De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Asociación Nacional de Ingenieros Agrónomos para la organización conjunta del VI Congreso nacional de ingenieros agrónomos del año 2026 «Diseñando la nueva era de los sistemas vivos: sostener, innovar y transformar los sectores que nos dan la vida», que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 27 de octubre de 2026.–La Directora General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, Isabel Bombal Díaz.
Madrid, 22 de octubre de 2026.
REUNIDAS
De una parte, doña Begoña García Bernal, Secretaria de Estado de Agricultura y Alimentación, designada por el Real Decreto 1118/2023, de 12 de diciembre y actuando en representación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), conforme a las atribuciones que le confiere el artículo 62.2 de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y el apartado primero de la Orden APA/1511/2024, de 2 de diciembre, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias.
Y de otra, doña María Cruz Díaz Álvarez, Presidenta de la Asociación Nacional de Ingenieros Agrónomos (ANIA) –CIF G78358116, domiciliado en Madrid con sede C/ General Arrando, n.º 38, 28010, Madrid– y actuando como representante legal, cargo que viene desarrollando desde 2014, renovado en la Asamblea General de 19 de diciembre de 2018 y en la Asamblea General de 20 de diciembre de 2022 celebrada en Segovia.
Actuando ambos en razón de sus respectivas competencias y reconociéndose poderes y facultades suficientes para formalizar el presente convenio, a tal efecto
EXPONEN
El MAPA es el Departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de recursos agrícolas, ganaderos y pesqueros, de industria agroalimentaria y de alimentación, según lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.
Asimismo, y de acuerdo con el artículo 3.1 letras g) y h) del Real Decreto 717/2024, de 23 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, corresponden a la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria (DGDRIFA), dependiente de la Secretaria de Estado de Agricultura y Alimentación, las competencias para desarrollar las funciones del Departamento en materia de diseño, desarrollo y coordinación de las funciones del Departamento en materia de innovación en el ámbito agrario, alimentario y del medio rural, y la coordinación e interlocución con otros departamentos en las materias de investigación, desarrollo e innovación y emprendimiento de base innovadora, así como de diseño, desarrollo y la coordinación de las funciones del Departamento en materia de digitalización, en particular de la Estrategia de digitalización del sector agroalimentario y del medio rural y de sus planes de acción, así como el fomento de la implantación de nuevas tecnologías en el sector agroalimentario y en el emprendimiento rural y la coordinación e interlocución con otros departamentos. Dichas competencias se ejercen por la Subdirección General de Innovación y Digitalización (SGID).
La ANIA es una entidad de ámbito nacional sin ánimo de lucro cuyo fin primordial es la representación y acción colectiva de los Ingenieros Agrónomos orientada al progreso y desarrollo de la Ingeniería Agronómica y procurando siempre el mejor servicio a España y al bien común, y el esplendor de su agricultura, ganadería, industrias derivadas y conexas.
La ANIA se rige por los Estatutos Generales aprobados por resolución de fecha 17 de marzo de 2005, adaptados a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
La Asociación tiene entre sus fines contribuir al progreso de las tecnologías y estudios económicos propios de la especialidad, ayudando a la investigación y al estudio de los problemas de la Ingeniería Agronómica y promoviendo cuantas sugerencias estime convenientes para la mejora y progreso técnico y científico de los Ingenieros Agrónomos, así como favorecer la enseñanza técnica y profesional relacionada con la agricultura, ganadería e industrias derivadas, facilitando la formación de técnicos aptos para sus diversas funciones y procurando obtener el máximo nivel intelectual, cultural y de aplicación de los Ingenieros Agrónomos. Para la ejecución de estos fines, podrá organizar o participar en congresos, conferencias, coloquios, exposiciones, sesiones científicas o técnicas y demás manifestaciones similares que fomenten el progreso e intercambio de conocimientos técnicos, sociales, económicos, morales y organizativos relacionados con la profesión.
El VI Congreso Nacional de Ingenieros Agrónomos «Diseñando la nueva era de los sistemas vivos: sostener, innovar y transformar los sectores que nos dan la vida» tendrá lugar durante los días 27 a 30 de octubre de 2026 en la Ciudad de las Artes y las Ciencias de Valencia, en concreto en el Auditorio Santiago Grisolía.
El Congreso se plantea como un espacio de reflexión y estrategia para abordar los retos actuales y futuros de la Ingeniería Agronómica. Además, se trata de un foro profesional para orientar competencias, oportunidades y alianzas en un ciclo de cambio acelerado.
La programación se estructurará en torno a 12 vectores de transformación, que abordarán los principales cambios en los sectores donde actúa la ingeniería agronómica. En concreto el primer vector de transformación se titula «La transformación digital: de lo que sucede a la decisión». Esta sesión abrirá el congreso como contenedor marco en el que confluyen inteligencia artificial, sensores, robótica y analítica de datos avanzada.
Este primer vector está plenamente alineado con los trabajos que se vienen desarrollando por la SGID en materia de impulso a la digitalización del sector agroalimentario y del medio rural. La digitalización es uno de los elementos fundamentales de la política del MAPA para garantizar un futuro sostenible del sector agroalimentario y del medio rural desde el punto de vista económico, social y medioambiental. En concreto, la SGID lidera la ejecución de la Estrategia de Digitalización del sector agroalimentario y del medio rural, que contempla tres objetivos estratégicos: combatir la brecha digital, la apertura y fomento del uso de datos y promover el crecimiento económico y el desarrollo de nuevos modelos de negocio.
Para la consecución de estos tres objetivos, se desarrollan Planes de Acción plurianuales que articulan actuaciones en torno a las medidas y líneas estratégicas establecidas en dichos objetivos. Actualmente se está ultimando el despliegue del III Plan de Acción 2024-2026 que contempla 30 actuaciones, tanto nuevas como de continuidad.
Por todo ello, dada la finalidad y contenidos de la actividad propuesta, el MAPA tiene gran interés en colaborar con la ANIA en el desarrollo del «VI Congreso Nacional de Ingenieros Agrónomos: Diseñando la nueva era de los sistemas vivos: sostener, innovar y transformar los sectores que nos dan la vida».
Dicha colaboración se instrumentaliza mediante un convenio que se rige por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En virtud de lo expuesto, las partes deciden suscribir el presente convenio, que se regirá de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
El presente convenio tiene por objeto establecer la colaboración para la organización conjunta del VI Congreso Nacional de Ingenieros Agrónomos «Diseñando la nueva era de los sistemas vivos: sostener, innovar y transformar los sectores que nos dan la vida» que tendrá lugar durante los días 27 a 30 de octubre de 2026 en la Ciudad de las Artes y las Ciencias de Valencia.
Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, el MAPA se compromete a realizar las siguientes actuaciones:
1. Colaborar en el diseño del programa del Congreso y en la difusión del evento.
2. Pertenecer al Comité Asesor de organización del Congreso.
3. Participar en el desarrollo del Congreso mediante la intervención como conferenciantes, de expertos del Departamento.
4. Aportar la cantidad de dieciocho mil euros (18.000,00 €) con cargo a la partida presupuestaria 21.01.411M.226.06 en el ejercicio 2026 para cofinanciar los gastos derivados de la organización del Congreso (anexo).
Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, la ANIA se compromete a:
1. Organizar conjuntamente con el MAPA el citado Congreso aportando los medios materiales y personales necesarios para la gestión económica y administrativa que de ello se derive. En concreto, se encargará de las siguientes actuaciones:
– Coordinación de la actividad del Comité Asesor durante la configuración del Congreso, convocando a conferenciantes, moderadores y ponentes, apoyando también la conformación de mesas de debate.
– Infraestructura en general y medios técnicos necesarios para la organización conjunta y realización del Congreso.
– Publicidad de la celebración del Congreso.
– Diseño, impresión y distribución del programa y del resto del material divulgativo y promocional.
– En relación con el Director, el Secretario, los conferenciantes y los participantes en las mesas redondas: el pago de los honorarios, viaje, alojamiento, en su caso y manutención en sus propias instalaciones.
– Información, selección e inscripción de congresistas, control de asistencia y expedición de diplomas y certificaciones.
– Recopilación de los contenidos que se generen en el Congreso, así como la elaboración de los resultados y conclusiones del mismo para su difusión en los formatos y medios más convenientes.
2. Informar al MAPA del desarrollo de las actuaciones realizadas, las cuales deberán además ajustarse al presupuesto de este convenio.
3. Cofinanciar con sesenta y ocho mil euros (68.000,00 €) los costes del desarrollo del Congreso, de acuerdo con el presupuesto que se detalla en el anexo.
4. Destinar íntegramente la cantidad aportada por el Ministerio a la financiación de los gastos acordados mediante este convenio para el citado Congreso.
5. Destacar la colaboración del Ministerio en cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión del Congreso (programa, carteles, publicidad en medios, notas de prensa, etc.), incorporando, de modo visible, el logotipo oficial del Ministerio y respetando en todo caso, las directrices de imagen externa que le sean facilitadas a estos efectos.
1. El presupuesto total para la organización del Congreso asciende a ochenta y seis mil euros (86.000,00 €).
2. El MAPA aportará la cantidad máxima de dieciocho mil euros (18.000,00 €) con cargo a la partida presupuestaria 21.01.411M.226.06 de los Presupuestos Generales del Estado vigentes en el ejercicio 2026.
3. A su vez la ANIA cofinanciará con sesenta y ocho mil euros (68.000,00 €) los costes del desarrollo del Congreso.
4. Con el fin de que se pueda llevar a cabo el pago, la Presidenta de la ANIA emitirá una certificación del gasto realizado. Asimismo, a efectos de la justificación de las actuaciones, la asociación deberá disponer de los debidos justificantes en los que se desglosen y detallen cada uno de los gastos realizados hasta un importe de dieciocho mil euros (18.000,00 €) para el caso en que le sean solicitados.
5. Tras la revisión favorable de la cuenta justificativa por parte de la administración, el MAPA abonará dicha cantidad en un único pago, en la cuenta a nombre de la ANIA, cuenta específica abierta para la organización conjunta y financiación del Congreso: IBAN ES32 2100 5731 7402 0059 4400.
El convenio se perfeccionará con el consentimiento de las partes expresado mediante su firma y resultará eficaz una vez inscrito en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
La duración del presente convenio se extenderá hasta el 15 de noviembre de 2026.
1. Con el fin de conseguir la máxima operatividad en la aplicación del presente convenio y velar por el adecuado cumplimiento de sus objetivos, se establece la Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control de la ejecución del convenio, integrada por parte del MAPA por un representante de la SGID, y otro de la Dirección Técnica de la DGDRIFA y por parte de la ANIA, dos representantes.
2. Las funciones de la Comisión serán:
– El seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes.
– La resolución de problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto a la ejecución del convenio.
– El reajuste de la distribución de las contribuciones económicas establecida en el anexo del convenio, sin que en ningún caso se aumente la cuantía que cada parte se compromete a aportar ni el presupuesto total del convenio.
3. La Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control se reunirá siempre que se considere oportuno, al objeto de examinar los resultados de las actividades realizadas en el marco de este convenio.
4. El representante de la SGID actuará como presidente de la Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control de la ejecución del convenio.
El presente convenio podrá ser modificado por acuerdo de ambas partes, de conformidad con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, mediante la suscripción de la oportuna adenda modificativa, que deberá ser suscrita y tramitada en los términos normativamente previstos con anterioridad a la expiración del plazo de duración del mismo.
En el caso de que se produjera el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones y compromisos asumidos en el presente convenio, cualquiera de las partes podrá requerir a la incumplidora para que cumpla en un determinado plazo. Este requerimiento será comunicado al presidente de la Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control de la ejecución del convenio.
Si, trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo emitió notificará a la parte incumplidora la concurrencia la causa de resolución, y se entenderá resuelto el convenio.
El presente convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
Son causas de resolución:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista legalmente.
Dada la naturaleza jurídico-administrativa de este convenio, para las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes durante la ejecución del mismo, que no hayan sido resueltas por la Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control prevista en la cláusula sexta, será competente el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, según lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción.
En prueba de conformidad, y para la debida constancia de lo convenido, otorgan el presente documento, en el lugar al principio indicado, tomándose como fecha de formalización la de la fecha del último firmante.–La Secretaria de Estado de Agricultura y Alimentación, María Begoña García Bernal.–La Presidenta de la Asociación Nacional de Ingenieros Agrónomos, María Cruz Díaz Álvarez.
| Concepto |
Mapa – Euros |
ANIA – Euros |
Total – Euros |
|---|---|---|---|
| PÁGINA WEB, REALIZACIÓN DE TRABAJOS DIGITALES. | 1.500,00 | 1.500,00 | 3.000,00 |
| SEGUIMIENTO PERIODÍSTICO, REDACCIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL TÉCNICO. | 1.000,00 | 1.500,00 | 2.500,00 |
| COMUNICACIÓN, PUBLICACIÓN Y SEGUIMIENTO Y ACTIVIDAD EN RRSS: incluye desplazamientos. | 1.000,00 | 1.500,00 | 2.500,00 |
| SERVICIOS RESTAURACIÓN: cafés, almuerzos, bienvenida y cena. | 5.500,00 | 28.000,00 | 33.500,00 |
| ALQUILER SALAS CONGRESO y servicios obligatorios. | 5.500,00 | 30.000,00 | 35.500,00 |
| SECRETARÍA TÉCNICA: ORGANIZACIÓN, COORDINACIÓN, TRABAJO TÉCNICO. | 2.500,00 | 3.500,00 | 6.000,00 |
| ASISTENCIA EXTERNA ORGANIZACIÓN: voluntarios y servicios. | 1.000,00 | 2.000,00 | 3.000,00 |
| TOTAL. | 18.000,00 | 68.000,00 | 86.000,00 |
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* Todas las cifras incluyen IVA. |
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