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Documento BOE-A-2026-22541

Orden PJC/1128/2026, de 19 de octubre, por la que se otorga destino a personal funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, que superó el proceso selectivo extraordinario para el acceso, por el sistema de concurso-oposición, turno libre, convocado por Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 28 de octubre de 2026, páginas 143756 a 143759 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2026-22541

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en las oficinas judiciales que se relacionan en el anexo I al personal funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial (turno libre), nombrado funcionario de carrera del Cuerpo de Auxilio Judicial por Orden de 31 de julio de 2026, y cuyas plazas se ofertaron por Orden PJC/986/2026, de 10 de septiembre (Boletín Oficial de 23 de septiembre), teniendo en cuenta lo siguiente:

Primero.

Las personas funcionarias del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia a las que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo ante el responsable de la oficina judicial de destino dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado real decreto, y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para lo cual deberán obrar con suficiente antelación en dichos órganos judiciales los documentos F1R, que habrán sido remitidos, por cuadruplicado ejemplar, previamente por la Gerencia Territorial que corresponda.

Segundo.

Las personas funcionarias destinadas en virtud de esta orden, que pertenezcan ya como titulares al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Tramitación Procesal y Administrativa y que opten por continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comuniquen, en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las comunidades autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial. Copia de la resolución por la que se le declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Acceso y Promoción del personal de la Administración de Justicia.

Tercero.

En caso de que las personas funcionarias optaren por ingresar en el Cuerpo de Auxilio Judicial y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la Gerencia Territorial correspondiente a su destino como funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Tramitación Procesal y Administrativa, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo. Estos días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio.

En el caso de que la persona funcionaria proceda del ámbito de competencia de otra Gerencia Territorial o de Comunidades Autónomas que hayan recibido el traspaso de medios personales, deberá remitirse dicha documentación a estos órganos para que procedan a concederle de oficio la situación de excedencia voluntaria en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Tramitación Procesal y Administrativa y el cese automático con la fecha del día anterior en que se produzca la toma de posesión en el Cuerpo de Auxilio Judicial, al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes.

Cuarto.

En cualquier caso una vez diligenciada la toma de posesión, el responsable de la oficina judicial de destino remitirá dos ejemplares del documento F1R a la Gerencia Territorial correspondiente, para que por la misma se proceda a las oportunas variaciones en nómina, uno de los cuales será enviado por dicha Gerencia al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Acceso y Promoción del personal de la Administración de Justicia, otro ejemplar será entregado al interesado y el cuarto para constancia en el órgano judicial.

Quinto.

Las personas funcionarias interinas que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.

Sexto.

En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1984, de 26 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia, en virtud del artículo 498 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio, reformada por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, aquellos aspirantes que ostenten ya la condición de funcionarios de carrera deberán manifestar su opción en el acta de toma de posesión.

Séptimo.

Las personas funcionarias del Cuerpo de Auxilio Judicial, a los que se otorga destino en virtud de esta orden, no obstante el haber sido destinadas con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concurso de traslados hasta que transcurran dos años desde que fueron nombradas por Orden PJC/881/2026, de 31 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 24 de agosto). Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Octavo.

Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante Orden PJC/986/2026, de 10 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» de 23 de septiembre), no adjudicadas en la presente resolución, mantienen su condición de desiertas, sin perjuicio de que puedan anunciarse como vacantes en un concurso ordinario, si no se promulga oferta de empleo público, o en caso de que la oferta pública de empleo que corresponda no haga necesario el anuncio de todas las desiertas existentes.

Contra la presente orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Ministerio de Justicia, en el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa; a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 19 de octubre de 2026.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, P. D. (Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre), la Directora General para la Eficiencia del Servicio Público de Justicia, Verónica Ollé Sesé.

ANEXO I
Auxilio 1327
Orden DNI Apellidos y nombre Turno ID puesto Denominación ATP Localidad Provincia CA
39 ***7721** SORIANO GOMEZ, JUAN ANTONIO GENERAL.   GABINETE TÉCNICO DEL TRIBUNAL SUPREMO MADRID. AUXILIO JUDICIAL. MADRID. MADRID. ÓRGANOS CENTRALES.
40 ***5921** FLORES CASTILLO, ROCIO GENERAL.   GABINETE TÉCNICO DEL TRIBUNAL SUPREMO MADRID. AUXILIO JUDICIAL. MADRID. MADRID. ÓRGANOS CENTRALES.
41 ***9393** PRIVADO MENASALVAS, ANASTASIO GENERAL.   TRIBUNAL SUPREMO SALA SEGUNDA DE LO PENAL MADRID. AUXILIO JUDICIAL. MADRID. MADRID. ÓRGANOS CENTRALES.
42 ***4070** MENDEZ BERMEJO, MARIA LUZ GENERAL.   TRIBUNAL SUPREMO SALA SEGUNDA DE LO PENAL MADRID. AUXILIO JUDICIAL. MADRID. MADRID. ÓRGANOS CENTRALES.
43 ***0346** PEDRERO RODRIGUEZ, RAQUEL GENERAL.   TRIBUNAL SUPREMO SALA TERCERA DE LO CONTENCIOSO MADRID. AUXILIO JUDICIAL. MADRID. MADRID. ÓRGANOS CENTRALES.
44 ***7349** MARTINEZ MENDEZ, ISABEL GENERAL.   FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO. AUXILIO JUDICIAL. MADRID. MADRID. ÓRGANOS CENTRALES.
45 ***6207** GARCIA JIMENEZ, SANDRA GENERAL.   TRIBUNAL SUPREMO SALA TERCERA DE LO CONTENCIOSO MADRID. AUXILIO JUDICIAL. MADRID. MADRID. ÓRGANOS CENTRALES.
46 ***6816** FERRERO RODRIGUEZ, JOSE RAMON GENERAL.   TRIBUNAL SUPREMO SALA PRIMERA DE LO CIVIL MADRID. AUXILIO JUDICIAL. MADRID. MADRID. ÓRGANOS CENTRALES.
4 ***2101** GIMENEZ CASTILLO, ASCENSION CRD. 50414686 SERVICIO COMÚN GENERAL DE AN Y TCI MADRID. AUXILIO JUDICIAL-SCG. MADRID. MADRID. ÓRGANOS CENTRALES.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 19/10/2026
  • Fecha de publicación: 28/10/2026
Referencias anteriores
  • PUBLICA destino del cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia (Ref. BOE-A-2022-23792).

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