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Documento BOE-A-2026-9564

Acuerdo de 21 de abril de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se dejan sin efecto los acuerdos de especialización de los antiguos Juzgados de Familia que constituyen la actual Sección de Familia, Infancia y Capacidad del Tribunal de Instancia de Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo previsto en la disposición transitoria 7.ª de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de Medidas en Materia de Eficiencia del Servicio Público de Justicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 107, de 2 de mayo de 2026, páginas 61030 a 61030 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2026-9564

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 21 de abril de 2026, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.

Dejar sin efecto los acuerdos de especialización de los antiguos Juzgados de Primera Instancia n.º 3, 5, 15 y 18 de Las Palmas de Gran Canaria (actuales plazas 1, 2, 3 y 4 de la Sección de Familia, Infancia y Capacidad del Tribunal de Instancia de Las Palmas de Gran Canaria) en virtud de lo previsto en la disposición transitoria 7.ª de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de Medidas en Materia de Eficiencia del Servicio Público de Justicia, para que todas las plazas integradas en dicha Sección del T.I. conozcan de las cuestiones que se susciten en materia de familia conforme lo previsto en el artículo 86.5 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio.

Segundo.

Este acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.

Madrid, 21 de abril de 2026.–La Presidenta del Consejo General del Poder Judicial, María Isabel Perelló Doménech.

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