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En fecha 12 de noviembre de 2025 tuvo entrada en la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado correo electrónico adjuntando el Decreto de fecha 12 de noviembre de 2025 firmado por la Ilma. señora Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Álava, dictado en el Expediente Gubernativo de reparto de trabajo número 155/2025, proponiendo el nombramiento de la Ilma. señora Abogada Fiscal doña Lara Rojo Aldama como Fiscal Delegada de la especialidad de lo Contencioso Administrativo de dicha Fiscalía Provincial, tras quedar vacante esta Delegación por la renuncia de la anterior delegada de la especialidad la Ilma. señora doña Cristina López Rivera.
Tras la recepción de la propuesta de nombramiento se procedió a incoar el presente Expediente Gubernativo, al margen referenciado, por Decreto de fecha 26 de enero de 2026.
Hechos
La convocatoria para solicitar la delegación vacante, conforme a lo establecido en el artículo 62.2 del Reglamento del Ministerio Fiscal, quedó desierta al no ser solicitada por ningún miembro de la Fiscalía Provincial por lo que la Ilma. señora Fiscal Jefe Provincial ha propuesto el nombramiento de la Ilma. señora Abogada Fiscal doña Lara Rojo, por considerar que cuenta con un bagaje y experiencia profesional adecuada para el cargo.
Dado traslado de la propuesta al Excmo. señor Fiscal de Sala Delegado de lo Contencioso-Administrativo, remitió informe de fecha 2 de febrero de 2028 favorable al nombramiento de la Ilma. señora Abogada Fiscal doña Lara Rojo como Fiscal Delegada de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de la Fiscalía Provincial de Álava
Fundamentos
El Reglamento del Ministerio Fiscal establece para la cobertura del cargo de Fiscal delegada/o especialista, tanto autonómicos como provinciales, que serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe/a respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado/a (artículo 62.2).
Con carácter previo, exige que se realice una convocatoria entre las/os Fiscales de la plantilla, señalando que para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los méritos alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la especialidad y tener experiencia práctica.
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe/a habrá de ser motivada y deberá ir acompañada de la relación de todas/os los fiscales que hayan solicitado el puesto con aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal (artículo 62.2 RMF)
Asimismo, el nombramiento y cese debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» (artículo 62.3 RMF).
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Igualmente, la propuesta de la Ilma. señora Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Álava está suficientemente motivada y avala la idoneidad de la Fiscal solicitante.
En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y de su Reglamento y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:
1. Nombrar a doña Lara Rojo Aldama. como Fiscal Delegada de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de la Fiscalía Provincial de Álava
2. Notifíquese lo acordado a la Excma. señora Fiscal Jefa Inspectora, al Excmo. señor Fiscal de Sala Delegado de Contencioso Administrativo, al Ilmo. señor Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Álava, que trasladará copia del presente decreto a la Ilma. señora Fiscal interesada, poniéndolo en conocimiento de toda/os los Fiscales de la plantilla.
3. Publíquese el presente nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
4. Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (C/ Fortuny, n.º 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12, 1, b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.
Madrid, 9 de febrero de 2026.–La Fiscal General del Estado, Teresa Peramato Martín.
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