De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre –en adelante TREBEP–, y según lo contenido en la oferta de empleo público –OEP– del año 2024, hecha pública mediante Resolución de 12 de diciembre de 2024 (BOCyL de 19 de diciembre de 2024), se aprobaron un total de treinta y siete plazas de personal técnico, de gestión y de administración y servicios –en adelante PTGAS–. En ejecución de la citada OEP procede, en un primer término, la convocatoria de seis plazas de diversas categorías laborales de PTGAS.
Dando cumplimiento a la normativa en vigor en relación con el acceso al empleo público para las personas con discapacidad, así como según lo previsto en la citada resolución de 12 de diciembre de 2024, por la que se aprueba la oferta de empleo del PTGAS para el año 2024, una de las plazas convocadas se oferta por el turno de personas con discapacidad.
El sistema para la selección del personal será el de concurso-oposición, tal y como prevé el vigente II Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León (Resoluciones de 2 de enero de 2007 y 4 de junio de 2013, de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, BOCyL de 18 de enero de 2007 y 25 de junio de 2013) –en adelante «Convenio Colectivo»–.
La convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad jurídica, establecido en el artículo 14 de la Constitución Española, por lo que se refiere al acceso al empleo, a tenor de lo establecido en la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, y en cuanto a la igualdad de trato entre mujeres y hombres, conforme con la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Por todo ello, este Rectorado, a fin de atender las necesidades de personal y en ejecución de la OEP del año 2024, según lo dispuesto en el artículo 70 del TREBEP, en uso de las atribuciones que tiene conferidas por el artículo 88.g) de los Estatutos de la Universidad de Valladolid –en adelante, EEUVA–, aprobados por Acuerdo 111/2020, de 30 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, en relación con el artículo 3.2.j) de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario –en adelante LOSU–, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16.1.b) del Convenio colectivo, resuelve convocar concurso-oposición libre para ingreso como personal laboral fijo en diversas categorías profesionales, correspondientes a seis plazas vacantes dotadas presupuestariamente, pertenecientes a los grupos de clasificación laboral I y III, con sujeción a las bases que a continuación se reproducen y que han sido elaboradas por la Gerencia de la Universidad de Valladolid, previa negociación con los Comités de Empresa de Valladolid y Palencia y delegados de personal de los campus de Segovia y Soria.
Bases de la convocatoria
1.1 Se convocan un total de seis plazas de PTGAS de libre concurrencia, según la siguiente distribución:
a) Cinco plazas para el turno de acceso libre.
b) Una plaza para el turno de acceso para personas con discapacidad, considerándose como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre –en adelante LGDPDIS–.
No obstante, en consideración con el artículo 5.1, del Decreto 24/2022, de 16 de junio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León –en adelante, DDISCYL–, las plazas convocadas para el turno de discapacidad, si no fueran cubiertas, serán ofertadas al turno de acceso libre.
Los puestos de trabajo correspondientes a las categorías y especialidades de las plazas convocadas son los siguientes:
Grupo I
| Código RPT | Complementos | Destino |
|---|---|---|
| L0GL410 | Mañana/Tarde. | Departamento de Física de la Materia Condensada, Cristalografía y Mineralogía. Facultad de Ciencias. Campus de Valladolid. |
| Código RPT | Observaciones | Destino |
|---|---|---|
| L0GL386 | Requisito de formación complementaria en animales: capacitación para las funciones a), b) y c) según el artículo 15.2 del RD 53/2013 de 1 de febrero. | Departamento de Biología Celular, Genética, Histología y Farmacología. Facultad de Medicina. Campus de Valladolid. |
Grupo III
| Código RPT | Complementos | Destino |
|---|---|---|
| L0GI938 | Informática. | Unidad de apoyo TIC. Unidad Administrativa Territorial. Vicerrectorado Campus de Soria. |
| Código RPT | Complementos | Destino |
|---|---|---|
| L0GL427 | Mañana/Tarde. | Departamento de Ingeniería Eléctrica. Escuela de Ingenierías Industriales. Campus de Valladolid. |
| L0GL506 | Departamento de Organización de Empresas y Comercialización e Investigación de Mercados. Escuela de Ingenierías Industriales. Campus de Valladolid. |
| Código RPT | Complementos | Destino |
|---|---|---|
| L0GM734 | Mañana/Tarde. | Departamento de Ingeniería Agrícola y Forestal. Escuela Técnica Superior de Ingenierías Agrarias. Campus de Palencia. |
1.2 El presente proceso selectivo se regirá por lo dispuesto en la LOSU; el TREBEP; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León; los EEUVA; el Convenio Colectivo; el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de puestos de trabajo de los Funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León; así como lo dispuesto en las presentes bases. Igualmente, y con carácter supletorio, resultará de aplicación el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios civiles de la Administración General del Estado.
En el ámbito de este procedimiento el concepto de Administración Pública será el establecido en el artículo 2.1 del TREBEP.
1.3 Todas las publicaciones que se deriven de esta convocatoria cumplirán con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales –en adelante LOPDP–. Por añadidura, las personas con discapacidad serán objeto de tratamiento en su identidad, figurando las iniciales de su nombre y apellidos.
1.4 Las categorías de las plazas convocadas se encuentran encuadradas según figuran en los grupos I y III del anexo I del actual Convenio colectivo.
1.5 Las personas que obtengan los puestos de trabajo correspondientes a las plazas convocadas deberán cumplir las obligaciones inherentes al puesto de trabajo al que han accedido, con especial referencia al régimen de jornada y horario. La jornada de trabajo será la fijada con carácter general para la Universidad de Valladolid, y el horario en que ésta se desarrollará será el establecido en el Centro, Departamento o Servicio en el que se ubica cada puesto de trabajo, con sujeción a lo establecido en el Convenio Colectivo y en la Relación de Puestos de Trabajo.
1.6 El desempeño de los puestos correspondientes a las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas y su normativa de desarrollo.
1.7 Con carácter previo a la realización de las pruebas, las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen el nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua exigido para la obtención del Diploma de Español como Lengua Extranjera, nivel B2 o C2, establecido en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, actualmente vigente, que regula los Diplomas de Español como Lengua Extranjera. La prueba se calificará como apto o no apto, siendo necesaria la valoración de apto para pasar a realizar la prueba de la fase de oposición.
Están eximidos de la realización de esta prueba quienes presenten con la solicitud copia del Diploma de Español como Lengua Extranjera, nivel B2 o C2, establecido por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, actualmente vigente, o del Certificado de aptitud de español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas o Graduado en Español: Lengua y Literatura o equivalentes u otros títulos homologados, así como las personas aspirantes de nacionalidad distinta a la española en cuyos países sea el castellano lengua oficial o co-oficial, o que hayan obtenido en España un título universitario. Asimismo, estarán eximidas de realizar la citada prueba aquellas personas aspirantes que acrediten haber superado dicha prueba en los últimos cinco años al amparo de otras convocatorias para el ingreso en la Administración Pública.
1.8 Quienes soliciten participar por el cupo de reserva de personas con discapacidad, únicamente podrán presentarse por este cupo. La contravención de esta norma determinará la exclusión de la persona aspirante que no la hubiese observado.
2.1 Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Nacionalidad: Podrán participar quienes cumplan alguno de los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los/as españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados/as de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los/as de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e) Los/as extranjeros/as que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España.
2.1.2 Edad: Tener cumplidos los 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.3 Titulación: Estar en posesión de la titulación mínima o específica exigida, en su caso, o estar en condiciones de obtenerla a fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
Para las plazas del grupo I: Estar en posesión del Título Universitario Oficial de Grado o Título Universitario Oficial de Segundo Ciclo (Licenciado, Ingeniero, Arquitecto), u oficialmente equivalente.
Para las plazas del grupo III: Título de Bachiller, Técnico Superior u oficialmente equivalente.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
2.1.4 Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de las plazas convocadas y no padecer enfermedad ni defecto físico que impida el ejercicio de éstas. Quienes tengan la condición de personas con discapacidad reconocida por el órgano competente, deberán acreditar la compatibilidad de sus limitaciones en la actividad con las funciones de las plazas a las que aspiran.
Para la plaza de Titulado Superior Sanitaria se exigirá requisito de formación complementaria en animales, en cuanto a la capacitación para las funciones a), b) y c), según artículo 15.2 del Real Decreto 53/2013, de 1 de febrero, o bien estar en condiciones de obtener la citada acreditación a fecha fin de presentación de la solicitud de participación.
2.1.5 Habilitación: No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
2.2 No poseer la condición de personal laboral fijo de la Universidad de Valladolid con la misma categoría y especialidad de las plazas convocadas.
2.3 Las personas candidatas deberán poseer los requisitos exigidos en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la formalización del contrato como trabajador/a laboral fijo.
3.1 Las solicitudes de participación se dirigirán al Sr. Rector de la Universidad de Valladolid, y podrán ser presentadas en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en que aparezca publicada la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Deberá presentarse una solicitud de participación por cada categoría y especialidad de las plazas convocadas.
La presentación de la solicitud con incumplimiento de los requisitos de tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona solicitante.
A estos efectos, deberá tenerse en cuenta la Resolución del Rectorado de la Universidad de Valladolid que pueda declarar periodos inhábiles, a efectos del cómputo de plazos para las convocatorias y resoluciones de los procesos selectivos y de provisión de puestos de trabajo del personal técnico, de gestión y de administración y servicios, convocadas por esta Universidad.
3.2 La solicitud estará disponible en la sede electrónica de la UVa (https://sede.uva.es) accediendo a ella según lo indicado en el siguiente apartado.
3.3 De conformidad con el artículo 2 del Reglamento del sistema de registro de la UVa, hecho público mediante Resolución del Rectorado de 28 de mayo de 2020 (BOCyL de 8 de junio), las solicitudes de participación serán registradas por el Registro Electrónico General de la UVa.
Obligatoriamente, la presentación de estas solicitudes se efectuará electrónicamente a través de la sede electrónica de la UVa (https://sede.uva.es), siguiendo los siguientes pasos:
1. Elegir la sección «Carpeta ciudadana».
2. Desde esta sección elegir una de las cinco formas de acceso para llegar a la solicitud:
– Certificado digital o DNI electrónico.
– Certificado de empleado público.
– Sistema cl@ve.
– Usuario y contraseña de la UVa (solo miembros de la comunidad universitaria).
– RUS (Registro Unificado de Solicitantes).
3. Una vez se haya accedido, se continuará pulsando en «Iniciar Trámite».
4. Iniciar el procedimiento pulsando en «Pruebas selectivas de personal técnico de gestión y de administración y servicios funcionario y laboral».
Una vez iniciado un expediente de solicitud por cualesquiera de los medios indicados anteriormente sin haber finalizado su tramitación, podrá continuar en él accediendo a la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid-Carpeta ciudadana (oficina virtual)-Trámites pendientes.
Este procedimiento conlleva el registro electrónico de la solicitud, y además le permite:
– Cumplimentar en línea el modelo oficial de solicitud.
– Anexar la documentación requerida a la solicitud.
– El pago electrónico de la tarifa para la participación en el proceso selectivo, mediante tarjeta bancaria.
3.4 Deberán tenerse en cuenta las siguientes instrucciones generales para la cumplimentación de la solicitud:
1. Convocatoria
Indique el tipo de convocatoria: marcar recuadro «Concurso/oposición».
Denominación de la plaza/Cuerpo/Escala: Elegir en el desplegable la categoría y especialidad a la que participa.
Turno de acceso: Indique la letra «L» o «D», si participa por el turno de discapacidad.
Discapacidad (casilla de verificación): Marcar por aquellos participantes que tengan la condición de personas con discapacidad.
Discapacidad (En caso afirmativo, adaptación que se solicita y motivo de la misma): Marcar por aquellos/as participantes que tengan la condición de personas con discapacidad. En caso afirmativo, adaptación que se solicita y motivo de la misma. Indicar según el caso y reseñar, asimismo la Comunidad Autónoma responsable del reconocimiento de la discapacidad.
Datos a consignar según la convocatoria:
Recuadro A: Indique la administración competente responsable de la expedición del título acreditativo de familia numerosa, la categoría de la misma (general o especial) y el número de identificación del título.
Recuadro B: Si tiene reconocida la condición de «víctima del terrorismo», indicar «VT».
Para la categoría de Titulado Superior Sanitaria, indicar en esta misma casilla «SÍ», si cumple con el requisito de formación complementaria en animales, según se establece en la base 2.1.4.
Recuadro C: Si posee la condición de discapacitado/a por causa de ser pensionista de la Seguridad Social con reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionista de clases pasivas con reconocimiento de una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, indicar, según el caso, «DIS SS» o «DIS CP», respectivamente (se deberá adjuntar a la instancia de participación copia de la resolución que acredite tal situación).
3.5 El Tribunal, a la vista de los dictámenes técnicos facultativos que avalen la necesidad de las correspondientes adaptaciones y ajustes de tiempo y medios de los aspirantes con discapacidad que así lo hayan solicitado, y conforme a lo dispuesto en el DISCyL, resolverá lo que en cada caso proceda, notificando personalmente a los interesados su decisión, con antelación suficiente a la fecha de realización de la prueba. Estas adaptaciones y ajustes de tiempo y medios, debidamente anonimizadas, serán objeto de publicidad en los lugares establecidos en la base 4.4.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del/de la interesado/a.
3.7 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.1 para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.8 El pago se realizará exclusivamente de forma electrónica, a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid, según el procedimiento establecido en la base 3.3. De conformidad con lo establecido en el Presupuesto de la Universidad de Valladolid para el ejercicio económico del año 2026, hecho público mediante Resolución del Rectorado de 19 de diciembre de 2025 (BOCyL del 29), los derechos de examen serán los siguientes:
– 40 euros para el acceso a las plazas del grupo I.
– 20 euros para el acceso a las plazas del grupo III.
En ningún caso, el abono de los derechos para participar en el proceso selectivo supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud según lo expresado en la presente base. La omisión del pago de los derechos de examen para participar en el proceso selectivo dentro del plazo de presentación de solicitudes determinará la exclusión definitiva de la persona aspirante. No obstante, podrá subsanarse el pago incompleto de dicha tasa o la falta de acreditación de su exención total o parcial.
No procederá la devolución de los derechos de examen en el supuesto de inasistencia a los ejercicios.
De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, no procederá devolución alguna de la Tasa por derechos de participación en el proceso selectivo en los supuestos de exclusión definitiva de las pruebas selectivas por causa imputable al/a la interesado/a.
Las personas aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por ciento estarán exentas de las correspondientes tasas de participación en el proceso selectivo.
Las víctimas del terrorismo que tengan reconocida tal condición de conformidad con lo establecido en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León, estarán exentas de las correspondientes tasas de examen. La condición de víctima del terrorismo se alegará en el campo «recuadro B».
Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de protección de la Familia Numerosa, tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa para los miembros de familias de la categoría especial, y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se alegará en el campo «recuadro A» de la solicitud de participación, indicándose la administración competente responsable de la expedición del título acreditativo, la categoría de la misma (general o especial) y el número de identificación del título.
3.9 De la presentación de las solicitudes de participación en el presente proceso de selección que efectúen las personas aspirantes, se deducirá que éstas reúnen los requisitos de participación establecidos en la base 2. Al final del proceso, las personas aspirantes seleccionadas aportarán la documentación acreditativa de estos requisitos, tal y como se señala en la base 10.
3.10 Aquellas personas aspirantes que deseen pertenecer a las bolsas de empleo para la selección de personal con carácter temporal, a fin de cubrir aquellas ofertas de trabajo con tareas similares a las categorías y especialidades de las plazas convocadas y que, en su caso, puedan ser incluidas en ellas, una vez finalizado el proceso selectivo, deberán hacer constar expresamente en los recuadros de la solicitud habilitados para ello, los campus universitarios a los que se opta, correspondientes a los destinos de los puestos de trabajo que con carácter temporal pudiesen serles ofertados. En el caso de no cumplimentar estas casillas se entenderá que la persona aspirante opta a la bolsa de empleo de todos los campus. Estas bolsas se constituirán y tendrán efectos de conformidad con la regulación vigente que establezca el Reglamento de Creación y Gestión de Bolsas de Empleo para el nombramiento de funcionarios/as interinos/as en las diferentes escalas y especialidades, así como, en su caso, para la contratación de personal laboral temporal de determinados grupos, categorías y especialidades de la Universidad de Valladolid.
– Códigos a cumplimentar en la solicitud, correspondientes a los campus de las ofertas de empleo a las que se opta:
| Campus | Código |
|---|---|
| Valladolid. | VA |
| Palencia. | PA |
| Segovia. | SG |
| Soria. | SO |
| No pertenecer a la Bolsa de Empleo. | NB |
La relación de personas aspirantes incluidas en la correspondiente bolsa de empleo se hará pública una vez finalizado el proceso selectivo. Las personas aspirantes figurarán relacionadas por orden de prelación, identificadas según lo previsto por la LOPDP y con la referencia de los campus seleccionados que son de su interés.
3.11 A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
a) Las personas aspirantes extranjeras a que hace referencia la base 2.1.1, en sus apartados c), d) y e), deberán presentar declaración jurada o promesa con el siguiente contenido:
– Las personas referidas en el apartado c), declaración del vínculo de parentesco y, en su caso, dependencia. Asimismo, en el supuesto de aquellas personas aspirantes que participen por su condición de cónyuge, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está separada de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que la persona aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
– Las personas referidas en el apartado d), declaración de poseer el derecho de libre circulación de trabajadores en virtud de aplicación del correspondiente Tratado Internacional celebrados por la Unión Europea y ratificado por España (indicándose la fecha de su publicación en el «Diario Oficial de la Unión Europea» –DOUE-).
– Las personas referidas en el apartado c), declaración de poseer la residencia legal en España, indicando la fecha de expedición del permiso y fecha de validez del mismo.
Una vez finalizado el proceso selectivo, el contenido de esta declaración deberá ser acreditada mediante los correspondientes documentos oficiales, bajo copia auténtica, conforme con lo establecido en la base 10.1.
b) Las personas aspirantes que, en la instancia de participación, no autoricen a la Universidad de Valladolid a consultar datos con otras administraciones, a fin de verificar sus datos de identidad y, en su caso, la condición de discapacidad, víctima del terrorismo y familia numerosa, tendrán que presentar en los lugares establecidos en la base 10.1, solicitud dirigida al Rector, a la que acompañarán copia auténtica del DNI o equivalente documento acreditativo de identidad y copia auténtica de la correspondiente documentación acreditativa del reconocimiento de estas condiciones anteriormente señaladas, indicando, asimismo, en la citada solicitud la referencia de la convocatoria y categoría y especialidad de las plazas convocadas a las que participa. La presentación de estas solicitudes tendrá lugar dentro del plazo de presentación de instancias al proceso selectivo, según se indica en la base 3.1 de la convocatoria.
c) Las personas aspirantes que, en la instancia de participación (Recuadro C) hayan alegado la condición de discapacitado/a por causa de ser pensionista de la Seguridad Social con reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionista de clases pasivas con reconocimiento de una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, indicar, según el caso, «DIS SS» o «DIS CP», respectivamente, deberán presentar la resolución que acredite tal situación.
d) Las personas con discapacidad que hayan solicitado adaptaciones y ajustes de tiempo y medios que precisen para la realización de la prueba en condiciones de igualdad, deberán adjuntar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas. Para este fin, la persona interesada deberá requerir el citado informe a la correspondiente unidad o centro de valoración de discapacidad en el que se indique el tipo de adaptación de tiempo y medios necesarios para realizar la prueba.
3.12 En el caso de ser necesaria realizar una subsanación de la solicitud dentro del plazo establecido en la base 3.1, deberá formalizarse mediante modelo de «Solicitud General» accesible desde la sede electrónica de la UVa (https://sede.uva.es, sección «Registro electrónico»).
4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, en el plazo máximo de tres meses, el Sr. Rector de la Universidad dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas al proceso selectivo, en su caso, por cada turno de acceso y por cada categoría y especialidad de las plazas convocadas. En esta resolución, que será publicada en el BOCyL, figurarán las personas aspirantes excluidas con indicación expresa de la causa de exclusión. Las listas certificadas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas por cada categoría y especialidad de las plazas convocadas serán publicadas en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, de posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes deberán comprobar fehacientemente no solo que no figuran recogidas en la correspondiente relación de personas excluidas sino, además, que sus nombres figuran en la pertinente relación de personas admitidas.
4.2 Las personas aspirantes excluidas dispondrán de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el BOCyL, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión de las relaciones de personas admitidas y excluidas. Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la relación de personas admitidas, serán definitivamente excluidas del proceso selectivo.
La presentación de estas solicitudes de subsanación se efectuará cumplimentando el modelo de «Solicitud General» accesible desde la sede electrónica de la UVa (https://sede.uva.es, sección «Registro electrónico»).
4.3 La fecha y lugar de celebración del primer ejercicio figurará en la resolución que eleve a definitivas las listas de personas admitidas y excluidas. Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa y, consiguientemente, las personas aspirantes definitivamente excluidas podrán interponer demanda ante los Juzgados de lo Social de Valladolid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la citada resolución.
4.4 En todo caso, tanto las resoluciones que se dicten relativas a este proceso selectivo, así como los acuerdos del Tribunal, de conformidad con el Reglamento de la Universidad de Valladolid por el que se implantan los medios electrónicos que facilitan el acceso de los/as ciudadanos/as a los servicios públicos de la Universidad y se crean la Sede Electrónica y el Registro Electrónico en la Universidad de Valladolid, se publicarán en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid (Tablón de anuncios/PTGAS). No obstante, cuando estas resoluciones sean publicadas en el BOCyL, tendrán efectividad en función de la publicación en este medio.
Asimismo, a efectos informativos y, con el objeto de ampliar la difusión del presente concurso oposición libre, la convocatoria, las resoluciones por las que se aprueban las listas de personas admitidas y excluidas, los acuerdos públicos del Tribunal y las resoluciones de los distintos órganos de la Universidad en relación con el proceso selectivo, se incluirán dentro de la página web de la Universidad de Valladolid: www.uva.es (sección «LA UVA»; «Empleo»).
El sistema de selección de las personas aspirantes por cada una de las categorías y especialidades de las plazas convocadas, será el de concurso-oposición.
La fase de oposición y la fase de concurso se valorarán con un máximo de 80 y 20 puntos, respectivamente.
5.1 Fase de oposición: consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter eliminatorio, de tal modo que la no superación de cada uno de ellos supondrá para las personas aspirantes la imposibilidad de continuar en el proceso selectivo. La puntuación final de esta fase vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes que han superado cada uno de los ejercicios.
En el anexo I se establecen los temarios sobre los que versarán las pruebas selectivas. En relación con los contenidos normativos de éstos, será de aplicación la normativa que se encuentre en vigor a la fecha de publicación en el BOCyL de las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas al concurso oposición libre.
5.1.1 Primer ejercicio:
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario integrado por 80 preguntas de tipo test (con opción a cuatro respuestas, siendo solo una de ellas correcta) relacionadas con el temario establecido en el anexo I de la presente resolución. El ejercicio estará dirigido a apreciar la idoneidad de los aspirantes para el desempeño de las tareas y funciones propias de las plazas que se convocan. El tiempo máximo que podrá otorgar el Tribunal para la realización del ejercicio será como máximo de 90 minutos.
Para la obtención de la relación de aspirantes que superen la prueba se aplicarán los siguientes criterios:
1.º La puntuación directa del ejercicio se calcula conforme a la fórmula siguiente (siendo «A» el número de aciertos y «E» el de errores): A – [E/3]. Las preguntas no contestadas y las respuestas anuladas por el interesado no penalizarán.
2.º El ejercicio se calificará sobre un máximo de 40 puntos. Serán considerados aptos/as los/as opositores que hubiesen obtenido las mejores puntuaciones directas hasta un número máximo, según el indicado a continuación, y cuando su puntuación directa alcanzada sea igual o superior al 50 % de la puntuación directa máxima obtenible del ejercicio.
– Para categorías y especialidades en las que se ofertan 1 plaza: 4.
– Para categorías y especialidades en las que se ofertan 2 plazas: 8.
En el supuesto de que en la última puntuación directa se produzca un empate en un grupo de aspirantes y que en número supere el máximo de aspirantes señalados en el apartado anterior, se incluirán, dentro de este grupo, aquellos con el menor número de errores, pudiendo, en ese caso, superarse el número máximo referido anteriormente.
3.º Los/as opositores que acierten el número máximo de preguntas válidas obtendrán una calificación de 40 puntos. El resto de opositores obtendrá una calificación proporcional a esta, según su puntuación directa.
Los cuestionarios incluirán un 10 % de preguntas adicionales de reserva a fin de sustituir correlativamente, según el orden en el que se presenten las preguntas anuladas en el ejercicio.
El resto de aspirantes que no superen la prueba serán calificados como no aptos/as, siendo eliminados del proceso selectivo.
No obstante, a los efectos de la formación de la bolsa de empleo, aquellos aspirantes que hayan alcanzado el 40% de la puntuación directa, serán considerados para su inclusión en la correspondiente bolsa de empleo.
5.1.2 Segundo ejercicio:
Práctico, consistirá en la realización de un máximo de tres pruebas prácticas o supuestos teórico-prácticos relacionados con el temario y las funciones del puesto de trabajo.
El tiempo máximo que podrá concederse para la realización del ejercicio será de cuatro horas.
El ejercicio se calificará sobre un máximo de 40 puntos. Serán considerados aptos/as los/as opositores que hubiesen obtenido las mejores puntuaciones directas hasta un número máximo, según el indicado a continuación, y cuando su puntuación sea igual o superior a los 20 puntos.
– Para categorías y especialidades en las que se ofertan una plaza: 3.
– Para categorías y especialidades en las que se ofertan dos plazas: 6.
El resto de aspirantes que no superen la prueba serán calificados/as como no aptos/as, siendo eliminados/as del proceso selectivo.
5.2 Fase de concurso:
5.2.1 Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso. Tan solo participarán en esta fase aquellas personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición. En ningún caso, los puntos obtenidos en esta fase podrán ser computados para superar la prueba que se haya realizado en la fase de Oposición. La valoración de los méritos en esta fase, que figura en la base 5.2.2, no podrá superar el 20 % de la puntuación máxima total del concurso-oposición.
Tan solo serán objeto de valoración los méritos alegados mediante el formulario habilitado al efecto, según lo previsto en la base 5.2.3.
5.2.2 Baremación de méritos:
Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará para su cómputo como fecha límite la de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación en el presente proceso de selección.
El baremo para la valoración de los méritos alegados será el siguiente:
a) Experiencia profesional: En los últimos diez años hasta un máximo de 17,5 puntos por servicios prestados como empleado público, mediante contrato o nombramiento, en las administraciones publicas referidas en el artículo 2.1 del TREBEP.
Los servicios prestados inferiores al 100 % del tiempo completo computarán proporcionalmente, conforme al porcentaje del correspondiente contrato o nombramiento.
Se entenderán por puestos similares al objeto de su valoración en este apartado, aquellos en los que se refleje su similitud de su categoría y especialidad con respecto a las áreas/especialidades definidas en la tabla que figura en la base 1.1 de esta convocatoria.
Asimismo, respecto a la similitud alegada en relación con puestos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración pública, será exigible, en todo caso, la igualdad en el índice de proporcionalidad respecto a la plaza a la que se concursa, según se indica a continuación:
– Para las plazas del grupo I: El índice de proporcionalidad es el 10.
– Para las plazas del grupo III: El índice de proporcionalidad es el 6.
Conforme a lo anterior, las reglas para el computo de este mérito serán las siguientes:
1.º En puestos iguales en la Universidad de Valladolid: 0,006 puntos por día trabajado, considerándose estos con aquellos con la misma categoría y especialidad.
2.º En puestos similares en la Universidad de Valladolid: 0,004 puntos por día trabajado. En este caso, los períodos referidos en los contratos de Investigación podrán ser tenidos en cuenta para su valoración, siempre que figure en el contrato la adscripción del trabajador al Convenio colectivo y que, en el mismo, se refleje la similitud de su categoría y especialidad con las áreas/especialidades definidas en la tabla que figura en la base 1.1 de esta convocatoria.
3.º En puestos iguales o similares en Universidades públicas de Castilla y León adscritas al vigente Convenio colectivo: 0,003 puntos por día trabajado.
4.º En puestos iguales o similares en otras administraciones públicas: 0,002 puntos por día trabajado.
5.º En puestos de categoría superior o inferior de la misma área/especialidad (según las definidas en la tabla referida en la base 1.1 de la convocatoria), desempeñados en la Universidad de Valladolid. 0,001 punto por día trabajado.
b) Formación: En los últimos quince años contados hasta el último día de presentación de solicitudes. Se valorará hasta un máximo de 1 punto.
Por actividades de formación y perfeccionamiento: se puntuará por cada hora acreditada relacionada con las tareas y funciones de las plazas objeto de este concurso-oposición, hasta un máximo de 0,25 puntos por curso, conforme al siguiente baremo:
– 0,005 puntos por hora. Los cursos deben haber sido realizados dentro de los planes de formación para el PTGAS la Universidad de Valladolid, establecidos al amparo del artículo 198.2 de los EEUVa, o bien realizados por el Centro de Enseñanza Online, Formación e Innovación Docente de la UVa, las administraciones públicas (entendidas estas según lo previsto en el artículo 2.1 del TREBEP), el Instituto Nacional de Administración Pública, la Escuela de Administración Pública de Castilla y León y los organizados por los Sindicatos dentro del Acuerdo Nacional de Formación Continua (hasta el año 2012).
A excepción de los cursos de idiomas, el Tribunal no podrá valorar aquellos a los que no se acompañe un programa detallado del mismo que deberá versar sobre las materias relacionadas con las tareas y funciones de las plazas objeto de este concurso-oposición.
Los cursos de formación tienen que haber sido impartidos por la propia Administración o instituciones indicadas anteriormente o, en su caso, contratados por éstas a empresas especializadas. En este último caso, las acreditaciones deberán estar firmadas por el responsable de la correspondiente administración.
No serán objeto de valoración los seminarios y jornadas, ni tampoco se valorarán las acreditaciones o certificaciones relativas a las enseñanzas comprendidas dentro del Sistema Educativo Español (Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación).
c) Idiomas: Hasta un máximo de 0,20 puntos.
Por la posesión de certificaciones oficiales expedidos por instituciones o centros acreditados en las enseñanzas de idiomas correspondientes a los distintos niveles de las enseñanzas de idiomas, reconocidas oficialmente conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, según el baremo siguiente:
| Nivel | puntos |
|---|---|
| A2 | 0,04 |
| B1 | 0,08 |
| B2 | 0,12 |
| C1 | 0,16 |
| C2 | 0,20 |
Solo se valorará, en este apartado, la certificación de mayor nivel alcanzado por cada idioma.
d) Títulos académicos: hasta un máximo de 1,3 puntos.
Por la posesión de titulación académica superior a la exigida en la base 2.1.3 para poder acceder a las plazas convocadas de las correspondientes categorías y especialidades, según el siguiente baremo:
– Título de doctor: 1,3 puntos (nivel 4 MECES).
– Título de máster oficial: 1 punto (nivel 3 MECES) Incluye Título de Máster universitario, Título de Máster en enseñanzas Artísticas y Título de Graduado de al menos 300 créditos ECTS que comprenda al menos 60 créditos ECTS de Nivel de Máster, que haya obtenido este nivel de cualificación mediante resolución del Consejo de Universidades. Asimismo, se incluyen los anteriores títulos universitarios de Segundo Ciclo (Licenciados Universitarios, Arquitectos e Ingenieros Superiores u oficialmente equivalente).
– Título universitario de grado: 0,80 puntos (nivel 2 MECES). Incluye título de Graduado, título Universitario de Primer Ciclo (Diplomados Universitarios, Arquitectos e Ingenieros Técnicos u oficialmente equivalente) y Título Superior de las Enseñanzas Artísticas Superiores.
– Titulado en Ciclo de Formación Profesional de Grado superior: 0,5 puntos (nivel 1 MECES). Técnico Superior de Formación Profesional, Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, Técnico Deportivo Superior.
En este apartado no computará más que el título de mayor grado de los que ostente y alegue cada aspirante (a excepción de la exigida para el ingreso en la categoría que no podrá ser tenido en cuenta como mérito). El Tribunal efectuará la valoración atendiendo, exclusivamente, a las titulaciones alegadas por la persona interesada en el formulario de alegación de méritos, incluso cuando en el apartado de la titulación exigida figure alguna que pueda considerarse de rango superior.
5.2.3 Alegación de los méritos:
Para que el Tribunal pueda valorar estos méritos será requisito necesario alegar todos ellos en el formulario de alegación de méritos que estará disponible en la sede electrónica, una vez sea hecho público el acuerdo del Tribunal con la lista de aspirantes que han superado la fase de oposición a que hace referencia la base 9.2, e iniciando este procedimiento de la misma forma según lo establecido en la base 3.3 de la convocatoria, pulsando, para este caso, «Procedimiento para la alegación de méritos en la fase de concurso del personal técnico, de gestión y de administración y servicios, funcionario y laboral (PTGAS)». Este formulario deberá ser presentado en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente a la publicación del citado acuerdo.
Los méritos que se hayan realizado en la Universidad de Valladolid o reconocidos en el expediente administrativo del interesado deberán ser, necesariamente, alegados en el formulario de alegación de méritos para poder ser valorados.
5.2.4 Acreditación de los méritos:
Dentro del mismo plazo establecido anteriormente, deberá presentarse la correspondiente documentación justificativa (certificados, diplomas, títulos, etc.), de los méritos alegados, en los siguientes lugares de presentación:
Para aquellas acreditaciones de las que se disponga copia auténtica, los aspirantes deberán presentar esta documentación a través de la sede electrónica de la UVa, mediante el procedimiento electrónico referido en el apartado anterior, una vez cumplimentado el formulario de alegación de méritos.
Para aquellas acreditaciones de las que no se disponga copia auténtica, deberá cumplimentarse el anexo III, identificativo de la documentación que se presenta, anexando al mismo las acreditaciones correspondientes que deberán ser autenticadas en las oficinas de asistencia en materia de registro de la UVa o en los correspondientes lugares presenciales establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante –LPACAP–.
La documentación acreditativa por cada tipo de mérito será la siguiente:
a) Experiencia profesional:
En el caso del desempeño de puestos de trabajo similares a los correspondientes de las plazas convocadas, cuando estos puestos de trabajo hayan sido desempeñados, mediante contrato o nombramiento, en otras administraciones públicas de las comprendidas dentro del artículo 2.1 del TREBEP, certificación de la Unidad de Personal correspondiente, en la que se indicarán los extremos referentes a tipo de contrato (en caso de tiempo parcial, porcentaje), fecha de inicio y fin de cada uno de ellos, así como el grupo laboral, las categorías profesionales de los puestos desempeñados y el índice de proporcionalidad de los mismos. Asimismo, deberá presentarse vida «Informe de vida laboral» expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social en el que se acrediten los períodos de cotización y el grupo de cotización.
b) Formación:
Para la acreditación de las actividades de formación y perfeccionamiento deberán ser acreditadas adjuntando el diploma, certificación de asistencia y, en su caso, certificación de aprovechamiento, donde figure el número de horas realizadas.
c) Titulaciones:
Para la valoración de este mérito deberán presentarse, necesariamente, dos titulaciones:
– La primera, referida a aquella que da acceso a las plazas convocadas.
– La segunda, referida a aquella titulación superior a la anterior, la cual será objeto de valoración según los criterios establecidos en la base 5.2.2.d).
En el caso de que el interesado autorice en su solicitud de participación la verificación de sus datos, será tenida en cuenta a los efectos de su acreditación las titulaciones correspondientes que hayan sido verificadas electrónicamente mediante el servicio de Consulta de Títulos del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, siempre y cuando haya sido alegada la correspondiente titulación superior.
Para acreditar la posesión de un título universitario oficial se tendrán en consideración lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.
5.3 Criterios generales de discriminación positiva:
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el órgano de selección, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.
En los impresos para la realización de pruebas escritas del proceso selectivo que no hayan de ser leídos ante Tribunales, sino corregidos directamente por éstos, no podrá constar ningún dato de identificación personal de la persona aspirante en la parte de la hoja normalizada de examen que haya de ser corregida por los mismos. En el caso de advertirse algún dato identificativo durante el proceso de corrección de los ejercicios, quedará invalidado el ejercicio realizado por la persona aspirante.
7.1 Los tribunales calificadores por cada una de las categorías y especialidades de las plazas convocadas, están formados por los miembros que figuran en el anexo II de estas bases y los mismos son nombrados en virtud de lo dispuesto en el artículo 194.1 y 4 de los EEUVA en relación con el artículo 19 del Convenio Colectivo y con sujeción a lo establecido en el artículo 60 del TREBEP.
7.2 En caso de empate, el voto del/de la Presidente/a tendrá carácter dirimente. El Sr. Rector, a propuesta del Tribunal efectuada por su Presidente/a, podrá designar, en su caso, asesores/as especialistas para cada una de las categorías y especialidades de las plazas convocadas. Dichos/as asesores/as se limitarán a informar respecto de las pruebas y méritos relativos a su especialidad. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser nombrado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal Calificador.
7.3 El Tribunal podrá contar en la confección de las pruebas con la colaboración de empresas especializadas o Técnicos cualificados, cuando por razón del número de personas aspirantes presentadas a las pruebas o por otras circunstancias resulte aconsejable.
7.4 De conformidad con el artículo 14.d) del TREBEP los miembros del Tribunal y, en su caso, el personal colaborador o los/as asesores/as especialistas, tendrán derecho a la percepción de las indemnizaciones por razón del servicio. Los importes por asistencias serán los regulados por las normas de ejecución presupuestaria del Presupuesto de la Universidad de Valladolid para el ejercicio económico 2026, hecho público por Resolución del Rectorado de 19 de diciembre de 2025 (BOCyL del 29). A estos efectos, y conforme con las citadas normas, los tribunales encargados de juzgar el proceso selectivo pertenecerán a las siguientes categorías:
– Para plazas de los grupos I: Categoría 1.ª
– Para plazas del grupo III: Categoría 2.ª
7.5 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Sr. Rector de la Universidad de Valladolid, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o, si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso, relacionadas con la categoría y, en su caso, especialidad de referencia, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El/la Presidente/a solicitará de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias de abstención o recusación, así como de no haber realizado tareas de preparación de aspirantes en los cinco años anteriores.
Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
7.6 El Tribunal se constituirá previa convocatoria efectuada por el/la presidente/a los miembros titulares. El Tribunal celebrará su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. En dicha sesión, el tribunal acordará las decisiones que le corresponda en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
7.7 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes y, en todo caso, la del Secretario/a y Presidente/a (titulares o suplentes).
7.8 El Tribunal titular y el Tribunal suplente podrán actuar de forma conjunta si las circunstancias lo requieran, en particular, debido a un número elevado de opositores/as o a la extensión o tipo de las pruebas.
7.9 En relación con las personas con discapacidad que mediante la instancia de participación soliciten alguna adaptación para la realización de la prueba, el Tribunal realizará las adaptaciones posibles en tiempo y medios que sean consideradas necesarias. A tal efecto, se podrá requerir informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de los órganos competentes en materia de Servicios Sociales.
Si en cualquier momento del presente proceso selectivo, se suscitaran dudas respecto de la capacidad de una persona aspirante con discapacidad para el desempeño de las actividades atribuidas a la categoría laboral objeto de esta convocatoria, el Tribunal Calificador podrá recabar el correspondiente dictamen de los órganos competentes. En este supuesto, hasta tanto no se emita el dictamen, la persona aspirante podrá participar condicionalmente en el proceso selectivo, quedando en suspenso la resolución definitiva sobre la admisión o exclusión del proceso, hasta la recepción del dictamen.
7.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Gerencia de la Universidad de Valladolid (Casa del Estudiante, calle Real de Burgos, s/n, 47011 Valladolid, Tlf. 983-184708). El Tribunal dispondrá que, en esa sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
7.11 El Tribunal no podrá proponer para su contratación como personal laboral fijo un número superior de aprobados/as al de plazas convocadas por cada categoría y especialidad.
7.12 Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos. En todo momento, su actuación se ajustará a lo dispuesto en la LPACAP y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7.13 Contra las resoluciones y actos de trámite del Tribunal que decidan directa o indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, los/as interesados/as podrán interponer recurso de alzada ante el Rectorado de la Universidad en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación o, en su caso, publicación, de acuerdo con lo establecido en la LPACAP.
7.14 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
7.15 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del/de la interesado/a, propondrá su exclusión al Sr. Rector dando traslado, asimismo, de las inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.
La resolución de exclusión de la persona aspirante, que en su caso proceda, pondrá fin a la vía administrativa, y, consiguientemente, el/la interesado/a podrá formular demanda ante los Juzgados de lo Social de Valladolid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la citada resolución.
8.1 El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará por el primero cuyo apellido comience por la letra «T», y se continuará sucesivamente por orden alfabético, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se hace público el resultado del sorteo para determinar el orden de actuación de las personas aspirantes en los procesos selectivos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos (BOCyL del 11).
8.2 En cualquier momento las personas aspirantes podrán ser requeridas por los miembros del Tribunal para que acrediten su personalidad.
8.3 Las personas aspirantes serán convocadas para la realización de cada uno de los ejercicios en un único llamamiento, debiendo ir provistas del DNI o acreditación equivalente, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan.
8.4 La convocatoria para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición, por cada categoría y especialidad, que se realizará en una misma sesión, será publicada en el BOCyL, en la misma resolución por la que se elevan a definitivas las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas, en su caso, por cada turno de acceso, a la que se refiere la base 4.2, donde figurará el lugar, fecha y hora de su celebración. Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
8.5 Los anuncios de celebración de los siguientes ejercicios de la fase de oposición no serán objeto de publicación en el BOCyL y se efectuarán, cada uno de ellos, a través del correspondiente Acuerdo del Tribunal al hacer pública la relación de aprobados/as del ejercicio anterior, con un plazo mínimo de setenta y dos horas al inicio de los mismos. La publicación se efectuará en los lugares señalados en la base 4.4 y por cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación.
8.6 Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios pueden coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
8.7 Para el caso de ejercicios en los que la prueba consista en responder a un cuestionario con respuestas alternativas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, desde el siguiente a la publicación por parte del respectivo Tribunal de las soluciones a las preguntas que formen parte del correspondiente ejercicio de la fase de oposición, para presentar reclamaciones contra el contenido del ejercicio planteado o las soluciones propuestas. Dichas reclamaciones deberán dirigirse, debidamente documentadas, a la sede del Tribunal. Examinadas las posibles reclamaciones, el Tribunal procederá a corregir el ejercicio. Para la obtención de las correspondientes calificaciones, el Tribunal tendrá en cuenta, en su caso, en el correspondiente acuerdo indicado en la base 9.1 por el que se declara la relación de aspirantes que han superado cada uno de los ejercicios, las preguntas anuladas o las respuestas modificadas por el Tribunal, a la vista de las reclamaciones planteadas.
La publicación referida en el párrafo anterior se hará pública en los lugares establecidos en la base 4.4.
Igualmente, para el caso en el que el tipo de prueba no sea un cuestionario con respuestas alternativas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles desde el siguiente a la realización del correspondiente ejercicio para presentar reclamaciones contra el contenido del ejercicio planteado.
La presentación de estas solicitudes de reclamación se efectuará a través de la sede electrónica de la UVa (https://sede.uva.es, sección «Registro electrónico»), mediante el modelo de «Solicitud General».
8.8 El procedimiento selectivo deberá resolverse en el plazo máximo de ocho meses, a partir del día siguiente de la fecha de publicación en el BOCyL de la resolución que eleve a definitivas las listas de personas admitidas y excluidas. Las personas solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.
9.1 La relación de aspirantes que hayan superado los correspondientes ejercicios de la fase de oposición, en su caso, por cada turno de acceso, se hará pública mediante acuerdo del respectivo Tribunal en los lugares señalados en la base 4.4. Las personas aspirantes que no se hallen incluidas en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptas a todos los efectos, siendo eliminadas del proceso selectivo.
Asimismo, en el acuerdo de aspirantes que han superado el primer ejercicio, figurarán las puntuaciones obtenidas por aquellos que hayan alcanzado el 50 % de la puntuación directa, a los efectos de su posterior inclusión en las correspondientes bolsas de empleo.
9.2 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal respectivo hará público, en su caso, por cada turno de acceso, en los lugares señalados en la base 4.4, el acuerdo con la lista de aspirantes que han superado esta fase, en su caso, por cada turno de acceso, por el orden de puntuación total obtenida en la misma (suma de los diferentes ejercicios). En este acuerdo, de conformidad con la base 5.2.3, se recordará a las personas aspirantes que hayan superado esta fase que, en el plazo improrrogable de diez días, deberán presentar para su valoración, en la forma prevista en la citada base, la alegación de los méritos que someten a la fase de concurso junto con los correspondientes documentos acreditativos.
9.3 Igualmente, una vez finalizada la fase de concurso, cada Tribunal hará pública en su caso, por cada turno de acceso, en los lugares indicados en la base 4.4, la relación, con la valoración provisional de méritos obtenida en esta fase por las personas aspirantes que superaron la fase de oposición, con indicación expresa de la calificación total y la obtenida en cada uno de los méritos objeto de valoración. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes, sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan contra la valoración definitiva. Finalizado dicho plazo el Órgano de Selección publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
La presentación de estas alegaciones se efectuará a través de la sede electrónica de la UVa (https://sede.uva.es, sección «Registro electrónico»), mediante el modelo de «Solicitud General».
9.4 Cada Tribunal hará pública en los lugares señalados en la base 4.4 una única lista con las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo para el acceso a la categoría y, en su caso, especialidad de las plazas convocadas. En esta lista, las personas aspirantes aparecerán ordenadas por la puntuación total obtenida en el proceso selectivo (fase de oposición más fase de concurso) y, asimismo, figurarán las puntuaciones totales obtenidas en cada fase. En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas ofertadas para cada categoría y especialidad, siendo de aplicación lo previsto en la base 7.11.
Asimismo, será de aplicación el artículo 10 del DDISCYL, por el cual se establece que: «En las convocatorias ordinarias con turno para personas con discapacidad, las personas aspirantes que, por este turno, superasen los ejercicios correspondientes, sin obtener plaza, resultando su puntuación superior a la obtenida por otras personas aspirantes del turno libre, serán incluidas por su orden de puntuación en la relación de aprobados/as».
La motivación de la mencionada lista con las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo, en cuanto acto administrativo emanado de la discrecionalidad técnica del Tribunal, y que pone fin al proceso selectivo, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
9.5 En caso de igualdad en la puntuación total, una vez sumadas la fase de concurso y oposición, se dará prioridad a la persona aspirante que mayor puntuación hubiera obtenido en el último ejercicio de la fase de oposición y así, en el caso de que persista el empate, sucesivamente por número de orden descendente de ejercicio. Si tras aplicar este criterio no se hubiera dirimido el empate, se dará prioridad a aquella persona aspirante con mayor puntuación en el mérito de la fase de concurso que aparece enunciado en primer lugar (base 5.2.2), y así sucesivamente de persistir la igualdad. Agotadas todas estas reglas, el empate se resolverá, finalmente, mediante la realización de un sorteo.
9.6 Finalmente, el/la Presidente/a de cada Tribunal elevará al Sr. Rector la correspondiente propuesta de contratación como personal laboral fijo a favor de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo. El Rectorado hará pública en el BOCyL estas relaciones de aspirantes aprobados/as con el orden obtenido en el proceso selectivo por cada una de las categorías y especialidades de las plazas convocadas.
10.1 Las personas aspirantes que superen el proceso selectivo, para su contratación como personal laboral fijo, presentarán en las oficinas de asistencia en materia de registro de la UVa o en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la LPACAP, dentro de los veinte días hábiles desde el siguiente al que se haga pública en el BOCyL, la resolución a que hace referencia la base 9.6 de la presente convocatoria, copia auténtica de los siguientes documentos, mediante escrito dirigido al Sr. Rector de la Universidad de Valladolid, salvo que estos ya se encuentren en poder de la UVa:
a) DNI de la persona aspirante o documento que acredite la nacionalidad. Están exentos/as los/as españoles/as y los/as nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el sistema de verificación de datos de identidad. Para los/as nacionales de otros Estados que, de conformidad con la base 2.1.1, puedan acceder a las plazas convocadas, deberán aportar original o copia auténtica que acredite el contenido de la declaración jurada o promesa que presentaron con su instancia de participación según se señalaba en la base 3.11.
b) Titulación: para el caso de no haber autorizado en la instancia de participación la consulta de sus datos con otras administraciones y para aquellos casos en los que se haya de acreditar el requisito de titulación mediante un documento distinto a un título oficial, se deberá presentar copia auténtica del documento acreditativo, título académico o certificación del pago de los derechos de expedición del título, según el caso. Asimismo, y, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá aportar la documentación que acredite su homologación o reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
c) Declaración jurada o promesa de no hallarse en ninguna de las circunstancias establecidas en la base 2.1.5, según modelo que figura como anexo IV a la presente resolución.
d) Declaración responsable de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Categoría y Especialidad a la que se participa.
e) Las personas aspirantes que tengan la condición de discapacitadas deberán presentar certificación de los órganos competentes, que acredite tal condición y su compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones de las plazas a las que han sido seleccionados.
f) Justificación documental acreditativa de todos los méritos alegados para la fase de concurso que hayan sido objeto de valoración y que no hayan sido acreditarlos mediante copia auténtica. Los méritos alegados cuya justificación obre ya en poder de la UVa no será necesario acreditarlos.
g) Para la plaza de Titulado Superior Sanitaria, acreditación justificativa del requisito de formación complementaria en animales, en cuanto a la capacitación para las funciones a), b) y c) según artículo 15.2 del Real Decreto 53/2013, de 1 de febrero.
10.2 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser contratados, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
10.3 La adjudicación de destinos, en su caso, se realizará por el orden de puntuación obtenida en la lista señalada en la base 9.6 y a la vista de las peticiones efectuadas por las personas aspirantes. Esta petición de destinos, en su caso, será realizada por los/as aspirantes aprobados/as previa oferta de plazas vacantes por la Gerencia de la Universidad.
10.4 Una vez cumplidos los requisitos establecidos en la presente base y efectuada la elección de destino, en su caso, por parte de las personas aspirantes, el Rectorado de la Universidad de Valladolid dictará resolución en virtud de la cual se adjudican a los/as aspirantes aprobados/as las plazas convocadas con indicación expresa de sus correspondientes destinos. Esta resolución será objeto de publicación en los lugares indicados en la base 4.4.
10.5 En la resolución mencionada en el apartado anterior, se establecerá para cada aspirante la fecha de incorporación al puesto de trabajo obtenido. A estos efectos, y con anterioridad a la fecha de incorporación fijada, las personas aspirantes se presentarán en el Servicio de Gestión de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de esta Universidad (edificio de la Casa del Estudiante, calle Real de Burgos, s/n, Valladolid) a fin de formalizar los correspondientes contratos laborales. Una vez formalizado el contrato de trabajo y hecha efectiva la incorporación al puesto de trabajo en la fecha fijada, tendrá lugar el inicio de la percepción económica. El/la aspirante aprobado/a que sin causa justificada no formalice el contrato de trabajo o el que, habiendo firmado el contrato, no se incorpore al puesto de trabajo en la fecha establecida para ello, se entenderá que renuncia a la obtención de la condición de trabajador fijo de la categoría obtenida, excepto que en la formalización del contrato solicite la declaración de excedencia voluntaria por cuidado de hijo o familiar, la excedencia voluntaria por incompatibilidad o la excedencia forzosa.
10.6 Sin perjuicio de lo anterior, en previsión de los casos de renuncia de la persona candidata propuesta o cualquier otra causa que impida definitivamente su contratación como personal laboral fijo, previa comunicación del Rectorado en este sentido, el correspondiente Tribunal elevará nueva propuesta de selección, cuando así proceda, a favor de la siguiente persona aspirante en el orden de puntuación del proceso selectivo.
10.7 Tras la incorporación, conforme con el artículo 17 del Convenio Colectivo, el/la trabajador/a deberá realizar el siguiente período de prueba:
– Para las plazas convocadas del grupo I: Cuatro meses.
– Para las plazas convocadas del grupo III: Dos meses.
Superado satisfactoriamente el período de prueba, los/as interesados/as adquirirán la condición de personal laboral fijo. No será exigible el período de prueba cuando el/la trabajador/a ya haya desempeñado las mismas funciones en la Universidad de Valladolid u otra Universidad pública de Castilla y León, por un período igual o superior al establecido bajo cualquier modalidad contractual.
10.8 Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana, deberán acompañarse, necesariamente, de la correspondiente traducción oficial que podrá realizarse en cualquiera de los siguientes organismos:
– En la representación diplomática o consular de España en el extranjero.
– En la representación diplomática o consular del país del que proceden los documentos en España.
– Por traductor jurado debidamente inscrito y autorizado en España.
11.1 Las personas aspirantes, por el hecho de participar en el proceso selectivo, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como para la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo.
11.2 Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer demanda ante los Juzgados de lo Social de Valladolid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución.
Asimismo, cuantos actos administrativos, que no pongan fin a la vía administrativa, se deriven de esta convocatoria y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los/as interesados/as en los casos y en las formas establecidas en la LPACAP.
Valladolid, 2 de febrero de 2026.–El Rector, Antonio Largo Cabrerizo.
GRUPO I
Categoría: Titulado Superior
Geología
Bloque I. Materias Jurídico-Administrativas
Tema 1. Los Estatutos de la Universidad de Valladolid (I): Título Preliminar. Títulos I, II, III y IV.
Tema 2. Los Estatutos de la Universidad de Valladolid (II): Títulos V, VI VII, VIII, IX, X y XI. Disposiciones adicionales, transitorias. Disposición derogatoria única. Disposición final única.
Tema 3. El II Convenio Colectivo del Personal Laboral de Administración y Servicios de las Universidades Públicas de Castilla y León.
Tema 4. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones (Capítulo I); derechos y obligaciones (Capítulo III); consulta y participación de los trabajadores (Capítulo V).
Tema 5. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Objeto y ámbito de la Ley (Título Preliminar); el principio de igualdad y la tutela contra la discriminación (Título I); el derecho al trabajo en igualdad de oportunidades (Título IV: Capítulos I, II y III); el principio de igualdad en el empleo público (Título V: Capítulos I, II y III).
Bloque II. Materias específicas
Tema 6. Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas, modificado por el Real Decreto 35/2008, de 18 de enero.
Tema 7. Evolución del conocimiento científico en relación con la Geología. Métodos de estudio. Papel de la geología en la sociedad.
Tema 8. Principios fundamentales en Geología.
Tema 9. Origen y evolución de la Tierra: Sol, planetas y otros cuerpos del Sistema solar. Formación del Sistema solar y del planeta Tierra. Estructura y composición de la Tierra. Tiempo geológico. Métodos de datación. Acontecimientos más destacados en la evolución de la Tierra.
Tema 10. Materiales y procesos geológicos: Definición, estructura y propiedades de la materia cristalina. Descriptiva y clasificación de minerales. Ciclo Geológico. Magmatismo. Sedimentación. Metamorfismo: rocas metamórficas. Texturas y clasificación de rocas. Clasificación e información que aportan los fósiles.
Tema 11. Geodinámica interna: Teorías orogénicas y tectónica de placas. Límites de placas tectónicas. Volcanes. Terremotos. Pliegues y fallas.
Tema 12. Geodinámica externa: La atmósfera. El ciclo del agua. Clima. Acción geológica del hielo. Acción geológica del agua: ríos y mares. Acción geológica del aire. Acción geológica de las aguas subterráneas: karst. Meteorización. Suelos.
Tema 13. Modelado del relieve: factores que intervienen.
Tema 14. Riesgos geológicos y geología ambiental: Definición y clasificación de riesgo geológico. Medidas de predicción, prevención y protección civil. Medidas correctoras para minimizar el impacto ambiental de la actividad humana.
Tema 15. Geología de España: Configuración geológica de la Península Ibérica. Geología de Castilla y León. Historia geológica de Castilla y León.
Tema 16. Recursos minerales de España: Minerales metálicos y minerales industriales. Recursos energéticos. Rocas y minerales ornamentales.
Tema 17. Principios de espectroscopia ultravioleta-visible. Aplicaciones. Instrumentación.
Tema 18. Principios de espectroscopia de infrarrojo. Aplicaciones. Instrumentación.
Tema 19. Principios de la espectrometría Raman. Aplicaciones. Instrumentación.
Tema 20. Principios de la espectroscopia de fluorescencia de rayos X. Aplicaciones. Instrumentación.
Tema 21. Principios de la difracción de rayos X. Aplicaciones. Instrumentación.
Tema 22. Microscopía de luz visible aplicada a la petrografía. Fundamentos. Aplicaciones. Instrumentación.
Tema 23. Microscopía electrónica de barrido. Fundamentos. Aplicaciones. Instrumentación.
Tema 24. Técnicas de Análisis Térmico: Termogravimetría (TGA) y Calorimetría Diferencial de Barrido (DSC). Fundamentos. Aplicaciones. Instrumentación.
Tema 25. Técnicas de Análisis no destructivo: velocidad del sonido, martillos de rebote, imagen mediante rayos X (radiografía y tomografía). Fundamentos. Aplicaciones. Instrumentación.
Tema 26. Seguridad. Aspectos generales. Radiactividad. Gases especiales (CO, He, etc.). Productos y equipos criogénicos. Productos tóxicos y corrosivos (ácidos, álcalis, compuestos de Cr, HF).
Tema 27. Tratamiento de residuos. Plan General de Residuos de la Universidad de Valladolid. Clasificación de residuos. Procedimiento de gestión. Normas de seguridad e higiene.
Tema 28. Control de calidad en laboratorios. Normas reguladoras. Acreditación de laboratorios. La Entidad Nacional de Acreditación.
Especialidad: Sanitaria
Bloque I. Materias Jurídico-Administrativas
Tema 1. Los Estatutos de la Universidad de Valladolid (I): Título Preliminar. Títulos I, II, III y IV.
Tema 2. Los Estatutos de la Universidad de Valladolid (II): Títulos V, VI VII, VIII, IX, X y XI. Disposiciones adicionales, transitorias. Disposición derogatoria única. Disposición final única.
Tema 3. El II Convenio Colectivo del Personal Laboral de Administración y Servicios de las Universidades Públicas de Castilla y León.
Tema 4. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones (Capítulo I); derechos y obligaciones (Capítulo III); consulta y participación de los trabajadores (Capítulo V).
Tema 5. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Objeto y ámbito de la Ley (Título Preliminar); el principio de igualdad y la tutela contra la discriminación (Título I); el derecho al trabajo en igualdad de oportunidades (Título IV: Capítulos I, II y III); el principio de igualdad en el empleo público (Título V: Capítulos I, II y III).
Bloque II. Materia específicas
Tema 6. Manejo del microscopio de luz y aplicaciones a las Ciencias Biosanitarias. Tipos de microscopios de luz.
Tema 7. Fundamentos del proceso de fijación tisular. Principios generales y tipos. Agentes fijadores según su mecanismo de acción.
Tema 8. Métodos de preparación de muestras para microscopia de luz. Corte en congelación. Inclusión en parafina. Otros métodos de inclusión y corte.
Tema 9. El microscopio electrónico. Aplicaciones a las Ciencias Biosanitarias. Tipos de microscopios electrónicos.
Tema 10. Métodos de preparación y observación de muestras para microscopia electrónica.
Tema 11. Microscopía confocal. Fundamentos. Métodos de preparación de muestras.
Tema 12. Generalidades de los métodos inmunohistoquímicos. Técnicas de inmunofluorescencia: procesamiento y evaluación.
Tema 13. Aplicación de las técnicas de Biología Molecular: PCR (Reacción en cadena de la polimerasa), ISH (Hibridación in situ) y FISH (Hibridación fluorescente in situ).
Tema 14. Métodos de tinción de pigmentos, de metales y de ácidos nucleicos.
Tema 15. Separación de diferentes tipos de células. Citometría de flujo.
Tema 16. Cultivos celulares in vitro. Metodología general. Medios de cultivo.
Tema 17. Anticuerpos monoclonales. Obtención. Aplicaciones médico-biológicas.
Tema 18. Separación de organelas celulares. Ultracentrifugación diferencial. Separación de moléculas.
Tema 19. Animales de experimentación. Generalidades y tipos. Legislación.
Tema 20. Concepto de virus y otros agentes subcelulares. Virus, viroides, plásmidos y priones. Tamaño, morfología y composición. Clasificación de los virus.
Tema 21. Estructura general de las bacterias. Composición y funciones de los elementos constituyentes. División celular en las bacterias.
Tema 22. Membranas celulares: Modelos de organización. Composición química. Lípidos y proteínas de las membranas celulares.
Tema 23. Estructura del ribosoma. Biosíntesis de proteínas. Iniciación, elongación y terminación de la síntesis proteica.
Tema 24. Las mitocondrias. Estructura y organización molecular. Funciones de la mitocondria.
Tema 25. El cariotipo humano. Tipos de cromosomas en el hombre. Organización del material genético en el cromosoma.
Tema 26. Ciclo celular. Etapas del ciclo celular. Mitosis y meiosis. Comparación entre mitosis y meiosis.
Tema 27. Alteraciones celulares en el crecimiento y diferenciación celular. Atrofia, hiperplasia, hipertrofia y metaplasia.
Tema 28. Lesiones celulares irreversibles: Muerte y necrosis celular. Apoptosis. Patrones morfológicos de la necrosis: Coagulativa, caseosa y grasa.
Tema 29. Mecanismos biológicos de la inflamación. Inflamación aguda, Inflamación crónica.
Tema 30. La sangre. Plasma y elementos formes. Composición del plasma sanguíneo. Estructura y función de los elementos formes de la sangre.
Tema 31. Estructura de las sinapsis. Tipos. Neurotransmisores del sistema nervioso.
Tema 32. Glía del sistema nervioso central. Histología de sus diferentes variedades.
Tema 33. Sistema inmunitario. Generalidades. Complejo mayor de histocompatibilidad. Respuesta de los diferentes linfocitos.
Tema 34. Riesgos derivados del manejo de sustancias químicas y biológicas. Efectos tóxicos de los disolventes orgánicos. Evaluación y prevención.
GRUPO III
Categoría: Operador de Informática
Bloque I. Materias Jurídico-Administrativas
Tema 1. Los Estatutos de la Universidad de Valladolid (I). Título Preliminar. Títulos I a IV.
Tema 2. Los Estatutos de la Universidad de Valladolid (II): Títulos V, VI VII, VIII, IX, X y XI. Disposiciones adicionales, transitorias. Disposición derogatoria única. Disposición final única.
Tema 3. El II Convenio Colectivo del Personal Laboral de Administración y Servicios de las Universidades Públicas de Castilla y León.
Tema 4. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: conceptos básicos; principios de acción preventiva; derechos y obligaciones de los trabajadores; órganos de prevención, consulta y participación.
Tema 5. Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en el ámbito de las Administraciones Públicas: objeto y ámbito; el principio de igualdad y la tutela contra la discriminación; el derecho al trabajo en igualdad de oportunidades.
Tema 6. Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, Reglamento general de protección de datos: Capítulo I, Capítulo II, Capítulo III, Capítulo IV (Secciones 1 a 4). Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Título X.
Bloque II. Materias específicas
Tema 7. Redes de ordenadores, hosts, subredes. Nodos y Enlaces. Arquitectura TCP/IP: direccionamiento, servicios y protocolos. Funciones de los equipos electrónicos típicos que participan en una red.
Tema 8. La capa física en arquitecturas de redes. Medios de transmisión. Cables metálicos y ópticos. Cableado estructurado. Tipos y características. Montaje y verificación de cables.
Tema 9. Instalación física, alimentación eléctrica y acondicionamiento térmico de los armarios de telecomunicaciones. Componentes habituales y su disposición más conveniente. Bandejas y conectores de fibra óptica. Bandejas y conectores de cable UTP. Parcheo de cables. Sistemas avanzados de operación y monitorización del parcheo.
Tema 10. Componentes e instalaciones típicas que se encuentran en una sala de ordenadores. Seguridad física, sistemas de alimentación ininterrumpida, control de temperatura y humedad. Redundancia de componentes. Procedimientos para el mantenimiento preventivo y correctivo. Sistemas de alarmas.
Tema 11. Protocolos TCP/IP: descripción y aplicación de FTP, TFTP, SFTP, SNMP, SMTP, POP3, IMAP, EWS, DNS, HTTP, HTTPS y NTP.
Tema 12. Conexiones inalámbricas. Espectro electromagnético. Transmisión por cables e inalámbrica. Factores físicos y magnitudes relacionadas. Canales y potencias. Configuraciones de seguridad. Implementaciones personales y de empresa de WPA2 y WPA3.
Tema 13. Arquitectura y componentes internos del PC: elementos fundamentales del hardware y su configuración. Montaje e interconexión entre los distintos componentes. Tipos y características de los conectores con la RAM, unidades de almacenamiento y periféricos. Alimentación y refrigeración.
Tema 14. BIOS y mensajes POST. Distintos modos de arranque. Factores que influyen en el rendimiento y escalabilidad del equipo. Diagnóstico y resolución de averías en equipos informáticos.
Tema 15. Sistemas operativos de escritorio Windows 11 y posteriores (I): El proceso de instalación y sus distintas modalidades. Instalación de componentes del sistema, programas y servicios.
Tema 16. Sistemas operativos de escritorio Windows 11 y posteriores (II): El panel de control. Configuración de red. Comprobaciones típicas relativas a la seguridad del sistema. Administración básica: usuarios y grupos, discos y sistemas de ficheros; archivos y directorios. Cuotas de disco. Copias de seguridad. Ficheros BAT.
Tema 17. Sistemas operativos Linux (I): El proceso de instalación de las versiones genéricas de Linux. Comandos básicos de monitorización y administración del sistema y sus procesos. El sistema de archivos. Tipos de sistemas de archivos y tipos de archivos. Gestión de usuarios. Cuotas de disco. La consola del sistema. Entornos gráficos.
Tema 18. Sistemas operativos Linux (II): La Shell de Unix/Linux. Sintaxis de su lenguaje. Variables y operaciones. Comandos básicos para encontrar información de usuarios, crear y editar ficheros, combinar comandos y redirigir salidas. Bucles y ejecución condicionada de comandos. Redirecciones de Entrada/salida. Funciones. Ejecución inmediata, en segundo plano o mediante cron. Control del resultado de un comando. Scripts.
Tema 19. Sistema operativo MacOS 15 y posteriores (I): Instalación y gestión básica.
Tema 20. Microsoft 365 como plataforma de productividad y servicios en la nube. Aplicaciones que incluye y la instalación de sus versiones de escritorio. Modos de almacenamiento en OneDrive, compartición de archivos y gestión de versiones y copias.
Tema 21. Compartición de recursos en redes locales. Protocolos, configuración y funcionamiento básico en Windows 11, en Linux y en Mac OS 15 y posteriores.
Tema 22. Clasificación de los periféricos más comunes en el mercado actual: monitores, impresoras, escáneres, lectores ópticos, discos externos, ratones y teclados. Medidas y magnitudes relacionadas con dichos periféricos: capacidad de almacenamiento, tasa de transferencia y resolución, entre otras. Tipos y características de cables y conectores.
Tema 23. Tipos de discos duros y sus interfaces. Especificaciones SATA, PCIe, NVME, M2 y Thunderbolt.
Tema 24. Almacenamiento: local (DAS) y en red (NAS, SAN). Características y funcionalidades de cada uno de ellos. Principales tecnologías y estándares utilizados en cada caso. RAID: descripción de los niveles existentes, funcionamiento y diferencias entre ellos. Comparaciones de rendimiento, económicas y ejemplos de configuraciones idóneas para distintos usos.
Tema 25. Correo electrónico: arquitectura de un sistema de correo electrónico. Estándares para el envío y recuperación de mensajes (SMTP, POP3, IMAP). Protocolo SMTP: descripción, características principales y funcionamiento. Formato MIME. Sistemas de filtrado de mensajes para evitar malware y spam. Cliente Outlook y entornos Microsoft 365 de correo y buzones.
Tema 26. Funcionalidades y características de la plataforma Moodle para docencia online.
Tema 27. Gestión de identidades digitales. Sistemas de Single Sign On. Implantaciones más habituales y aplicaciones que las usan. MFA o autenticación de factor múltiple.
Tema 28. Infraestructura de clave pública. Cifrados simétricos y asimétricos. Huella digital de un archivo. Cómo se usan los certificados X.509 y para qué sirven. La función de la autoridad de certificación.
Tema 29. Seguridad lógica (I): Configuración de la seguridad en los sistemas operativos Windows 11, Linux y Mac OS 15 y posteriores. Instalación de herramientas para su refuerzo.
Tema 30. Seguridad Lógica (II): En los sistemas operativos Windows 11, Linux y Mac OS 15 y posteriores. Descripción y prevención de ataques por correo electrónico o por robo de credenciales. Descripción y prevención de robo de información y de secuestro por ransomware.
Categoría: Técnico Especialista
Especialidad: Electricidad y Electrónica
Bloque I. Materias Jurídico-Administrativas
Tema 1. Los Estatutos de la Universidad de Valladolid (I): Título Preliminar. Títulos I, II, III y IV.
Tema 2. Los Estatutos de la Universidad de Valladolid (II): Títulos V, VI VII, VIII, IX, X y XI. Disposiciones adicionales, transitorias. Disposición derogatoria única. Disposición final única.
Tema 3. El II Convenio Colectivo del Personal Laboral de Administración y Servicios de las Universidades Públicas de Castilla y León.
Tema 4. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones (Capítulo I); derechos y obligaciones (Capítulo III); consulta y participación de los trabajadores (Capítulo V).
Tema 5. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Objeto y ámbito de la Ley (Título Preliminar); el principio de igualdad y la tutela contra la discriminación (Título I); el derecho al trabajo en igualdad de oportunidades (Título IV: Capítulos I, II y III); el principio de igualdad en el empleo público (Título V: Capítulos I, II y III).
Bloque II. Materias específicas
Tema 6. Corrientes alternas. Generación de corriente alterna: Tipos. Corrientes alternas senoidales. Estudio de una función alterna senoidal. Representación cartesiana y vectorial de una señal alterna senoidal.
Tema 7. Circuitos de corriente alterna. Circuitos con resistencia óhmica: Estudio y representación de U e I. Circuitos con inductancia: estudio y diagramas de U e I. Circuitos con capacidad: estudio y diagramas de U e I. Circuitos combinados: estudio y diagramas. Resonancia: Tipos, efectos y diagramas. Filtros pasivos: Pasa alto, pasa bajo y pasa banda.
Tema 8. Corrientes polifásicas. Sistemas de corriente alterna: Bifásico, trifásico y hexafásico. Acoplamientos estrella y triángulo de Sistemas trifásicos: Estudio y aplicaciones. Desequilibrios en los Sistemas trifásicos. Observación de corriente alterna con el osciloscopio.
Tema 9. Técnicas y aparatos de medida. Aparatos de medida: Clasificación y tipos. Voltímetros. Amperímetros. Vatímetros: Monofásicos y trifásicos. Vatihorímetros: Fundamentos y tipos. Varhorímetros. Frecuencímetros. Óhmetros. Polímetros. Puentes de medida de corriente continua y corriente alterna. Osciloscopio de rayos catódicos, Megger, etc... Medidas sobre circuitos de corriente alterna. Medidas de potencias en Sistemas monofásicos y trifásicos. Instrumentos digitales: osciloscopios, multímetros y analizadores de impedancia. Generadores de señal.
Tema 10. Fundamentos de máquinas eléctricas. Transformadores eléctricos. Máquina asíncrona. Generador síncrono. Motor síncrono. Máquinas de corriente continua.
Tema 11. Semiconductores. Diodos de silicio y germanio. Construcción y aplicaciones. Diodos detectores. Diodos de potencia. Rectificadores con diodos. Diodos Zener.
Tema 12. Transistores bipolares: Principio de funcionamiento. Factor de amplificación. Configuraciones fundamentales. Transistores de efecto de campo: Tipos y aplicaciones.
Tema 13. Fuentes de alimentación. Fuentes de alimentación estabilizadas en corriente y en tensión. Fuentes lineales. Fuentes conmutadas.
Tema 14. Tiristores y Triacs. Aplicaciones del tiristor para la regulación y control de máquinas de corriente continua. Regulación y control de máquinas de corriente alterna con tiristores. Aplicaciones prácticas.
Tema 15. Relés estáticos. El transistor como interruptor estático de control. El tiristor y el triac como interruptores estáticos de potencia. Circuitos puerta. Circuitos OR y AND.
Tema 16. Condensadores. Tipos de condensadores. Tabla de coeficientes de los diversos dieléctricos. Cálculo de condensadores de aire, mica y aceite. Condensadores electrolíticos: principio de funcionamiento y tipos. Condensadores cerámicos.
Tema 17. Inductancias. Inductancias con núcleo de aire. Cálculo de inductancias. Diversas formas de construir una inductancia. Inductancias sin núcleo magnético. Ferritas. Acoplamientos de inductancias. Factor de mérito de una inductancia. Saturación. Histéresis.
Tema 18. Electrónica analógica: Amplificador operacional. Circuitos elementales con amplificadores operacionales.
Tema 19. Electrónica digital: Puertas lógicas. Circuitos combinacionales y secuenciales. Microcontroladores. Entradas y salidas analógicas y digitales. Técnicas de programación.
Tema 20. Automatismos industriales: Sistemas de automatización industrial, medios de manipulación, transporte y almacenamiento, semiautomáticos (electro-neumo-hidráulicos), automáticos (manipuladores, robots), autómatas programables, células de fabricación, fabricación integrada por ordenador (CIM).
Tema 21. Mantenimiento de instalaciones de BT (Baja Tensión). Mantenimiento de instalaciones fotovoltaicas.
Tema 22. Mantenimiento de máquinas y equipos electromecánicos.
Tema 23. Conocimientos básicos para la instalación de programas de ordenador relacionados con la Electricidad y la Electrónica. Conexión de instrumentos a ordenadores. Mantenimiento básico de sistemas informáticos.
Tema 24. Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico. Guía Técnica para la Evaluación y Prevención del Riesgo Eléctrico del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Categoría: Técnico Especialista de Oficios
Especialidad: Instalación y Mantenimiento Electromecánico de Maquinaria
Bloque I. Materias Jurídico-Administrativas
Tema 1. Los Estatutos de la Universidad de Valladolid (I): Título Preliminar. Títulos I, II, III y IV.
Tema 2. Los Estatutos de la Universidad de Valladolid (II): Títulos V, VI VII, VIII, IX, X y XI. Disposiciones adicionales, transitorias. Disposición derogatoria única. Disposición final única.
Tema 3. El II Convenio Colectivo del Personal Laboral de Administración y Servicios de las Universidades Públicas de Castilla y León.
Tema 4. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: conceptos básicos; principios de acción preventiva; derechos y obligaciones de los trabajadores; órganos de prevención; consulta y participación; responsabilidad y sanciones.
Tema 5. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Objeto y ámbito; el principio de igualdad y la tutela contra la discriminación; principios generales de las políticas públicas para la igualdad; el derecho al trabajo en igualdad de oportunidades.
Bloque II. Materias específicas
Tema 6. Preparación y distribución del aire. Compresores, rendimiento volumétrico. Filtración y regulación de presión. Lubricación del aire. Redes de aire comprimido: consideraciones de diseño y caída de presión.
Tema 7. Conceptos de física aplicados a la hidráulica. Presión, unidades, medida, principio de Pascal. Régimen laminar, turbulento y número de Reynolds.
Tema 8. Pérdida de carga en conducciones cerradas. Concepto de pérdida de carga aplicado a una tubería. Golpe de ariete y cavitación.
Tema 9. Instrumentación y medidas de fluidos. Medida de presiones, caudal, velocidades.
Tema 10. Bombas hidráulicas centrifugas y axiales. Bombas volumétricas.
Tema 11. Cálculo eléctrico de líneas. Líneas de corriente continua de sección uniforme. Líneas de corriente alterna monofásica. Líneas de corriente alterna trifásica.
Tema 12. Protecciones de las líneas eléctricas. Aparamenta. Protección de motores eléctricos.
Tema 13. Motores eléctricos. Motores de corriente continua y alterna más habituales. Arranque e inversión de giro. Control de velocidad.
Tema 14. Autómatas programables. Variables en los autómatas. Puertas lógicas. Instrucciones de programación.
Tema 15. Convertidores de frecuencia en motores de corriente alterna.
Tema 16. Sistemas de adquisición de datos y analizadores de redes.
Tema 17. Fundamentos de refrigeración. Cambios de estado. Formas de transmisión de calor. Ciclo de compresión de vapor. Eficiencia energética.
Tema 18. Transmisión de calor. Transmisión en cerramientos y en tuberías. Coeficiente global de transmisión de calor. Importancia de los coeficientes de película.
Tema 19. Grupos térmicos. Calderas. Quemadores. Chimeneas.
Tema 20. Redes de distribución de agua. Consideraciones de diseño de las tuberías en calefacción. Emisores. Bombas.
Tema 21. Psicrometría. Diagrama del aire húmedo. Transformaciones psicrométricas.
Tema 22. Bomba de calor. Funcionamiento. Ciclo de invierno y de verano. Ventajas e inconvenientes.
Tema 23. Telegestión, sensores y transductores.
Tema 24. Ciclo frigorífico de compresión simple. Funcionamiento de los elementos. Diagramas.
Tema 25. Ciclo frigorífico de doble compresión. Compresión escalonada. Expansión escalonada. En cascada.
Tema 26. Compresores frigoríficos. Tipos y misión. Funcionamiento. Regulación de potencia.
Tema 27. Evaporadores. Tipos y funcionamiento.
Tema 28. Expansores. Tipos y funcionamiento.
Tema 29. Líneas de refrigerante. Tuberías de líquido y gas. Disposiciones.
Tema 30. Mantenimiento. Pruebas de presión y carga de refrigerante. Vaciado y recuperación de los fluidos.
Tema 31. Refrigeración evaporativa. Torres de refrigeración.
| Tribunal titular | Tribunal suplente | |
|---|---|---|
| PRESIDENTE/A. | DOÑA ÁUREA PALOMA MODROÑO VÁZQUEZ. | DON MANUEL PÉREZ BELVER. |
| SECRETARIO/A. | DOÑA ANA BELÉN ALONSO CASTAÑO. | DON MIGUEL PABLO SOUTO BARTOLOMÉ. |
| VOCAL. | DON JAVIER PINTO SANZ. | DOÑA MARÍA ESTHER MARTÍN GARCÍA. |
| VOCAL. | DOÑA SUSET ALONSO SOLARES. | DON MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ PÉREZ. |
| VOCAL. | DON JESÚS GÓMEZ PASTOR. | DON JUAN CARLOS DIEGO CALVA. |
| VOCAL. | DON MIGUEL ÁNGEL HERRERO PÉREZ. | DON JOSÉ ANDRÉS RODRÍGUEZ DÍEZ. |
| Tribunal titular | Tribunal suplente | |
|---|---|---|
| PRESIDENTE/A. | DON MARIANO GREDILLA FONTANEDA. | DOÑA MANUEL PÉREZ BELVER. |
| SECRETARIO/A. | DON CÉSAR JULIAN CEREZO PÉREZ. | DOÑA MARÍA ROSA REBOLLEDA VALLEJO. |
| VOCAL. | DOÑA MARÍA SIMARRO GRANDE. | DOÑA MARÍA ÁNGELES GÓMEZ NIÑO. |
| VOCAL. | DON RICARDO USATEGUI MARTÍN. | DON MIGUEL ÁNGEL DE LA FUENTE GARCÍA. |
| VOCAL. | DOÑA BEATRIZ ESTÍBALIZ MUÑOZ GONZÁLEZ. | DOÑA NORA CARRERA AGUADO. |
| VOCAL. | DON JOSÉ ANDRÉS RODRÍGUEZ DÍEZ. | DON EDUARDO JOSÉ VILLALOBOS GALINDO. |
| Tribunal titular | Tribunal suplente | |
|---|---|---|
| PRESIDENTE/A. | DON MANUEL PÉREZ BELVER. | DOÑA ÁUREA PALOMA MODROÑO VÁZQUEZ. |
| SECRETARIO/A. | DON JOSÉ RAMÓN CANET ORTIGOSA. | DOÑA CRISTINA SASTRE BLANCO. |
| VOCAL. | DON FERNANDO MARTÍN PELAYO. | DON CARLOS MERINO PÉREZ. |
| VOCAL. | DON EDUARDO GARCÍA OCHOA. | DON FÉLIX GARCÍA RENEDO. |
| VOCAL. | DON JAVIER ISAAC RAMOS LÓPEZ. | DOÑA MARÍA ESTRELLA MUÑIZ GARCÍA. |
| VOCAL. | DON JAVIER ALONSO PRIETO. | DON DAVID RODRÍGUEZ MERINO. |
| Tribunal titular | Tribunal suplente | |
|---|---|---|
| PRESIDENTE/A. | DOÑA MARÍA SOLEDAD OLMOS DÍAZ. | DOÑA ANA BELÉN ALONSO CASTAÑO. |
| SECRETARIO/A. | DOÑA MARÍA BELÉN TREVIÑO GÓMEZ. | DON MIGUEL PABLO SOUTO BARTOLOMÉ. |
| VOCAL. | DON JULIÁN MANUEL PÉREZ GARCÍA. | DON ÓSCAR DUQUE PÉREZ. |
| VOCAL. | DON ALFONSO REDONDO CASTÁN. | DON ÁNGEL GENTO MUNICIO. |
| VOCAL. | DON LUIS JESÚS COSTILLA MITRE. | DON LUIS ALBERTO CELESTINO SAN JOSÉ. |
| VOCAL. | DON DAVID RODRÍGUEZ MERINO. | DON DAVID ALBERTO MORALA SANZ. |
| Tribunal titular | Tribunal suplente | |
|---|---|---|
| PRESIDENTE/A. | DON SALVADOR MULERO RUBIO. | DON MANUEL PÉREZ BELVER. |
| SECRETARIO/A. | DOÑA MARÍA TRINIDAD CABEZA RUBIO. | DOÑA MARÍA BELÉN TREVIÑO GÓMEZ. |
| VOCAL. | DON LUIS MIGUEL CÁRCEL CÁRCEL. | DON JOSÉ LUIS MARCOS ROBLES. |
| VOCAL. | DON ENRIQUE RELEA GANGAS. | DON JOSÉ ARTURO REQUE KICHENMANN. |
| VOCAL. | DON JOSE ALBERTO AGUADO DE LA CRUZ. | DON MARIANO RODRÍGUEZ REY. |
| VOCAL. | DON ANTONIO VALLEJO ANTOLÍNEZ. | DON LUIS MIGUEL TEJEDO LÓPEZ. |
(Presentación por Registro)
Don/doña ....................................................................................................................., con domicilio en ................................................................................................................., y documento nacional de identidad (o equivalente) número ......................................, declara bajo juramento o promete, a efectos de ser contratado como personal laboral fijo de la Universidad de Valladolid. Categoría y especialidad ..............................................., no hallarse en ninguna de las situaciones señaladas en el artículo 56.d) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el cual indica como requisito de acceso a la Función Pública el deber de:
«No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público».
| ☐ | Marcar si es nacional. | ☐ | Marcar si no es nacional. |
En ……………………….., a ………….. de …………………………….. de 202….
(Firma)
SR. RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid