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Documento BOE-A-2026-5368

Resolución de 9 de diciembre de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por los ayuntamientos beneficiarios de las subvenciones convocadas correspondientes a 2021 destinadas a la transformación digital y modernización de las administraciones de las entidades locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ejercicios 2021 a 2023.

Publicado en:
«BOE» núm. 59, de 7 de marzo de 2026, páginas 33991 a 34103 (113 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2026-5368

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 9 de diciembre de 2025, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por los ayuntamientos beneficiarios de las subvenciones convocadas correspondientes a 2021 destinadas a la transformación digital y modernización de las administraciones de las entidades locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ejercicios 2021 a 2023, acuerda:

1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas del Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por los ayuntamientos beneficiarios de las subvenciones convocadas correspondientes a 2021 destinadas a la transformación digital y modernización de las administraciones de las entidades locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ejercicios 2021 a 2023.

2. Mostrar su acuerdo con el Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por los ayuntamientos beneficiarios de las subvenciones convocadas correspondientes a 2021 destinadas a la transformación digital y modernización de las administraciones de las entidades locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ejercicios 2021 a 2023, tomando nota de las deficiencias señaladas por el Tribunal de Cuentas, que limitan y afectan a su representatividad.

3. Instar al Gobierno a:

– Llevar a cabo las medidas que sean necesarias para aumentar el apoyo técnico a las entidades locales, así como simplificar los procedimientos de gestión, ejecución, seguimiento y justificación de los proyectos financiados con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia a los que se enfrentan las entidades locales.

– Estudiar e incluir criterios para la asignación individual de las ayudas que completen y mejoren el uso exclusivo del criterio poblacional.

– Diferenciar, en cada convocatoria, cuantías específicas para aquellas líneas estratégicas consideradas como prioritarias, asegurando la realización preferente de esas actuaciones y admitiendo, al tiempo, que las restantes cuantías puedan destinarse también a esas finalidades prioritarias si las entidades beneficiarias lo consideran necesario o conveniente.

– Ampliar, desde la convocatoria inicial, los plazos de ejecución de los proyectos, evitando la necesidad de solicitud de prórrogas por los beneficiarios.

– Establecer líneas de ayudas específicas para aquellos ayuntamientos que no dispongan de planificación estratégica en materia de tecnologías de la información y la comunicación.

– Definir un manual para la solicitud y gestión de las ayudas que resuelva las cuestiones necesarias relativas a la definición, presupuestación o programación temporal de las actuaciones, con la finalidad de evitar necesidades de modificación del contenido y ampliaciones en los periodos de ejecución y la consecuente supresión de proyectos.

– Establecer plazos de ejecución lo suficientemente amplios como para permitir la ejecución de los proyectos subvencionados.

– Destinar los recursos de las ayudas que, por renuncias o reintegros, no hayan sido abonadas a los beneficiarios, a financiar proyectos alternativos, en el ámbito de la modernización y digitalización de las entidades locales, que permitan el correcto aprovechamiento de los fondos y el adecuado cumplimiento de los objetivos.

– Introducir un Fondo de Estabilización Financiera Municipal, destinado a anticipar recursos para la cofinanciación de proyectos europeos y crear un mecanismo de prefinanciación estatal para anticipar el 100 % del coste subvencionable en aquellas actuaciones que supongan un importante esfuerzo económico y de tesorería para las entidades beneficiarias.

– Diseñar programas de formación continua en materias de digitalización administrativa, control financiero y ejecución de proyectos.

4. Instar a los ayuntamientos objeto de la fiscalización a:

– Atender las recomendaciones y sugerencias que hace el Tribunal de Cuentas en su informe.

5. Instar a las entidades locales beneficiarias (entidades ejecutoras) a:

– Adoptar el máximo rigor en la selección de los proyectos para garantizar su adecuada realización, teniendo en cuenta su complejidad técnica y las necesidades derivadas de su inclusión en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

– Asignar los recursos necesarios que permitan la realización de los proyectos conforme a las condiciones previstas en la solicitud de la subvención, además de un adecuado seguimiento de su ejecución, el cual permita detectar y corregir desviaciones y, en su caso, proceder a solicitar las autorizaciones de las modificaciones oportunas sobre los proyectos aprobados.

– Reforzar los sistemas de seguimiento y control de los proyectos, así como la comunicación con el órgano instructor para asegurar el cumplimiento, durante la ejecución de los proyectos, de las condiciones establecidas en su concesión y evitar (en la medida de lo posible) situaciones que acaben produciendo la pérdida total o parcial de la financiación procedente de la subvención y costes adicionales a la entidad.

6. Instar a los ayuntamientos que no dispongan de estrategia en materia de digitalización a:

– Elaborar y aprobar una planificación estratégica de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, alineada con la Agenda España Digital 2025 y el Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas, que permita un diseño adecuado de los proyectos y definición de los apoyos. Asimismo, esta planificación estratégica deberá ser coherente con los recursos disponibles y permitir su ejecución dentro de los plazos previstos. Y, en el caso de los municipios con población inferior a 20.000 habitantes, instar a las diputaciones provinciales de régimen común y de régimen foral, cabildos, consejos insulares, y las comunidades autónomas uniprovinciales a ejercer su función como las entidades beneficiarias y ejecutoras de los proyectos de digitalización, de conformidad con la normativa reguladora de los fondos europeos, a fin de garantizar la necesaria asistencia técnica y económica y la coherencia en la ejecución de las actuaciones en los plazos previstos.

Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de diciembre de 2025.–El Presidente de la Comisión, Juan Francisco Serrano Martínez.–El Secretario Primero de la Comisión, Salvador de Foronda Vaquero.

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