Antecedentes de hecho
La fundación citada fue constituida por don Michael Frank Mail según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Barcelona Raúl González Fuentes, el 6 de mayo de 2024, con el número 1.649 de protocolo, rectificada mediante diligencia de subsanación de fecha 9 de enero de 2025 ante el mismo notario.
El domicilio de la fundación quedó establecido en la calle Salomó ben Adret, número 6, 08002 de Barcelona y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Dotación inicial: treinta mil cien euros (30.100,00 €). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada completamente como se acredita con la correspondiente certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la ley.
Los fines de la fundación son: Promover, en beneficio del público, la conservación, protección y mejora del patrimonio judío construido en España y Europa, incluidas sinagogas, monumentos, cementerios, edificios comunales y lugares de suficiente importancia religiosa, histórica, arquitectónica, social o cultural.
El Patrimonio Judío con relevancia histórica y cultural en España consiste principalmente en sitios históricos de la época medieval y moderna (edificios, cementerios, documentos de archivo, otros monumentos y bienes patrimoniales inmateriales) que forman parte del Patrimonio Histórico Español y que han sido o sean susceptibles de ser declarados Bienes de Interés Cultural por las Comunidades Autónomas Españolas o por el Estado español. En este sentido, los fines de la fundación y su interés son promover, en beneficio del público en general, la historia, la cultura y el patrimonio españoles.
Promover la educación del público en general sobre la herencia judía en los bienes y lugares que conforman el patrimonio judío con suficiente relevancia histórica, arquitectónica y cultural e integrantes del Patrimonio Histórico Español con el fin de promover valores universales y educar para la paz, la diversidad, la inclusión y contra el racismo y el antisemitismo.
Doña Lucía Conte Aguilar, doña Dama Helen Yvonne Hyde y don Stephen Michael Goldman.
Cargos:
Presidenta: Doña Lucía Conte Aguilar.
Secretaria: Doña Dama Helen Yvonne Hyde.
Vocal: Don Stephen Michael Goldman.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos de Derecho
Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.
La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.
El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.
Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 9 de mayo de 2025.
Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la fundación en este Registro de Fundaciones.
Por todo lo cual, resuelvo:
Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación For Jewish Heritage Spain, Patronato y cargos dentro del mismo.
Madrid, 4 de diciembre de 2025.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, María Ester Pérez Jerez.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid