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Documento BOE-A-2026-5344

Resolución de 2 de marzo de 2026, del Consorcio de la Zona Especial Canaria, por la que se deja sin efecto la de 26 de diciembre de 2024, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de Técnico Superior, nivel 2.

Publicado en:
«BOE» núm. 59, de 7 de marzo de 2026, páginas 33834 a 33835 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2026-5344

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de 26 de diciembre de 2024, del Consorcio de la Zona Especial Canaria, se convocó proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de una plaza de Técnico Superior, nivel 2 (BOE núm. 315, de 31 de diciembre de 2024). La plaza convocada pertenecía a la oferta de empleo público de 2023 aprobada por el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio.

Con anterioridad, mediante Resolución de 19 de enero de 2024 se había convocado proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, entre otras, de dos plazas de Técnico Superior nivel 2, con cargo a la oferta de empleo público de 2021, y, por el sistema de promoción interna, una plaza de Técnico Superior nivel 2 correspondiente la oferta de empleo público de 2023 (BOE núm. 22 de 25 de enero de 2024). Esta convocatoria fue modificada por la Resolución de 14 de octubre de 2024, que amplió a cuatro el número de plazas de Técnico Superior de turno libre, incorporando dos correspondientes a la oferta de empleo público de 2024.

Durante el transcurso de este último proceso selectivo, se produjo el abandono de la única persona presentada y admitida para cubrir la plaza de Técnico Superior nivel 2 por promoción interna. En aplicación de la previsión contenida en la base 8.2 de la convocatoria, esta plaza se debía acumular a las que seguían el sistema de acceso libre, y ello se efectuó con cargo a la única plaza disponible en esa fecha: la correspondiente a la oferta de empleo público de 2023 con cargo a la cual había sido convocada por Resolución de 26 de diciembre de 2024, pero cuyo proceso selectivo no se había formalmente iniciado.

En consecuencia, la convocatoria efectuada por Resolución de 26 de diciembre de 2024 ha perdido su objeto, por lo que debe dejarse sin efectos, no resultando afectados los derechos ni intereses legítimos de los aspirantes al no haberse iniciado el proceso selectivo con la aprobación, ni siquiera provisional, del listado de admitidos y excluidos y no haberse consolidado aún expectativa o derecho alguno a favor de aquellos.

En definitiva, para cumplir lo dispuesto en la base 8.2 que rige una convocatoria anterior con expectativas y derechos adquiridos (la aprobada por la Resolución de 19 de enero de 2024, modificada por la Resolución de 14 de octubre de 2024), en 2025, durante el desarrollo de su proceso selectivo, se recurrió a la plaza de la OEP de 2023 no cubierta ni en proceso de cobertura, con base en la cual fue convocada por Resolución de 26 de diciembre de 2024, sin que al haberse tan siquiera iniciado el proceso se conculquen derechos o expectativas algunas. Por tanto, sin plaza que cubrir, resulta improcedente sustanciar un proceso selectivo carente de objeto, debiéndose declarar su finalización por causas sobrevenidas (artículo 84.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

En su virtud, en ejercicio de las competencias delegadas por el Consejo Rector por acuerdo de 17 de febrero de 2021 (BOC núm. 52, de 11 de marzo), resuelvo:

Dejar sin efecto, por pérdida de objeto, la Resolución de 26 de diciembre de 2024, del Consorcio de la Zona Especial Canaria, de convocatoria del proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de una plaza de Técnico Superior, nivel 2.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a su notificación, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados de igual manera ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, advirtiendo que, de interponerse el primero de los recursos señalados, deberá esperarse a su resolución expresa o presunta antes de dirigirse a la jurisdicción contencioso-administrativa, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Canarias, 2 de marzo de 2026.–El Presidente del Consorcio de la Zona Especial Canaria, Pablo Andrés Hernández González-Barreda.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 02/03/2026
  • Fecha de publicación: 07/03/2026
Referencias anteriores
  • DEJA SIN EFECTO la Resolución de 26 de diciembre de 2024 (Ref. BOE-A-2024-27549).

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