Relación de hechos
1. La resolución de 14 de enero de 2015, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Empresa y Ocupación de la Generalidad de Cataluña, autorizó el modelo, para su uso e instalación en la red, de un transformador de medida de intensidad, en media tensión, marca RS ISOLSEC, modelo J..FB, fabricado por la entidad RS ISOLSEC, SLU.
2. La resolución de 16 de diciembre de 2020, la Dirección General de Energía, Seguridad Industrial y Seguridad Minera del Departamento de Empresa y Conocimiento de la Generalidad de Cataluña, autorizó la última renovación de autorización para su uso e instalación en la red eléctrica, de un transformador de medida de intensidad, en media tensión, modelo J..FB, fabricado por la entidad RS ISOLSEC, SLU.
3. En fecha 9 de octubre de 2025, la entidad RS ISOLSEC, SLU (NIF B63655351), domiciliada en la avenida Riu Mogent, n.º 5, 08170 Montornés del Vallés (Barcelona), ha presentado una solicitud de renovación de la autorización para su uso e instalación en la red eléctrica, del modelo de transformador de medida de intensidad en media tensión, marca RS ISOLSEC, modelo J..FB.
4. En fechas 29 de octubre de 2025 y 27 de noviembre de 2025, la entidad ha aportado documentación adicional requerida (29 de octubre de 2025) para la renovación de la autorización de la presente resolución.
Fundamentos jurídicos
1. El Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico (BOE 224, de 18 de septiembre de 2007).
2. El Decreto 21/2021, de 25 de mayo, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los Departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC 8418, de 26 de mayo de 2021) y el Decreto 192/2023, de 7 de noviembre, de la seguridad industrial de los establecimientos, las instalaciones y los productos (DOGC 9037, de 9 de noviembre de 2023), confieren las atribuciones competenciales.
Sobre la base de lo expuesto, resuelvo:
Prorrogar la autorización, para su uso e instalación a la red eléctrica, del transformador de medida de intensidad en media tensión, modelo J..FB, fabricado por la entidad RS ISOLSEC, SLU, con las siguientes características:
| Tensión máxima de servicio: | 24 kV |
| Nivel de aislamiento nominal: | 7,2 / 20 / 60 kV; 12 / 28 /75 kV; 17,5 / 38 / 95 kV 24 / 50 / 125 kV |
| Frecuencia nominal: | 50 Hz |
| Intensidad primaria nominal, Ipn: | 50 ~ 8000 A |
| Intensidad secundaria nominal, Isn: | 5 A y 1 A |
| Potencia: | 5; 7; 10; 15; 20; 25; 50 y 75 VA |
| Clase de precisión de medida: | 0,2; 0,2S; 0,5; 0,5S; 1 y 3 |
| Protección: | 5P5; 5P10; 5P15; 5P20; 10P5; 10P10; 10P15; 10P20 y 10P30 |
| Intensidad térmica nominal de cortocircuito, Iter: |
≥ 80 In ~ 50 A ≤ Ipn ≥ 1000 A ≥ 40 In; 1000 A ≤ Ipn ≥ 8000 A |
| Intensidad dinámica nominal, Idin: | 2,5 x Iter |
El contenido y el alcance de esta autorización está sujeta a las condiciones siguientes:
1. La presente autorización tiene un plazo máximo de validez de cinco años, de acuerdo con la Resolución de 16 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Industria del Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalidad de Cataluña, o el menor que resulte de la aplicación de un nuevo reglamento que regule los sistemas de medida de la energía eléctrica. Esta autorización podrá ser prorrogada por períodos sucesivos previa petición presentada por el solicitante de la misma en esta Dirección General de Industria.
2. Previamente a su instalación, los instrumentos a que se refiere esta autorización deberán de superar el control de verificación en origen realizado por un verificador de medidas eléctricas oficialmente autorizado.
3. Los instrumentos a los que se refiere esta resolución, deberán de cumplir, adicionalmente, todas las condiciones contenidas en el anexo que acompaña la documentación presentada para su autorización.
Contra la presente resolución, que no finaliza la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Secretario de Empresa y Competitividad en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de que se pueda hacer uso de cualquier otro recurso que se considere oportuno.
Barcelona, 12 de diciembre de 2025.–El Director General de Industria, P. D. (Resolución EMT/3164/2021, de 20 octubre), el Subdirector General de Seguridad Industrial, Florenci Hernández Cardona.
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