Por la Diócesis de Calahorra y La Calzada-Logroño se propone la incoación como bien de interés cultural, con la categoría de monumento, del conjunto catedralicio integrado por la Catedral de Santa María y el Palacio Episcopal de Calahorra y su entorno de protección.
La Catedral de Santa María de Calahorra es BIC por Decreto de 3 de junio de 1931 («Gaceta de Madrid» de 4 de junio de 1931), siendo uno de los edificios más relevantes del patrimonio cultural de La Rioja. Dada la unidad funcional de la catedral con el palacio episcopal y la singularidad del conjunto, resulta determinante considerar un único conjunto patrimonial histórico y artístico.
El conjunto catedralicio se encuentra situado en el sureste de la ciudad de Calahorra, en la zona más próxima al río Cidacos, en el espacio de transición entre los terrenos por los que discurre el río en las épocas de máximas avenidas y el comienzo del cerro, en el cual se desarrolló la ciudad romana y, posteriormente, la medieval, constituyendo el núcleo urbano de la ciudad hasta el desarrollo moderno.
La Diócesis de Calahorra supone un caso peculiar en la organización eclesiástica, ya que a partir del siglo XII, contó con dos sedes episcopales, al unirse la nueva de La Calzada a la antigua. La movilidad del obispo, junto con el carácter periférico de la sede principal respecto al amplio territorio diocesano, que abarcaba hasta el mar Cantábrico, hizo que la residencia calagurritana fuera arruinándose paulatinamente. De hecho, para fines del siglo XV los obispos rara vez residían en Calahorra.
A finales del siglo XV e inicios del XVI el cabildo decide acometer obras de remodelación de la vieja fábrica románica del templo catedralicio. Así, se levanta el actual edificio, inicialmente con formas góticas, de proporciones mucho más amplias, con tres naves, el claustro, una elegante girola con sus capillas radiales, así como, por último, la nueva sacristía y la sala capitular, ya en el siglo XVII.
A la par de estas obras y, especialmente, a raíz del concilio de Trento (1545-1562), que ordena a los obispos residir en sus sedes de forma obligatoria, el cabildo de la catedral de Calahorra asume el proyecto de la construcción de un nuevo palacio para el obispo junto a la catedral. Secundándolo, los regidores municipales piden al rey Felipe III en 1606 que mande «que el señor obispo de éste obispado venga residir en esta ciudad y su iglesia catedral, como cabeza del obispado».
El conjunto de la catedral y el palacio episcopal, donde se fijan las dependencias de la curia, constituyen una unidad conceptual desde el punto de vista funcional. Mientras que la catedral es el espacio celebrativo para la liturgia, el palacio constituye la zona para la representación del poder episcopal (singularmente en el salón del trono) y para el gobierno efectivo, con sus correspondientes cámaras y oficinas, ubicadas en la planta baja. Catedral y palacio son habitados simultáneamente por el obispo y su curia, conformada fundamentalmente por los canónigos de la catedral. Esta unidad funcional tiene un reflejo evidente en el plano artístico y urbano. El nuevo palacio episcopal se construye en la plaza de la Catedral, cerrando el flanco norte, constituyendo un armónico conjunto, de profundo contenido simbólico, que refuerza la idea de la continuidad de la sede episcopal junto al lugar del martirio de los Santos Emeterio y Celedonio, patronos de la diócesis.
La interrelación entre ambos edificios ha sido evidente prácticamente desde la construcción del palacio hasta la década de los sesenta del siglo XX, cuando en un proceso lento, pero sin marcha atrás, las oficinas de la curia se han ido trasladando a Logroño.
Vista la documentación técnica que obra en esta Dirección General de Cultura, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja, la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y el artículo 11.2 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la misma,
Considerando lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, Ley 3/2003, de 3 de marzo, de organización del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Decreto 54/2023, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud y sus funciones, en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, modificado por el Decreto 150/2023, de 31 de octubre, que en su artículo 9.k) atribuye a la Dirección General de Cultura la competencia para la incoación e impulso de los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural,
Visto el acuerdo del Consejo Superior del Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja de 24 de noviembre del 2025, por el que se informa favorablemente la incoación del bien y su entorno de protección, como bien de interés cultural con la categoría de Monumento, por entender que concurren los valores relevantes establecidos en la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja,
El Director General de Cultura, en uso de las atribuciones que legalmente tiene conferidas, resuelve:
Incoar expediente para la declaración como bien de interés cultural, con la categoría de monumento, del conjunto catedralicio integrado por la Catedral de Santa María y el Palacio Episcopal de Calahorra y su entorno de protección, cuya descripción y delimitación literal y gráfica figuran en el anexo de la presente resolución.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.3 de la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja, describir el bien y sus partes integrantes para su perfecta identificación, así como delimitar el entorno de protección en el anexo que se adjunta a la presente resolución.
Proceder a la notificación al Ministerio de Cultura del presente acto incoatorio para su anotación preventiva en el Registro General de Bienes de Interés Cultural, de conformidad con cuanto establecen los artículos 11 y 12 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y 13.4 de la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural Histórico y Artístico de La Rioja.
Tramitar el expediente a través de la Dirección General de Cultura de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, en base a las disposiciones contenidas en la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural Histórico y Artístico de La Rioja y Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y Ley 3/2014, de 11 de septiembre, de Transparencia del Gobierno de La Rioja.
En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 13.4 de la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja, notificar esta resolución a los interesados y a los propietarios, poseedores y titulares de derechos reales sobre el bien objeto del expediente administrativo y al Ayuntamiento de Calahorra, haciéndoles saber que, en virtud de lo dispuesto en el párrafo quinto de dicho artículo, la iniciación del expediente de declaración, determinará respecto del bien afectado, la aplicación inmediata y provisional del régimen de protección previsto en la ley citada para los bienes ya declarados como de interés cultural. Por tanto, la realización de cualquier intervención en el bien o su entorno, requerirá contar con una autorización expresa dictada por la Dirección General de Cultura, previo informe del Consejo Superior del Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja junto a la correspondiente licencia municipal. La notificación de iniciación del expediente se exhibirá durante la tramitación del mismo en el tablón de anuncios de dicho Ayuntamiento.
Disponer la apertura de un período de información pública por plazo o de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial de La Rioja». Durante este plazo, los interesados podrán examinar la documentación de referencia y presentar las alegaciones y aportaciones que estimen oportunas, a través del portal de participación, en la página web del Gobierno de La Rioja, en el siguiente enlace: https://web.larioja.org/participa. Publicar igualmente la presente resolución en uno de los periódicos de mayor difusión en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja así como en el «Boletín Oficial del Estado».
Solicitar informe al Ayuntamiento de Calahorra, Instituto de Estudios Riojanos, Colegio de Arquitectos de La Rioja, Diócesis de Calahorra y La Calzada-Logroño y Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación (Servicio de Urbanismo).
La presente incoación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.5 de la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja, producirá desde la notificación a la entidad local correspondiente, la suspensión de la tramitación de licencias municipales en la zona afectada, así como la suspensión de los efectos de las ya concedidas. La suspensión se mantendrá hasta la resolución del expediente o caducidad del mismo. No obstante, la entidad local podrá autorizar la realización de obras inaplazables para su conservación o mantenimiento, que manifiestamente no perjudiquen la integridad y valores del Bien objeto del expediente administrativo, debiendo contar, en todo caso, con la autorización previa de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud.
Logroño, 19 de enero de 2026.–El Director General de Cultura, Roberto Iturriaga Navaridas.
A. Descripción del bien y justificación de los valores que motivan su consideración como bien de interés cultural
1. Introducción
Desde la antigüedad cristiana, el obispo, junto con sus clérigos, convivían en unas dependencias anejas a la catedral formando una comunidad que tenía como eje cotidiano la recitación del oficio divino. Así lo atestiguan numerosos autores y, de forma privilegiada, San Agustín, obispo de Hipona. Esta vida en común de los clérigos de la catedral, conocidos como canónigos por residir en la «canónica» y ajustarse a una vida regulada por un canon, fue desapareciendo progresivamente desde los siglos XIII y XIV. Sin embargo, persistió la obligación coral del rezo comunitario de las horas canónicas.
Siendo así, tanto la casa-residencia del obispo como la de los canónigos se situaban en las inmediaciones de la propia catedral, destacando las «casas del deán». En este sentido, se puede decir que constituían una unidad habitacional y de plegaria. Dicha cercanía era aún más necesaria por cuanto persistió igualmente la recitación del oficio nocturno de los maitines. Así ocurría también en el caso de Calahorra, como ponen de manifiesto numerosos documentos conservados en el Archivo Capitular y Diocesano.
El palacio episcopal es uno de los inmueble histórico-civiles más relevantes de la ciudad. Su relación visual y urbana con la catedral, con la que comparte plaza de ingreso, aumenta su relevancia dentro del entorno urbano. El conjunto de la catedral y el palacio constituye en su origen una unidad desde el punto de vista funcional. Esta unidad funcional tiene un reflejo evidente en el plano artístico. El nuevo palacio episcopal se construye en la plaza de la catedral, cerrando el flanco norte, constituyendo un armónico conjunto, de profundo contenido simbólico, que refuerza la idea de la continuidad de la sede episcopal junto al lugar del martirio de los Santos Emeterio y Celedonio, patronos de la diócesis.
La Catedral de Santa María de Calahorra es bien de interés cultural por Decreto de 3 de junio de 1931. «Gaceta de Madrid» de 4 de junio de 1931, y cuenta con Plan Director del año 1998.
1.1 Breve introducción histórica
La Diócesis de Calahorra constituye un caso peculiar en la organización eclesiástica porque, a partir del siglo XII, contó con dos sedes episcopales, al unirse la nueva de La Calzada a la antigua. La movilidad del obispo, junto con el carácter periférico de la sede principal respecto al amplio territorio diocesano, que abarcaba hasta el mar Cantábrico, hizo que la residencia calagurritana fuera arruinándose paulatinamente. De hecho, para fines del siglo XV los obispos rara vez residían en Calahorra.
Por estas mismas fechas de fines del siglo XV e inicios del XVI el cabildo decide acometer obras de remodelación de la vieja fábrica románica del templo catedralicio. Así, se levanta el actual edificio, inicialmente con formas góticas, de proporciones mucho más amplias, con tres naves, el claustro, una elegante girola con sus capillas radiales, así como, por último, la nueva sacristía y la sala capitular ya en el siglo XVII.
A la par de estas obras y, especialmente, a raíz del concilio de Trento (1545-1562), que ordena a los obispos residir en sus sedes de forma obligatoria, el cabildo de la catedral de Calahorra asume el proyecto de la construcción de un nuevo palacio para el obispo junto a la catedral. Secundándolo, los regidores municipales piden al rey Felipe III en 1606 que mande «que el señor obispo deste obispado venga residir en esta ciudad y su iglesia catedral, como cabeza del obispado».
En 1645 daban comienzo las obras del palacio episcopal, junto a la catedral, abarcando varios solares. Fue durante el pontificado del obispo don Gabriel de Esparza cuando se concluyeron las obras y se realizaron otras menores de acondicionamiento y embellecimiento. Finalmente, con el obispo don Juan Luelmo y Pinto (1756-1784) se acometieron obras de ampliación, así como la fachada principal, que constituye el elemento visualmente más poderoso y emblemático.
La interrelación entre ambos edificios ha sido evidente prácticamente desde la construcción del palacio hasta la década de los sesenta del siglo XX, cuando en un proceso lento, pero sin marcha atrás, las oficinas de la curia se han ido trasladando a Logroño.
2. Descripción del bien objeto de declaración
2.1 El conjunto urbano
El conjunto catedralicio se encuentra situado en el sureste de la ciudad de Calahorra, en la zona más próxima al río Cidacos y en el espacio de transición entre los terrenos por los que discurre el río en las épocas de máximas avenidas y el comienzo del cerro, en el cual se desarrolló la ciudad romana y posteriormente la medieval, que han constituido el núcleo urbano de la ciudad hasta el desarrollo moderno.
El conjunto de la Catedral y el Palacio, donde se fijan las dependencias de la curia, constituyen una unidad conceptual desde el punto de vista funcional. Mientras que la catedral es el espacio celebrativo para la liturgia, el palacio constituye la zona para la representación del poder episcopal (singularmente en el salón del trono) y para el gobierno efectivo, con sus correspondientes cámaras y oficinas, ubicadas en la planta baja. Catedral y palacio son habitados simultáneamente por el obispo y su curia, conformada fundamentalmente por los canónigos de la catedral.
2.2 La Catedral de Santa María
El templo obedece al tipo tradicional gótico: es de tres naves, la central más elevada y ancha, separadas por seis robustos pilares octogonales que las dividen en tres tramos, cuadrados en la central y rectangulares oblongos en las laterales, las cuales no tienen la misma anchura, siendo la norte ligeramente más estrecha que la sur, sin duda debido a las diferentes ampliaciones de la iglesia (parece más antigua la pared septentrional); capillas más bajas entre los contrafuertes, que se abren a las naves laterales; crucero de tres tramos cuadrados enrasado con las capillas laterales entre los contrafuertes; capilla mayor, con tramo recto al que se abren colaterales más bajas, que en planta semeja un segundo crucero, y cabecera poligonal de cinco paños desde la base, con girola y capillas radiales a ésta. Cuenta con una torre única a los pies, sobre el último tramo de la capilla del lado sur.
En el esquema general destaca la estructura de cruz latina –formada por la capilla mayor, crucero de nave central– que se combina con la planta basilical de tres naves, las laterales más bajas.
La capilla mayor y cabecera poligonal, con el crucero, forman un conjunto espacial de tipo «salón», diferenciado y yuxtapuesto al cuerpo basilical de las tres naves. La capilla mayor y cabecera mantienen la estructura gótica tradicional en planta y cubierta, mientras que los elementos utilizados son renacentistas, por lo que se aparta del estilo de las naves y del crucero, con el que mantiene unidad espacial.
La girola de la catedral de Calahorra pertenece al tipo de las que tienen los tramos trapeciales, que es el más corriente desde el siglo XII, rodeando, por lo general, la cabecera poligonal de cinco paños. En el siglo XVI se mantiene este tipo de girola por los maestros más importantes del momento. La de la catedral de Calahorra guarda similitud con la catedral de Segovia, con traza de Rodrigo Gil de Hontañón, y con catedral de Guadix (Granada), que traza Diego de Siloé. Las capillas abiertas a la girola, de izquierda a derecha, son las siguientes:
– Capilla de Espíritu Santo.
– Capilla de Nuestra Señora del Pópolo, hoy bajo la advocación de Nuestra Señora del Pilar.
– Capilla de los Santos Mártires Emeterio y Celedonio, patrones de la ciudad y parroquia de Santa María.
– Capilla del Cristo de la Pelota.
– Capilla de San José.
Durante el siglo XVIII, estas capillas se vieron profundamente modificadas, adecuándose a la estética decorativista que caracteriza el barroco dieciochesco.
Las capillas que se abren hacia las naves laterales, entre los contrafuertes, se construyen al mismo tiempo que éstas. En el muro meridional se encuentran las capillas de Santa Ana, San Pedro y Santa Lucía, y en el septentrional, en los tramos segundo y tercero, la de la Visitación y la del Baptisterio, ocupando el primero la capilla posterior de la portada de San Jerónimo, hacia el cementerio. Esta última capilla difiere en estilo de las restantes y parece construida poco después que éstas.
Las capillas se cubren con bóvedas de crucería de terceletes. La nave central, crucero, brazos, presbiterio y cabecera, con crucerías estrelladas de combados curvos, la girola con aristas imitando crucerías estrelladas y sus capillas con cúpulas con linterna.
Ocupando dos tramos de la nave central se encuentra el coro, situándose en sus costados laterales diversas figuras talladas en piedra del siglo XVIII, similares a las que se hallan en el trasaltar mayor. En el trascoro se sitúa una capilla barroca con rica ornamentación, obra realizada en la primera mitad del siglo XVII.
Al exterior la catedral de Calahorra se caracteriza por la ausencia de ornamentación, concentrándose ésta en las portadas norte, conocida como la Puerta de San Jerónimo, y en la occidental puerta del Moral, barroca de principios del siglo XVIII, que sustituyó a otra contemporánea a la construcción del cuerpo de las naves.
La portada de San Jerónimo es el conjunto decorativo más importante del exterior del templo y obra fundamental de la primera mitad del siglo XVI en La Rioja y en España. Es un tipo de portada «telón» adosada al edificio, como un tapiz pétreo, sin relación estructural con éste. Consta de dos cuerpos y coronamiento, de diferentes estilos y épocas. El superior, el más antiguo, de estilo gótico-renacentista.
La fachada principal de la catedral o «puerta del Moral», se renueva durante la segunda mitad del siglo XVII. Es una obra que rompe completamente con la línea de austeridad y desornamentación que caracteriza el siglo XVII. Se llevó a cabo en piedra sillar, procedente de las canteras de El Villar de Arnedo (La Rioja). La portada se concibe a modo de retablo.
Una vez creada la plaza, se procedió a unificar las fachadas. Se optó por resaltar el cuerpo central de la catedral, tanto en planta como en alzado, y en él se situaron los símbolos de la catedral: la imagen de Nuestra Señora de la Asunción entre los Santos Patronos de la ciudad, Emeterio y Celedonio (emblema del cabildo durante la Edad Media), y el jarro de azucenas (escudo capitular y símbolo de la catedral desde el siglo XVI).
El edificio se compone además de otras edificaciones.
Torre: Situada a los pies del templo. Es una esbelta torre construida en piedra de sillería, excepto el último cuerpo de ladrillo. La planta es rectangular, cuyos lados mayores, al norte y al sur, son casi el doble de largos que los menores; miden 35,5 m. de altura sin el chapitel, divididos en seis cuerpos que se acusan al exterior, separados por líneas de impostas, cornisas y entablamentos. La linterna se cubre con un chapitel ochavado con tendencia piramidal, marcándose aristas siguiendo las del ochavo. Lo rodea una balaustrada de hierro. Este chapitel no es el primitivo.
Claustro: Desde finales del siglo XV se construyen en la catedral de Calahorra importantes obras que configuraron el actual edificio. Uno de los más grandes proyectos del cabildo fue el claustro. Se encuentra adosado al sur de la iglesia, desde la mitad del crucero, hasta la mitad de la última capilla. Data de la primera mitad del siglo XVI y en él se mezclan y conviven elementos tradicionales góticos, con otros renacentistas y decoración plateresca. Este claustro es una obra inacabada, pues solo se llegó a construir su ala norte adosada al templo, así como las primeras capillas de las alas este y oeste.
En relación con el claustro hay dos portadas renacentistas. Una de ellas se encontraba en el ala este, en el segundo tramo hasta donde llega la obra del claustro construida en el siglo XVI, hoy en la casa de los canónigos, en el paseo de las Bolas; la otra, en la entrada a la antesala de la Sala Capitular.
Sacristía: El conjunto de la sacristía, situada al sur de la cabecera, es de planta longitudinal dividida en tres tramos. El primero es rectangular, cubierto con bóveda de cañón con lunetos, y los otros dos son cuadrados, rematados por cúpulas de media naranja ciegas. Tienen su acceso a través de una antesacristía, formada por dos espacios cubiertos con cúpula, que a la vez dan paso a dicha sacristía hacía el este, hacia el oeste lo dan también al claustro y hacía el sur, una al vestuario de Beneficiados y Archivo y la otra hacia el vestuario de Canónigos y Sala Capitular, situadas paralelamente al ala este del claustro proyectado.
La citada sala capitular presenta forma rectangular, cubierta con techo plano decorado y abierta en su testero sur.
Archivo catedralicio: Se desarrolla en varias salas a las que se accede desde la antesacristía, a través del vestuario de Beneficiados. El edificio se compone de tres plantas diferenciadas, conectadas a través de una escalera de recorrido variable y sus diferentes salas se abren al sur, formando una fachada continua con el edificio destinado a viviendas para los canónigos.
Edificio de viviendas: Se trata de un edificio realizado entre 1957 y 1959, de planta baja más dos alzadas. El edificio ocupa el espacio, que según la traza originaria del claustro debía ocupar su ala sur, cerrando en esta orientación el perímetro del conjunto, junto con el Archivo Catedralicio y la Sala Capitular.
2.3 El Palacio Episcopal
El Palacio Episcopal Catedralicio de Calahorra es el resultado de la suma, finalmente unificada, de varias construcciones adosadas y comunicadas entre sí a lo largo del tiempo, todo ello desde un punto de vista arquitectónico y funcional. En ese sentido, se pueden distinguir dentro del inmueble de conjunto, tres edificaciones: las casas propias del siglo XVII (como la denominada «Casa de los Deanes»), el palacio construido en el siglo XVII y la singular ampliación barroca del siglo XVIII.
En la actualidad destaca precisamente todo lo construido en el siglo XVIII, con una estructura palaciega única en la ciudad, vinculada funcionalmente, así como visual y simbólicamente desde su origen, a la catedral a la que sirve y que le da sentido.
La Casa de los Deanes.
La Casa de los Deanes data de la segunda mitad del siglo XVI y primera del XVII. Pudo ser el primer inmueble germen del complejo palacial, dada su cercanía a la catedral a la que debía servir, fruto a su vez de la suma de casas particulares adosadas y, en la actualidad, se aprecian perfectamente los diferentes huecos de paso entre dicho edificio y el resto del palacio, lo que nos habla de un funcionamiento común dentro de un programa de necesidades amplio, como cuando el inmueble se dedicó a escuela regentada por las Madres Teresianas. Su fachada principal abierta a la calle Palacio se resuelve mediante muros de fábrica de ladrillo sin apenas ornamento, rematada por una cornisa de ladrillo. De planta baja y alzada, más espacio bajo cubierto, parece reflejar, efectivamente, su origen en la existencia de dos casas adosadas. Cuenta con dos huecos de ingreso, ambos adintelados.
La Casa de los Deanes está resuelta con materiales tradicionales de la comarca, mostrando una tipología arquitectónica que responde a la propia de casona o vivienda noble de la Calahorra de finales del siglo XVI y primera mitad del XVII. De hecho, la mampostería encadenada apenas es utilizada ya en la segunda mitad del siglo XVII, por lo que nos encontramos en esencia con uno de los pocos ejemplos de arquitectura civil calagurritana de dicha época. En ese sentido, volumen y fachadas se han mantenido en su práctica totalidad, con intervenciones relativamente recientes.
El palacio del siglo XVII.
La zona del complejo palaciego actual, correspondiente al siglo XVII, fue construida por encargo del obispo Juan Piñeiro, aproximadamente entre los años 1645 y 1650. El inmueble fue ampliado a su vez por Francisco Rodríguez Castañón entre los años 1667 y 1669. Se conserva íntegro en su configuración original, si bien quedó oculto en parte como consecuencia de la ampliación y reforma realizada en el siglo XVIII. Todo parece indicar que su tipología primera correspondería a la de una casona palaciega que seguía el diseño de la casa del deán, es decir, un inmueble resuelto mediante dos plantas alzadas y espacio bajo cubierto, abierto a la calle Palacio de acceso y con un patio al que abría la fachada posterior. Precisamente en este espacio abierto, el obispo Piñeiro ordenó la construcción de un inmueble adosado con varias dependencias de administración y una galería, que sigue contemplándose desde la calle Mediavilla.
Su presencia al exterior es muy potente, ya que se manifiesta en un frente de tres alturas diferenciada por niveles. El primer piso se resuelve con una serie de huecos adintelados y enrejados remarcados con moldura lisa y con una apariencia más masiva que las alzadas. El segundo piso también muestra grandes ventanales adintelados, predominando la superficie completamente acristalada y ligera en su relación macizo-hueco. En cuanto a la tercera planta de la galería, con un plano de fachada retranqueado respecto el nivel medio del resto del inmueble, se resuelve con arcos rebajados apoyados de nuevo sobre pilares de ladrillo.
Otra zona interesante distinguible dentro del conjunto del palacio episcopal catedralicio, y realizada también en el siglo XVII, es la conocida como «Cochera del Obispo», edificada por orden de Gabriel de Esparza en el año 1676, en el entonces patio trasero de la «Casa de los Deanes» y adosada a la galería. Este recinto auxiliar cuenta con una portada, realizada con piedra de sillería dispuesta en arco rebajado, sobre muro liso y sin ornato.
Ampliación del palacio en el siglo XVIII.
En el año 1771, comenzaron las importantes obras de reforma y ampliación del palacio episcopal que consiguieron su actual configuración monumental vinculada a la catedral, promovidas por el obispo Juan de Luelmo y Pinto. Para ello se transformó un edificio ya existente que se adosaba al palacio original del siglo XVII, intervención muy al modo de la época, unificando el aspecto del conjunto ampliado mediante la implantación de una gran fachada, digna y severa, perfectamente compuesta y resuelta con piedra de sillería.
La importancia de la fachada principal es relevante por su monumentalidad singular y su valor unificador del conjunto palaciego. Además de la soberbia factura de su fábrica de sillería y elementos de piedra labrada, destaca la regularidad de su composición, la organización simétrica y el juego de líneas y ejes visuales verticales, combinados por la fuerza de las líneas horizontales marcadas por las series de vanos, de mayor o menor dimensión según asciende la mirada del espectador desde el arranque hacia la cubierta. Dicha horizontalidad se refuerza con las molduras que marcan los forjados de suelo de las diferentes plantas. La ornamentación barroca se desarrolla en el recercado de vanos y en los mensulones de los balcones, así como en la controlada inserción de pilastras que forman parte de la división de la fachada en fajas. La tipología de la fachada principal vuelve las esquinas y se prolonga por las dos calles que delimitan el palacio.
La fachada lateral de la calle Palacio, si bien prolonga el criterio estilístico de la principal, ofrece mayor complejidad en su desarrollo. Si se observa en detalle toda la fachada lateral en conjunto, puede apreciarse una fachada de corto desarrollo propia de la zona del XVII, levemente adelantada respecto el plano principal, ubicada entre la ampliación del XVIII y la «Casa de los Deanes». Presenta también dos plantas alzadas y espacio bajo cubierto, sin ingreso desde la calle y con muros lisos.
La traza y organización interior responden a la misma tipología que la descrita en las fachadas, es decir, ampliación del inmueble original por la suma ordenada de volúmenes adosados y unificados en conjunto.
3. Relación de bienes muebles
Catedral de Santa María
Se incluye la relación de las fichas CLP 0-1434 del Inventario Artístico de la Diócesis de Calahorra La Calzada y Logroño elaborado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Palacio Episcopal
Se incluye la relación de las fichas CLP 1435-1888 del Inventario Artístico de la Diócesis de Calahorra La Calzada y Logroño elaborado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
B. Delimitación del bien y del entorno de protección
1. Descripción literal
El Conjunto Catedralicio está integrado por la Catedral de Santa María de Calahorra y el Palacio Episcopal. La catedral comprende el edificio de la iglesia y torre, claustro, archivo catedralicio y edificio de viviendas anexo. Igualmente se incluyen en la delimitación del bien los espacios exteriores de acceso por la portada de San Jerónimo en calle Arrabal y plaza de la portada del Moral, lindando con la plaza del Cardenal Cascajares.
El Palacio Episcopal Catedralicio está constituido por tres edificaciones: la Casa de los Deanes, el palacio construido en el siglo XVII y la ampliación barroca del siglo XVIII.
La delimitación del entorno de protección del BIC comprende el espacio definido por los frentes de fachada de las calles que a continuación se detallan: la plaza del Cardenal Cascajares en los números 1, 2, 3, 4 de las manzanas catastrales 59379 y 62371, la calle Mediavilla en los números 65 y 67 de la manzana catastral 59379, la calle Palacio en los números 14, 18, 25, 27, 29, 31 y 33 en las manzanas catastrales 59379, 59371 y 59372, la calle Cuesta de la Catedral en los números 9,11, 13, 15, 17 y 28 en las manzanas 60378, la calle del Horno en el número 4 en la manzana 60378 y la calle Arrabal en los números 1 al 21 en las manzanas catastral 60378, 60372 y 60371. Se incluye en la delimitación de entorno la parcela ocupada por el seminario en la calle Arrabal número 4, dentro de la manzana catastral 61372.
2. Parcelas catastrales
2.1 Parcelas catastrales del bien
Catedral de Santa María:
6237111WM8863N0001EJ Pz. Cardenal Cascajares, 2, Catedral.
6237110WM8863N0001JJ Pz. Cardenal Cascajares, 4, Suelo.
6237109WM8863N0001SJ Pz. Cardenal Cascajares, 3, Residencial.
Palacio Episcopal:
5937909WM8853N0001ZD Pz. Cardenal Cascajares, 1, Palacio.
5937908WM8853N0001SD Cl. Palacio, 18, N2-18, Casa de los Deanes.
Entorno de protección:
26036A052090160000AR Polígono 52, Parcela 9016.
6237111WM8863N0001EJ Pz. Cardenal Cascajares, 2, Catedral.
5937906WM8853N0001JD Cl. Palacio, 14 Vivienda.
5937103WM8853N0001RD Cl. Palacio, 25, Solar.
5937102WM8853N0001KD Cl. Palacio, 27, Solar.
5937101WM8853N0001OD Cl. Palacio, 29(A), Solar.
5937206WM8853N0001SD Cl. Palacio, 29, Solar.
5937205WM8853N0001ED Cl. Palacio, 31, Solar.
5937203WM8853N0001ID Ct. de la Catedral, 28, Almacén.
5937204WM8853N0001JD Cl. Palacio, 33, Edificio Pta. 1.
5937204WM8853N0002KF Cl. Palacio, 33, Edificio Pta. 2.
6037809WM8863N0001PJ Ct. de la Catedral, 11, Solar-Ruinas.
6037808WM8863N0001QJ Ct. de la Catedral, 13(A), Solar.
6037802WM8863N0001HJ Cl. Horno, 4, Solar.
6037807WM8863N0001GJ Ct. de la Catedral, 13, Residencial Pl. 1.
6037807WM8863N0002HK Ct. de la Catedral, 13, Residencial Pl. 2.
6037806WM8863N0001YJ Ct. de la Catedral, 15, Residencial Pl. 0.
6037806WM8863N0002UK Ct. de la Catedral, 15, Residencial Pl. 1.
6037806WM8863N0003IL Ct. de la Catedral, 15, Residencial Pl 2.
6037805WM8863N0001BJ Ct. de la Catedral, 17, Residencial.
6037804WM8863N0001AJ Cl. Arrabal, 1, Almacén Pl. 0.
6037804WM8863N0002SK Cl. Arrabal, 1, Residencial Pl. 1-A.
6037804WM8863N0003DL Cl. Arrabal, 1, Residencial Pl. 1-B.
6037804WM8863N0004FB Cl. Arrabal, 1, Residencial Pl. 2-A.
6037804WM8863N0005GZ Cl. Arrabal, 1, Residencial Pl. 2-B.
6037803WM8863N0001WJ Cl. Horno, 14, Residencial.
6137201WM8863N0001ZJ Cl. Arrabal, 4, Cultural.
6137201WM8863N0002XK Cl. Arrabal, 4, Religioso.
6037206WM8863N0001TJ Cl. Arrabal, 5, Suelo.
6137108WM8863N0001AJ Cl. Arrabal, 13, Residencial.
6137108WM8863N0002SK Cl. Arrabal, 13, Residencial.
6137107WM8863N0001WJ Cl. Arrabal, 15, Residencial.
6137106WM8863N0001HJ Cl. Arrabal, 17, Residencial.
6137105WM8863N0001UJ Cl. Arrabal, 19, Residencial.
6137104WM8863N0001ZJ Cl. Arrabal, 21, Suelo.
6037209WM8863N.
3. Delimitación geográfica del entorno de protección. Coordenadas UTM Zone 30 (ETRS 89)
Coordenadas del bien
Catedral de Santa María:
<1> 585890.64, 4683503.28, <2> 585914.02, 4683479.86, <3> 585946.3, 4683464.51,
<4> 585958.05, 4683472.29, <5> 586000.74, 4683500.87, <6> 585999.3, 4683502.6,
<7> 585998.15, 4683504.45, <8> 586006.53, 4683511.15, <9> 586001.33, 4683518.29,
<10> 585997.25, 4683524.7, <11> 585981.82, 4683549.66, <12> 585976.97, 4683559.98,
<13> 585972.82, 4683558.04, <14> 585959.15, 4683551.87, <15> 585950.95, 4683547.37,
<16> 585943.98, 4683544.2, <17> 585907.57, 4683524.45, <18> 585890.64, 4683503.28.
Palacio Episcopal:
<1> 585816.12, 4683530.28, <2> 585822.65, 4683526.49, <3> 585822.3, 4683525.88,
<4> 585848.4, 4683518.29, <5> 585883.68, 4683510.0, <6> 585890.12, 4683538.05,
<7> 585868.78, 4683541.31, <8> 585857.05, 4683543.34, <9> 585857.31, 4683544.66,
<10> 585851.49, 4683545.54, <11> 585835.8, 4683549.35, <12> 585835.53, 4683548.45,
<13> 585827.15, 4683550.56, <14> 585816.12, 4683530.28.
Coordenadas del entorno de protección
Entorno de protección:
<1> 585806.01, 4683542.82, <2> 585797.72, 4683530.3, <3> 585812.18, 4683521.3,
<4> 585825.41, 4683514.25, <5> 585830.0, 4683511.6, <6> 585840.76, 4683503.49,
<7> 585844.7, 4683499.76, <8> 585856.52, 4683485.12, <9> 585867.34, 4683468.35,
<10> 585879.51, 4683446.83, <11> 585890.98, 4683448.24, <12> 585910.2, 4683449.12,
<13> 585920.26, 4683450.18, <14> 585943.37, 4683455.12, <15> 585952.71, 4683459.71,
<16> 585962.95, 4683466.41, <17> 586013.74, 4683499.04, <18> 586014.45, 4683506.45,
<19> 586058.72, 4683552.93, <20> 586045.87, 4683564.96, <21> 586028.34, 4683549.47,
<22> 586024.59, 4683553.24, <23> 586021.5, 4683550.2, <24> 586010.79, 4683574.5,
<25> 586009.19, 4683577.72, <26> 586001.2, 4683574.14, <27> 585994.33, 4683571.55,
<28> 585987.91, 4683568.76, <29> 585976.92, 4683564.03, <30> 585973.64, 4683572.94,
<31> 585973.27, 4683575.03, <32> 585973.16, 4683575.16, <33> 585969.36, 4683574.83,
<34> 585968.18, 4683576.84, <35> 585952.61, 4683569.14, <36> 585947.14, 4683566.19,
<37> 585947.41, 4683565.64, <38> 585941.3, 4683562.07, <39> 585929.99, 4683556.56,
<40> 585926.03, 4683554.89, <41> 585923.41, 4683553.91, <42> 585922.12, 4683557.5,
<43> 585921.32, 4683562.18, <44> 585920.56, 4683566.18, <45> 585898.57, 4683561.86,
<46> 585887.54, 4683568.47, <47> 585885.18, 4683573.35, <48> 585879.71, 4683577.58,
<49> 585874.44, 4683579.29, <50> 585871.0, 4683580.96, <51> 585869.5, 4683577.87,
<52> 585865.71, 4683578.93, <53> 585861.3, 4683570.47, <54> 585843.66, 4683581.84,
<55> 585842.27, 4683582.93, <56> 585841.21, 4683579.66, <57> 585840.15, 4683576.76,
<58> 585833.01, 4683560.79, <59> 585826.13, 4683563.62, <60> 585818.19, 4683567.85,
<61> 585817.49, 4683565.82, <62> 585814.05, 4683557.79, <63> 585812.99, 4683554.71,
<64> <585806.01, 4683542.82.
Estado de conservación del bien y criterios de intervención
La Catedral de Santa María viene siendo objeto de actuaciones de rehabilitación amparadas en el Plan Director.
El conjunto palaciego presenta un irregular estado de conservación, siendo la Casa de los Deanes la que se encuentra en peor situación. Se requiere de un proyecto de rehabilitación integral que analice detalladamente las patologías existentes y proponga las actuaciones necesarias para su conservación y puesta en valor.
Las posibles actuaciones que se realicen en los edificios, sus bienes muebles y entorno de protección han de respetar las características tipológicas y deben regirse por las normas de intervención establecidos en el capítulo IV, del título II de la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja.
C. Modificación del planeamiento urbanístico
La declaración de BIC requiere la modificación del vigente Plan General Municipal de Calahorra en relación con el grado de protección y condiciones especiales de intervención en los edificios y su entorno de protección, de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2004, de 18 de octubre, Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico del Gobierno de La Rioja.
D. Plano de delimitación del bien y del entorno afectado
Se adjunta plano.
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