Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en el capítulo III del título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, en el artículo 127 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo y en la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo,
Este Ministerio convoca la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I, con arreglo a las siguientes bases:
El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por el personal funcionario de carrera que reúna los requisitos establecidos en el anexo I para el desempeño del mismo.
Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes a la Subdirección General de Recursos Humanos y de Inspección de Servicios de la Subsecretaría de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, dentro del plazo de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Las solicitudes deberán ajustarse al modelo que figura en el anexo II.
Las instancias se presentarán en el Portal Funciona a través del siguiente enlace:
Área Personal-Mis servicios de RR.HH.(SIGP)-Convocatoria libre designación (https://www.funciona.es/public/funciona/AreaPersonal/autoservicio.html)
Para acceder es imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT).
En el caso de que la persona interesada no pueda presentar la solicitud por este medio podrá hacerlo, con carácter excepcional, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas debiendo, en este caso, aportar la documentación que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Portal Funciona o de la aplicación informática correspondiente. Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no será admitida.
Además de los datos personales y el número de registro de personal que se consignen en la solicitud, ésta deberá acompañarse de la siguiente documentación:
− Un curriculum vitae, en formato normalizado, en el que al menos conste la información incluida en el modelo del anexo III. Este modelo está publicado en la página web del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030:
https://www.dsca.gob.es/es/servicio-a-la-ciudadania/empleo-publico/personal-funcionario/libre-designacion
Asimismo, podrán aportarse certificados de funciones expedidos por la persona titular de la unidad donde se prestaron servicios.
– Una justificación por escrito de la idoneidad de la persona candidata para el puesto al que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
– El expediente personal de la persona solicitante, obtenido del Portal Funciona. Quienes no presten servicios en la Administración General del Estado deberán aportar, además, un certificado de la administración en la que presten servicios en el que conste tanto el tipo de relación de servicios como los puestos desempeñados en dicha administración.
– El cuestionario de autoevaluación dirigido a valorar las competencias directivas, que se incluye como anexo IV, debidamente cumplimentado.
La selección se realizará de acuerdo con los criterios de idoneidad, competencia profesional y experiencia, en base a la documentación presentada por la persona aspirante y mediante la realización de una entrevista.
La valoración de las competencias profesionales evaluables se hará por el órgano competente para el nombramiento, debiendo motivarse la importancia dada a cada uno de los elementos en términos de idoneidad en relación con el perfil del puesto incluido en el anexo I.
Para la valoración de las competencias profesionales evaluables se nombrarán, al menos, dos personas expertas en las materias específicas de los puestos convocados o en procesos de selección de directivos públicos, que estarán presentes en las entrevistas y que deberán emitir un informe de valoración de las candidaturas presentadas.
Las entrevistas se realizarán exclusivamente a las personas candidatas que cumplan con los requisitos establecidos para ocupar el puesto de trabajo, de acuerdo con lo recogido en el anexo I.
Conforme a lo establecido en el artículo 127.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, el nombramiento tendrá una duración máxima de cinco años, que podrá ser renovable por períodos idénticos, a propuesta del órgano competente para la designación, siempre que la persona designada mantenga los requisitos para el nombramiento y no obtenga evaluaciones negativas en el desempeño de su función.
El nombramiento deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.
De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Administración Pública tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en la provisión de los puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que la dicta, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 4 de marzo de 2026.–El Ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, P. D. (Orden DCA/249/2024, de 15 de marzo), la Subsecretaria de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Elisa María Darias Valenciano.
| N.º Orden | Centro directivo - Unidad puesto de trabajo | Provincia - Localidad | Nivel | CE | GR / SB | Admón. | Tit. req. | Funciones | Méritos | Observaciones |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 1 |
S.GRAL DE CONSUMO Y JUEGO D.G. DE CONSUMO S.G. DE REGULACION Y DERECHOS DE LAS PERSONAS CONSUMIDORAS SUBDIRECTOR / SUBDIRECTORA GENERAL (4845562) MADRID / MADRID |
MADRID - MADRID | 30 | 30436.00 | A1 | AE |
1. Elaboración, tramitación y seguimiento de los proyectos normativos relativos a la protección de las personas consumidoras y sus derechos. 2. Informe sobre normativa de proyectos y propuestas que afecten a las personas consumidoras y sus derechos. 3. Coordinación e informe sobre la posición de España en los asuntos que afectan a la protección de los derechos de las personas consumidoras ante la UE u organismos internacionales. 4. Gestión de las subvenciones relacionadas con las organizaciones de consumidores y usuarios, así como las de fomento de la actividad de las Juntas Arbitrales de Consumo en sus diferentes ámbitos territoriales. 5. Ordenación y gestión del Sistema Arbitral de Consumo. 6. Direccion y supervisión del Centro Europeo del Consumidor en España, integrado en la ECC-Net de la UE. 7. Gestión y mantenimiento del Registro Estatal de Empresas de intermediación financiera. 8. Gestión del Registro de Asociaciones de Personas Consumidoras y Usuarios de ámbito supra autonómico. 9. Gestión y seguimiento de las reformas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del departamento relativas a consumo. 10. Acreditación y comunicación a instancias europeas de las Entidades de Resolución Alternativa de Litigios según la Ley 7/2017, de 2 de noviembre. |
1. Experiencia en puestos pre-directivos de la Administración General del Estado. 2. Experiencia en la asistencia directa a la persona titular del órgano directivo del que se dependa. 3. Experiencia en la gestión de las convocatorias de subvenciones relacionadas con las organizaciones de consumidores y usuarios, así como con las juntas arbitrales de consumo. 4. Experiencia en la elaboración de proyectos normativos relacionados con la protección de las personas consumidoras y sus derechos. 5. Experiencia en el informe de normativa relacionada con las competencias del departamento. 6. Experiencia en la participación de la fijación de la postura de España en los asuntos que afecten a las personas consumidoras y sus derechos en instancias europeas e internacionales. 7. Experiencia en la elaboración de informes jurídicos y notas relacionados con la legislación de aplicación y referencia del departamento. 8. Experiencia en la gestión del sistema arbitral de consumo. 9. Experiencia en la gestión y seguimiento de fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. 10. Experiencia en la direccion y supervisión del Centro Europeo del Consumidor en España, integrado en la ECC-Net de la UE. 11. Experiencia en la gestión del Registro Estatal de Entidades de Intermediación Financiera. 12. Experiencia en la gestión del Registro Estatal de Asociaciones de Personas Consumidoras y Usuarios de ámbito estatal. 13. Formación jurídica. |
- Los méritos se valorarán en base a los certificados y otros documentos que puedan ser aportados por las personas candidatas según la base cuarta de esta convocatoria, así como a través de la entrevista prevista en la base quinta. - Antigüedad mínima como funcionario de carrera del subgrupo A1 de 5 años. |
CUERPOS O ESCALAS:
ADSCRIPCIÓN A ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (AD):
* AE: ADMINISTRACION DEL ESTADO.
TITULACIONES:
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid