Está Vd. en

Documento BOE-A-2026-4111

Resolución de 13 de febrero de 2026, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Publicado en:
«BOE» núm. 48, de 23 de febrero de 2026, páginas 27271 a 27298 (28 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-A-2026-4111

TEXTO ORIGINAL

Con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública y, en cumplimiento de lo en el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar el proceso selectivo para el ingreso por el sistema general de acceso libre en Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Resultará de aplicación a la presente convocatoria el Libro Segundo del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en todo lo que no se oponga a las anteriores normas, el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública por la que se establece un modelo común de convocatoria que regirá los procesos selectivos para el ingreso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado y el resto de normativa vigente en la materia, incluyendo aquellas normas especiales que resulten de aplicación y que gozarán de prevalencia respecto de la normativa general.

Asimismo, esta convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de octubre de 2025, por el que se aprueba el IV Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella y, en su caso, se adecuará a lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.

La presente convocatoria se desarrollará de conformidad con los siguientes apartados y anexos:

1. Publicación

1.1 La presente convocatoria, así como los actos que se deriven de su ejecución, se publicarán en el Punto de Acceso General (www.administración.gob.es) y en la página web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (www.transportes.gob.es), así como en aquellos lugares que se estime conveniente. Serán válidas a los efectos del artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las publicaciones realizadas en la página web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

2. Descripción de las plazas

2.1 Las plazas convocadas se ajustan a lo dispuesto en los siguientes cuadros:

Turno libre:

Número de plazas convocadas

Acceso general Discapacidad Total
10 0 10

Reales decretos de oferta por los que se autorizan las plazas de turno libre

Año del real decreto Acceso general Discapacidad Total
2023 5 0 5
2024 5 0 5

2.2 En concreto, se convoca proceso selectivo para cubrir 10 plazas de acceso libre, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, código 6209.

2.3 El total de las 10 plazas convocadas por el sistema de acceso libre se establecen de acuerdo:

– Al Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2023, corresponden 5 plazas de acceso general.

– Al Real Decreto 656/2024 de, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024, corresponden 5 plazas de acceso general.

2.4 Las personas aspirantes deberán optar por una sola de las siguientes áreas temáticas:

a) Técnicas de ayuda a la protección del patrimonio histórico de las obras públicas y el urbanismo: 1 plaza.

b) Instrumentación de medida, técnicas de laboratorio y electrónica: 3 plazas.

c) Técnicas de laboratorio de química aplicada a la ingeniería civil y el medioambiente: 6 plazas.

Si en alguna de las áreas temáticas quedaran plazas sin cubrir, estas se podrán acumular a las de la otra área temática con el siguiente orden de prelación:

1. Técnicas de laboratorio de química aplicada a la ingeniería civil y el medioambiente.

2. Instrumentación de medida, técnicas de laboratorio y electrónica.

3. Técnicas de ayuda a la protección del patrimonio histórico de las obras públicas y el urbanismo.

2.5 Respecto a las plazas convocadas por el sistema general de acceso libre, se prevé orientativamente que el 100 % de las plazas se oferte en la provincia de Madrid. La oferta de destinos podrá variar respecto a la anterior previsión orientativa, para responder a las necesidades de personal en el momento de ejecución de la convocatoria.

2.6 De acuerdo con lo establecido en el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, las plazas no cubiertas tras la ejecución de esta convocatoria podrán convocarse nuevamente siempre que no hayan transcurrido más de tres años desde la publicación de la oferta. La nueva convocatoria identificará las plazas que proceden de convocatorias anteriores y la oferta a la que corresponden.

3. Requisitos de las personas aspirantes

3.1 Las personas candidatas deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera los requisitos exigidos.

Requisitos generales de participación

3.2 Nacionalidad: Las personas aspirantes deberán tener la nacionalidad española.

También podrán participar, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles, con excepción de aquellos empleos públicos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas:

a) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.

b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Las personas aspirantes no residentes en España incluidas en el apartado b), así como las personas extranjeras incluidas en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan. Todo ello en aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.

3.3 Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

3.4 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

3.5 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de personal funcionario de carrera, ni pertenecer al mismo cuerpo o escala al que se presenta. En el caso de las pruebas limitadas al acceso a una especialidad de un cuerpo o escala, no tener previamente reconocida la misma.

En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

3.6 El personal funcionario español de Organismos Internacionales podrá acceder al empleo público siempre que posea la titulación requerida y supere los correspondientes procesos selectivos.

Este personal tiene derecho a solicitar a la Comisión Permanente de Homologación la exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen. Esta petición deberá efectuarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso correspondiente y se acompañará de la acreditación de convocatorias, programas y pruebas superadas, así como de la correspondiente certificación expedida por el Organismo Internacional en cuestión. A estos efectos, se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de funcionarios de nacionalidad española de Organismos internacionales a los cuerpos y escalas de la Administración General del Estado.

Titulación

3.7 Las personas aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado a la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes. Se entenderá que se está en condiciones de obtener dicho título mediante el certificado del órgano educativo competente que acredite la superación de todas las asignaturas o créditos ECTS exigidos y, en su caso, el abono de las tasas académicas correspondientes a la expedición del título.

3.8 A la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a aquellas personas que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

4. Solicitudes

Presentación por medios electrónicos

4.1 De acuerdo con el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, las personas aspirantes deberán realizar la presentación de las solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación de las actuaciones de este proceso selectivo por medios electrónicos a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General, de acuerdo con las instrucciones que se indican en el anexo II. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para las solicitudes que se cursen desde el extranjero y respecto de los procedimientos de impugnación de las actuaciones del proceso selectivo.

4.2 Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, en el Punto de Acceso General (ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias). La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

La presentación por esta vía permitirá:

– La inscripción en línea en el modelo oficial (obligatorio).

– Anexar documentos a la solicitud (opcional).

– El pago electrónico de las tasas, si procede (obligatorio).

– El registro electrónico de la solicitud (obligatorio).

– La modificación, durante el plazo de inscripción, de la solicitud registrada (opcional).

– La subsanación de la solicitud, en su caso, durante el plazo otorgado a estos efectos, permitiendo completar o modificar los datos subsanables relacionados con la causa de exclusión, y/o adjuntar la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.

4.3 Los sistemas de identificación y firma admitidos para realizar la inscripción serán los que determine el servicio de IPS.

4.4 En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberán rellenar el siguiente formulario centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS o dirigirse al teléfono 060.

4.5 Únicamente se tendrá en cuenta una solicitud por persona aspirante. En el supuesto de que se presentara más de una solicitud, se tendrá en cuenta a todos los efectos la última solicitud presentada.

Plazo de presentación

4.6 Las personas interesadas dispondrán de un plazo de presentación de solicitudes de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». En el supuesto de que haya de subsanarse la presentación electrónica de la solicitud, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

4.7 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos consignados en su solicitud registrada telemáticamente, que podrán modificar dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

4.8 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4.9 De acuerdo con el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de presentación de solicitudes, siempre y cuando este no hubiera vencido, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo acordada.

4.10 A efectos de comunicación y demás incidencias relacionadas con la solicitud, se podrán poner en contacto a través de los números de teléfono 91 597 5175 y 91 597 5002 o la dirección de correo electrónico area-seleccion@transportes.gob.es.

Pago de las tasas

4.11 El importe de la tasa por derechos de examen será de 23,33 euros para el sistema general de acceso libre. El importe reducido para familias numerosas de categoría general será de 11,67 euros.

4.12 El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos. La constancia del pago correcto de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) que figurará en el justificante de registro.

4.13 En el caso de que el pago de la tasa de derechos de examen se abone en el extranjero, se realizará en la cuenta corriente número ES44 0128 0899 7701 0001 5821 abierta a nombre de «Tesoro Público. MITMA. Cuenta restringida para la recaudación de tasas». Este sistema solo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.

4.14 Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, que deberán acompañar a la solicitud el certificado acreditativo de tal condición. No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas, salvo oposición expresa de la persona interesada.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Serán requisitos para el disfrute de la exención:

– Que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.

– Que carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional en vigor a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa de la persona interesada, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

En caso de no dar el consentimientooposición, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará por la persona interesada en la oficina de los servicios públicos de empleo y deberá anexarse a la inscripción.

En cuanto a la acreditación de las rentas, en caso de oposición, la persona interesada deberá presentar anexo a la solicitud se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al último ejercicio en el que el plazo de presentación de la declaración del IRPF haya finalizado o, en su caso, del certificado del nivel de renta del mismo ejercicio. La valoración de las rentas se realizará con independencia de que se haya optado por la tributación conjunta o individual.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 % los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

4.15 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. La falta de justificación del abono de las tasas por derechos de examen o de encontrarse exento del pago determinará la exclusión de la persona aspirante.

4.16 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

4.17 No procederá la devolución de la tasa por derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada ni en caso de inasistencia al ejercicio.

Protección de datos personales

4.18 El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), así como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones que resulten de aplicación.

4.19 Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para ello y del análisis y estudio de los datos relativos a estos procesos selectivos.

4.20 El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicarán respetando la seudoanonimización exigida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

4.21 La Dirección General de Organización e Inspección (Subdirección General de Recursos Humanos) del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible es responsable del tratamiento de esos datos y publica su política de protección de datos en sede.transportes.gob.es.

4.22 Los derechos de protección de datos de los solicitantes se podrán ejercer dirigiéndose al responsable del tratamiento por vía electrónica a través de la sede electrónica señalada o presencialmente a través de la red de oficinas de asistencia en materia de registros.

4.23 En caso de incumplimiento del responsable del tratamiento, los interesados podrán reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) (www.aepd.es).

5. Admisión de personas aspirantes

5.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, por la que declarará aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en los lugares previstos en el apartado 1.1, se indicará la relación de personas aspirantes excluidas, los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas, así como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

5.2 Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles computados desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial del Estado» para subsanar, en su caso, los defectos que hubieran motivado la exclusión u omisión.

5.3 Finalizado dicho plazo, se expondrá la relación definitiva de personas admitidas y excluidas en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

6. Proceso selectivo

6.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y calificaciones que se especifican en este apartado.

6.2 Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo, cuyo contenido y desarrollo diferirá de lo valorado en las fases previas. Para la realización de este curso selectivo, las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombradas personal funcionario en prácticas por la autoridad convocante.

Descripción de la fase de oposición

6.3 La fase de oposición constará de tres ejercicios obligatorios y eliminatorios, según se especifica en los epígrafes siguientes.

Con carácter general, el órgano de selección, en virtud del principio de agilidad, podrá utilizar medios de carácter telemático en la celebración de los ejercicios o pruebas de que consta la fase de oposición, sin perjuicio del principio de objetividad y con el propósito exclusivo de facilitar la celebración de los ejercicios a las personas aspirantes.

6.4 Primer ejercicio.

Este ejercicio tiene el propósito de evaluar el conocimiento y la comprensión que tiene la persona aspirante del programa recogido en el anexo I.

El ejercicio consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas tipo test con cuatro respuestas alternativas y sólo una de ellas correcta, sobre los temas que se incluyen en el anexo I de esta convocatoria. El cuestionario constará de 100 preguntas, de las cuales 25 corresponderán a las Materias comunes y 75 a las Materias específicas, en función del área temática seleccionada por la persona aspirante.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de tres horas.

El órgano de selección publicará el cuestionario y la plantilla de soluciones correctas utilizadas para la corrección del ejercicio en el plazo de dos días hábiles contados a partir del día siguiente al de la celebración de este primer ejercicio. Las personas aspirantes dispondrán de dos días hábiles adicionales contados a partir del día siguiente al de publicación de la plantilla de soluciones para presentar alegaciones a dicho cuestionario. Dichas alegaciones se darán por contestadas con la publicación de una plantilla de soluciones definitiva.

La calificación máxima del ejercicio será de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.

6.5 Segundo ejercicio.

Este ejercicio está destinado a acreditar el conocimiento escrito y oral del idioma inglés de las personas aspirantes. A tal efecto, se establecen dos modalidades excluyentes de evaluación: una presencial y, otra, sustitutiva de la anterior, presentando alguno de los títulos recogidos en el anexo III, mediante las que las personas aspirantes podrán acreditar su conocimiento de inglés equivalente al nivel B1 o superior, de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas (MCER).

Las personas aspirantes deberán indicar en la casilla «27 A» del modelo 790 la opción de evaluación del conocimiento de idioma a la que se acogen, escribiendo «PRESENCIAL», si se va a realizar la prueba escrita y la oral o, escribiendo «TITULACIÓN», si se va a presentar alguno de los títulos recogidos en el anexo III que acredite el nivel de idioma.

Independientemente de la modalidad a la que se acojan las personas aspirantes, la calificación de este ejercicio será apto o no apto.

Modalidad presencial:

Parte A. Prueba escrita:

En una sesión, las personas aspirantes efectuarán dos traducciones, sin diccionario, una de ellas directa y la otra inversa, sobre dos textos redactados en lengua inglesa y española respectivamente, propuestos por el órgano de selección, que versarán sobre las materias contenidas en el anexo I de estas bases. La duración máxima de esta parte del ejercicio será de noventa minutos.

El ejercicio se realizará en papel autocopiativo. Una vez finalizado el tiempo de su realización, las personas aspirantes depositarán el original y la copia separados en un sobre que cerrarán y que quedará suficientemente identificado.

Parte B. Prueba oral:

En sucesivas sesiones, que serán públicas, cada persona aspirante procederá a la lectura de las traducciones realizadas en la prueba anterior. A continuación, el órgano de selección dispondrá de un tiempo máximo de diez minutos para dialogar en la lengua inglesa con la persona aspirante.

Se valorará en este ejercicio la capacidad de la persona aspirante para entender el idioma inglés y para expresarse en él con suficiente fluidez mediante la evaluación de habilidades de comprensión oral y escrita, gramática, vocabulario, sintaxis, así como el conocimiento de la pronunciación y acentuación de la lengua inglesa.

Modalidad acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación:

Alternativamente a la modalidad anterior, las personas aspirantes que así lo deseen podrán acreditar su conocimiento de inglés presentando alguno de los títulos que se incluyen en el anexo III, siempre y cuando se haya obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización de presentación de solicitudes.

Aquellas personas aspirantes que se acojan a esta modalidad, además de indicarlo en el modelo 790, deberán adjuntar a su solicitud la titulación que acredita el conocimiento de inglés.

Previamente a la celebración del ejercicio, el órgano de selección habrá de estudiar la documentación presentada por las personas aspirantes con el fin de corroborar la idoneidad de los certificados presentados a efectos de la superación del ejercicio. En el caso de que se detecte que la titulación presentada no cumple con los requisitos para la acreditación de un nivel B1 o superior, publicará una relación de las personas aspirantes que, debido a este motivo, deberán realizar este ejercicio en la modalidad presencial. Dicha relación se publicará con antelación suficiente a la fecha de realización de este ejercicio.

Sin perjuicio de lo anterior, el órgano de selección, por la relevancia del documento y ante la existencia de dudas derivadas de la calidad de la copia, podrá requerir la documentación original acreditativa de la titulación en cualquier momento del proceso selectivo. La persona aspirante deberá presentar dicha documentación en el momento indicado. Si no se presentara dicha documentación o de la documentación presentada se dedujera que no se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido, se perderá el derecho a la realización del siguiente ejercicio.

6.6 Tercer ejercicio.

Este ejercicio tiene el propósito de valorar en las personas aspirantes: la capacidad de aplicar a un supuesto o conjunto de supuestos los conocimientos incluidos en el programa (40 %); la capacidad de análisis, identificación y resolución de la problemática planteada (40 %); y la capacidad para exponer los contenidos por escrito con orden y claridad (20 %).

Consistirá en la resolución, por escrito, de un supuesto de contenido teórico-práctico sobre las Materias específicas del programa recogido en el anexo I, en función del área temática seleccionada por la persona aspirante.

El ejercicio se realizará en una sola sesión y las personas aspirantes dispondrán de tres horas para su realización, pudiendo utilizar únicamente los materiales, informaciones y datos en soporte papel e informático que establezca el órgano de selección.

La resolución del supuesto será depositada en sobres. El órgano de selección procederá a la apertura de sobres, a la corrección anónima de los ejercicios y a su calificación.

Este ejercicio se calificará con un máximo de 50 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 25 puntos para superar el ejercicio.

6.7 La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

Curso selectivo y periodo de prácticas

6.8 Las personas aspirantes que superen la fase de oposición deberán superar un curso selectivo, que consistirá en un periodo de formación de carácter teórico organizado por la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 253/2024, de 12 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro desempeño profesional y se iniciará en el plazo máximo de dos meses desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la relación de aprobados de la fase de oposición y tendrá una duración máxima de dos meses.

La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo las personas aspirantes dependerán directamente de la Subdirección General de Recursos Humanos, en virtud de las atribuciones que, en materia de selección y formación, le atribuye a este órgano el Real Decreto 253/2024, de 12 de marzo.

La Subdirección General de Recursos Humanos establecerá el calendario, programa y normas internas que regulen el curso selectivo. Constará de distintos módulos sobre materias relacionadas con el funcionamiento de la administración, igualdad y violencia de género, transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, desarrollo sostenible, ética pública y las materias específicas del programa. Además, se impartirán clases destinadas a la obtención de habilidades profesionales. Se podrán utilizar medios telemáticos para su impartición.

El curso tendrá una valoración máxima de 50 puntos siendo necesario obtener al menos 25 puntos.

Quienes no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como personal funcionario de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

6.9 Una vez superado el curso selectivo, las personas aspirantes continuarán en la situación de personal funcionario en prácticas hasta la fecha de publicación en el BOE de los nombramientos como personal funcionario de carrera de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

El personal funcionario en prácticas dependerá de la Subdirección General de Recursos Humanos y realizará un periodo de prácticas que no tendrá incidencia para la determinación de la calificación del proceso selectivo.

6.10 Durante este periodo de prácticas, que tendrá una duración máxima de seis semanas, se propondrá el ejercicio de tareas genéricas y variadas que tengan como finalidad primordial la adquisición de conocimientos prácticos para el ejercicio de las funciones propias de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana bajo la supervisión de un tutor designado a tal efecto. En ningún caso se podrá encomendar la realización de funciones propias de un puesto de trabajo.

La asistencia a las prácticas programadas será obligatoria. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la pérdida del derecho a ser nombrado personal funcionario de carrera.

6.11 El curso selectivo y las prácticas no se podrán compaginar con la asistencia a otro curso selectivo o periodo de prácticas para el acceso a otro cuerpo o escala adscrito a este u otro departamento. En caso de coincidencia de cursos selectivos o prácticas, la persona aspirante deberá comunicar tal circunstancia al órgano gestor, informando del proceso selectivo por el que opta.

La no realización del curso selectivo o las practicas o la realización simultanea con otro curso selectivo o prácticas podrá dar lugar a la pérdida del derecho al nombramiento como personal funcionario de carrera en esta Escala.

6.12 Quienes no pudieran realizar el curso selectivo, el periodo de prácticas o ninguno de los dos por embarazo de riesgo, parto o alguna causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Calificación final del proceso selectivo

6.13 La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.

6.14 En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. Fase de oposición.

2. Tercer ejercicio.

3. Primer ejercicio.

4. Resultado del sorteo de la letra que determina el orden de actuación de las personas aspirantes para el año 2025 previsto en el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, 10 marzo, como criterio de cierre de los mismos.

Conservación de notas

6.15 A las personas aspirantes que participen por el cupo general que superen el 60 % de la nota máxima directa en el ejercicio primero, se les conservará la nota de este ejercicio. La validez de esta medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente, cuando el contenido del programa y su forma de calificación sean análogos.

Se entiende por nota la puntuación directa obtenida con carácter previo, en su caso, a la aplicación por parte del órgano de selección de fórmulas matemáticas que transformen la puntuación obtenida al objeto de determinar la superación del ejercicio.

En su caso, la puntuación directa conservada en aplicación de esta base se ponderará aplicando las fórmulas matemáticas que el órgano de selección haya determinado para la convocatoria en la que se conserva la nota.

6.16 Para hacer uso de este derecho, deberán presentar solicitud de participación a las pruebas selectivas.

No obstante, si en la convocatoria inmediata siguiente optasen por realizar el ejercicio o alguno de los ejercicios de que se trate, quedará sin efecto el resultado obtenido para aquel en la presente convocatoria.

7. Duración del proceso selectivo

7.1 De acuerdo con lo establecido en el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, esta convocatoria deberá ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y, las respectivas fases de oposición, en un año.

El primer ejercicio de la fase de oposición tendrá que celebrarse en un plazo máximo de cuatro meses contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

7.2 Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las distintas pruebas del proceso selectivo.

8. Desarrollo del proceso selectivo

8.1 El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por aquellas cuyo apellido comience por la letra U de conformidad con lo previsto en la Resolución de 28 de julio de 2025 (BOE del 1 de agosto), de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

8.2 En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra U, el orden de actuación se iniciará por aquéllas cuyo primer apellido empiece por la letra V y así sucesivamente.

8.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se difundirán en los lugares previstos en el apartado 1.1, así como por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación.

8.4 Entre la total conclusión de un ejercicio o prueba y el comienzo del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales, conforme al artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

8.5 Con el fin de dotar de celeridad y agilidad al desarrollo de este proceso selectivo, se posibilita la realización de pruebas coincidentes en el tiempo.

8.6 Asimismo, el desarrollo de este proceso selectivo podrá ser coincidente en el tiempo con el desarrollo de otros procesos selectivos, en cualquiera de sus fases, incluida la celebración o lectura de ejercicios, realización de cursos selectivos, periodos de prácticas o cualquier otra fase previa al nombramiento como personal funcionario de carrera, sin que esto sea causa de aplazamiento.

8.7 Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único quedando decaídos en su derecho quienes no comparezcan a realizarlo, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 13.

8.8 Las consultas sobre el proceso se podrán realizar a través del correo electrónico gradomedio.general@transportes.gob.es, sin que este correo tenga la consideración de registro telemático.

9. Superación del proceso selectivo y nombramiento

9.1 Finalizada la fase de oposición, el órgano de selección hará pública la relación de personas aspirantes que la hayan superado, por riguroso orden de puntuación y con indicación expresa de la misma, en los lugares indicados en el apartado 1.1.

9.2 La relación de personas aspirantes que han superado la fase de oposición se elevará a la autoridad convocante, que la publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo las personas aspirantes propuestas de un plazo de veinte días hábiles, desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.

9.3 De acuerdo con lo establecido en el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el órgano de selección no podrá proponer el acceso a la condición de personal funcionario de un número superior de aprobados al de plazas convocadas.

9.4 No obstante lo anterior, siempre que el órgano de selección haya propuesto el nombramiento de igual número de personas aspirantes que el de plazas convocadas en el proceso, y siempre que se produzcan renuncias expresas de las personas seleccionadas con antelación a su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir, por una sola vez, al citado órgano de selección una relación complementaria de personas aspirantes que sigan a las propuestas para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera.

9.5 Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo las personas aspirantes propuestas de un plazo de veinte días hábiles, desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.

9.6 Las personas aspirantes que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria se les nombrará personal funcionario en prácticas, y, a las que superen esta fase, personal funcionario de carrera.

9.7 La adjudicación de los puestos entre las personas aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, a excepción de lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad.

9.8 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, las personas aspirantes que superen este proceso selectivo deberán solicitar destino utilizando exclusivamente medios electrónicos.

9.9 La persona titular de la Secretaría de Estado de Función Pública nombrará personal funcionario de carrera y asignará destino inicial a las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y acreditado, en los términos indicados en la convocatoria, cumplir los requisitos exigidos.

9.10 Los nombramientos y la asignación de destino inicial se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».

10. Programas

10.1 El programa que ha de regir el proceso selectivo se incluye como anexo I de esta convocatoria.

11. Órgano de selección

11.1 El órgano de selección de este proceso selectivo es el que figura en el anexo IV.

11.2 Se publicará un breve currículum profesional de las personas que forman parte de este órgano de selección en la sede electrónica del órgano convocante.

11.3 El órgano de selección actuará conforme a los principios de agilidad y eficiencia a la hora de ordenar el desarrollo de los procesos selectivos, sin perjuicio del cumplimiento de los principios de actuación de acuerdo con lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

11.4 El procedimiento de actuación del órgano de selección se ajustará en todo momento a lo dispuesto en el artículo 112 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre y en las demás disposiciones vigentes. Sus competencias serán las necesarias para su adecuado funcionamiento, incluyendo la calificación de los ejercicios. En particular, los miembros del órgano de selección deberán abstenerse y podrán ser recusados de conformidad con lo establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

11.5 En el acta de la sesión de constitución del órgano de selección podrá acordarse que los miembros titulares y suplentes de los mismos actúen de forma indistinta.

11.6 El órgano de selección, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

11.7 El órgano de selección adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el mismo, sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, podrá excluir a aquellas personas aspirantes en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los autores.

11.8 Sin perjuicio de que a la finalización del proceso selectivo se requiera a quienes hayan superado el mismo la acreditación documental del cumplimiento de los requisitos de participación, si en cualquier momento del proceso selectivo, el órgano de selección tuviera conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple cualquiera de dichos requisitos o resultara que su solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitaran su acceso al Cuerpo o Escala correspondiente en los términos establecidos en la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer su exclusión al órgano convocante, para que este resuelva al respecto.

11.9 Corresponderá al órgano de selección la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, y adoptará al respecto las decisiones que estime pertinentes.

11.10 El órgano de selección actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio.

11.11 Se difundirán, con anterioridad a la realización de cada prueba, los criterios generales y aspectos a considerar en la valoración que no estén expresamente establecidos en las bases de la convocatoria y en el caso de ejercicios con respuestas alternativas, la penalización que suponga cada respuesta errónea.

11.12 Igualmente, en las actas del órgano de selección deberá quedar constancia del cálculo y del desglose de las puntuaciones otorgadas a las personas aspirantes por cada uno de los criterios de valoración establecidos para los ejercicios de la convocatoria.

11.13 Se habilita al órgano de selección para la adopción de cuantas medidas, instrucciones o resoluciones sean precisas para el normal desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases. Del mismo modo, se le habilita para el desarrollo descentralizado de las pruebas selectivas, de la lectura de los ejercicios o de alguna de las fases del proceso selectivo, incluyendo el uso de medios electrónicos o telemáticos, entre ellos los audiovisuales. También podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios, en los casos que sea necesario.

11.14 Asimismo, se habilita al órgano de selección para establecer la forma y procedimientos a seguir en el uso de medios electrónicos o telemáticos, incluidos los audiovisuales, para el desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases, así como para la digitalización, encriptación, almacenamiento y custodia, por medios electrónicos, de los exámenes realizados por escrito que así lo requieran, garantizando en todo momento el secreto de aquellos hasta su apertura y lectura pública por las personas aspirantes.

11.15 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el órgano de selección tendrá su sede en el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, paseo de la Castellana, 67, 28071 Madrid, dirección de correo electrónico gradomedio.general@transportes.gob.es.

12. Acceso de personas con discapacidad

12.1 El órgano de selección adoptará las medidas oportunas que permitan participar a las personas aspirantes con discapacidad en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes, siempre que así lo hubieran indicado expresamente en la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.

12.2 Las personas aspirantes que presenten un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, podrán requerir en el formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos en las pruebas del proceso selectivo.

12.3 Con independencia del sistema por el que opten, las personas aspirantes que presenten un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, podrán requerir en el formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos en las pruebas del proceso selectivo.

12.4 Las personas interesadas deberán indicar expresamente en el formulario de participación las adaptaciones de tiempo y/o medios que soliciten para cada uno de los ejercicios del proceso selectivo. Para que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la adaptación solicitada, las personas interesadas deberán adjuntar necesariamente, en el plazo de presentación de solicitudes, el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad en el que quede acreditado de forma fehaciente la o las deficiencias permanentes que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, sin que sea válido, a estos efectos, ningún otro documento. El órgano de selección aplicará las adaptaciones de tiempos que correspondan previstas en la Orden PJC/804/2025, de 23 de julio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de medios y tiempos y la realización de otros ajustes razonables en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad, e informará a las personas aspirantes afectadas sobre la concesión de tiempos y medios otorgada en su caso.

12.5 A las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad se les conservará la nota de los ejercicios, siempre que se obtenga un porcentaje mínimo de la calificación prevista, que deberá ser del 50 % o superior para el correspondiente ejercicio. La validez de esta medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente, cuando el contenido del temario y su forma de calificación sean análogos.

Se entiende por nota la puntuación directa obtenida con carácter previo, en su caso, a la aplicación por parte del órgano de selección de fórmulas matemáticas que transformen la puntuación obtenida al objeto de determinar la superación del ejercicio.

12.6 En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes que se haya presentado por el cupo de reserva de personas con discapacidad superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviese plaza y su puntuación fuese superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

12.7 De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, las plazas reservadas para las personas con discapacidad que queden desiertas en el caso de acceso libre no se podrán acumular al turno general.

13. Embarazo de riesgo o parto

13.1 Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o parto, alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas. La realización de estas pruebas no podrá conllevar una demora que menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el órgano de selección. En todo caso, la realización de las citadas pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.

14. Pie de recurso

14.1 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Subsecretario de Transportes y Movilidad Sostenible en el plazo de un mes desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

Madrid, 13 de febrero de 2026.–El Subsecretario de Transportes y Movilidad Sostenible, Rafael Guerra Posadas.

ANEXO I
Programa

Materias comunes

Organización y Funcionamiento de la Administración Pública

1. La Constitución Española de 1978. Derechos y deberes fundamentales. La estructura de poderes del Estado: legislativo, ejecutivo y judicial. El Tribunal Constitucional.

2. La Unión Europea: tratados constitutivos y sistema institucional. Competencias de la Unión Europea. Especial referencia a las políticas comunes de transportes e infraestructuras.

3. La Administración General del Estado: organización y funcionamiento. La Organización Central: los Ministerios y su estructura interna. Especial referencia al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. La Organización Territorial: Delegados y Subdelegados del Gobierno. Organización de los servicios territoriales.

4. Las Comunidades Autónomas: Estatutos de Autonomía y organización institucional. El sistema de distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. La Administración Local: entidades que la integran y competencias.

5. Las fuentes del derecho administrativo: concepto y clases (la Constitución, los tratados internacionales, la ley y el reglamento). Las fuentes del derecho de la Unión Europea: derecho originario y derivado (reglamentos, directivas y decisiones).

6. El acto administrativo: concepto, elementos y clases. El procedimiento administrativo común. Concepto de persona interesada. Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del procedimiento. El silencio administrativo.

7. Nulidad y anulabilidad de los actos administrativos. La revisión de oficio. Los recursos administrativos: concepto, naturaleza y clases. La Jurisdicción Contencioso-administrativa y sus órganos. El recurso contencioso-administrativo.

8. Procedimientos administrativos especiales y sus fases: el procedimiento sancionador, el procedimiento de exigencia de responsabilidad patrimonial y el procedimiento de expropiación forzosa.

9. Los contratos del sector público. Los sujetos parte en el contrato. Tipos de contratos y su regulación específica. Preparación, adjudicación, ejecución y extinción del contrato.

10. Régimen jurídico del empleo público en las Administraciones Públicas. Tipos de empleados públicos. Acceso al empleo público y provisión de puestos de trabajo. Régimen de incompatibilidades.

11. La normativa europea y española sobre protección de datos de carácter personal: principios, derechos, obligaciones y régimen sancionador. Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El gobierno abierto: concepto y principios informadores.

12. Políticas de igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas de protección integral contra la violencia de género. Políticas de igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI. Políticas dirigidas a la atención a personas con discapacidad y a las personas en situación de dependencia.

Materias específicas

A) Área temática: Técnicas de ayuda a la protección del patrimonio histórico de las obras públicas y el urbanismo

1. La normativa estatal actual en materia de patrimonio histórico. Ley de Patrimonio Histórico Español. Ley 16/1985 del 25 de junio de 1985 y reformas posteriores.

2. Acuerdos y tratados internacionales sobre protección del patrimonio histórico suscritos por España (I): Tratamiento del patrimonio histórico de la Unión Europea.

3. Acuerdos y tratados internacionales sobre protección del patrimonio histórico suscritos por España (II): Instituciones para su salvaguardia como UNESCO e ICOMOS.

4. Niveles de protección jurídica del patrimonio histórico. Su régimen jurídico. Regímenes especiales de protección.

5. Tráfico de bienes culturales: movilidad y traslado geográfico de los bienes culturales dentro del territorio nacional. Importación y exportación.

6. Tráfico jurídico: transacciones y cambio de propiedades de los bienes culturales.

7. Teoría general del contrato: conceptos elementales. Principales tipos: el préstamo, el depósito, el comodato.

8. La noción de patrimonio, sus revisiones y ampliaciones: del patrimonio histórico artístico a su significación actual. Valor, protección, gestión y uso.

9. Almacenamiento, manipulación, embalaje y transporte de bienes culturales. Criterios y sistemas.

10. Concepción y desarrollo de una exposición. Relato y estrategias comunicativas.

11. Exposiciones temporales e itinerantes: definición, comisariado, gestión y organización.

12. La exposición como espacio de aprendizaje. La mediación cultural.

13. La exposición en su dimensión digital: interacción con el público usuario de la exposición.

14. Concepto y definición de archivo. Funciones, etapas y tipos.

15. La identificación de series y funciones. La clasificación de los fondos documentales: concepto y definición. Sistemas de clasificación.

16. Las agrupaciones documentales de los archivos: conceptos y definiciones de grupo de fondos, fondo, sección de fondo, serie documental, unidad archivística compuesta, expediente, unidad archivística simple y colección de documentos.

17. La gestión documental: modelos de políticas de gestión de documentos y la aplicación de normas internacionales y buenas prácticas.

18. Plan General de Publicaciones de la Administración General del Estado. Programa Editorial del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y unidades editoras. Planificación y actualizaciones extraordinarias del Programa Editorial del CEDEX. Ejecución del Programa editorial: fases de elaboración de una publicación.

19. Los fondos fotográficos en los archivos. Soportes, técnicas y procedimientos tradicionales. La conservación e instalación de los soportes fotográficos.

20. La restauración: métodos, técnicas y procedimientos. Etapas de un proceso de restauración de documentos gráficos y otros materiales documentales conservados en los archivos.

21. El derecho de acceso de los ciudadanos a la información pública. Límites y excepciones al derecho de acceso a los documentos.

22. La digitalización de imágenes. Los formatos de archivos digitales. La preservación digital.

23. Mesopotamia: la cultura del agua y la construcción con barro. Egipto y el Nilo: la pirámide.

24. Grecia (I). El mundo prehelénico y la Grecia arcaica: sistema arquitrabado y falsa cúpula. La etapa clásica: la evolución del templo.

25. Grecia (II). El mundo helenístico: la gran escala y la ruptura del canon.

26. Roma (I). El sistema abovedado: muros, arcos, bóvedas y cúpulas. El Panteón de Agripa.

27. Roma (II). Calzadas y puentes: principales elementos, funcionamiento estructural y técnicas de construcción.

28. Roma (III). Sistemas hidráulicos: los grandes acueductos y presas.

29. El mundo bizantino y la herencia romana: sistemas hidráulicos y técnicas constructivas. La Cisterna Basílica y Santa Sofía en Constantinopla.

30. Ingeniería hidráulica islámica: acequias, qanats, aljibes e ingenios hidráulicos.

31. El sistema feudal y los caminos: la peregrinación y la aparición de nuevas redes.

32. La construcción románica: Evolución tipológica. Cluny y las iglesias del camino de Santiago.

33. El gótico: del muro al esqueleto, sistemas de control del empuje: contrafuertes, arbotantes y pináculos.

34. El Renacimiento (I). Humanismo y ciencia. Brunelleschi y la cúpula de la catedral de Florencia.

35. El Renacimiento (II). Los puentes renacentistas: Palladio Da Ponte y Ammanati.

36. La construcción de las primeras grandes presas en España: Tibi y Elche.

37. Canales de la Ilustración: Canal de Castilla y Canal de Aragón.

38. La evolución del puente en el siglo XVIII. Jean-Rodolphe Perronet y l’École des Ponts et Chaussées de París.

39. Betancourt y la Escuela de Caminos de Madrid.

40. La Revolución Industrial. Los primeros puentes ferroviarios de hierro. Las vigas de alma llena.

41. La llegada del ferrocarril a las capitales europeas. Las grandes estaciones de Londres y París.

42. Primeras grandes cubiertas de hierro y vidrio. El Halle au Blè. Joseph Paxton y los invernaderos.

43. Las Exposiciones Universales de Londres y París.

44. Celosías: concepto estructural y ejemplos construidos con esta solución.

45. Puentes de cables: el puente de Brooklyn.

46. El hormigón: del mortero al material estructural. Cemento Pórtland. Áridos. Hormigón en masa, armado, pretensado y postensado.

47. Primeros puentes de hormigón: Monier, Hennebique y Robert Maillart.

48. La innovación en el hormigón armado a lo largo del siglo XX (I): Eduardo Torroja Miret.

49. La innovación en el hormigón armado a lo largo del siglo XX (II): Pier Luigi Nervi y Eugène Freyssinet.

50. Puentes de Altura Estricta en la España del siglo XX. Carlos Fernández Casado.

51. La política hidráulica en España en el siglo XX (I): Plan Gasset.

52. La política hidráulica en España en el siglo XX (II): Plan Nacional de Obras Hidráulicas de 1933, Manuel Lorenzo Pardo.

53. Ingeniería portuaria y marítima en la España del siglo XX. Ramón Iribarren.

54. La ingeniería civil y el paisaje. Paisaje y sentido de lo construido.

55. Las ciudades en la Antigüedad: Grecia y Roma.

56. La ciudad islámica: la medina.

57. La ciudad y el monasterio medievales.

58. La ciudad del Renacimiento: ciudades ideales.

59. Las ciudades en el Nuevo Mundo. Las ordenanzas de Felipe II, 1573.

60. La ciudad barroca: Roma, París y Londres.

61. La revolución industrial y la ciudad burguesa. El París de Haussmann.

62. La idea del ensanche. Los ensanches de Madrid y Barcelona.

63. El modelo de ciudad jardín y la ciudad lineal de Arturo Soria.

64. La ciudad funcional: de las primeras Siedlungen a la Carta de Atenas.

65. Los poblados del Instituto Nacional de Colonización: urbanismo y obras hidráulicas.

B) Área temática: Instrumentación de medida, técnicas de laboratorio y electrónica

1. Circuitos eléctricos y electrónicos. Conceptos básicos. Elementos activos y pasivos. Topología de redes. Análisis de circuitos.

2. Señales. Tipos. Señales continuas y discretas. Señales elementales.

3. Muestreo. Teorema de Nyquist. Conversión analógica-digital. Conversión digital-analógica.

4. Análisis de señales. Descomposición en frecuencia. Series y transformadas de Fourier.

5. Sistemas. Sistemas continuos y discretos. Interconexión de sistemas. Diagramas de bloques. Propiedades de los sistemas. Sistemas lineales e invariantes en el tiempo (LTI).

6. Transformada de Laplace. Función de transferencia. Caracterización de la función de transferencia.

7. Sistemas de control. Tipos. Clasificación. Componentes básicos. Sistemas de control en lazo abierto y en lazo cerrado.

8. Modos de control. Control proporcional, derivativo e integral. Reguladores.

9. El controlador PID. Métodos de ajuste de controladores PID.

10. Respuesta dinámica de sistemas. Respuesta transitoria y respuesta permanente. Características dinámicas de los sistemas de primer y segundo orden.

11. Respuesta en frecuencia de sistemas. Sistemas de primer y segundo orden. Respuesta en frecuencia para un sistema de segundo orden. Técnicas.

12. Componentes de un sistema electrónico de medida. Clasificación. Características estáticas y dinámicas de un sistema de instrumentación.

13. Acondicionamiento de señales. Puentes de medida. Magnitudes de influencia. Perturbaciones debidas a los cables de unión.

14. Amplificadores. Conceptos generales. Amplificadores operacionales. Parámetros. Circuitos amplificadores de uso frecuente en instrumentación.

15. Filtros eléctricos y electrónicos. Concepto. Características. Filtros RC, LC, Bessel y Butterworth. Filtros activos con amplificadores operacionales. Filtros digitales. Aplicaciones.

16. Transductores y sensores. Tipos. Principios de transducción. Características estáticas y dinámicas.

17. Sensores de posición y desplazamiento. Tipos. Características. Métodos de medida.

18. Potenciómetros resistivos. Sensores inductivos y capacitivos para la medida de posición y desplazamiento.

19. El transformador diferencial lineal (LVDT). Funcionamiento. Circuitos de medida.

20. Sensores ópticos para la medida de posición y desplazamiento. Codificadores.

21. Medida de deformaciones. Galgas extensométricas resistivas. Características generales. Instalación de galga extensométricas. Circuitos de medida. Aplicaciones de las galgas extensométricas en ingeniería civil.

22. Extensómetro de cuerda vibrante. Transductores de fibra óptica para la medida de deformaciones.

23. Sensores para la medida de fuerzas. Conceptos básicos. Tipos. Aplicaciones.

24. Sensores para la medida de vibraciones. Movimiento periódico y no periódico. Vibraciones aleatorias. Transductor sísmico.

25. Acelerómetros para ensayos mecánicos. Tipos y características. Métodos de montaje.

26. Sensores de temperatura. Tipos. Principios de funcionamiento. Escalas de temperaturas.

27. Sensores para la medida de presiones y equipos para la medida de velocidades en fluidos. Conceptos básicos. Tipos.

28. Sensores para la medida de caudales y niveles en fluidos. Equipos para la medida de velocidades en fluidos. Conceptos básicos. Tipos. Aplicaciones.

29. Propiedades físicas y químicas de muestras de laboratorio. Dimensión, peso, volumen, densidad, temperatura, humedad, etc. Instrumentos de medida convencionales para su medida en un laboratorio de ensayos.

30. Sistemas de Comunicaciones. Emisión, transmisión y recepción de señales. Conceptos básicos. Características. Medios de transmisión guiados y no guiados.

31. Modulación en frecuencia y amplitud. Técnicas de multiplexación de la información en medios de transmisión.

32. Ondas electromagnéticas. Tipos. Fenómenos ondulatorios. Efecto Doppler.

33. Interferencias electromagnéticas. Fuentes de interferencias. Cableado y apantallado. Minimización de interferencias.

34. Protocolos de comunicación. Función. Características. Protocolos estándar para comunicaciones en dispositivos de medida y control.

35. Sistemas de adquisición de datos. Estructura y configuraciones. Estaciones de trabajo. Servidores. Componentes. Dispositivos de almacenamiento de datos.

36. Medidas en electrónica analógica. Tipos de medición. Instrumentos de medida.

37. Material y equipos básicos de un laboratorio de instrumentación electrónica. Fuentes de alimentación. Baterías. Fuentes de señal de CA.

38. Software de instrumentación. LabVIEW, LabWindows, sistemas SCADA. Programación gráfica. Aplicaciones en laboratorios de ensayos.

39. Laboratorios de ensayo y calibración. Requisitos. Infraestructura. Instalaciones y condiciones ambientales. Parámetros a controlar.

40. Preparación de muestras para ensayos de laboratorio. Técnicas y operaciones básicas de laboratorio. Material y equipos básicos.

41. Análisis de datos de ensayos. Cambio de ejes y unidades, parámetros derivados, filtrado y remuestreo, análisis espectrales de señal.

42. Calibración, mantenimiento y verificación de equipos de ensayo y medida. Trazabilidad y patrones.

43. Tratamiento de datos y documentación de ensayos de laboratorio. Elaboración de informes relativos a los procesos de medida, calibración y análisis de resultados.

44. Diseño de circuitos electrónicos. Etapas. Consideraciones generales. Componentes electrónicos de inserción y de montaje superficial. Tarjetas de circuito impreso. Herramientas y materiales.

45. Diseño electrónico asistido por ordenador. Simulación de circuitos electrónicos analógicos y digitales por ordenador. Simbología normalizada. Programas. Prestaciones.

46. Fundamentos de electrónica digital. Sistemas de numeración. Álgebra de Boole. Aritmética binaria. Puertas lógicas. Familias lógicas.

47. Circuitos electrónicos con dispositivos combinacionales. Características y funcionamiento. Módulos combinacionales básicos.

48. Circuitos electrónicos con dispositivos secuenciales. Características y funcionamiento. Estados. Sistemas síncronos y asíncronos. Sistemas secuenciales básicos.

49. Microcontroladores. Estructura. Características. Lenguajes de programación. Etapas de programación. Aplicaciones.

50. Lenguajes de programación. Estructura de un programa. Tipos de datos. Instrucciones condicionales. Bucles. Procedimientos, funciones y parámetros. Arrays. Punteros. Etapas del desarrollo de un programa.

51. Estadística. Tipos de variables. Distribuciones unidimensionales de frecuencias. Distribuciones acumuladas. Tablas estadísticas. Representación gráfica.

52. Medidas de síntesis de una distribución de frecuencias. Medidas de posición. Medidas de dispersión. Aplicaciones.

53. Probabilidad. Independencia de sucesos. Teorema de Bayes. Tipos de variables. Función de probabilidad. Función de densidad.

54. Distribuciones de probabilidad discretas y continuas.

55. Teoría de muestreo y distribuciones muestrales.

56. Aproximación de funciones. Polinomios de Lagrange. Interpolación. Mínimos cuadrados. Recta de regresión. Coeficiente de correlación lineal. Bondad del ajuste.

57. Magnitudes fundamentales. Magnitudes derivadas. Sistema Internacional de Unidades (SI). Reglas de escritura.

58. Incertidumbre de medida. Conceptos básicos. Fuentes de incertidumbre. Medidas directas e indirectas de una magnitud. Tipos y componentes de la incertidumbre. Expresión de la incertidumbre en un certificado de calibración y en informes de resultados.

59. MATLAB. El entorno de trabajo. Sintaxis de vectores y matrices. Operaciones básicas con vectores y matrices. Programación. Funciones. Toolboxes. Aplicaciones. Simulink.

60. Métodos de escaneado 3D. Técnicas. Fundamento. Aplicaciones. Aplicación en ingeniería civil.

61. Fabricación mediante técnicas 3D. Tecnologías. Fundamento. Materiales. Aplicación en modelos a escala reducida.

62. Manipuladores y robots. Tipos y características. Morfología. Cinemática y dinámica del robot. Programación. Sensores, actuadores y sistemas de control. Aplicaciones.

63. Sistemas neumáticos y electroneumáticos. Tipos. Componentes. Simbología. Funcionamiento. Circuitos de potencia y de mando para aplicaciones comunes.

64. Sistemas hidráulicos y electrohidráulicos. Componentes. Simbología. Funcionamiento. Circuitos típicos de potencia y control.

65. Phased array. Técnicas y tipos de fuentes. Aplicabilidad en materiales estructurales.

C) Área temática: Técnicas de laboratorio de química aplicada a la ingeniería civil y el medioambiente

1. Sistemas de control de calidad en laboratorios ambientales. La certificación y acreditación de laboratorios. Normas ambientales y la prevención de riesgos laborales en el Laboratorio.

2. Normas y buenas prácticas de trabajo en el laboratorio. Nociones básicas de manipulación de reactivos y otras sustancias. Organización de reactivos en el laboratorio. Manejo de las fichas de seguridad.

3. Servicios y material básico de laboratorio. Material fungible. Tipos y utilización. Conceptos básicos del mantenimiento, conservación, limpieza y reposición del material de laboratorio y de las instalaciones.

4. Sistema de Calidad en los laboratorios. Validación de métodos analíticos. Evaluación de la incertidumbre de medida. Documentos del Sistema de Calidad. Manual de Calidad. Procedimientos normalizados.

5. Química de las disoluciones. Tipos de disoluciones y propiedades. Disolución y solubilidad. Preparación de reactivos y soluciones. Formas de expresar la concentración de las disoluciones. Molaridad y Normalidad.

6. Parámetros físicos, químicos y microbiológicos relacionados con la calidad de las aguas. Determinaciones in situ en aguas naturales y residuales. Equipos de campo y parámetros analizados. Procedimientos para la toma de muestras de matrices medioambientales. Tipo de muestras. Técnicas de conservación y transporte.

7. Ácidos y bases. Fuerza de ácidos y bases. Equilibrio iónico del agua. Concepto de pH. Métodos para la determinación del pH. Indicadores ácido-base. Soluciones reguladoras o tampón. Uso, mantenimiento y calibración de pH-metros. Electrodos y tipos de electrodos.

8. Concepto de conductividad. Determinación de la conductividad de una solución. Uso, mantenimiento y calibración de conductímetros.

9. Análisis cuantitativo. Métodos volumétricos de análisis. Neutralización, precipitación, complexometrías. Reacciones de oxidación-reducción. Métodos gravimétricos. Tipos e instrumentación.

10. Técnicas habituales de laboratorio: Precipitación, filtración, centrifugación, decantación, evaporación, destilación y cristalización. Fundamentos, descripción y aplicaciones de las técnicas.

11. Microscopía óptica, electrónica, confocal y de barrido. Fundamentos, propiedades ópticas y elementos.

12. Principales contaminantes en el medio acuático. Sus efectos ambientales.

13. Criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental.

14. Características físico-químicas del agua del mar. Salinidad, Temperatura, Densidad, pH, Oxígeno Disuelto, Nutrientes.

15. Características de las aguas residuales procedentes de aglomeraciones urbanas. Aspectos físicos, químicos y biológicos. Efectos contaminantes.

16. Aguas residuales procedentes de actividades industriales: sectores principales; origen y caracterización.

17. Eutrofización de las aguas. Efectos. Estado trófico de los embalses. Parámetros de calidad que permiten controlar el grado de eutrofización de lagos y embalses. Metodología de toma de muestras y análisis.

18. Caracterización ambiental de los materiales de dragado y técnicas de gestión según las Directrices para la caracterización del material dragado y su reubicación en aguas del dominio público marítimo-terrestre.

19. Aspectos ambientales de la extracción de materiales del fondo marino. La Instrucción Técnica para la Gestión Ambiental de las Extracciones Marinas para la Obtención de Arena.

20. Clasificación de residuos según la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Residuos de construcción y demolición. Características de los residuos que permiten calificarlos como peligrosos.

21. Protección radiológica ambiental. Redes de vigilancia radiológica ambiental. Diseño y parámetros de control.

22. El ciclo hidrológico. Isótopos estables de hidrógeno y oxígeno en el ciclo hidrológico. Relaciones isotópicas. Fraccionamiento isotópico.

23. Orígenes naturales y artificiales del tritio en agua. Desintegración radiactiva del tritio. Expresión de la actividad y unidades de medida.

24. Métodos para la evaluación del contenido de materia orgánica en sedimentos y aguas.

25. Técnicas para el estudio de la distribución de tamaños de grano en sedimentos y de partículas en suspensión en aguas.

26. Técnicas de extracción y digestión de muestras de sedimentos para análisis de contaminantes orgánicos y metales pesados.

27. Técnicas analíticas para la determinación de trazas de metales en aguas y sedimentos. ICP y Espectrometría de absorción atómica. Acoplamiento a espectrometría de masas.

28. Cromatografía líquida de alta eficiencia (HPLC). Aplicación a la determinación de contaminantes orgánicos en aguas y sedimentos. Acoplamiento a espectrometría de masas de alta resolución.

29. Cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas de alta y baja resolución. Aplicación a la determinación de sustancias prioritarias y emergentes.

30. Aplicación de la cromatografía de gases a la determinación de contaminantes orgánicos ambientales. Detectores y sus aplicaciones.

31. Las cianobacterias y su toxicidad en aguas continentales. Técnicas de estudio y medición. Niveles de riesgo según la OMS.

32. Hidrocarburos como contaminantes en el medio marino. Metodologías analíticas para su cuantificación.

33. Métodos ecotoxicológicos para la identificación de la peligrosidad de las sustancias químicas. Valoración de la toxicidad, persistencia y bioacumulación.

34. Descripción del ensayo de bioluminicencia del Vibrio fischeri para evaluación de la ecotoxicidad de muestras ambientales. Variantes.

35. Métodos analíticos para la evaluación de productos para la lucha contra la contaminación por hidrocarburos en el medio marino (eficacia, toxicidad y biodegradabilidad).

36. Determinación de microplásticos en arenas de playa. Muestreo, cuantificación e identificación.

37. Procedimiento analítico para la determinación del índice de actividad alfa total, beta total y beta resto en muestras de agua.

38. Determinación de las relaciones isotópicas de isótopos estables de la molécula de agua mediante espectrometría de masas.

39. Técnicas de espectroscopía de absorción con láser (LAS) para la determinación de composiciones isotópicas.

40. Medida de la radiación mediante detectores de centelleo. Centelleadores inorgánicos. Centelleo líquido. Medida de la radiación mediante contadores proporcionales.

41. Caracterización ambiental de los áridos. Determinación del comportamiento de los áridos frente a la liberación de sustancias peligrosas. Ensayos de laboratorio.

42. Fluorescencia de rayos X de dispersión por longitud de onda (WD-XRF) aplicada al análisis de geomateriales y residuos. (UNE-EN ISO 12877:2012, UNE-EN15309:2008).

43. Análisis termogravimétrico y calorimetría diferencial de barrido (TGA/DSC). Aplicación al análisis de geomateriales y residuos.

44. Difracción de rayos X. Aplicación al análisis de geomateriales y residuos. Identificación de fases minerales, Materia amorfa y Agregados orientados.

45. Espectroscopía de Plasma de acoplamiento inductivo. Aplicación para análisis de agua y lixiviados. Determinación de elementos solubles y capacidad de intercambio catiónico efectiva en arcillas.

46. Cromatografía iónica. Aplicación a la determinación de aniones y cationes en aguas. Aplicación a la determinación de cloruros y sulfatos en suelos.

47. Técnicas para la extracción e identificación de plastificantes y antioxidantes en geomembranas poliméricas.

48. Difractrometría de rayos X aplicada a la determinación de la composición mineralógica de hormigones, áridos, cementos y morteros.

49. Ensayos químicos de acero. Aplicación de la Espectrometría de emisión óptica por chispa y el análisis elemental por combustión y fusión.

50. Espectroscopía infrarroja por reflectancia total atenuada (IR-ATR). Aplicación al estudio de las geomembranas poliméricas.

51. Ensayos químicos y técnicas instrumentales aplicadas al estudio de las patologías de origen químico del hormigón.

52. Análisis químicos para la evaluación de la agresividad del agua y del suelo en contacto con el hormigón. Parámetros a evaluar y técnicas analíticas utilizadas.

53. Ensayos de durabilidad del hormigón: ensayos de penetración de agua, reactividad álcali sílice, carbonatación.

54. Ensayos químicos para evaluar las prescripciones químicas de los cementos comunes, según la RC-16.

55. Requisitos químicos de los áridos para hormigón, según el Código Estructural.

56. Betunes convencionales. Características fisicoquímicas. Composición y propiedades derivadas de la misma.

57. Betunes modificados con polímeros. Química de los polímeros. Tipos. Propiedades y aplicaciones.

58. Emulsiones bituminosas. Composición química. Control de calidad. Propiedades y aplicaciones.

59. Características reológicas de los productos bituminosos. Evaluación mediante ensayos de laboratorio.

60. Ensayos de envejecimiento de ligantes bituminosos. Deterioros en mezclas bituminosas.

61. Ensayos de caracterización fisicoquímica de mezclas bituminosas.

62. Dosificación de las mezclas bituminosas. Granulometría y contenido de betún. Efectos de las características del firme. Propiedades volumétricas.

63. Polvo de caucho procedente de neumáticos fuera de uso. Aplicación en mezclas bituminosas. Dosificación. Tipos. Características.

64. Caracterización ambiental de materiales alternativos empleados en construcción. Ensayos de lixiviación en laboratorio para materiales granulares y monolíticos.

65. Ensayos de laboratorio de áridos para carreteras. Especificaciones de los áridos.

ANEXO II
Instrucciones para presentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro «Ministerio», se consignará «Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible».

En el recuadro «Centro Gestor», se consignará «Subsecretaría de Transportes y Movilidad Sostenible».

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana», «Código 6209».

En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará el Área Temática a la que se opta de entre las previstas en la base 2.4 de esta convocatoria.

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L».

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Transportes y Movilidad Sostenible».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».

En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», las personas aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22.

En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará «Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado».

En el recuadro 27, apartado A, las personas aspirantes deberán consignar la opción de la prueba de idioma, indicando si el examen es PRESENCIAL o TITULACIÓN, según anexo III.

En este último caso, las personas aspirantes que se acojan a esta última modalidad, además de indicarlo en el modelo 790, deberán adjuntar a su solicitud la titulación que acredita el conocimiento de inglés.

La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría de Transportes y Movilidad Sostenible. Paseo de la Castellana, número 67, 28071, Madrid.

ANEXO III
Certificados acreditativos de idioma

Para la modalidad acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación se tendrán en cuenta exclusivamente las titulaciones que se listan a continuación, conforme al baremo establecido en las bases y siguiendo el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:

– Escuela Oficial de Idiomas.

• Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B1: B1.

• Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B2: B2.

• Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C1: C1.

• Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C2: C2.

– Asociación de Centros de Lenguas en la Enseñanza Superior:

• CertAcles B1: B1.

• CertAcles B2: B2.

• CertAcles C1: C1.

• CertAcles C2: C2.

– Certificados de Cambridge University:

• Preliminary: B1.

• First Certificate of English: B2.

• Advanced: C1.

• Proficiency: C2.

• Linguaskill B1: B1.

• Linguaskill B2: B2.

• Linguaskill C1: C1.

• IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 4-5: B1.

• IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 5,5-6,5: B2.

• IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 7-8: C1.

• IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 8,5-9: C2.

– Education Testing Service (ETS).

• TOEFL Ibt, Calificación total 42-71: B1.

• TOEFL Ibt, Calificación total 72-94: B2.

• TOEFL Ibt, Calificación total 95-120: C1.

• TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» entre 790 y 1094, B1.

• TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» entre 1095 y 1344, B2.

• TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» más o igual de 1345, C1.

– APTIS (four skills), certificación del British Council:

• Overall CEFR Grade B1, B1.

• Overall CEFR Grade B2, B2.

• Overall CEFR Grade C, B2.

• Aptis advanced: overall CEFR B2, B2.

• Aptis advanced: overall CEFR C1, C1.

– Capman Testing Solutions 360 LPT (Language Proficiency Test) Four Skills:

• Certificado B1, B1.

• Certificado B2, B2.

• Certificado C1, C1.

– Oxford Test of English B:

• Certificado B1, B1.

• Certificado B2, B2.

– Certificat de Compétences en Langues de l’Enseignement Supérieur (CLES), Inglés:

• CLES 1, B1.

• CLES 2, B2.

• CLES 3, C1.

– The European Language Certificates (TELC):

• TELC B1, B1.

• TELC B2, B2.

• TELC C1, C1.

– University of Michigan (Cambridge Michigan Language Assessments).

• Certificate of Competency in English (ECCE), B2.

• Certificate of Proficiency in English (ECPE), C2.

– Trinity College de Londres:

• Integrated Skills in English I, B1.

• Integrated Skills in English II, B2.

• Integrated Skills in English III, C1.

• Integrated Skills in English IV, C2.

– London Test of English (LTE):

• Nivel 2, B1.

• Nivel 3, B2.

• Nivel 4, C1.

• Nivel 5, C2.

– Pearson Test of English:

• General, Level 2, B1.

• General, Level 3, B2.

• General, Level 4, C1.

• General, Level 5, C2.

• Edexcel certificate in ESOL International, Entry 3, B1.

• Edexcel certificate in ESOL International, Level 1, B2.

• Edexcel certificate in ESOL International, Level 2, C1.

• Edexcel certificate in ESOL International, Level 3, C2.

– Learning Resource Network:

• Certificate in ESOL International Four skills, LRN Entry Level (Entry 3), B1.

• Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 1, B2.

• Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 2, C1.

• Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 3, C2.

• IELCA General CEF B1, B1.

• IELCA General CEF B2, B2.

• IELCA General CEF C1, C1.

• IELCA General CEF C2, C2.

– Anglia ESOL Examinations General:

• Intermediate, B1.

• Advanced, B2.

• AcCEPT/Proficiency, C1.

• Masters, C2.

– LanguageCert International ESOL:

• Achiever B1, B1.

• Communicator B2, B2.

• Expert C1, C1.

• Mastery C2, C2.

ANEXO IV
Órgano de selección

Órgano de selección titular

Presidente: Don Ginés Ibáñez Saura. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Fomento.

Vocales:

Don Francisco Ramón Andrés Martín. Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.

Doña Vanesa García Alcocer. Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Doña María del Carmen Gómez Velasco. Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

Secretaria: Doña María Sagrario Merino Domínguez. Escala de Científicos Superiores de la Defensa.

Órgano de selección suplente

Presidenta: Doña Inmaculada Romero Díaz. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Fomento.

Vocales:

Doña Almudena Domínguez Cabrerizo. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

Don Héctor Fuentes González. Escala de Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación.

Doña María Teresa Nájera Tornero. Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

Secretaria: Don Manuel García Sánchez-Colomer. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Fomento.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 13/02/2026
  • Fecha de publicación: 23/02/2026
  • Convocatoria. 10 plazas.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid