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Documento BOE-A-2026-4891

Resolución de 12 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 34, por la que se suspende la asignación de un número de registro único de alquiler de corta duración turístico por no aportarse licencia de uso turístico para el municipio de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 2 de marzo de 2026, páginas 31654 a 31654 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2026-4891

TEXTO ORIGINAL

En el recurso interpuesto por don M. A. R. C. contra la nota de calificación de la registradora de la Propiedad de Madrid número 34, doña María del Pilar Rodrigo Lavilla, por la que se suspende la asignación de un número de registro único de alquiler de corta duración turístico por no aportarse licencia de uso turístico para el municipio de Madrid.

Inadmisión

Por la presente se comunica a los interesados que el supuesto de hecho contemplado en este expediente guarda identidad de razón con el analizado en las Resoluciones desestimatorias de este Centro Directivo de 11 y 17 de julio de 2025 («Boletín Oficial del Estado» de 6 y 7 de agosto de 2025), por lo que se declara su inadmisión, remitiendo íntegramente a los fundamentos de Derecho expuestos en las resoluciones citadas.

Contra esta resolución los legalmente legitimados pueden recurrir mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia del lugar donde radica el inmueble en el plazo de dos meses desde su notificación, siendo de aplicación las normas del juicio verbal, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 325 y 328 de la Ley Hipotecaria.

Madrid, 12 de noviembre de 2025.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, María Ester Pérez Jerez.

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