación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

La presente resolución pone fin a la vía admi-

nistrativa, de acuerdo con lo establecido en el

artículo 109.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-

bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, y el artículo 20.2 de la Ley de Aguas, de

2 de agosto de 1985, contra la misma puede inter-

poner recurso contencioso-administrativo, a tenor

del contenido del artículo 37 de la Ley reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27

de diciembre de 1956, reformada por la Ley

10/1973, de 17 de marzo, significándole que el plazo

para su interposición será de dos meses, ante la

Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Murcia, a partir de la noti-

ficación de la presente resolución, según lo dispuesto

en el artículo 58 de la Ley antes citada, previa comu-

nicación a que hace referencia el artículo 110.3 de

la Ley 30/1992.

Murcia, 29 de enero de 1998.-El Secretario gene-

ral, Gerardo Cruz Jimena.-7.921-E.

Demarcaciones de Costas

MURCIA

Notificación del trámite de vista o audiencia del expe-

diente de deslinde del dominio público maríti-

mo-terrestre en la Manga del Mar Menor, tramo

10, desde el norte de los terrenos que confrontan

con el puerto deportivo de El Estació (M-196 de

zona marítimo-terrestre) hasta el límite norte de la

urbanización "Veneciola" (M-154 de zona maríti-

mo-terrestre), en el Mar Menor, término municipal

de San Javier (Murcia)

Para el caso de que resulten ausentes o desco-

nocidos los interesados y/o propietarios colindantes

en el expediente de deslinde mencionado, se procede

a notificar el trámite de vista o audiencia en dicho

expediente, de acuerdo con lo establecido en el

artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-

cas y del Procedimiento Administrativo Común

(LRJ y PAC), sobre notificaciones a interesados

cuando éstos sean desconocidos o ausentes o se

ignore su domicilio:

Por orden de la Dirección General de Costas,

se comunica lo siguiente:

Se tramita en esta Dirección General el expediente

de deslinde sobre el asunto de referencia.

De conformidad con el artículo 84 de la Ley

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-

cas y del Procedimiento Administrativo Común, se

concede un plazo de diez días para que dentro del

mismo pueda examinar el expediente y presentar,

también dentro de este mismo plazo, los escritos,

documentos y pruebas que estime conveniente.

El expediente se hallará en la Subdirección Gene-

ral de Gestión del Dominio Público Maríti-

mo-Terrestre de esta Dirección General de Costas

(despacho 6.4, plaza de San Juan de la Cruz, sin

número, Madrid). Una copia del expediente podrá

ser examinada en la Demarcación de Costas de

este Ministerio en Murcia.

Lo que se comunica por si desea hacer uso de

este trámite de vista o audiencia que se le concede.

Murcia, 2 de febrero de 1998.-El Jefe de la

Demarcación, Salvador Barnés Mora.-7.522-E.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE GALICIA

Consejería de Industria y Comercio

PONTEVEDRA

La Delegación Provincial de la Consejería de

Industria y Comercio en Pontevedra hace saber que

ha sido presentada instancia-solicitud de la conce-

sión de explotación "Paredes", número 2.620, de

dos cuadrículas mineras para recursos de granito

ornamental, que se sitúa en el término municipal

de A Cañiza, de la provincia de Pontevedra.

Lo que se hace público a fin de aquellos que

tengan la condición de interesado puedan perso-

narse en el expediente dentro del plazo de quince

días, contados a partir de la presente publicación,

de conformidad con lo establecido en el artícu-

lo 70 del Reglamento General para el Régimen de

la Minería de 25 de agosto de 1978.

Pontevedra, 1 de diciembre de 1997.-El Delegado

provincial, Ramón Álvarez Abad.-7.943.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE CANTABRIA

Consejería de Industria, Turismo,

Trabajo y Comunicaciones

Resolución por la que se hace pública la adjudicación

definitiva de la concesión del servicio de transporte

público regular permanente y de uso general de via-

jeros por carretera entre Luena y Santander, con

hijuelas entre Ontaneda y Puente Viesgo por

Vejoris (K-46)

El Director general de Transportes y Comuni-

caciones ha resuelto, con fecha 29 de enero de

1998, adjudicar definitivamente a la empresa "Con-

tinental-Auto, Sociedad Anónima", la concesión del

servicio de transporte público regular permanente

y de uso general de viajeros por carretera, entre

Luena y Santander, con hijuelas entre Ontaneda

y Puente Viesgo por Vejoris (K-46), proveniente

de la segregación de tráfico de la concesión Bur-

gos-Santander por Ontaneda, V-3.109 (EC-011),

con arreglo a las siguientes condiciones particulares:

1. ª Itinerario: Santander-Muriedas-Revi-

lla-Cianca-Parbayón-La Pasiega-Renedo-El Cuar-

tel-Carandia-Vargas-Puente Viesgo-Santa Ana-So-

to/Aés-Corvera-Cillero-Prases-Borleña-Ville-

gar-San Vicente-Ontaneda-Entrambasmesetas-La

Ventona-La Herrería-La Venta Luena-Caz-

purrión-San Andrés-Luena. Puente Viesgo-Corro-

bárceno-Penilla-Iruz-Villasevil-Santiurde-San Mar-

tín-Vejoris-Ontaneda.

2. ª Expediciones y calendario: Las expediciones

que con su respectivo calendario se detallan en la

adjudicación del servicio.

3. ª Tarifa máxima ordinaria: 8,2118 pesetas por

viajero y kilómetro (incluido SOV e IVA).

Exceso equipajes y encargos: 1,1258 pesetas por

cada kilogramos y kilómetro o fracción (más IVA).

Santander, 30 de enero de 1998.-El Director

general de Transportes y Comunicaciones, Manuel

Ballesteros García.-7.945.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE EXTREMADURA

Consejería de Economía, Industria

y Hacienda

Información pública de proyecto de concesión adminis-

trativa para la conducción, distribución y suministro de

gas natural canalizado para usos industriales en el tér-

mino municipal de Villafranca de los Barros

A los efectos previstos en los capítulos III y IV

de la Ley 10/1987, de 15 de junio, de disposiciones

básicas para un desarrollo coordinado de actuacio-

nes en materia de combustibles gaseosos, y en el

Reglamento General del Servicio Público de Gases

Combustibles, aprobado por Decreto 2913/1973,

de 26 de octubre, se somete a información pública

el siguiente proyecto de concesión administrativa.

Peticionario: "Enagás, Sociedad Anónima", con domi-

cilio en avenida de América, número 38, 28028 Madrid.

Objeto de la petición: Concesión administrativa

para la prestación del servicio público de conduc-

ción, distribución y suministro de gas natural cana-

lizado, mediante la construcción de una red de dis-

tribución con trazado de unión de las localidades

de Almendralejo y Villafranca de los Barros, con

longitud aproximada de 19 kilómetros.

Características de las instalación:

Tipo de gas: Gas natural, perteneciente a la familia

segunda de la norma UNE 60.002.

Caudal máximo estimado: 35.000 m 3 (n)/hora.

Presión máxima de servicio: 80 bares (alta pre-

sión B).

Tubería: De acero al carbono, tipo API 5L, con

diámetros de ocho y seis pulgadas (8'' y 6''), dotada

de revestimiento externo y protección catódica, con

una longitud aproximada de 19 kilómetros.

Términos municipales afectados: El trazado de

la red discurre por los términos municipales de

Almendralejo y Villafranca de los Barros.

Área de concesión: Término municipal de Villa-

franca de los Barros.

Plazo: La concesión se solicita para setenta y cinco

años.

Presupuesto: 200.319.600 pesetas.

Referencia expediente: G/72/97.

Lo que se hace público para conocimiento general

y para que todas aquellas personas naturales o jurí-

dicas que se consideren afectadas en sus derechos

puedan examinar el proyecto en esta Dirección

General, sita en Mérida, avenida de Roma, sin núme-

ro, y presentar por triplicado en dicho centro las

alegaciones que consideren oportunas en el plazo

de veinte días, a partir del siguiente a la inserción

de este anuncio.

Mérida, 14 de enero de 1998.-El Director general

de Ordenación Industrial, Energía y Minas, Alfonso

Perianes Valle.-8.986.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE MADRID

Consejería de Obras Públicas,

Urbanismo y Transportes

Resolución por la que se hace pública resolución

relativa al proyecto de expropiación de viviendas loca-

lizadas en terrenos de antigua granja y colonia mili-

tar del "Regimiento Saboya", número 6, promovido

por esta Consejería

El ilustrísimo señor Director general de Suelo,

con fecha 16 de diciembre de 1997, dictó la siguiente

resolución:

"Examinado el expediente relativo al proyecto de

expropiación de los derechos afectados en viviendas

localizadas en terrenos de la antigua granja y colonia

militar del Regimiento Saboya, número 6, en el tér-

mino municipal de Leganés, resultan los antece-

dentes que a continuación se relacionan:

Primero.-El 12 de mayo de 1987, por la Gerencia

de Infraestructura de la Defensa, la Comunidad de

Madrid y el Ayuntamiento de Leganés, firman un

convenio en virtud del cual se ceden los terrenos

y zonas colindantes (granja y colonia militar) del

ªRegimiento de Saboyaº, número 6, correspondien-

tes al ªCuartel del Regimiento Saboyaº, número 6,

y a la Comunidad de Madrid, para la ejecución

del Plan de Ordenación Urbana de Leganés, cuya

calificación es de Sistema General de Equipamiento

Comunitario al Servicio de la Universidad ªCar-

los IIIº.

Segundo.-Para la ejecución de las condiciones

del convenio, las viviendas de la antigua colonia

militar fueron demolidas y los ocupantes de las refe-

ridas viviendas militares han sido realojados por

el Ayuntamiento de Leganés e IVIMA. En estos

momentos de las antiguas viviendas militares, 27

viviendas, sólo quedan dos, los pabellones 35 y 36

de la calle Nador, cuyos ocupantes se niegan a acep-

tar las condiciones de realojo y en consecuencia

a desocupar esas viviendas.

En ejecución del mencionado convenio, los terre-

nos propiedad de la Comunidad de Madrid, han

sido cedidos a su vez a la Universidad ªCarlos IIIº;

no obstante, todavía permanecen en ellos las dos

viviendas ocupadas objeto de la expropiación. Esas

vivienda que aún permanecen son incompatibles con

las determinaciones del planeamiento para esos

terrenos, cuyo destino último es el servicio de la

Universidad ªCarlos IIIº, siendo necesario su desa-

lojo y demolición.

La situación actual de estas dos viviendas y de

sus ocupantes que aún permanezcan en ellas, es

de todo punto irregular. Para regularizar esa situa-

ción, es preciso proceder a la liberación completa

de los terrenos, desalojar y demoler las dos viviendas

para poder acometer las obras previstas por la Uni-

versidad ªCarlos IIIº.

Tercero.-Que para la ejecución de esta actuación,

la Dirección General de Suelo de esta Consejería

ha redactado a petición de la Universidad ªCar-

los IIIº, el proyecto de expropiación de los derechos

afectados en las viviendas localizadas en los terrenos

de la antigua granja y colonia militar, destinados

al servicio de la Universidad ªCarlos IIIº, en Leganés

(Madrid), cuyo contenido es el siguiente:

1. Objeto y contenido del proyecto.

2. Antecedentes.

3. Situación actual de los terrenos y viviendas

ocupadas.

4. Necesidad y justificación del proyecto. Legi-

timación de la actuación expropiatoria.

5. Procedimiento expropiatorio.

6. Descripción de bienes y derechos afectados.

6.1 Descripción.

6.2 Relación de titulares y derechos.

7. Valoración de los derechos afectados.

7.1 Criterio general.

7.2 Sistemas para valorar la resolución del dere-

cho de arrendamiento.

8. Resumen de valoración.

Informe

1. Legitimación de la actuación expropiato-

ria.-A fin de resolver la situación irregular en que

se encuentran las dos viviendas mencionadas,

incompatibles con el planeamiento vigente que,

como ya se ha mencionado, califica los terrenos

donde se ubican como pertenecientes al Sistema

General de Equipamiento Comunitario al servicio

de la Universidad ªCarlos IIIº, es obligatorio la

demolición de las construcciones.

Para ello, se hace necesario iniciar el correspon-

diente expediente de expropiación y establecer las

indemnizaciones que les pudieran corresponder a

los ocupantes legales en la determinación de su jus-

tiprecio, mediante la aplicación del instituto expro-

piatorio.

La expropiación forzosa por razón de urbanismo

de los terrenos destinados por su calificación urba-

nística, como es el caso, la ejecución del Sistema

General con destino al servicio público, equipamien-

to de Universidad, es uno de los supuestos expro-

piatorios recogidos en el artículo 99.a) de la Ley

9/1995, de Medidas de Política de Suelo y Urba-

nismo (LMPSU), de 28 de marzo, de la Comunidad

de Madrid.

La aprobación de la Modificación del Plan Gene-

ral de Ordenación Urbana, con la calificación de

los terrenos como Sistema General de Equipamiento

Comunitarios, implica el hecho de la declaración

de utilidad pública y la necesidad de ocupación de

los terrenos y edificios correspondientes, en virtud

del artículo 132 del texto refundido de la Ley de

sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, Real

Decreto Legislativo 1/1992, en adelante texto refun-

dido de la Ley del Suelo, en relación al artícu-

lo 10 de la Ley de Expropiación Forzosa.

2. Competencia y procedimiento expropiato-

rio.-La competencia para realizar la expropiación

es de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo

y Transportes de la Comunidad de Madrid como

Administración actuante en este caso. Beneficiario

de la misma al objeto de su gestión será la Uni-

versidad ªCarlos IIIº, de conformidad con los ar-

tículos 213 y 214 del texto refundido de la Ley

del Suelo.

El artículo 218 del texto refundido de la Ley del

Suelo permite en todas las expropiaciones derivadas

de la legislación urbanística, que la Administración

actuante pueda aplicar el procedimiento de tasación

conjunta o seguir la expropiación individualizada-

mente conforme al procedimiento de la Ley de

Expropiación Forzosa (LEF) de 16 de diciembre

de 1954.

El conjunto de circunstancias aplicables al pre-

sente proyecto hacen recomendables el seguimiento

del procedimiento individualizado de expropiación

previsto en los artículos 24 y siguientes de la Ley

de Expropiación Forzosa, con el fin de ocupar las

viviendas objeto del proyecto para poder liberar los

terrenos, dándose cumplimiento así a una de las

previsiones contenidas en el Plan General de Orde-

nación Urbana de Leganés.

3. Bienes y derechos afectados.-Se trata de los

derechos arrendaticios que les pudieran correspon-

der a los ocupantes de las dos viviendas que todavía

permanecen en los terrenos de la antigua colonia

militar del ªRegimiento de Saboyaº, número 6, cedi-

dos a la Universidad ªCarlos IIIº, por la Comunidad

de Madrid, para desarrollar en ellos las instalaciones

al servicio de dicha Universidad, en virtud del con-

venio suscrito entre la Comunidad de Madrid, Ayun-

tamiento de Leganés y Ministerio de Defensa.

Las dos viviendas corresponden a los pabello-

nes 35 y 36 de la calle Nador, en la antigua colonia

militar, hoy demolida, a excepción de estas dos

viviendas. Ambas viviendas conforman una edifi-

cación en planta baja, con cubierta de teja a dos

aguas, que aloja a dos viviendas pareadas de 76

metros cuadrados construidos cada uno con parcela

y acceso independiente.

Las dos viviendas fueron en su día propiedad

del Ejército de Tierra, antiguo Patronato de Vivien-

das Militares, hoy Instituto para la Vivienda de las

Fuerzas Armadas y administradas por la Junta de

Gobierno de Pabellones de la plaza de Madrid, y

fueron cedidas en régimen de alquiler a sus ocu-

pantes actuales.

4. Relación de titulares de derechos:

Titular: Don Aurelio Anta Serrano. Derecho:

Arrendamiento de vivienda. Fecha: 1978. Domi-

cilio: Calle Nador, 35, Leganés.

Titular: Don Joaquín Madera Bejarano. Derecho:

Arrendamiento de vivienda. Fecha: 1985. Domi-

cilio: Calle Nador, 36, Leganés.

5. Valoración derechos afectados.-Las idemni-

zaciones a favor de los arrendatarios de viviendas

se rigen por el artículo 63.2 del texto refundido

de la Ley del Suelo que remite a la Ley de Expro-

piación Forzosa, y ésta en su artículo 44, señala

que, para determinar la cuantía de la indemnización,

se aplicarán las normas de la legislación de arren-

damientos.

Las viviendas militares están excluidas en la Ley

de Arrendamientos Urbanos de 24 de noviembre

de 1994 (LAU). Esas viviendas están acogidas al

Real Decreto 1751/1990, de 20 de diciembre, por

el que se crea al Instituto para la Vivienda de las

Fuerzas Armadas (INVIFAS); el mencionado Real

Decreto no regula ninguna compensación econó-

mica por resolución de contrato de arrendamiento.

Ante la ausencia de una normativa que establezca

los criterios y unifique las indemnizaciones a percibir

por el arrendatario ocupante de una vivienda en

casos de expropiación, y en mayor medida en el

caso objeto del proyecto, en que el arrendamiento

de las viviendas no está regido por la Ley de Arren-

damientos Urbanos, se ha optado por valorar el

derecho al realojo reconocido por el texto refundido

de la Ley del Suelo (TRLS).

La disposición adicional cuarta del texto refundido

de la Ley del Suelo, establece el derecho al rea-

lojamiento de los ocupantes legales de inmuebles,

que como consecuencia de la ejecución de actua-

ciones urbanísticas requieran ser desalojados de su

residencia habitual.

Así en el apartado primero establece: ``Cuando

se actúe por expropiación, la Administración expro-

piatoria, en su caso, el beneficiario de la expro-

piación deberán poner a disposición de los ocu-

pantes legales afectados viviendas en las condiciones

de venta o alquiler vigentes para los sujetos a régi-

men de protección pública, y superficie adecuada

a sus necesidades dentro de los límites establecidos

por la legislación protectora''.

Para facilitar la realización de ese derecho de rea-

lojo, establecido en la disposición citada del texto

refundido de la Ley del Suelo, la Administración

actuante suele disponer, y así se ha hecho en otros

casos, de viviendas de protección oficial en régimen

de venta, a pesar de que los realojados vienen de

una situación anterior de régimen de alquiler, así

se ha hecho con los otros ocupantes de las antiguas

viviendas demolidas.

Para ello, la Administración expropiante les

indemniza con una cantidad equivalente al coste

de la aportación inicial en este tipo de viviendas,

que supone el 5 por 100 del precio de la vivienda.

Además, el órgano expropiante corre con los gastos

del traslado de enseres y la contratación de los ser-

vicios de gas, electricidad y teléfono.

El precio de venta de una vivienda de protección

oficial de promoción pública en el área de Leganés

está establecido para el año 1997 en 116.763 pesetas

el metro cuadrado de superficie útil.

Así el precio de venta de una vivienda de pro-

tección oficial de superficie similar a las viviendas

objeto del proyecto, 76 metros cuadrados de super-

ficie construida, equivalente a (76 metros cuadra-

dos^0,8), 60,8 metros cuadrados de superficie útil,

es el siguiente:

Pv = 60,8 m 2 ^ 116.763 pts/m 2 útil = 7.099.190

pesetas.

La aportación inicial supone el 5 por 100 del

precio de la vivienda:

5 por 100 sobre 7.099.190 pesetas = 354.960

pesetas.

Además, el inquilino tendrá derecho a que se le

abonen los gastos de traslado y contratación de ser-

vicios de energía eléctrica, gas y teléfono. La can-

tidad estimada por contratación de estos servicios

será similar a la estipulada para los otros ocupantes

que aceptaron el realojo, 55.000 pesetas.

La indemnización por traslado de enseres dentro

del mismo municipio se estableció también en los

otros casos en 40.000 pesetas.

Dichas cantidades establecidas en el año 1994

han de ser actualizadas a 1997, mediante la apli-

cación de un coeficiente que corrija la inflación

habida en esos años, fijada en el 13,8 por 100.

Contratación de servicios: 55.000 pese-

tas ^ 1,138 = 62.690 pesetas.

Traslado de enseres: 40.000 pese-

tas ^ 1,138 = 45.520 pesetas.

Resumen de la indemnización por realojo:

Aportación inicial: 354.960 pesetas.

Contratación de servicios: 62.590 pesetas.

Traslado de enseres: 45.520 pesetas.

Total indemnización por realojo: 463.070 pesetas.

Los arrendatarios afectados objeto de este pro-

yecto tendrán derecho a la indemnización de los

costes de realojo. Dichos costes han sido desglo-

sados en el capítulo anterior.

Indemnización individualizada:

Don Aureliano Anta Serrano: 463.070 pesetas.

Don Joaquín Madera Bejarano: 463.070 pesetas.

Total indemnizaciones: 926.140 pesetas.

6. Dado el marcado sentido social que tiene

la presente actuación, así como la finalidad de los

terrenos del antiguo cuartel de ªSaboyaº, destinados

a infraestructuras docentes, investigadoras y com-

plementarias de la Universidad ªCarlos IIIº, se pro-

duce la necesidad de declarar la urgencia de la ocu-

pación de los bienes y derechos afectados por esta

expropiación, de conformidad con el artículo 52

de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, y para

ello se requerirá el acuerdo del Consejo de Gobierno

de la Comunidad de Madrid.

A la vista de las actuaciones practicadas, y su

base legal de las mismas, esta Dirección General

de Suelo, en uso de las competencias que tiene

atribuidas, ha resuelto:

Primero.-Someter a información pública el pro-

yecto de expropiación de los derechos afectados

en las viviendas localizadas en los terrenos de la

antigua granja y colonia militar del regimiento ªSa-

boyaº número 6, destinados al servicio de la Uni-

versidad ªCarlos IIIº, en Leganés, quedando su con-

tenido expresamente determinado en la memoria

del citado proyecto.

Segundo.-La tramitación se efectuará por el sis-

tema individualizado, acomodándose al procedi-

miento establecido en la vigente Ley de Expropia-

ción Forzosa.

Las indemnizaciones a las que tendrán derecho

los arrendatarios afectados serán las siguientes:

Don Aureliano Anta Serrano: 463.070 pesetas.

Don Joaquín Madera Bejarano: 463.070 pesetas.

Con un presupuesto final estimado de 926.140

pesetas.

Tercero.-Que se efectúen los trámites oportunos

al objeto de que se declare la urgencia la ocupación

de los bienes y derechos afectados por esta expro-

piación, de conformidad con lo señalado en el ar-

tículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa.

Cuarto.-Que la Resolución que en su día se adop-

te sobre la aprobación definitiva del presente pro-

yecto de expropiación, implicará la designación de

esta Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y

Transportes como órgano expropiante, y beneficia-

rio de la misma, a la Universidad ªCarlos IIIº de

Madrid.

Quinto.-Que en cumplimiento del trámite de

información pública de este proyecto, se efectuará

por el plazo de quince días hábiles y audiencia simul-

tánea del excelentísimo Ayuntamiento de Leganés,

de conformidad con el artículo 18 de la Ley de

Expropiación Forzosa y concordantes de su Regla-

mento, a cuyo efecto se procederá a la notificación

en un diario de esta capital, en el ªBoletín Oficial

de la Comunidad de Madridº y en el ªBoletín Oficial

del Estadoº."

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 22 de enero de 1998.-El Secretario gene-

ral técnico, P. D. F. (Resolución de 17 de marzo

de 1997), la Jefa del Servicio de Actuación Admi-

nistrativa y Desarrollo Normativo, Isabel Barona

Villalba.-7.850.

CIUDAD DE CEUTA

Consejería de Economía y Hacienda

Autorización administrativa de instalación eléctrica

y declaración, en concreto, de su utilidad pública

A los efectos prevenidos en el artículo noveno

del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, y en

el artículo 10 del Reglamento aprobado por Decreto

2619/1966, también de 20 de octubre, se somete

a información pública la petición de instalación y

declaración, en concreto, de su utilidad pública, de

un centro de transformación y una línea eléctrica

subterránea de 15 KV cuyas características prin-

cipales se señalan a continuación:

a) Peticionario: Don Alberto Ramón Gaitán

Rodríguez, en representación de la "Empresa de

Alumbrado Eléctrico de Ceuta, Sociedad Anónima".

b) Ubicación: El centro de transformación, que

se denominará "Avenida de Lisboa, número 39",

irá situado en los bajos del edificio número 39 de

la avenida de Lisboa, como su nombre indica.

La línea eléctrica subterránea de 15 KV enlazará

el centro de transformación que se proyecta, "Ave-

nida de Lisboa, 39", con el centro de transformación

"Avenida de Lisboa", situado también en la avenida

de Lisboa, Grupos San Daniel, discurriendo en la

mayor parte de su recorrido enterrada en zanja por

el margen derecho de dicha avenida, según se sube

por la misma.

c) Finalidad de las instalaciones: Dotar de ener-

gía eléctrica en baja tensión a las edificaciones próxi-

mas a los grupos de viviendas "General Varela",

en la avenida de Lisboa (Ceuta).

d) Características principales: El centro de

transformación se proyecta para albergar dos trans-

formadores de hasta 630 KVA cada uno.

La línea eléctrica subterránea de 15 KV tendrá

una longitud aproximada de 165 metros, y estará

constituida por tres cables unipolares tipo

DHVFAZ1H-16, con una sección de cobre de 95

milímetros cuadrados cada uno.

e) Presupuesto: 5.647.055 pesetas.

Lo que se hace público para que pueda ser exa-

minado el anteproyecto de la instalación en este

Servicio de Industria y Energía, sito en la calle Bea-

triz de Silva, número 14, bajo, pudiendo, al mismo

tiempo, formularse las reclamaciones por duplicado,

que se estimen oportunas en el plazo de treinta

días, contados a partir del siguiente al de la publi-

cación de este anuncio.

Ceuta, 14 de enero de 1998.-El Consejero de

Economía y Hacienda, Alfonso Conejo Rabane-

da.-7.858.

ADMINISTRACIÓN LOCAL

Ayuntamientos

BADALONA

Edicto

El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión de 27

de enero de 1998, aprobó inicialmente la modi-

ficación del Plan General Metropolitano en una par-

te del sector de costa A-1 de Badalona, asimismo

acordó suspender por un año el otorgamiento de

licencias de parcelación, de edificación y de derribo

en el ámbito delimitado, al norte, con el sector del

puerto de Badalona en proyecto; al sur, con las

instalaciones de la central térmica de FECSA; al

este, con el mar, y al oeste, con el trazado del

ferrocarril (N/R: 33/D3-97) (9.41).

El acuerdo de aprobación inicial de la modifi-

cación del Plan General Metropolitano se somete

a información pública durante el plazo de un mes,

a contar desde el día siguiente de la publicación

de este anuncio en el "Boletín Oficial" de la pro-

vincia, para que los interesados puedan formular

las alegaciones que consideren oportunas.

El expediente administrativo se puede consultar

en el Departamento de Plano de la ciudad, del área

de Urbanismo (calle Francesc Layret, 101-107, 1. ª ).

Contra el acuerdo de suspensión del otorgamiento

de licencias, que es inmediatamente ejecutivo desde

la publicación del presente anuncio en el "Boletín

Oficial" de la provincia, podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo ante el Tribunal Supe-

rior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos

meses a contar desde el día siguiente a la publicación

de la presente resolución, previa comunicación a

esta Administración Pública.

Badalona, 29 de enero de 1998.-El Secretario,

Joan Vila i Canut.-7.465-16.

MADRID

Á M A

REA DE EDIO MBIENTE

Departamento de Agua y Saneamiento

Expediente de información pública sobre necesidad

de urgente ocupación de los bienes y derechos afec-

tados por las actuaciones: R.0.2. Acondicionamiento

del tramo inferior del cauce del río Manzanares;

A.3.3. Colector de Meaques II, fase 2. ª ; A.4.1. Colec-

tor de la Gavia II y complementarios; A.7.1. Colector

de Rosas; del Segundo Plan de Saneamiento Integral

de Madrid, aprobado con carácter definitivo por el

Pleno del Ayuntamiento de Madrid en sesión cele-

brada el día 30 de enero de 1998

Este Ayuntamiento, para subsanar los posibles

errores de que pudiera adolecer la relación de bienes

y derechos afectados, incluidos en las actuaciones

del citado Plan y con la finalidad de solicitar de

la Comunidad de Madrid, la declaración de urgen-

cia, somete dicha relación a información pública

para que, en el plazo de quince días a que se refiere

el artículo 56 del Reglamento para la aplicación

de la Ley de Expropiación Forzosa de 26 de abril

de 1957 y, en relación con los artículos 17, 18

y 19 de la citada Ley, los posibles interesados puedan

personarse en el Ayuntamiento de Madrid, Depar-

tamento de Agua y Saneamiento, calle Barceló, 6,

para comprobar el contenido de dicha relación, así

como los planos parcelarios correspondientes, y soli-

citar, en su caso, las rectificaciones a que hubiere

lugar.

Las alegaciones escritas y justificación de las mis-

mas, deberán dirigirlas al Ayuntamiento de Madrid,

Departamento de Agua y Saneamiento, calle Bar-

celó, 6, 1. º , 28004 Madrid.

Los expedientes de expropiación forzosa some-

tidos a información pública son los correspondientes

a las actuaciones antes indicadas.

La presente publicación se lleva a cabo, asimismo,

a los efectos previstos en el artículo 86.3 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en cuanto a

posibles desconocidos o de ignorado domicilio.

Madrid, 2 de febrero de 1998.-El Concejal

Delegado del Área de Medio Ambiente del Ayun-

tamiento de Madrid, Adriano García Loygorri y

Ruiz.-7.266.

ANÁLISIS

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Sin tipo definido

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