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Documento BOE-A-2026-4268

Resolución de 3 de febrero de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se resuelve el procedimiento de concurrencia competitiva para el otorgamiento de la resolución favorable de compatibilidad a efectos del reconocimiento del régimen retributivo adicional para los territorios no peninsulares de Canarias, Ceuta y Melilla y los subsistemas eléctricos de Mallorca y Menorca.

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 24 de febrero de 2026, páginas 28584 a 28600 (17 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2026-4268

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

I. Con fecha 4 de julio de 2024 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la Resolución de 21 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se convoca el procedimiento de concurrencia competitiva para el otorgamiento de la resolución favorable de compatibilidad a efectos del reconocimiento del régimen retributivo adicional para los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, de conformidad con lo establecido en la Ley 17/2013, de 29 de octubre, para la garantía del suministro e incremento de la competencia en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares y en el Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares.

II. Según lo previsto en el anexo I.1.2 de la referida convocatoria y de acuerdo con el artículo 47 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, se estableció un plazo de presentación de solicitudes de dos meses desde la fecha de efectos de la anterior publicación, que se amplió mediante Resolución de 29 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, finalizando el plazo de presentación de solicitudes el día 5 de octubre de 2024.

III. Con fecha 12 de noviembre de 2024, conforme al anexo I.3 de la citada Resolución de 21 de junio de 2024, y de acuerdo con el artículo 48 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, se notificó a los solicitantes la Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueba la relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas en el procedimiento de concurrencia competitiva para el otorgamiento de la resolución favorable de compatibilidad a efectos del reconocimiento del régimen retributivo adicional para los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, estableciendo un plazo de diez días para subsanar ante la Dirección General de Política Energética y Minas los defectos que, en su caso, hubiesen motivado su exclusión u omisión en el listado provisional. Asimismo, se indicó que en el caso de no proceder a su subsanación en el plazo señalado se entenderá que el solicitante ha desistido de su solicitud. Esta resolución también se publicó en la sede electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

IV. Trascurrido el plazo de subsanación de los defectos u omisiones correspondientes y de conformidad con el anexo I.3 de la referida Resolución de 21 de junio de 2024, y con el artículo 48.2 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, con fecha 23 de diciembre de 2024, se publicó en la Sede Electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico la Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueba la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas en el procedimiento de concurrencia competitiva para el otorgamiento de la resolución favorable de compatibilidad a efectos del reconocimiento del régimen retributivo adicional para los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, que también se notificó a los solicitantes.

V. Atendiendo al anexo I.4.1 de la Resolución de 21 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, una vez publicada la lista de admitidos y excluidos definitivos se procedió al análisis de las solicitudes y de la documentación técnico-económica de las solicitudes admitidas al procedimiento de concurrencia competitiva.

Para ello, de acuerdo con el anexo I.4.2 de la Resolución de 21 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, y con el artículo 48.2 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, se recabaron los informes de fecha 3 de febrero de 2025 del Gobierno de Illes Balears y de 31 de marzo de 2025 del Gobierno de Canarias.

VI. Por otra parte, de acuerdo con el anexo I.4.3 de la Resolución de 21 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, y con el artículo 48.3 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, con fecha 28 de febrero de 2025, se recabó el informe de 23 de junio de 2025 de Red Eléctrica, en calidad de operador de sistema, relativo a la convocatoria del procedimiento de concurrencia competitiva que incluye la valoración técnica de las solicitudes y el orden de prelación técnico-económica de las mismas, así como las respuestas de los diferentes agentes a los requerimientos de información practicados.

VII. Una vez recibido el Informe técnico-económico del operador del sistema de fecha 23 de junio de 2025 y la información complementaria remitida por Red Eléctrica, de acuerdo con el anexo I.4.5 de la Resolución de 21 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, y con el artículo 48.4 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, con fecha 22 de julio de 2025, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia remitió el «Informe sobre el procedimiento de concurrencia competitiva para el otorgamiento de la resolución favorable de compatibilidad a efectos del reconocimiento del régimen retributivo adicional», aprobado por la Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, en su sesión del día 17 de julio de 2025.

VIII. Continuando con la tramitación del procedimiento, según se recoge en el anexo I.4.6 de la Resolución de 21 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, y en el artículo 49 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, una vez recabados los informes anteriores y de acuerdo con el anexo III de la Resolución de 21 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, se han aplicado los criterios definidos en el anexo VIII.3 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, para elaborar la propuesta de resolución del procedimiento con los grupos a los que se les propone el otorgamiento de la resolución favorable de compatibilidad, así como a los que no, por existir algún impedimento para su ejecución que haya sido puesto de manifiesto por el operador del sistema o por la comunidad o ciudad autónoma afectada.

A efectos de la prelación que ha realizado el operador del sistema en su informe preceptivo, así como a efectos de la valoración posterior de las solicitudes por parte de la Dirección General de Política Energética y Minas, en este procedimiento de concurrencia competitiva se han aplicado a cada solicitud individual los siguientes nueve criterios técnicos definidos en la Resolución de 21 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, especificando aquellos que resultan de necesario cumplimiento y la puntuación que corresponde otorgar a cada solicitud en función de su grado de cumplimiento. La valoración técnica otorgada a cada grupo admitido definitivamente a trámite en el procedimiento de concurrencia competitiva se recoge en la memoria justificativa que acompaña a esta resolución.

Asimismo, para la valoración de las solicitudes y la determinación de los grupos a los que se les otorga resolución favorable de compatibilidad se ha partido del orden de prelación técnico-económica recogido en el Informe del operador del sistema de fecha 23 de junio de 2025 que prioriza a aquellos grupos que, obteniendo una valoración técnica superior a 30 puntos, presentan los menores costes totales para el sistema, todo ello teniendo en consideración las características favorables de las instalaciones desde el punto de vista de la seguridad de suministro y de la eficiencia técnico-económica para el sistema.

Adicionalmente a lo anterior, se han tenido en cuenta una serie de condicionantes técnicos puestos de manifiesto por el operador del sistema, así como restricciones urbanísticas e impedimentos para la ejecución de los grupos identificados por las comunidades autónomas, que no resultarían adecuados a efectos del otorgamiento de la resolución favorable de compatibilidad, independientemente de la puntuación que corresponda a cada solicitud, teniendo en consideración sus efectos en la calidad y la garantía de suministro del sistema eléctrico aislado en el que se ubiquen dichos grupos.

Así, se incluyen en la relación de grupos a los que no se les otorga resolución favorable de compatibilidad del anexo II de esta resolución a los grupos existentes con solicitudes presentadas de extensión de vida útil regulatoria sin inversión que en el horizonte de la convocatoria presentan limitaciones en sus horas de funcionamiento por motivo medioambiental y los grupos que tienen un tamaño excesivo que no resulta adecuado para el sistema eléctrico en el que se ubican, de acuerdo con el informe del operador del sistema de fecha 23 de junio de 2025. Además, atendiendo a las consideraciones manifestadas en dicho informe, se incluyen en la relación de grupos a los que se les otorga resolución favorable de compatibilidad del anexo I las solicitudes correspondientes a ciclos combinados que, por su naturaleza, tienen vinculación entre sí, con la finalidad de tener en consideración una configuración eficiente en la operación de los grupos que pertenecen a esta tecnología.

Por otro lado, se han atendido las restricciones urbanísticas e impedimentos para la ejecución de los proyectos manifestados por el Gobierno de Canarias en su informe de 31 de marzo de 2025, así como en el escrito de alegaciones remitido por la Dirección General de Energía del Gobierno de Canarias de fecha 15 de diciembre de 2025. De esta manera, se incorporan en la relación de grupos a los que no se les otorga resolución favorable de compatibilidad del anexo II de esta resolución las solicitudes emplazadas en las centrales de Las Salinas en Fuerteventura y Candelaria en Tenerife, así como los proyectos Muelle Grande 1 y Muelle Grande 2 en Gran Canaria.

Asimismo, se ha considerado que el Informe de fecha 22 de julio de 2025 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia comparte las observaciones manifestadas por el operador del sistema en su Informe de 23 de junio de 2025, confirma que todas las ofertas circunscritas al alcance de extensión de vida útil con nueva inversión cumplen con el requisito de que dicha inversión supere el 5 % de la inversión reconocida del grupo sobre el que se realiza la misma y valora el criterio de competencia del artículo 49.1 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, de acuerdo con lo previsto en la Ley 17/2013, de 29 de octubre, indicando que, aunque el grupo Endesa supera la cuota del 40 % en potencia instalada en todos los territorios no peninsulares, podrá optar a la resolución favorable de compatibilidad mediante el procedimiento de concurrencia competitiva cuando apliquen las excepciones descritas en la normativa anterior.

Finalmente, cabe señalar que como resultado de valorar las solicitudes a efectos del otorgamiento de la resolución favorable de compatibilidad de acuerdo con el anexo III de la Resolución de 21 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, se cubre la totalidad de la potencia adicional convocada en los territorios no peninsulares de Canarias, Ceuta y Melilla y los subsistemas eléctricos de Mallorca y Menorca.

IX. De conformidad con lo señalado en el anexo I.4.7 de la Resolución de 21 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía y en el artículo 49 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, con fecha 21 de noviembre de 2025 se ha conferido el trámite de audiencia a los interesados de la propuesta de resolución al objeto de que realizasen las alegaciones oportunas en el plazo de quince días hábiles.

A partir del análisis de las alegaciones presentadas, teniendo en consideración los desistimientos de las solicitudes de nuevos grupos presentados por Unión Eléctrica de Canarias Generación, SAU, así como la información puesta de manifiesto por las Direcciones Generales en materia de energía de los Gobiernos de Canarias e Illes Balears se ha modificado la relación de grupos a los que se les otorga resolución favorable de compatibilidad del anexo I y la relación de grupos a los que no se les otorga resolución favorable de compatibilidad del anexo II con respecto a la propuesta de resolución sometida a audiencia.

En particular, los proyectos Jares 1 y 2 de Fuerteventura, los proyectos PA-LG-01, PA-LG-02, PA-LG-03, PA-LG-04 y PA-LG-05 de La Palma y el proyecto GC-BA-01 de Gran Canaria pasan a formar parte del anexo I, mientras que los proyectos Muelle Grande 1 y 2 de Gran Canaria y el proyecto PA-LG-06 de La Palma se incorporan en el anexo II.

Por otro lado, en el referido trámite de audiencia se evidenció la posible existencia de un riesgo de falta de cobertura en el horizonte del análisis de la convocatoria del procedimiento de concurrencia competitiva en el subsistema eléctrico de Ibiza-Formentera ante la eventual limitación en las horas de funcionamiento que podría aplicarse a los motores MAN localizados en el mismo a la vista de su autorización ambiental integrada.

X. Por ello, con fecha 20 de enero de 2026, se requirió al operador del sistema el informe de fecha 4 de noviembre de 2025 sobre la posible limitación de funcionamiento de los grupos MAN de Ibiza por restricciones medioambientales mencionado en sus alegaciones por el Gobierno de Illes Balears, así como la valoración de posibles afecciones al subsistema eléctrico Ibiza-Formentera y al sistema eléctrico balear de las eventuales limitaciones de funcionamiento de los grupos MAN.

En respuesta al anterior requerimiento, con fecha 28 de enero de 2026, el operador del sistema remitió escrito en el que pone de manifiesto que las posibles limitaciones de funcionamiento de los grupos MAN 3 y 4 no fueron consideradas en la identificación de las necesidades de potencia adicional térmica convocada en la Resolución de 21 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, al no tener constancia ese operador de dicha circunstancia en ese momento. Asimismo, el operador del sistema señala que en caso de que ambos grupos estuvieran limitados, no se tendrían en cuenta dentro de la generación base y la potencia térmica necesaria adicional debería incrementarse en 35 MW adicionales para ese escenario y horizonte.

En consecuencia, con la finalidad de continuar con la tramitación de este procedimiento de concurrencia competitiva que tiene como propósito garantizar el suministro de energía eléctrica en los territorios no peninsulares, mediante esta resolución se resuelve dicho procedimiento para los subsistemas eléctricos de Mallorca, Menorca, Gran Canaria, Tenerife, Lanzarote-Fuerteventura, La Palma, La Gomera, El Hierro, Ceuta y Melilla.

Fundamentos de Derecho

Primero.

De conformidad con la Ley 17/2013, de 29 de octubre, para la garantía del suministro e incremento de la competencia en los sistemas eléctricos insulares y extra peninsulares y el Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, mediante Resolución de 21 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, se convoca el procedimiento de concurrencia competitiva para el otorgamiento de la resolución favorable de compatibilidad a efectos del reconocimiento del régimen retributivo adicional para los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares.

Segundo.

Tal y como dispone el anexo I.5 de la Resolución de 21 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, y en cumplimiento del artículo 49 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, tras recabar los informes de las comunidades autónomas y ciudades autónomas afectadas, del operador del sistema y de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, y una vez efectuado el trámite de audiencia a los interesados, se han evaluado las solicitudes aplicando los criterios definidos en el anexo VIII y en la precitada Resolución de 21 de junio de 2024 para determinar los grupos a los que procede el otorgamiento de la resolución favorable de compatibilidad. De esta forma, mediante esta resolución se resuelve el primer procedimiento de concurrencia competitiva convocado para el otorgamiento de la resolución favorable de compatibilidad a efectos del reconocimiento del régimen retributivo adicional para los territorios no peninsulares de Canarias, Ceuta y Melilla y los subsistemas eléctricos de Mallorca y Menorca.

Tercero.

Conforme a lo establecido en el anexo I.5 de la Resolución de 21 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, la resolución favorable de compatibilidad otorga al titular de los grupos que la obtengan el derecho a percibir el régimen retributivo adicional, condicionado al cumplimiento de los requisitos y procedimientos establecidos en el Real Decreto 738/2015 y en la citada resolución. Aquellos grupos que obtengan una autorización administrativa previa sin la resolución favorable de compatibilidad no tendrán derecho al régimen retributivo adicional, en aplicación de lo previsto en el artículo 52 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio.

Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 8 y 18 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, el régimen retributivo adicional se otorgará durante la vida útil regulatoria que será aprobada en la resolución favorable de compatibilidad atendiendo a lo estipulado en el referido Real Decreto 738/2015, de 31 de julio y en la Resolución de 21 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía.

Cuarto.

Asimismo, esta resolución se dicta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, de acuerdo al cual, y según lo previsto en la Ley 17/2013, de 29 de octubre, no podrá otorgarse resolución favorable de compatibilidad a las solicitudes que supongan un aumento de capacidad de empresas o grupos empresariales que posean un porcentaje de potencia de generación de energía eléctrica superior al 40 por ciento en ese sistema, salvo si no se superan los valores de potencia necesaria para asegurar la cobertura de la demanda y cuando no hubiera otra empresa interesada en promover instalaciones.

Quinto.

Por otro lado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 20 y 54 y en la disposición adicional octava del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, a los grupos de generación cuya vida útil regulatoria finalice en el horizonte de la convocatoria o haya finalizado a fecha de esta resolución y hayan obtenido resolución favorable de compatibilidad para extender su vida útil regulatoria sin realizar inversiones, se les reconoce el régimen retributivo adicional con una vida útil regulatoria de 5 años desde el primer día del mes siguiente al de la finalización de la extinta vida útil regulatoria en el primer caso y desde el primer día del mes siguiente al de la resolución de la convocatoria en el segundo caso, correspondiéndoles exclusivamente el término de la retribución por costes fijos de operación y mantenimiento de la anualidad de la retribución fija definida en el artículo 24 del referido real decreto y la retribución por costes variables de generación que resulte de aplicar el capítulo III del título IV del mismo. Estos grupos se identifican en el anexo III de la resolución.

Sexto.

Finalmente, atendiendo a lo establecido en el apartado quinto de la disposición adicional octava del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, los grupos que no obtienen resolución favorable de compatibilidad en los territorios no peninsulares de Canarias, Ceuta y Melilla y en los subsistemas eléctricos de Mallorca y Menorca, de acuerdo con lo señalado en el resuelve primero, y que aparecen identificados en el anexo II de esta resolución, perderán el derecho a percibir el régimen retributivo adicional. Esta declaración de la pérdida del régimen retributivo adicional quedará supeditada a la finalización de la vida útil regulatoria de cada grupo y a la remisión por parte del operador del sistema de un informe en el que se ponga de manifiesto que dicha pérdida no supone un riesgo para la garantía de suministro del sistema eléctrico donde se ubique el grupo.

En virtud de todo lo expuesto y, en particular, de lo establecido en el Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, así como en la Resolución de 21 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, una vez realizado el preceptivo trámite de audiencia,

Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:

Primero.

Otorgar resolución favorable de compatibilidad a efectos del reconocimiento del régimen retributivo adicional para los territorios no peninsulares de Canarias, Ceuta y Melilla y los subsistemas eléctricos de Mallorca y Menorca a los grupos que se identifican en el anexo I.

Esta resolución favorable de compatibilidad se otorga de conformidad con el artículo 49 y 51 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, así como con la Resolución de 21 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se convoca el procedimiento de concurrencia competitiva para el otorgamiento de la resolución favorable de compatibilidad a efectos del reconocimiento del régimen retributivo adicional para los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, y atendiendo a la información proporcionada por los titulares de los grupos en sus solicitudes.

La resolución favorable de compatibilidad tendrá los efectos especificados en el artículo 2.1 de la Ley 17/2013, de 29 de octubre, para la garantía del suministro e incremento de la competencia en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares, así como en el artículo 52 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, condicionados al cumplimiento de los requisitos establecidos en el anexo VIII.4 del mismo. Todo ello sin perjuicio de la concurrencia de las sanciones que pudieran corresponder de acuerdo con las infracciones administrativas tipificadas en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

La relación de grupos a los que no les ha sido otorgada la resolución favorable de compatibilidad a la que hacen referencia los párrafos anteriores, aparece reflejada en el anexo II, en el que se detalla la motivación particular de dicha falta de otorgamiento para cada uno de los grupos.

Segundo.

Reconocer régimen retributivo adicional a los grupos a los que se les ha otorgado resolución favorable de compatibilidad tras la finalización de su vida útil regulatoria en los territorios no peninsulares de Canarias, Ceuta y Melilla y los subsistemas eléctricos de Mallorca y Menorca.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 20 y 54 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, se reconoce el régimen retributivo adicional a los grupos de generación del resuelve primero que han finalizado su vida útil regulatoria sin realizar nuevas inversiones, con las potencias que figuran en el registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico que se identifican en el anexo III. Estos grupos tendrán derecho a percibir el régimen retributivo adicional durante 5 años a contar desde el primer día del mes siguiente al de la finalización de la extinta vida útil regulatoria, en el caso de finalizar su vida útil regulatoria en el horizonte de la convocatoria, y desde el primer día del mes siguiente al de la resolución de la convocatoria, en el caso de haber finalizado su vida útil regulatoria a fecha de esta resolución.

De conformidad con lo indicado en el artículo 18.6 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, cuando un sistema eléctrico pierda su carácter de aislado y se integre en el mercado peninsular dejará de percibir el régimen retributivo adicional que le haya sido otorgado.

Tercero.

Establecer los siguientes efectos de la resolución favorable de compatibilidad y declaración de pérdida del régimen retributivo adicional en los territorios no peninsulares de Canarias, Ceuta y Melilla y los subsistemas eléctricos de Mallorca y Menorca:

De conformidad con lo dispuesto en el apartado quinto de la disposición adicional octava del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, los grupos que no obtengan resolución favorable de compatibilidad en los territorios no peninsulares de Canarias, Ceuta y Melilla y en los subsistemas eléctricos de Mallorca y Menorca, de acuerdo con lo señalado en el resuelve primero, perderán el derecho a percibir el régimen retributivo adicional. Esta declaración de la pérdida del régimen retributivo adicional quedará supeditada a la finalización de la vida útil regulatoria de cada grupo y a la remisión por parte del operador del sistema de un informe en el que se ponga de manifiesto que dicha pérdida no supone un riesgo para la garantía de suministro del sistema eléctrico donde se ubique el grupo.

Cuarto.

Esta resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.

Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 3 de febrero de 2026.–El Director General de Política Energética y Minas, Manuel García Hernández.

ANEXO I
Relación de grupos a los que se les otorga resolución favorable de compatibilidad a efectos del reconocimiento del régimen retributivo adicional para los territorios no peninsulares de Canarias, Ceuta y Melilla y los subsistemas eléctricos de Mallorca y Menorca
Sistema eléctrico Denominación social Código CIC Proyecto Alcance RAIPEE AREG Paut (MW) Tecnología IT Nudo de conexión Valor nueva inversión autorizada (€) Vida útil regulatoria nueva inversión (años)
Mallorca. GAS Y ELECTRICIDAD GENERACIÓN SAU. BA.001 MA.01 Endesa MA-SR-05. Extensión. RO1-1068 N/A 48,7 Ciclo combinado configuración 3x1. IT-0014 Son Reus 220kV. N/A N/A
Mallorca. GAS Y ELECTRICIDAD GENERACIÓN SAU. BA.002 MA.02 Endesa MA-SR-06. Extensión. RO1-1069 N/A 48,7 Ciclo combinado configuración 3x1. IT-0014 Son Reus 220kV. N/A N/A
Mallorca. GAS Y ELECTRICIDAD GENERACIÓN SAU. BA.003 MA.03 Endesa MA-SR-07. Extensión. RO1-1070 N/A 48,7 Ciclo combinado configuración 3x1. IT-0014 Son Reus 220kV. N/A N/A
Mallorca. GAS Y ELECTRICIDAD GENERACIÓN SAU. BA.004 MA.04 Endesa MA-SR-08. Extensión. RO1-1073 N/A 57,9 Ciclo combinado configuración 3x1. IT-0014 Son Reus 220kV. N/A N/A
Mallorca. GAS Y ELECTRICIDAD GENERACIÓN SAU. BA.005 MA.05 Endesa MA-SR-09. Extensión. RO1-1071 N/A 63,3 Ciclo combinado configuración 2x1. IT-0013 Son Reus 220kV. N/A N/A
Mallorca. GAS Y ELECTRICIDAD GENERACIÓN SAU. BA.006 MA.06 Endesa MA-SR-10. Extensión. RO1-1072 N/A 63,3 Ciclo combinado configuración 2x1. IT-0013 Son Reus 220kV. N/A N/A
Menorca. GAS Y ELECTRICIDAD GENERACIÓN SAU. BA.007 MN.01 Endesa MN-MH-03. Extensión. RO1-1074 N/A 39,4 Turbinas de gas aeroderivadas. IT-0006 Mahón 132kV. N/A N/A
Menorca. GAS Y ELECTRICIDAD GENERACIÓN SAU. BA.008 MN.02 Endesa MN-MH-01. Extensión. RO2-0077 N/A 33,7 Turbinas de gas heavy duty. IT-0009 Mahón 132kV. N/A N/A
Gran Canaria. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.001 GC.01 Endesa GC-JI-03. Extensión. RO2-0084 N/A 20,51 Grupos Diésel - 2T. IT-0052 Jinámar 66 kV. N/A N/A
Gran Canaria. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.002 GC.02 Endesa GC-JI-04. Extensión. RO2-0085 N/A 20,51 Grupos Diésel - 2T. IT-0052 Jinámar 66 kV. N/A N/A
Gran Canaria. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.005 GC.05 Endesa GC-BA-04. Inversión. RO1-1052 N/A 68,70 Ciclo combinado configuración 2x1. IT-0065 Barranco de Tirajana 220 kV. 13.671.833,60 10
Gran Canaria. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.006 GC.06 Endesa GC-BA-03. Inversión. RO1-1051 N/A 68,70 Ciclo combinado configuración 2x1. IT-0065 Barranco de Tirajana 220 kV. 14.299.213,40 10
Gran Canaria. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.007 GC.07 Endesa GC-BA-05. Extensión. RO1-2000 N/A 68,70 Ciclo combinado configuración 2x1. IT-0065 Barranco de Tirajana 220 kV. N/A N/A
Gran Canaria. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.008 GC.08 Endesa GC-JI-01. Inversión. RO2-0087 N/A 32,34 Turbinas de gas heavy duty. IT-0060 Jinámar 66 kV. 2.744.440,80 10
Gran Canaria. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.009 GC.09 Endesa GC-JI-02. Inversión. RO2-0088 N/A 32,34 Turbinas de gas heavy duty. IT-0060 Jinámar 66 kV. 2.744.440,80 10
Gran Canaria. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.063 GC.10 Endesa GC-BA-01. Inversión. RO2-0090 N/A 32,34 Turbinas de gas heavy duty. IT-0060 Barranco de Tirajana 66 kV. 12.554.563,10 10
Tenerife. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.010 TF.01 Endesa TF-GR-05. Extensión. RO2-0101 N/A 20,51 Grupos Diésel - 2T. IT-0052 Granadilla 66 kV. N/A N/A
Tenerife. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.011 TF.02 Endesa TF-GR-06. Extensión. RO2-0102 N/A 20,51 Grupos Diésel - 2T. IT-0052 Granadilla 66 kV. N/A N/A
Tenerife. SAMPOL INGENIERIA Y OBRAS SA. CA.012 TF.03 TF-Granadilla 6. Nuevo. N/A 2028 17,29 Motores de gas. IT-0073 Granadilla 220 kV. N/A N/A
Tenerife. SAMPOL INGENIERIA Y OBRAS SA. CA.013 TF.04 TF-Granadilla 7. Nuevo. N/A 2028 17,29 Motores de gas. IT-0073 Granadilla 220 kV. N/A N/A
Tenerife. SAMPOL INGENIERIA Y OBRAS SA. CA.014 TF.05 TF-Granadilla 2. Nuevo. N/A 2028 17,29 Motores de gas. IT-0073 Granadilla 220 kV. N/A N/A
Tenerife. SAMPOL INGENIERIA Y OBRAS SA. CA.015 TF.06 TF-Granadilla 1. Nuevo. N/A 2028 17,29 Motores de gas. IT-0073 Granadilla 220 kV. N/A N/A
Tenerife. SAMPOL INGENIERIA Y OBRAS SA. CA.016 TF.07 TF-Granadilla 3. Nuevo. N/A 2028 17,29 Motores de gas. IT-0073 Granadilla 220 kV. N/A N/A
Tenerife. SAMPOL INGENIERIA Y OBRAS SA. CA.017 TF.08 TF-Granadilla 5. Nuevo. N/A 2028 17,29 Motores de gas. IT-0073 Granadilla 220 kV. N/A N/A
Tenerife. SAMPOL INGENIERIA Y OBRAS SA. CA.018 TF.09 TF-Granadilla 4. Nuevo. N/A 2028 17,29 Motores de gas. IT-0073 Granadilla 220 kV. N/A N/A
Tenerife. SAMPOL INGENIERIA Y OBRAS SA. CA.019 TF.10 TF-Realejos 1. Nuevo. N/A 2028 17,29 Motores de gas. IT-0073 Realejos 66 kV. N/A N/A
Tenerife. SAMPOL INGENIERIA Y OBRAS SA. CA.020 TF.11 TF-Realejos 2. Nuevo. N/A 2028 17,29 Motores de gas. IT-0073 Realejos 66 kV. N/A N/A
Tenerife. SAMPOL INGENIERIA Y OBRAS SA. CA.021 TF.12 TF-Dique del Este 2. Nuevo. N/A 2028 17,29 Motores de gas. IT-0073 Dique del Este 66 kV. N/A N/A
Tenerife. SAMPOL INGENIERIA Y OBRAS SA. CA.022 TF.13 TF-Dique del Este 1. Nuevo. N/A 2028 17,29 Motores de gas. IT-0073 Dique del Este 66 kV. N/A N/A
Tenerife. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.023 TF.14 Endesa TF-AR-02. Extensión. RO2-0106 N/A 21,60 Turbinas de gas aeroderivadas. IT-0057 Arona 66 kV. N/A N/A
Tenerife. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.024 TF.15 Endesa TF-AR-01. Extensión. RO2-0105 N/A 21,60 Turbinas de gas aeroderivadas. IT-0057 Arona 66 kV. N/A N/A
Tenerife. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.025 TF.16 Endesa TF-GR-03. Inversión. RO1-1055 N/A 68,70 Ciclo combinado configuración 2x1. IT-0065 Granadilla 220 kV. 16.940.618,30 10
Tenerife. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.026 TF.17 Endesa TF-GR-01. Inversión. RO2-0104 N/A 39,20 Turbinas de gas heavy duty. IT-0060 Granadilla 66 kV. 14.970.749,10 10
Lanzarote-Fuerteventura. SAMPOL INGENIERIA Y OBRAS SA. CA.027 FV.01 FTV-Puerto del Rosario 1. Nuevo. N/A 2028 9,61 Motores de gas. IT-0072 Puerto del Rosario 66 kV. N/A N/A
Lanzarote-Fuerteventura. SAMPOL INGENIERIA Y OBRAS SA. CA.028 FV.02 FTV-Puerto del Rosario 2. Nuevo. N/A 2028 9,61 Motores de gas. IT-0072 Puerto del Rosario 66 kV. N/A N/A
Lanzarote-Fuerteventura. SAMPOL INGENIERIA Y OBRAS SA. CA.029 FV.03 FTV-Puerto del Rosario 4. Nuevo. N/A 2028 9,61 Motores de gas. IT-0072 Puerto del Rosario 66 kV. N/A N/A
Lanzarote-Fuerteventura. SAMPOL INGENIERIA Y OBRAS SA. CA.030 FV.04 FTV-Puerto del Rosario 3. Nuevo. N/A 2028 9,61 Motores de gas. IT-0072 Puerto del Rosario 66 kV. N/A N/A
Lanzarote-Fuerteventura. SAMPOL INGENIERIA Y OBRAS SA. CA.095 FV.13 FTV-Jares 2. Nuevo. N/A 2028 9,61 Motores de gas. IT-0072 Jares 132 kV. N/A N/A
Lanzarote-Fuerteventura. SAMPOL INGENIERIA Y OBRAS SA. CA.096 FV.14 FTV-Jares 1. Nuevo. N/A 2028 9,61 Motores de gas. IT-0072 Jares 132 kV. N/A N/A
Lanzarote-Fuerteventura. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.031 LZ.01 Endesa LZ-PG-05. Extensión. RO2-0109 N/A 6,49 Grupos Diésel - 4T. IT-0055 Punta Grande 66 kV. N/A N/A
Lanzarote-Fuerteventura. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.032 LZ.02 Endesa LZ-PG-04. Extensión. RO2-0108 N/A 6,49 Grupos Diésel - 4T. IT-0055 Punta Grande 66 kV. N/A N/A
Lanzarote-Fuerteventura. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.033 LZ.03 Endesa LZ-PG-03. Extensión. RO2-0107 N/A 6,49 Grupos Diésel - 4T. IT-0055 Punta Grande 66 kV. N/A N/A
Lanzarote-Fuerteventura. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.034 LZ.04 Endesa LZ-PG-01. Inversión. RO2-0115 N/A 19,60 Turbinas de gas heavy duty. IT-0059 Punta Grande 66 kV. 8.418.302,10 10
Lanzarote-Fuerteventura. DISA GENERACION SLU. CA.035 FV.05 FTV5 - Carriones. Nuevo. N/A 2028 18,10 Grupos Diésel - 4T. IT-0056 Puerto del Rosario 66 kV. N/A N/A
Lanzarote-Fuerteventura. DISA GENERACION SLU. CA.036 FV.06 FTV4 - Guisguey. Nuevo. N/A 2028 18,10 Grupos Diésel - 4T. IT-0056 Puerto del Rosario 66 kV. N/A N/A
Lanzarote-Fuerteventura. DISA GENERACION SLU. CA.037 FV.07 FTV2 - Tamariche 2. Nuevo. N/A 2028 9,60 Grupos Diésel - 4T. IT-0055 Puerto del Rosario 66 kV. N/A N/A
Lanzarote-Fuerteventura. DISA GENERACION SLU. CA.038 FV.08 FTV3-Tefía 2. Nuevo. N/A 2028 9,60 Grupos Diésel - 4T. IT-0055 Puerto del Rosario 66 kV. N/A N/A
Lanzarote-Fuerteventura. DISA GENERACION SLU. CA.039 FV.09 FTV3-Tefía 1. Nuevo. N/A 2028 9,60 Grupos Diésel - 4T. IT-0055 Puerto del Rosario 66 kV. N/A N/A
Lanzarote-Fuerteventura. DISA GENERACION SLU. CA.040 FV.10 FTV2 - Tamariche 1. Nuevo. N/A 2028 9,60 Grupos Diésel - 4T. IT-0055 Puerto del Rosario 66 kV. N/A N/A
Lanzarote-Fuerteventura. CANARY CARRETERAS, SL. CA.041 FV.11 FTV-Maxorata I. Nuevo. N/A 2028 9,46 Grupos Diésel - 4T. IT-0055 Gran Tarajal 66 kV. N/A N/A
Lanzarote-Fuerteventura. CANARY CARRETERAS, SL. CA.042 FV.12 FTV-Maxorata II. Nuevo. N/A 2028 9,46 Grupos Diésel - 4T. IT-0055 Gran Tarajal 66 kV. N/A N/A
Lanzarote-Fuerteventura. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.045 LZ.07 Endesa LZ-PG-10. Extensión. RO2-0114 N/A 17,20 Grupos Diésel - 4T. IT-0056 Punta Grande 66 kV. N/A N/A
Lanzarote-Fuerteventura. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.046 LZ.08 Endesa LZ-PG-09. Extensión. RO2-0113 N/A 17,20 Grupos Diésel - 4T. IT-0056 Punta Grande 66 kV. N/A N/A
La Gomera. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.047 GO.01 Endesa GO-EP-01. Extensión. RO2-0136 N/A 1,40 Grupos Diésel - 4T. IT-0053 San Sebastián 22 kV. N/A N/A
La Gomera. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.048 GO.02 Endesa GO-EP-03. Extensión. RO2-0138 N/A 1,84 Grupos Diésel - 4T. IT-0053 San Sebastián 22 kV. N/A N/A
La Gomera. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.049 GO.03 Endesa GO-EP-02. Extensión. RO2-0137 N/A 1,40 Grupos Diésel - 4T. IT-0053 San Sebastián 22 kV. N/A N/A
La Gomera. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.050 GO.04 Endesa GO-EP-04. Extensión. RO2-0139 N/A 1,84 Grupos Diésel - 4T. IT-0053 San Sebastián 22 kV. N/A N/A
La Palma. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.051 PA.01 Endesa PA-LG-08. Inversión. RO2-0134 N/A 11,20 Grupos Diésel - 4T. IT-0055 Los Guinchos 66 kV. 5.572.135,30 10
La Palma. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.115 PA.07 Endesa PA-LG-02. Extensión. RO2-0128 N/A 3,82 Grupos Diésel - 4T. IT-0054 Los Guinchos 30 kV. N/A N/A
La Palma. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.116 PA.08 Endesa PA-LG-01. Extensión. RO2-0127 N/A 3,82 Grupos Diésel - 4T. IT-0054 Los Guinchos 30 kV. N/A N/A
La Palma. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.117 PA.09 Endesa PA-LG-03. Extensión. RO2-0129 N/A 2,9 Grupos Diésel - 4T. IT-0054 Los Guinchos 30 kV. N/A N/A
La Palma. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.120 PA.10 Endesa PA-LG-04. Extensión. RO2-0130 N/A 4,3 Grupos Diésel - 4T. IT-0055 Los Guinchos 30 kV. N/A N/A
La Palma. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.055 PA.05 Endesa PA-LG-07. Extensión. RO2-0133 N/A 11,50 Grupos Diésel - 4T. IT-0055 Los Guinchos 66 kV. N/A N/A
La Palma. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.121 PA.11 Endesa PA-LG-05. Extensión. RO2-0131 N/A 6,69 Grupos Diésel - 4T. IT-0055 Los Guinchos 30 kV. N/A N/A
El Hierro. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.057 HI.01 Endesa HI-LB-07. Extensión. RO2-0148 N/A 1,40 Grupos Diésel - 4T. IT-0053 Llanos Blancos 20 kV. N/A N/A
El Hierro. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.058 HI.02 Endesa HI-LB-01. Extensión. RO2-0149 N/A 1,07 Grupos Diésel - 4T. IT-0053 Llanos Blancos 20 kV. N/A N/A
El Hierro. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.059 HI.03 Endesa HI-LB-06. Extensión. RO2-0147 N/A 1,26 Grupos Diésel - 4T. IT-0053 Llanos Blancos 20 kV. N/A N/A
El Hierro. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.060 HI.04 Endesa HI-LB-04. Extensión. RO2-0145 N/A 1,07 Grupos Diésel - 4T. IT-0053 Llanos Blancos 20 kV. N/A N/A
El Hierro. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.061 HI.05 Endesa HI-LB-05. Extensión. RO2-0146 N/A 1,07 Grupos Diésel - 4T. IT-0053 Llanos Blancos 20 kV. N/A N/A
El Hierro. UNIÓN ELÉCTRICA DE CANARIAS GENERACIÓN, SAU. CA.062 HI.06 Endesa HI-LB-03. Extensión. RO2-0144 N/A 0,88 Grupos Diésel - 4T. IT-0053 Llanos Blancos 20 kV. N/A N/A
Ceuta. ENDESA GENERACIÓN SA. CE.001 CE.01 Endesa CE-03. Extensión. RO2-0015 N/A 5,30 Grupos Diésel - 4T. IT-0103 Ceuta 15kV. N/A N/A
Melilla. ENDESA GENERACIÓN SA. ME.001 ME.01 Endesa ME-17. Extensión. RO2-0175 N/A 11,80 Grupos Diésel - 4T. IT-0103 Melilla 10kV. N/A N/A
Melilla. ENDESA GENERACIÓN SA. ME.002 ME.02 Endesa ME-08. Extensión. RO3-0031 N/A 0,80 Grupos Diésel - 4T. IT-0101 Melilla 5kV. N/A N/A
Melilla. ENDESA GENERACIÓN SA. ME.003 ME.03 Endesa ME-09. Extensión. RO3-0032 N/A 0,80 Grupos Diésel - 4T. IT-0101 Melilla 5kV. N/A N/A
Melilla. ENDESA GENERACIÓN SA. ME.004 ME.04 Endesa ME-01. Extensión. RO2-0020 N/A 5,30 Grupos Diésel - 4T. IT-0103 Melilla 5kV. N/A N/A
Melilla. ENDESA GENERACIÓN SA. ME.005 ME.05 Endesa ME-02. Extensión. RO2-0021 N/A 5,30 Grupos Diésel - 4T. IT-0103 Melilla 5kV. N/A N/A
Melilla. ENDESA GENERACIÓN SA. ME.006 ME.06 Endesa ME-03. Extensión. RO2-0024 N/A 11,50 Turbinas de gas heavy duty. IT-0106 Melilla 10kV. N/A N/A
Melilla. ENDESA GENERACIÓN SA. ME.007 ME.07 Endesa ME-12. Extensión. RO3-0035 N/A 0,80 Grupos Diésel - 4T. IT-0101 Melilla 5kV. N/A N/A
ANEXO II
Relación de grupos a los que no se les otorga resolución favorable de compatibilidad para los territorios no peninsulares de Canarias, Ceuta y Melilla y los subsistemas eléctricos de Mallorca y Menorca
Sistema/eléctrico Código Proyecto Motivo
Mallorca. BA.011 Endesa MA-SR-03. Orden de prelación técnico-económico.
Mallorca. BA.012 Endesa MA-SR-01. Orden de prelación técnico-económico.
Mallorca. BA.013 Endesa MA-SR-04. Orden de prelación técnico-económico.
Mallorca. BA.014 Endesa MA-SR-02. Orden de prelación técnico-económico.
Mallorca. BA.015 MA- Son Noguera 1. Orden de prelación técnico-económico.
Mallorca. BA.016 MA- Son Noguera 2. Orden de prelación técnico-económico.
Mallorca. BA.017 MA- Son Noguera 3. Orden de prelación técnico-económico.
Mallorca. BA.018 MA- Son Noguera 4. Orden de prelación técnico-económico.
Mallorca. BA.019 Endesa MA-AL-01. Limitaciones horas de funcionamiento.
Mallorca. BA.020 Endesa MA-AL-02. Limitaciones horas de funcionamiento.
Mallorca. BA.021 Endesa MA-AL-03. Limitaciones horas de funcionamiento.
Mallorca. BA.022 Endesa MA-AL-04. Limitaciones horas de funcionamiento.
Menorca. BA.023 Endesa MN-MH-05. Limitaciones horas de funcionamiento.
Menorca. BA.024 Endesa MN-MH-04. Limitaciones horas de funcionamiento.
Menorca. BA.025 Endesa MN-MH-06. Limitaciones horas de funcionamiento.
Menorca. BA.026 Endesa MN-MH-02. Limitaciones horas de funcionamiento.
Gran Canaria. CA.064 GC4 - Melenara. Orden de prelación técnico-económico.
Gran Canaria. CA.065 GC3 - Salinetas. Orden de prelación técnico-económico.
Gran Canaria. CA.066 GC2 - Taliarte. Orden de prelación técnico-económico.
Gran Canaria. CA.067 GC1 - Lomo Magullo. Orden de prelación técnico-económico.
Gran Canaria. CA.068 Endesa GC-BA-02. Orden de prelación técnico-económico.
Gran Canaria. CA.069 El Goro. Orden de prelación técnico-económico.
Gran Canaria. CA.070 Llano Alegre. Orden de prelación técnico-económico.
Gran Canaria. CA.071 Endesa GC-JI-05. Desistimiento.
Gran Canaria. CA.072 Endesa GC-JI-06. Desistimiento.
Gran Canaria. CA.003 GC-Muelle Grande 2. Impedimento para la ejecución.
Gran Canaria. CA.004 GC-Muelle Grande 1. Impedimento para la ejecución.
Tenerife. CA.073 TF1 - Montaña Roja 3. Orden de prelación técnico-económico.
Tenerife. CA.074 TF1 - Montaña Roja 2. Orden de prelación técnico-económico.
Tenerife. CA.075 TF1 - Montaña Roja 1. Orden de prelación técnico-económico.
Tenerife. CA.076 TF3- El Draguito. Orden de prelación técnico-económico.
Tenerife. CA.077 TF2 - San Isidro. Orden de prelación técnico-económico.
Tenerife. CA.078 TF9-Chasna. Orden de prelación técnico-económico.
Tenerife. CA.079 TF6-Orchilla. Orden de prelación técnico-económico.
Tenerife. CA.080 TF5-Médano. Orden de prelación técnico-económico.
Tenerife. CA.081 TF7-Chimiche. Orden de prelación técnico-económico.
Tenerife. CA.082 TF4-Atogo. Orden de prelación técnico-económico.
Tenerife. CA.083 TF8-Cruz de Tea. Orden de prelación técnico-económico.
Tenerife. CA.084 Endesa TF-GR-02. Orden de prelación técnico-económico.
Tenerife. CA.085 Endesa TF-CA-01. Restricciones urbanísticas.
Tenerife. CA.086 Endesa TF-CA-02. Restricciones urbanísticas.
Tenerife. CA.087 Endesa TF-CA-03. Desistimiento.
Tenerife. CA.088 Endesa TF-CA-04. Desistimiento.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.089 Endesa LZ-PG-12. Desistimiento.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.043 Endesa LZ-PG-14. Desistimiento.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.044 Endesa LZ-PG-15. Desistimiento.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.090 Endesa LZ-PG-11. Desistimiento.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.091 Endesa LZ-PG-13. Desistimiento.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.092 Endesa LZ-PG-07. Orden de prelación técnico-económico.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.093 Endesa LZ-PG-06. Orden de prelación técnico-económico.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.094 Endesa LZ-PG-08. Orden de prelación técnico-económico.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.097 Endesa FV-SA-07. Restricciones urbanísticas.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.098 Endesa FV-SA-06. Restricciones urbanísticas.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.099 Endesa LZ-PG-02. Tamaño no adecuado para el subsistema.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.100 FTV1 - La Hondura 1. Tamaño no adecuado para el subsistema.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.101 FTV1 - La Hondura 2. Tamaño no adecuado para el subsistema.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.102 Endesa FV-SA-10. Desistimiento.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.103 Endesa FV-SA-12. Desistimiento.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.104 Endesa FV-SA-11. Desistimiento.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.105 Endesa FV-SA-02. Tamaño no adecuado para el subsistema y restricciones urbanísticas.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.106 Endesa FV-SA-01. Restricciones urbanísticas.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.107 Endesa FV-SA-09. Restricciones urbanísticas.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.108 Endesa FV-SA-05. Restricciones urbanísticas.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.109 Endesa FV-SA-03. Restricciones urbanísticas.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.110 Endesa FV-SA-04. Restricciones urbanísticas.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.111 Endesa FV-SA-08. Restricciones urbanísticas.
La Gomera. CA.112 Endesa GO-EP-06. Orden de prelación técnico-económico.
La Gomera. CA.113 Endesa GO-EP-05. Orden de prelación técnico-económico.
La Gomera. CA.114 Endesa GO-EP-07. Orden de prelación técnico-económico.
La Palma. CA.118 Endesa PA-LG-10. Desistimiento.
La Palma. CA.119 Endesa PA-LG-09. Desistimiento.
La Palma. CA.122 Endesa PA-LG-14. Tamaño no adecuado para el subsistema y limitaciones horas de funcionamiento.
La Palma. CA.052 Endesa PA-LG-13. Desistimiento.
La Palma. CA.053 Endesa PA-LG-12. Desistimiento.
La Palma. CA.054 Endesa PA-LG-11. Desistimiento.
La Palma. CA.056 Endesa PA-LG-06. Orden de prelación técnico-económico.
El Hierro. CA.123 Endesa HI-LB-08. Desistimiento.
El Hierro. CA.124 Endesa HI-LB-02. Orden de prelación técnico-económico.
Ceuta. CE.002 Endesa CE-02. Orden de prelación técnico-económico.
Ceuta. CE.003 Endesa CE-01. Orden de prelación técnico-económico.
Ceuta. CE.004 Endesa CE-04. Orden de prelación técnico-económico.
Ceuta. CE.005 Endesa CE-05. Orden de prelación técnico-económico.
Ceuta. CE.006 Endesa CE-06. Orden de prelación técnico-económico.
Melilla. ME.008 Endesa ME-13. Orden de prelación técnico-económico.
Melilla. ME.009 Endesa ME-07. Orden de prelación técnico-económico.
Melilla. ME.010 Endesa ME-15. Orden de prelación técnico-económico.
Melilla. ME.011 Endesa ME-04. Orden de prelación técnico-económico.
Melilla. ME.012 Endesa ME-11. Orden de prelación técnico-económico.
Melilla. ME.013 Endesa ME-10. Orden de prelación técnico-económico.
Melilla. ME.014 Endesa ME-06. Orden de prelación técnico-económico.
Melilla. ME.015 Endesa ME-14. Orden de prelación técnico-económico.
Melilla. ME.016 Endesa ME-05. Orden de prelación técnico-económico.
Melilla. ME.017 Endesa ME-16. Orden de prelación técnico-económico.
ANEXO III
Relación de grupos a los que se les concede régimen retributivo adicional tras el otorgamiento de la resolución favorable de compatibilidad para los territorios no peninsulares de Canarias, Ceuta y Melilla y los subsistemas eléctricos de Mallorca y Menorca
Sistema eléctrico Código CIC Proyecto Potencia neta (MW) RAIPEE
Mallorca. BA.001 MA.01 Endesa MA-SR-05. 48,7 RO1-1068.
Mallorca. BA.002 MA.02 Endesa MA-SR-06. 48,7 RO1-1069.
Mallorca. BA.003 MA.03 Endesa MA-SR-07. 48,7 RO1-1070.
Mallorca. BA.004 MA.04 Endesa MA-SR-08. 57,9 RO1-1073.
Mallorca. BA.005 MA.05 Endesa MA-SR-09. 63,3 RO1-1071.
Mallorca. BA.006 MA.06 Endesa MA-SR-10. 63,3 RO1-1072.
Menorca. BA.007 MN.01 Endesa MN-MH-03. 39,4 RO1-1074.
Menorca. BA.008 MN.02 Endesa MN-MH-01. 33,7 RO2-0077.
Gran Canaria. CA.001 GC.01 Endesa GC-JI-03. 20,51 RO2-0084.
Gran Canaria. CA.002 GC.02 Endesa GC-JI-04. 20,51 RO2-0085.
Gran Canaria. CA.007 GC.07 Endesa GC-BA-05. 68,7 RO1-2000.
Tenerife. CA.010 TF.01 Endesa TF-GR-05. 20,51 RO2-0101.
Tenerife. CA.011 TF.02 Endesa TF-GR-06. 20,51 RO2-0102.
Tenerife. CA.023 TF.14 Endesa TF-AR-02. 21,6 RO2-0106.
Tenerife. CA.024 TF.15 Endesa TF-AR-01. 21,6 RO2-0105.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.031 LZ.01 Endesa LZ-PG-05. 6,49 RO2-0109.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.032 LZ.02 Endesa LZ-PG-04. 6,49 RO2-0108.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.033 LZ.03 Endesa LZ-PG-03. 6,49 RO2-0107.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.045 LZ.07 Endesa LZ-PG-10. 17,2 RO2-0114.
Lanzarote-Fuerteventura. CA.046 LZ.08 Endesa LZ-PG-09. 17,2 RO2-0113.
La Gomera. CA.047 GO.01 Endesa GO-EP-01. 1,4 RO2-0136.
La Gomera. CA.048 GO.02 Endesa GO-EP-03. 1,84 RO2-0138.
La Gomera. CA.049 GO.03 Endesa GO-EP-02. 1,4 RO2-0137.
La Gomera. CA.050 GO.04 Endesa GO-EP-04. 1,84 RO2-0139.
La Palma. CA.115 PA.07 Endesa PA-LG-02. 3,82 RO2-0128.
La Palma. CA.116 PA.08 Endesa PA-LG-01. 3,82 RO2-0127.
La Palma. CA.117 PA.09 Endesa PA-LG-03. 2,9 RO2-0129.
La Palma. CA.120 PA.10 Endesa PA-LG-04. 4,3 RO2-0130.
La Palma. CA.055 PA.05 Endesa PA-LG-07. 11,5 RO2-0133.
La Palma. CA.121 PA.11 Endesa PA-LG-05. 6,69 RO2-0131.
El Hierro. CA.057 HI.01 Endesa HI-LB-07. 1,4 RO2-0148.
El Hierro. CA.058 HI.02 Endesa HI-LB-01. 1,07 RO2-0149.
El Hierro. CA.059 HI.03 Endesa HI-LB-06. 1,26 RO2-0147.
El Hierro. CA.060 HI.04 Endesa HI-LB-04. 1,07 RO2-0145.
El Hierro. CA.061 HI.05 Endesa HI-LB-05. 1,07 RO2-0146.
El Hierro. CA.062 HI.06 Endesa HI-LB-03. 0,88 RO2-0144.
Ceuta. CE.001 CE.01 Endesa CE-03. 5,3 RO2-0015.
Melilla. ME.001 ME.01 Endesa ME-17. 11,8 RO2-0175.
Melilla. ME.002 ME.02 Endesa ME-08. 0,8 RO3-0031.
Melilla. ME.003 ME.03 Endesa ME-09. 0,8 RO3-0032.
Melilla. ME.004 ME.04 Endesa ME-01. 5,3 RO2-0020.
Melilla. ME.005 ME.05 Endesa ME-02. 5,3 RO2-0021.
Melilla. ME.006 ME.06 Endesa ME-03. 11,5 RO2-0024.
Melilla. ME.007 ME.07 Endesa ME-12. 0,8 RO3-0035.

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