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Documento BOE-A-2026-4353

Resolución de 4 de febrero de 2026, de la Autoridad Portuaria de Baleares, por la que se actualizan las tarifas máximas del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de remolque portuario en los puertos de Palma, Alcúdia, Maó y Eivissa.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 25 de febrero de 2026, páginas 28855 a 28855 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-A-2026-4353

TEXTO ORIGINAL

La Presidencia de la Autoridad Portuaria de Baleares, en fecha 30 de enero de 2026, en el ejercicio de la facultad delegada por acuerdo del Consejo de Administración de fecha 25 de enero de 2023, publicado en el BOE núm. 87, de 12 de abril de 2023, para la aprobación de futuras actualizaciones de tarifas máximas como consecuencia de la revisión periódica no predeterminada por variación de costes, que sean solicitadas para los puertos de Palma, Alcúdia, Maó y Eivissa y cumplan con los requisitos exigidos y criterios establecidos en la Prescripción 23.ª, apartado d), del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de remolque portuario en los puertos de Palma, Alcúdia, Maó y Eivissa, adoptó la siguiente resolución:

«Aprobar la actualización de tarifas máximas del Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio Portuario de Remolque Portuario en los Puertos de Palma, Alcúdia, Maó y Eivissa, como consecuencia de la revisión periódica no predeterminada por variación de costes contemplada en la Prescripción 23.ª, apartado d), resultando los cuadros actualizados de tarifas máximas que se anexan. Dicha actualización entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.»

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un (1) mes, recurso de reposición potestativo ante el órgano que lo hubiera dictado, o bien, en el plazo de dos (2) meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime procedente.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 113.5 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, los Pliegos de Prescripciones Particulares, así como los acuerdos de aprobación y modificación deberán ser publicados en el «Boletín Oficial del Estado» y se encontrarán a disposición de los interesados en las oficinas de las Autoridades Portuarias en formato físico y electrónico.

El texto íntegro de las mencionadas tarifas se encuentra disponible en la página web de la Autoridad Portuaria de Baleares:

https://seu.portsdebalears.gob.es/seuapb/fitxa/4721/tarifas-servicios-portuarios

Palma, 4 de febrero de 2026.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares, José Javier Sanz Fernández.

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