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Documento BOE-A-2026-3891

Resolución de 11 de febrero de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sobre el intercambio recíproco de información.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 19 de febrero de 2026, páginas 26407 a 26408 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Referencia:
BOE-A-2026-3891

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 6 de febrero de 2026 se ha suscrito la Adenda de prórroga al Convenio entre la TGSS y la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sobre el intercambio recíproco de información, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado convenio.

Madrid, 11 de febrero de 2026.–El Secretario General Técnico, Plácido Vázquez García.

ADENDA DE PRÓRROGA AL CONVENIO ENTRE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA, SOBRE INTERCAMBIO RECÍPROCO DE INFORMACIÓN

REUNIDOS

De una parte, don Andrés Harto Martínez, Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social, nombrado mediante Real Decreto 132/2020, de 21 de enero, (BOE de 22 de enero), actuando en virtud de lo establecido en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y artículos 1 y 3 del Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio, por el que se regula la estructura y competencias de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Y de otra, don Luis Alberto Marín González, Consejero de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, nombrado mediante Decreto del Presidente n.º 23/2024, de 15 de julio (BORM n.º 164, de 16 de julio de 2024), actuando en ejercicio de las competencias establecidas en el artículo 16.2.ñ), de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, autorizado para la suscripción de la presente prórroga del Convenio por acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de enero de 2026.

Las partes se reconocen con competencia y capacidad para la firma del presente documento,

EXPONEN

I. Que el Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social y el Consejero de Economía, Hacienda y Administración Digital firmaron el 14 de febrero de 2022 un convenio de intercambio de información, cuya vigencia comenzó el mismo día, con su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO). Este convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» del día 28 de febrero de 2022.

II. Que la cláusula decimocuarta de dicho convenio establece una duración de cuatro años y la posibilidad de prorrogarlo por acuerdo unánime de las partes por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

III. Que el convenio se ha venido desarrollando a plena satisfacción de las partes y por ello es de interés el dar continuidad al desarrollo del mismo.

Por todo lo anterior las partes unánimemente

ACUERDAN

Primera. Prórroga del convenio.

Se acuerda por unanimidad la prórroga del convenio por un plazo adicional de cuatro años, con efectos desde el 14 de febrero de 2026, fecha en que concluye su vigencia actual.

Segunda. Eficacia y validez de la presente adenda al convenio.

La presente adenda se perfecciona con el consentimiento de las partes. Resultará eficaz una vez que sea inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015 del 1 de octubre, con anterioridad a la extinción del convenio. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

En prueba de conformidad, las partes implicadas firman la presenta adenda de prórroga, en la fecha indicada en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–El Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social, Andrés Harto Martínez.–El Consejero de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, Luis Alberto Marín González.

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