Con la finalidad de atender las necesidades de personal de la Administración de Justicia se convocó por Orden PJC/1535/2025, de 12 de diciembre, el proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre en el Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses y en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 651/2025, de 15 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025.
Finalizado el proceso selectivo convocado por Orden PJC/1445/2024, de 3 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, al Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024; quedando vacantes seis plazas de ingreso por el sistema general de acceso libre y una plaza del cupo reservado a personas con discapacidad; de conformidad con el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia, y de conformidad con la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, previa negociación en la mesa sectorial de la Administración de Justicia y autorización de la Dirección General de la Función Pública; ha acordado:
Modificar la base 1.1 y 1.2 de la Orden PJC/1535/2025, de 12 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses publicada en el «Boletín Oficial del Estado» el día 29 de diciembre de 2025, en los siguientes términos:
Donde pone:
«1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 1 plazas por el turno libre del Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Todo ello conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 651/20245, de 15 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025, tal y como se establece de manera detallada en los dos cuadros siguientes:
| Ingreso libre Técnicos Laboratorio | Sistema general | Cupo personas con discapacidad | Total |
|---|---|---|---|
| Real Decreto 651/2025, de 15 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025. | 1 | 0 | 1 |
| Total ingreso libre TEL. | 1 | 0 | 1 |
Las plazas ofertadas corresponden a todos los departamentos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
1.2 Las personas aspirantes con discapacidad podrán solicitar, en el modelo oficial de solicitud, las adaptaciones de tiempo y medios de las pruebas del proceso selectivo, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad. De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar, en el momento de la inscripción, necesariamente copia del dictamen técnico emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido y as adaptaciones interesadas, sin que sea válido a estos efectos ningún otro documento, de modo que el órgano de selección pueda valorar si procede la concesión de la adaptación solicitada.»
Debe poner:
«1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir ocho plazas por el turno libre del Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Todo ello conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 651/2025, de 15 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025, y el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo y el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024; tal y como se establece de manera detallada en el cuadro siguiente:
| Ingreso libre Técnicos Laboratorio | Sistema general | Cupo personas con discapacidad | Total |
|---|---|---|---|
| Real Decreto 651/2025, de 15 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025. | 1 | 0 | 1 |
| Plazas vacantes del proceso selectivo convocado por Orden PJC/1445/2024, de 3 de diciembre, en cumplimiento del Real Decreto 656/2024, de 2 de julio por el que aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024. | 6 | 1 | 7 |
| Total ingreso libre TEL. | 7 | 1 | 8 |
Las plazas ofertadas corresponden a todos los departamentos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
1.2 Del total de las plazas convocadas se reservará una plaza del turno libre, como se recoge en el cuadro del punto anterior, para ser cubierta por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, siempre que acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad funcional con el desempeño de las tareas propias que corresponden al cuerpo por el que se presenten y superen las pruebas selectivas.
Si queda desierta la plaza reservada para personas con discapacidad, no se acumulará a las plazas del sistema general.
Las personas aspirantes que opten por el cupo de reserva para personas con discapacidad habrán de indicarlo en la casilla correspondiente de la solicitud de participación en la respectiva convocatoria. Quienes soliciten participar por el cupo de reserva para personas con discapacidad, únicamente podrán presentarse por este cupo. No se admitirá la modificación del turno elegido una vez presentada la solicitud. Excepcionalmente, quienes hubieran solicitado el reconocimiento de la condición legal de personas con discapacidad antes del día de la publicación de la presente convocatoria y que la hubieran obtenido con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, podrán solicitar cambio de cupo hasta el día de la publicación de las listas definitivas de personas admitidas y excluidas.
Las personas aspirantes con discapacidad podrán solicitar, en el modelo oficial de solicitud, las adaptaciones de tiempo y medios de las pruebas del proceso selectivo, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad. De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar, en el momento de la inscripción, necesariamente copia del dictamen técnico emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido y las adaptaciones interesadas, sin que sea válido a estos efectos ningún otro documento, de modo que el órgano de selección pueda valorar si procede la concesión de la adaptación solicitada.
En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se haya presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviera plaza por dicho cupo de reserva, y su puntuación fuera superior a la obtenida por los aspirantes del sistema general que pudieran obtener plaza, será incluida por su orden de puntuación en el sistema de acceso general. Se conservará la nota de los ejercicios de aquellos aspirantes que, habiendo concurrido al proceso selectivo por cupo de reserva para personas con discapacidad, superen el 50 por ciento de la calificación máxima prevista para el correspondiente ejercicio. La validez de esta medida será aplicable a la convocatoria inmediatamente siguiente, cuando el contenido del temario y su forma de calificación sean análogos.»
Conceder un nuevo plazo de veinte días hábiles para la presentación de solicitudes contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado», cumpliendo los requisitos señalados en la base 5 de la Orden PJC/1535/2025, de 12 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses publicada en el «Boletín Oficial del Estado» el día 29 de diciembre de 2025.
Declarar que las personas aspirantes cuyas solicitudes fueron presentadas en tiempo y forma conforme a la Orden PJC/1535/2025; no deben presentar nueva solicitud de inscripción.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la no participación del aspirante en el proceso selectivo.
Las personas aspirantes que habiendo presentado en plazo y forma su inscripción en el proceso selectivo con anterioridad a la publicación de la presente orden, que presenten el porcentaje de discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento podrán comunicar la elección de participar por el cupo de reserva para personas con discapacidad antes de la publicación de las listas definitivas al órgano convocante, que indicará en la página web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes las instrucciones para realizar dicha elección y su comunicación.
Una vez realizada la comunicación de participar por el cupo de discapacidad, únicamente podrán presentarse por este cupo.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición, ante este Ministerio, en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien recurso contencioso- administrativo ante las Secciones de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Central de Instancia, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses. El plazo, en ambos casos, se contará a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 17 de abril de 2026.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, P. D. (Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre), la Secretaria General para la Innovación y la Calidad del Servicio Público de Justicia, Sofía Puente Santiago.
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