La creación del Consejo Superior de Fundaciones está prevista en el artículo 38 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, que lo configura como un órgano de carácter consultivo que estará integrado, entre otros, por representantes de la Administración General del Estado y de las comunidades autónomas.
El Reglamento de fundaciones de competencia estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, y modificado en relación con el Consejo Superior de Fundaciones por el Real Decreto 125/2026, de 18 de febrero, establece en el artículo 51.4 a), que serán miembros del Pleno del Consejo Superior de Fundaciones, en representación de la Administración General del Estado, diez personas designadas por la Presidencia del Consejo, con rango al menos de director/a general. En este sentido, se establece la composición con las personas titulares de los centros directivos que tengan asignadas las competencias en materia de protectorado de las fundaciones de competencia estatal, de protectorado de las fundaciones bancarias y de Registro de fundaciones de competencia estatal. Asimismo, ostentarán vocalías otras siete personas en representación de los Ministerios con competencias en ámbitos donde el sector fundacional desarrolla su actividad de forma significativa. Para ello, se han atendido las propuestas de designación de los Departamentos ministeriales correspondientes.
Igualmente, el párrafo b) del mismo artículo 51.4 dispone que serán miembros del Pleno del Consejo Superior de Fundaciones, en representación de las comunidades autónomas, diez personas designadas por la Presidencia del Consejo, con rango, al menos, de director/a general, para un período de dos años, a propuesta de aquellas y de forma rotatoria, previo acuerdo en la Conferencia Sectorial de Administración Pública. Así, en la Conferencia Sectorial de Administración Pública, celebrada en fecha 18 de junio de 2026, se acordó la propuesta de designación de las vocalías de las comunidades autónomas y el sistema de renovación, con base en la fecha de aprobación de los respectivos estatutos de autonomía de cada comunidad autónoma.
En consecuencia, atendiendo a las propuestas remitidas por los titulares de los Departamentos ministeriales correspondientes y por los titulares de las Consejerías de las comunidades autónomas, resuelvo:
Designar a las siguientes personas como vocales del Pleno del Consejo Superior de Fundaciones, en representación de la Administración General del Estado:
a) Doña Carmen Páez Soria, Subsecretaria del Ministerio de Cultura.
b) Doña Aida Fernández González, Subsecretaria del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
c) Doña María Ester Pérez Jerez, Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
d) Don Jorge Alberto Ferreras Gutiérrez, Director General de Tributos del Ministerio de Hacienda.
e) Don Agustín Torres Herrero, Secretario General de Cooperación Territorial del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
f) Don Alberto García González, Secretario General Técnico-Director del Secretariado del Gobierno del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
g) Don Fernando Álvarez García-Mon, Secretario General Técnico del Ministerio de Cultura.
h) Doña Laura Manzano Palomo, Secretaria General Técnica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
i) Don Ignacio Hermoso Contreras, Secretario General Técnico del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
j) Don José Juan Espartero López, Secretario General Técnico del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
Designar a las siguientes personas como vocales del Pleno del Consejo Superior de Fundaciones, en representación de las comunidades autónomas:
a) Doña Loreto Osa Ocón, Directora de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos, por la Comunidad Autónoma del País Vasco.
b) Doña Immaculada Barral Viñals, Directora General de Derecho, Entidades Jurídicas y Gestión Adecuada de Conflictos, por la Comunidad Autónoma de Cataluña.
c) Don Francisco Javier Abad Pardo, Secretario Xeral Técnico, por la Comunidad Autónoma de Galicia.
d) Don Esteban Rondón Mata, Director General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la Comunidad Autónoma de Andalucía.
e) Don Antón García Fernández, Director General de Acción Cultural y Normalización Lingüística, por la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
f) Doña M.ª Eugenia Gutiérrez Palacio, Secretaria General de la Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa, por la Comunidad Autónoma de Cantabria.
g) Doña Tania Sáez Martínez, Directora General de Justicia e Interior, por la Comunidad Autónoma de La Rioja.
h) Doña María de la Caridad de la Hera Orts, Directora General de Función Pública y Diálogo Social, por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
i) Don José Luis Font Barona, Secretario Autonómico de Justicia y Autogobierno, por la Comunitat Valenciana.
j) Don Antonio Villacampa Duque, Director General de Función Pública, por la Comunidad Autónoma de Aragón.
Las vocalías designadas por las comunidades autónomas ejercerán su mandato por un período de dos años, cuyo cómputo se iniciará en la fecha de la reunión constitutiva del Consejo Superior de Fundaciones. Transcurrido el plazo de dos años desde la constitución del Consejo, el orden de rotación para las sucesivas propuestas se realizará de forma automática atendiendo al orden fijado en el apartado primero del Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Administración Pública, de 18 de junio de 2026.
Designar a la siguiente persona para desempeñar las funciones de Secretaría del Pleno del Consejo Superior de Fundaciones:
Doña Icíar Pérez-Baroja Verde, Subdirectora General de Cooperación Autonómica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
La presente orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 26 de octubre de 2026.−El Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres Pérez
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid