El Real Decreto 1676/2009, de 13 de noviembre, por el que se regula el Consejo para la Defensa del Contribuyente, en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 34.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, dispone que el Consejo para la Defensa del Contribuyente tendrá la naturaleza jurídica de órgano colegiado de la Administración del Estado, adscrito a la Secretaría de Estado de Hacienda del Ministerio de Hacienda.
La composición del Consejo se determina en el artículo 4 de dicho Real Decreto 1676/2009, de 13 de noviembre, disponiendo que los vocales serán nombrados y cesados por la Ministra de Hacienda, mediante orden ministerial, a propuesta del Secretario de Estado de Hacienda.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 4.1, letras a) y c), del Real Decreto 1676/2009, de 13 de noviembre, a propuesta del Secretario de Estado de Hacienda, dispongo:
El cese como vocal del Consejo para la Defensa del Contribuyente, en representación del sector profesional en el ámbito tributario, de don Eduardo Luque Delgado, agradeciéndole los servicios prestados.
El cese como vocales del Consejo para la Defensa del Contribuyente, en representación, respectivamente, de la Dirección General de Tributos y de la Dirección General del Catastro, de doña María José Garde Garde y don Fernando de Aragón Amunárriz, agradeciéndoles los servicios prestados.
El nombramiento como vocal del Consejo para la Defensa del Contribuyente, en representación del sector profesional en el ámbito tributario, de doña Sonia Díaz Español.
El nombramiento como vocales del Consejo para la Defensa del Contribuyente, en representación, respectivamente, de la Dirección General de Tributos y de la Dirección General del Catastro, de don Jorge Alberto Ferreras Gutiérrez y don Jesús Puebla Blasco.
Madrid, 18 de marzo de 2026.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Hacienda, María Jesús Montero Cuadrado.
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