Por Resolución de 25 de abril de 2024 («Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» de 15 de mayo), de la Directora General de Personal Docente, de la Consejería de Educación, Universidades y Empleo de la Comunidad Valenciana, en ejecución de la sentencia 697/2022, de fecha 4 de octubre de 2022, dictada en el procedimiento ordinario número 12/2020 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, se modifica la lista de aspirantes que han superado las pruebas selectivas correspondientes a la convocatoria convocada por Orden 7/2019, incluyendo a doña María Soledad Baños Pedros en la lista de aspirantes seleccionados, en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Orientación Educativa, con una nota total de 6,9692 puntos. En la precitada resolución, se procede a su vez, a la modificación de la Resolución de 12 de septiembre de 2019, en el sentido de incluir en la misma a la señora Baños Pedros, nombrándola al mismo tiempo, funcionaria en prácticas.
Concluidas todas las fases del citado procedimiento selectivo, por Resolución de 29 de julio de 2025, de la Dirección General de Personal Docente, de la Consejería de Educación, Cultura, Universidades y Empleo («Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» de 28 de agosto), aprueba el expediente del procedimiento, respecto a doña María Soledad Baños Pedros, la declara apta en la fase de prácticas y aprobada en el mismo, y propone a su vez, su nombramiento como funcionaria de carrera.
Por Orden EFD/1145/2025, de 9 de octubre («Boletín Oficial del Estado» del 15), por la que, a propuesta de la Consejería de Educación, Cultura, Universidades y Empleo de la Comunitat Valenciana, es nombrada funcionaria de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria a doña María Soledad Baños Pedros, considerándola ingresada como funcionaria de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, con fecha de efectos de 1 de septiembre de 2025.
Por Resolución de 7 de abril de 2026 («Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» del 16) de la Dirección General de Personal Docente, de la ahora Consejería de Educación, Cultura, y Universidades de la Comunitat Valenciana, revisado el expediente por presentación de escrito de la interesada, propone retrotraer los efectos económicos y administrativos del nombramiento como funcionaria de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, a doña María Soledad Baños Pedros, en la especialidad Orientación Educativa, a fecha de 1 de septiembre de 2020, por ser esta la fecha de efectos de los aspirantes seleccionados en el procedimiento de ingreso a cuerpos docentes, convocado por la precitada Orden 7/2019, de 28 de febrero.
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
Vista la propuesta de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades de Comunidad Valenciana.
Este Ministerio ha dispuesto:
Retrotraer a fecha de 1 de septiembre de 2020, los efectos del nombramiento como funcionaria de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad: Orientación Educativa, de doña María Soledad Baños Pedros, por ser esta la fecha de efectos del nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes que resultaron seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Orden 7/2019, de 28 de febrero.
Considerar, por tanto, a doña María Soledad Baños Pedros, con Número de Registro Personal ***8416*24 A0590, Documento Nacional de Identidad ***8416** y una puntuación total de 6,9692 puntos, ingresada en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, en la especialidad de Orientación Educativa, con fecha de efectos de 1 de septiembre de 2020.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 22 de abril de 2026.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, P. D. (Orden EFD/335/2025, de 3 de abril), el Subsecretario de Educación, Formación Profesional y Deportes, Santiago Antonio Roura Gómez.
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