En uso de las atribuciones que me confieren la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/2003, de 7 de octubre, y publicados en el BOJA de 28 de octubre de 2003, conforme a lo establecido en el artículo 89.3 de la citada Ley Orgánica del Sistema Universitario, en virtud de lo dispuesto en la Orden de 22 de abril de 2024, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se autoriza a la Universidad de Cádiz, para la convocatoria de plazas de Personal Técnico de Gestión y Administración y Servicios, en ejecución de la Oferta de Empleo Público de 2023, y con sujeción a las bases que se acompañan y al Reglamento de Selección, Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz, resuelvo:
Convocar proceso selectivo, para el ingreso en la Escala Técnica de Gestión Universitaria de la Universidad de Cádiz, mediante turno libre, por el sistema de concurso-oposición, con sujeción a las bases que se acompañan.
Cádiz, 8 de octubre de 2026.–El Rector, P. D. de firma (Resolución de 7 de febrero de 2024), la Gerente, María Vicenta Martínez Sancho.
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convoca proceso selectivo, por el sistema de concurso-oposición, de una plaza para el ingreso en la Escala Técnica de Gestión Universitaria de la Universidad de Cádiz, con destino habitual en la Secretaría General de la Universidad de Cádiz.
1.2 El presente proceso selectivo se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/2003, de 7 de octubre, el Reglamento de Selección, Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz de 18 de diciembre de 2017, el Reglamento por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Universidad de Cádiz del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos, aprobado por acuerdo de Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz de 20 de junio de 2023, el Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, con carácter supletorio, y a las bases de la presente convocatoria.
1.3 El proceso selectivo constará de dos fases: fase de oposición y fase de concurso, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I de esta convocatoria.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.
1.5 La duración máxima de la fase de oposición será de ciento treinta y cinco días hábiles, a contar desde la finalización del primer ejercicio.
2. Requisitos de participación
2.1 Para ser admitidas en la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. Asimismo, lo anterior será de aplicación a cónyuges de personas con nacionalidad española o de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. Igualmente se entenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala funcionarial o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión o en condiciones de obtener antes del término del plazo de presentación de solicitudes del título de Grado o Licenciatura en Derecho.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario.
2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3. Solicitudes
3.1 De acuerdo con el Reglamento UCA/CG05/2023, de 20 de junio, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Universidad de Cádiz del personal a su servicio y de los participantes de los procesos selectivos, la presentación de las solicitudes se realizará exclusivamente de manera electrónica.
Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán realizar la presentación de las solicitudes a través del procedimiento telemático específico establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la propia Sede Electrónica de la Universidad de Cádiz.
Se debe buscar el procedimiento concreto dentro del catálogo de procedimientos incluidos en la pestaña P.T.G.A.S:
https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/
La presentación electrónica de la solicitud requiere del uso del certificado digital de la persona interesada. Una vez cumplimentado el formulario de solicitud y aportados, en su caso, los documentos requeridos y/o méritos a valorar en la fase de concurso, se deberá pulsar el botón «Firmar y Presentar», obteniéndose entonces un recibo en el que figurará el código de registro, fecha y hora de presentación. La obtención de dicho recibo será documento justificativo de la presentación de la solicitud por la persona interesada, por lo que ésta no podrá entender que ha concluido los trámites de presentación de la solicitud si no ha finalizado los mismos con la obtención del citado recibo.
Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, este será de uso obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario en el tiempo y en la forma descrita supondrá la inadmisión de la persona aspirante.
En caso de que se presente más de una solicitud por la persona aspirante durante el periodo concedido, solo se tendrá en cuenta la última solicitud presentada.
3.2 Las personas interesadas deberán acompañar a la solicitud la siguiente documentación:
a) Estarán exentas de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad quienes tengan la nacionalidad española, así como las personas extranjeras residentes en España nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de las personas candidatas o, en caso de falta de respuesta del Sistema de Verificación de Datos de Identidad, deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
b) De no ser posible la verificación de la titulación académica a través de la Plataforma de Intermediación se deberá aportar el título oficial, la certificación supletoria vigente o el resguardo de abono de las tasas de expedición.
c) Para la valoración de la fase de concurso, deberá cumplimentarse en la plataforma la relación de méritos alegados, adjuntándose la documentación acreditativa de los mismos. Quienes presten o hayan prestado servicios como personal de la Universidad de Cádiz sólo tendrán que alegar los méritos, no siendo necesario adjuntar la documentación justificativa, excepto que la misma no conste en el expediente del área de Personal.
No se admitirá la alegación de nuevos méritos una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
3.3 Los derechos de examen serán de 30 euros. El pago se realizará por vía electrónica a través de la pasarela de pago habilitada al efecto en el momento de la presentación de la solicitud.
La falta de pago de la tasa por la participación en este proceso selectivo durante el plazo de presentación de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión de la persona aspirante.
3.4 Estarán exentas del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo adjuntar a la solicitud, en caso de oposición a la consulta de datos por la Universidad de Cádiz, el certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por el órgano competente.
b) Las personas desempleadas durante el plazo de presentación de solicitudes, y al menos durante el mes anterior a la fecha de publicación de esta convocatoria, debiendo adjuntar a la solicitud, en caso de oposición a la consulta de datos por la Universidad de Cádiz, vida laboral actualizada a fecha de periodo de solicitud.
c) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, de acuerdo con la normativa vigente, quedarán eximidas del pago de los derechos de examen, debiendo adjuntar a la solicitud, en caso de oposición a la consulta de datos por la Universidad de Cádiz, justificación documental de la resolución administrativa o judicial firme del reconocimiento de tal condición.
d) Las víctimas de violencia de género, en los términos recogidos en la normativa vigente, adjuntando justificación documental de tal condición.
e) Las familias numerosas, en los términos recogidos en la normativa vigente, tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de las tasas y precios públicos los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará, en caso de oposición expresa a la consulta de datos por la Universidad de Cádiz, adjuntando el título vigente de tal condición.
3.5 La Universidad de Cádiz accederá a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones de Datos de las Administraciones Públicas, con garantía de confidencialidad y con la única finalidad de verificación y consulta de los datos de identidad, titulación y, en su caso, para la acreditación de la condición de discapacidad [base 3.4.a)], personas desempleadas [base 3.4.b)], víctima del terrorismo [base 3.4.c)] y familia numerosa [base 3.4.e)].
3.6 En caso de oposición a la consulta de datos o si no fuera posible su verificación a través de la Plataforma de Intermediación, se deberá aportar la documentación acreditativa correspondiente. La Universidad de Cádiz podrá requerir dicha documentación en cualquier momento del proceso. En los casos de exención del pago, si no fuera posible su verificación a través de la Plataforma de Intermediación o el interesado se opusiera a su consulta, deberá abonar los derechos de examen, que serán reintegrados una vez se verifique el cumplimiento de la condición que da derecho a la exención o bonificación.
3.7 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.8 Las personas aspirantes con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 % podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del modelo de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios que estimen necesarias para la realización de los ejercicios de la fase de oposición, debiendo presentar copia del Dictamen Técnico Facultativo actualizado emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad. La Universidad de Cádiz podrá requerir a la persona interesada la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada, así como el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las funciones del puesto concreto a ocupar.
3.9 El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», el «Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz» y en la página web del área de Personal de la Universidad de Cádiz: https://personal.uca.es/convocatoria-pas/.
3.10 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista provisional de admisión y exclusión de aspirantes correspondiente a cada uno de los sistemas. En dicha resolución, que deberá publicarse en la página web del área de Personal https://personal.uca.es/convocatoria-pas/, se incluirá la lista completa de personas aspirantes admitidas y excluidas indicándose, en este último caso, la/s causa/s de exclusión.
4.2 Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página web, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se realizará a través del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la Sede Electrónica de la UCA. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo. Finalizado el plazo de subsanación, se hará pública, del mismo modo arriba señalado, la relación definitiva de admisión y exclusión de aspirantes.
Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a una persona aspirante, que ultima la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
4.3 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a las personas aspirantes que hayan sido excluidas definitivamente de la realización del proceso selectivo.
5. Tribunal Calificador
5.1 El nombramiento del Tribunal Calificador de la presente convocatoria se hará público junto con la resolución por la que se publique el listado provisional de aspirantes admitidos y excluidos.
5.2 Quienes forman parte del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran alguna de las circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. La Presidencia solicitará a las personas que integran el Tribunal, en la sesión de constitución, declaración expresa de no hallarse incursas en las circunstancias previstas en este apartado, así como la firma de la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI).
5.3 Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a quienes integran el Tribunal según lo previsto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.4 Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante publicará en la página web del área de personal, resolución por la que se nombran a quienes hayan de sustituir en el Tribunal a las personas que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2 y 5.3.
5.5 Previa convocatoria de la Presidencia, se constituirá el Tribunal con asistencia de la totalidad de sus integrantes, titulares o suplentes, en su caso, y con una antelación mínima de diez días a la realización del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus integrantes, titulares o suplentes, en su caso.
5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas y determinará las actuaciones convenientes en los casos no previstos, ajustándose la actuación del Tribunal a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el Reglamento de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 22 de noviembre de 2022, en los términos correspondientes.
5.7 El Tribunal podrá proponer la incorporación a sus trabajos de personal asesor especialista para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dicho asesoramiento a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. El nombramiento del personal asesor corresponderá al Rector de la Universidad de Cádiz.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que las personas con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización del ejercicio que el resto de participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.8, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
5.9 El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar la confidencialidad del contenido de los ejercicios antes de su realización por la totalidad de participantes y para que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozcan la identidad de las personas aspirantes.
5.10 Contra las resoluciones del Tribunal y sus actos de trámite, si estos últimos deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, cabe recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5.11 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Edificio Hospital Real, plaza de Falla, núm. 8, CP 11003 Cádiz, teléfono 956015039 y en la siguiente dirección electrónica: seleccion.pas@uca.es. El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con este proceso selectivo.
5.12 El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría primera establecida en el artículo 20 y en el anexo III del Reglamento de la Universidad de Cádiz sobre Indemnizaciones por razón de servicio aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005.
5.13 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo aquí establecido será nula de pleno derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El primer ejercicio de la fase de oposición no se realizará antes del día 1 de diciembre de 2026. La fecha, hora y lugar de realización del primer ejercicio se hará pública junto con el listado definitivo de admisión y exclusión de aspirantes en la página web del área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/).
La publicación del anuncio de celebración del siguiente ejercicio se efectuará en la página web mencionada, con veinticuatro horas, al menos, de antelación al comienzo del mismo.
6.2 Las personas aspirantes serán convocadas para el ejercicio en único llamamiento, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. El orden de actuación de las personas aspirantes en el que se requiera de una actuación individualizada se iniciará, según la ordenación alfabética resultante del listado definitivo de admisión y exclusión, por aquellas cuyo primer apellido comience por la letra que corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria, atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Administración General del Estado.
6.3 En cualquier momento, las personas aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.
6.4 Si alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
6.6 Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
7. Resultados
7.1 Tras la realización de cada ejercicio, el Tribunal hará público en la página web del área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/) el acuerdo con la relación provisional de calificaciones. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación en el plazo de cinco días hábiles, mediante Instancia Genérica de la Sede Electrónica de la Universidad de Cádiz dirigidas al Área de Personal, que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
7.2 Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público el acuerdo con el listado provisional de valoración de la fase de concurso de las personas aspirantes que hayan superado aquélla pudiendo publicarse simultáneamente a la del resultado del último ejercicio de la fase de oposición. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación en el plazo de cinco días hábiles, mediante Instancia Genérica de la Sede Electrónica de la Universidad de Cádiz dirigidas al Área de Personal, que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
7.3 Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público el acuerdo por el que se publica el listado de aspirantes que han superado el mismo, sin que su número pueda superar el de plazas convocadas.
7.4 Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los acuerdos definitivos del Tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7.5 La Presidencia del Tribunal elevará al Rector de la Universidad la propuesta de nombramiento de personal funcionario de carrera, sin que su número pueda superar el de plazas convocadas.
8. Presentación de documentos y nombramiento de personal funcionario
8.1 En el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la relación definitiva única de aspirantes que han superado el proceso selectivo, los opositores deberán presentar en el Área de Personal de la Universidad de Cádiz los siguientes documentos:
a) Original y copia del DNI, Pasaporte, NIE o documento equivalente para los ciudadanos de la Unión Europea en vigor.
b) Original y copia compulsada del título exigido en la base 2.1.e) o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo facilitado en la página web:
https://personal.uca.es/convocatoria-pas/
d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio; expedido por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Cádiz, entidad en la que delegue o, en su caso, certificado expedido por el facultativo de medicina general de la Seguridad Social que corresponda al interesado, y en el caso de que éste no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad Social, se expedirán por las Delegaciones de Salud de la Junta de Andalucía.
e) Las personas aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con discapacidad, deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que acredite tal condición, e igualmente deberán presentar certificado de los citados órganos o de la Administración sanitaria acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.
8.2 Las personas aspirantes que tuvieren la condición de personal funcionario público de la Universidad de Cádiz estarán exentas de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento.
8.3 Las personas aspirantes que, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presenten la documentación, o del examen de la misma, se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera de la Escala Técnica de Gestión Universitaria, de la Universidad de Cádiz y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.4 Por resolución de la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionario de carrera de la Escala Técnica de Gestión Universitaria, de la Universidad de Cádiz mediante resolución que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
8.5 La petición de destinos por parte de las personas aspirantes aprobadas, deberá realizarse en el plazo de siete días, previa oferta de los mismos.
8.6 La toma de posesión se efectuará en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» del nombramiento de funcionario de carrera de la Escala Técnica de Gestión Universitaria, de la Universidad de Cádiz.
9. Protección y tratamiento de datos de carácter personal
9.1 De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos que la Universidad de Cádiz es la responsable del tratamiento de los datos, pudiendo contactar con el Delegado de Protección de Datos, en la siguiente dirección electrónica: https://dpd@uca.es/.
9.2 La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión de la presente convocatoria. Asimismo, se hace constar que la Universidad de Cádiz no cederá o comunicará sus datos personales, salvo en los supuestos legalmente previstos o cuando fuere necesario para la prestación del servicio, y que los datos serán conservados aún después de que hubiera cesado la relación con la Universidad de Cádiz, durante el tiempo que puedan ser requeridos por control o fiscalización de la entidad pública competente.
9.3 En cumplimiento de la normativa vigente, respetando el principio de Responsabilidad Proactiva, la Universidad garantiza que ha adoptado las medidas, técnicas y organizativas, necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido, en atención a la naturaleza de los datos personales tratados.
9.4 En cualquier momento las personas interesadas podrán ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Supresión, Oposición, Limitación o Portabilidad. Para ejercitar los derechos se deberá de presentar un escrito en la dirección arriba señalada especificando cuál de estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá acompañarse de la copia del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara mediante representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la representación y documento identificativo del mismo. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, se podrá interponer una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía (www.consejodetransparencia.es).
10. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La interposición de recursos administrativos se realizará a través del procedimiento telemático específico establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la propia Sede Electrónica.
Se debe buscar el procedimiento concreto de interposición de recursos dentro del catálogo de procedimientos incluidos en la pestaña P.T.G.A.S:
https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Selección, Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz:
– Se celebrará en primer lugar la fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio.
– La fase de oposición supondrá el 65 por ciento del total del proceso selectivo, mientras que la puntuación de la fase del concurso supondrá el 35 por ciento del mismo.
– La fase de concurso se aplicará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
I.A Fase de oposición
La fase de oposición, de carácter eliminatorio, estará formada por los ejercicios que a continuación se indican:
Primer ejercicio: de carácter teórico. Consistirá en contestar un cuestionario con un máximo de 90 preguntas, con respuestas múltiples, siendo solo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 90 minutos. A criterio del Tribunal, se podrá incluir un máximo de 5 preguntas de reserva que, en ningún caso, modificarán el tiempo máximo de realización del ejercicio.
Las respuestas erróneas puntuarán negativamente de acuerdo con la siguiente fórmula de corrección:
N = A – [E / (número de alternativas – 1)]
Siendo N el número de aciertos netos a considerar a efectos de establecer la calificación, A el número de aciertos obtenidos en el ejercicio y E el número de errores obtenidos en el ejercicio.
El Tribunal queda facultado para establecer los criterios de valoración y el mínimo requerido para superar el ejercicio.
Segundo ejercicio: de carácter teórico. Consistirá en el desarrollo de dos temas o epígrafes de tema a elegir entre cuatro propuestos por el tribunal, de los bloques del II al VI del programa. A criterio del tribunal, este ejercicio se podrá realizar mediante ordenador sin conexión a internet, lo cual será anunciado con la antelación suficiente. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 150 minutos.
Tercer ejercicio: de carácter práctico. Consistirá en la resolución de un supuesto práctico o prueba situacional a elegir entre dos propuestos por el Tribunal en el que se deberá proponer una solución al problema planteado o emitir, mediante ordenador sin conexión a internet, una propuesta o un informe en los términos indicados en el supuesto o prueba pudiendo utilizar los manuales de legislación no comentados que consideren oportunos y hoja de cálculo Excel, en su caso. Los supuestos o pruebas planteadas intentarán abarcar varios bloques temáticos en el que está dividido el temario. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 240 minutos.
Cuarto ejercicio: consistirá en la exposición del examen realizado en el ejercicio anterior, utilizando para ello la aplicación PowerPoint o su equivalente en software Libre Office 5. Al término de la exposición el Tribunal planteará preguntas a los aspirantes sobre el contenido de esta. Entre la publicación de las notas del tercer ejercicio y la realización del cuarto ejercicio deberán pasar un mínimo de cinco días. El tiempo máximo para la exposición será de 20 minutos y para las preguntas de 10 minutos.
Los criterios generales de valoración del segundo, tercer ejercicio y cuarto ejercicio serán, en orden de mayor a menor importancia, serán los siguientes:
– Grado de conocimiento técnico de las materias propias del temario.
– Capacidad de integración e interrelación en las respuestas a las cuestiones planteadas.
– Capacidad de síntesis en las respuestas a las cuestiones planteadas.
– Capacidad de expresión escrita y oral.
– Corrección ortográfica y gramatical.
– Grado de calidad en la presentación formal del ejercicio.
El Tribunal informará, antes de la realización de los ejercicios, de los aspectos necesarios para el desarrollo de los mismos, así como de los criterios específicos de corrección.
Los ejercicios de la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario para realizar el siguiente ejercicio haber obtenido la puntuación mínima en el anterior, tal y como se señala a continuación. Los ejercicios primero, segundo y tercero se calificarán de 0 a 20 puntos, siendo necesario para superar cada uno de ellos, obtener una puntuación mínima de 10 puntos. El cuarto ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.
Será necesario para superar la fase de oposición obtener un mínimo de 35 puntos entre los cuatro ejercicios, conforme a lo indicado en el párrafo anterior.
I.B Fase de concurso
La fase de concurso se aplicará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición. La valoración de los méritos en esta fase se realizará de la siguiente manera:
a) Formación académica. Se valorará la posesión de las siguientes titulaciones académicas:
– Titulación de Máster Oficial o equivalente: 1,131 puntos.
– Titulación de Doctor o equivalente: 2,262 puntos.
El Tribunal calificador puntuará sólo la titulación de mayor nivel de las señaladas anteriormente. La puntuación máxima de este apartado será de 2,262 puntos.
b) Cursos de formación:
b.1) Cursos de formación recibidos. Se valorará la suma total de horas de formación recibida en aquellos cursos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las funciones propias de puestos del subgrupo A1 de Administración General, organizados y/u homologados por Universidades y centros públicos y privados, conforme se indica a continuación.
b.1.1) Por la participación en cursos organizados y/u homologados por Universidades y centros públicos de formación, se otorgará la siguiente puntuación:
– De 1 a 100 horas acumuladas: 2,262 puntos.
– De 101 a 200 horas acumuladas: 4,524 puntos.
– De 201 a 300 horas acumuladas: 6,784 puntos.
– Más de 300 horas acumuladas: 9,046 puntos.
b.1.2) Por la participación en cursos organizados y/u homologados por centros privados se ajustarán al siguiente baremo:
– De 1 a 100 horas acumuladas: 0,905 puntos.
– De 101 a 200 horas acumuladas: 1,810 puntos.
– De 201 a 300 horas acumuladas: 2,714 puntos.
– Más de 300 horas acumuladas: 3,618 puntos.
Los cursos en cuyo certificado no aparezca el número de horas se valorarán con una hora. Si el curso tiene certificado de aprovechamiento se multiplicará el número de horas de este por 1,5.
b.2) Cursos de formación impartidos. Se valorará la suma total de horas de formación impartida en aquellos cursos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las funciones propias de puestos del subgrupo A1 de Administración General, organizados y/u homologados por Universidades y centros públicos, otorgando la siguiente puntuación:
– De 1 a 50 horas acumuladas: 2,262 puntos.
– De 51 a 100 horas acumuladas: 4,524 puntos.
– De 101 a 150 horas acumuladas: 6,784 puntos.
– Más de 150 horas acumuladas: 9,046 puntos.
La puntuación máxima en el apartado b.1) será de 9,046 puntos, en el apartado b.2) será de 9,046 puntos. La puntuación máxima en esta letra b) será de 9,046 puntos.
c) Experiencia. Se valorará la experiencia de las personas candidatas en puestos encuadrados en el subgrupo A1 o categoría laboral equivalente de Administración General dentro del sector público, distinguiéndose entre la desarrollada en la Universidad de Cádiz, otras universidades públicas y el resto de Administraciones públicas hasta el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
– Por servicios prestados en la Universidad de Cádiz se otorgará 4,523/365 puntos por días de servicios prestados.
– Por servicios prestados en otras universidades públicas se otorgará 4,074/365 puntos por días de servicios prestados.
– Por servicios prestados en el resto de Administraciones públicas se otorgará 2,261/365 puntos por días de servicios prestados.
El periodo máximo que se podrá valorar será de cinco años inmediatamente anteriores a la finalización del plazo de presentaciones de solicitudes.
La puntuación máxima en el apartado c) será de 22,615 puntos.
d) Otros méritos:
d.1) Nivel de formación en idioma inglés. Por tener acreditación oficial del idioma inglés, se valorará según la siguiente escala:
– Nivel B1: 0,943 puntos.
– Nivel B2: 1,885 puntos.
– Nivel C1: 2,827 puntos.
– Nivel C2: 3,769 puntos.
d.2) Ejercicios superados. Por superación de ejercicios obligatorios de acceso en procesos selectivos según el desglose siguiente:
– Por cada ejercicio superado de la Escala Técnica de Gestión Universitaria de la Universidad de Cádiz: 1,2563 puntos.
– Por cada ejercicio superado de las escalas o categorías equivalentes pertenecientes al subgrupo A1 en otras universidades públicas: 1,1301 puntos.
– Por cada ejercicio superado de las escalas o categorías equivalentes pertenecientes al subgrupo A1 en otras Administraciones públicas: 0,6281 puntos.
La puntuación máxima en el apartado d.1 será de 3,769 puntos, en el apartado d.2 será de 3,769 puntos. La puntuación máxima en la letra d) será de 3,769 puntos.
I.C Proceso selectivo
La determinación del número de aspirantes que han superado el proceso selectivo se realizará sumando la puntuación obtenida en los tres ejercicios de la fase de oposición de aquellos aspirantes que hayan superado esta fase, de acuerdo con las especificaciones anteriores, y la puntuación obtenida en la fase de concurso. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor calificación obtenida en la fase de oposición.
Bloque I. Gerencia pública y organización de la Administración
1. La Administración por objetivos: Dirección por objetivos y programación de proyectos. Administración para la calidad. Modelos de gestión: el modelo EFQM. Los sistemas de certificación y acreditación.
2. Sistema de Dirección Estratégica de la Universidad de Cádiz: misión, visión, valores, ámbitos estratégicos y objetivos.
3. El factor humano en la organización. El liderazgo: estilos y competencias del líder. El grupo en la organización: dinámicas de trabajo, el trabajo en equipo. La motivación.
4. Definición y análisis de problemas. El proceso de toma de decisiones. Gestión de los conflictos en las organizaciones. La negociación. El cambio organizacional.
5. El análisis y descripción de puestos de trabajo. La gestión por competencias: concepto y tipos de competencias. La evaluación del desempeño.
6. El proceso de comunicación: concepto, elementos y tipos. La comunicación interna en las organizaciones. El Buzón de Atención al Usuario de la Universidad de Cádiz (BAU).
7. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: Transparencia de la actividad pública. Publicidad activa. El derecho de acceso a la información pública. Reglamento UCA/CG05/2019, de 17 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno de la Universidad de Cádiz.
8. Política Antifraude de la Universidad de Cádiz. La Comisión Antifraude.
9. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Disposiciones generales. Principios de protección de los datos. Derecho de las personas. Responsable y encargado de tratamiento.
10. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Objeto y ámbito de la ley. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Políticas públicas para la igualdad: Principios generales y Acción administrativa para la igualdad. El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades: Igualdad de trato y oportunidades en el ámbito laboral, Igualdad y conciliación y Los planes de igualdad de las empresas y otras medidas de promoción de la igualdad. El principio de igualdad en el empleo público: Criterios de actuación de las Administraciones públicas.
Bloque II. Derecho constitucional. Comunidad Autónoma de Andalucía. Unión Europea
1. La Constitución española de 1978. Características, estructura y reforma. Los principios constitucionales, los derechos fundamentales y las libertades públicas. Los derechos y deberes de los ciudadanos. Los principios rectores de la política social y económica. Garantía y suspensión de los derechos y libertades.
2. La Corona: su regulación en la Constitución española. Las Cortes Generales. Las cámaras: composición, organización y funciones. La función legislativa. Relaciones entre las cámaras.
3. El Poder Judicial. La regulación constitucional de la justicia. El Consejo General del Poder Judicial: composición, organización y competencias. El Tribunal Supremo. El Ministerio Fiscal. La organización judicial española. Especial referencia al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
4. El Tribunal Constitucional. Composición y atribuciones. Los procesos de declaración de inconstitucionalidad. El recurso de inconstitucionalidad. La cuestión de inconstitucionalidad. El recurso de amparo constitucional. Los conflictos constitucionales. Efectos de las sentencias.
5. Órganos constitucionales de control de la Administración. El Tribunal de Cuentas: Funcionamiento y competencias. El Defensor del Pueblo. La Organización consultiva del Estado. El Consejo de Estado.
6. La Organización territorial del Estado en la Constitución Española. La legislación básica del Estado y los Estatutos de Autonomía.
7. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Derechos y deberes. Principios rectores. Competencias de la comunidad autónoma.
8. La Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Organización y funcionamiento. Organización general. Tipos de órganos. Órganos centrales y territoriales. Estatuto de los altos cargos de la Administración.
9. Organización institucional de la Comunidad Autónoma de Andalucía: El sistema electoral. Función legislativa y ejecutiva.
10. La Unión Europea. Los tratados. Instituciones y organismos de la Unión Europea.
11. El Derecho comunitario. Tipología de fuentes. Aplicación y eficacia del Derecho Comunitario en los países miembros. El presupuesto de la Unión Europea y sus fuentes de financiación.
12. Las libertades básicas del sistema Comunitario. Libre circulación de mercancías y política comercial común. Libre circulación de trabajadores y política social y de empleo. Libertad de establecimiento y libre prestación de servicios. Libre circulación de capitales.
13. La política regional comunitaria. La cohesión económica y social: los fondos estructurales y sus objetivos prioritarios. Los demás instrumentos financieros.
Bloque III. Derecho administrativo
1. La Administración pública española. Los principios constitucionales. Las fuentes del Derecho Administrativo: concepto y clases. La Constitución y las leyes: clases. Disposiciones normativas con fuerza de ley. El Reglamento: concepto, naturaleza y clases; límites a la potestad reglamentaria. Otras fuentes del Derecho Administrativo.
2. La actividad del Sector Público. Del servicio público en sentido estricto al servicio de interés general. La gestión de los servicios públicos: gestión directa y gestión indirecta.
3. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Disposiciones generales. Los órganos de las Administraciones públicas.
4. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas. Regulación del procedimiento sancionador y de responsabilidad patrimonial en la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5. La Ley 40/2015, de 1 de octubre. Funcionamiento electrónico del sector público. Convenios. Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
6. La Ley 40/2015, de 1 de octubre. Organización y funcionamiento del sector público institucional.
7. La Ley 40/2015, de 1 de octubre. Principios generales de las relaciones interadministrativas. La colaboración y cooperación entre Administraciones públicas. Relaciones electrónicas entre Administraciones.
8. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De los interesados. La actividad de las Administraciones públicas.
9. La Ley 39/2015, de 1 de octubre. De los actos administrativos.
10. La Ley 39/2015, de 1 de octubre. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común.
11. La Ley 39/2015, de 1 de octubre. Revisión de los actos en vía administrativa.
12. La Ley 39/2015, de 1 de octubre. De la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones.
13. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y su aplicación en el ámbito de la Universidad de Cádiz: Objeto y ámbito de aplicación. Negocios y contratos excluidos. Contratos administrativos y contratos privados. Contrato de obras. Contrato de concesión de obras. Contrato de concesión de servicios. Contrato de suministro. Contrato de servicios. Contratos mixtos. Contratos sujetos a regulación armonizada y umbrales aplicables. Contratos menores. Plazo de duración de los contratos. Los encargos de los poderes adjudicadores a medios propios personificados.
14. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y su aplicación en el ámbito de la Universidad de Cádiz: Necesidad, idoneidad y eficiencia en la contratación. Prohibiciones de contratar. Capacidad y solvencia del empresario. Órgano de contratación. Responsable del contrato. Mesa de Contratación. Objeto del contrato. Presupuesto base de licitación. Valor estimado y precio del contrato. Garantías exigibles.
15. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y su aplicación en el ámbito de la Universidad de Cádiz: Expediente de contratación. Pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas. Las consultas preliminares del mercado. Anuncio de información previa. Procedimientos para la adjudicación de los contratos. Proposiciones de los interesados. Criterios de adjudicación del contrato y de desempate. Ofertas anormalmente bajas. Clasificación de las ofertas y adjudicación del contrato. Contenido mínimo del contrato. Formalización y perfección de los contratos. Pago del precio, transmisión de los derechos de cobro e indemnizaciones por demora. Principales modificaciones de los contratos. Recepción de la prestación. Causas de resolución. Cesión de los contratos y subcontratación. Obligaciones de rendición de información de los contratos celebrados. El Plan anual de contratación.
16. El régimen jurídico de los bienes de titularidad pública. El dominio público y los bienes patrimoniales: adquisición, utilización, explotación y enajenación.
17. Los convenios de colaboración y el mecenazgo universitario. Reglamento UCA/CG08/2018, de 25 de julio, por el que se regula la realización de convenios en la Universidad de Cádiz, modificado por el Reglamento UCA/CG04/2024, de 22 de abril.
18. Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos): capítulo I: Disposiciones generales; capítulo II: Principios; capítulo III: Derechos del interesado.
Bloque IV. Gestión de personal y seguridad social
1. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones públicas. El texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP). Principales instrumentos de ordenación de la gestión de recursos humanos. Las relaciones de puestos de trabajo (RPT). La oferta de empleo público (OEP). Dotaciones presupuestarias de personal (plantilla de personal). La formación del personal.
2. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones públicas. Acceso al empleo público: Principios jurídicos que han de inspirar los procedimientos de selección. Requisitos para el acceso. Los órganos de selección. Selección de personal interino y laboral. Reglamento UCA/CG06/2017, de 18 de diciembre, de selección, contratación y nombramiento del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios.
3. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones públicas. Situaciones administrativas y pérdida de la condición de funcionario.
4. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones públicas. La carrera administrativa. Presupuestos y modalidades de carrera. La estructura de base personal. Los Cuerpos de funcionarios. Carrera profesional y promoción interna. Provisión de puestos de trabajo. Evaluación del desempeño. Movilidad y traslado de puesto de trabajo. Remoción del puesto de trabajo. Traslado forzoso o redistribución de efectivos. Adscripción provisional. Comisiones de servicios, permutas y otras modalidades. Reglamento UCA/CG02/2013, de 6 de febrero de2013, de Provisión de puestos de Trabajo del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios.
5. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones públicas. Derechos individuales: Los derechos funcionales. Los derechos individuales de naturaleza laboral. Los derechos individuales de fundamentación constitucional. Derechos individuales ejercidos colectivamente: Sindicación. Negociación colectiva. Huelga. La regulación del teletrabajo en las Administraciones públicas, con especial referencia su regulación en la Universidad de Cádiz.
6. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones públicas. Los deberes de los empleados públicos. El sistema de incompatibilidades. Código de conducta de los empleados públicos. Código ético de la Universidad de Cádiz (Código Peñalver).
7. Régimen disciplinario: faltas, sanciones y tramitación.
8. La Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía. Disposiciones generales. Derechos y deberes. Promoción profesional. Régimen disciplinario.
9. El Derecho del Trabajo. Concepto y fines. Las fuentes del Derecho del Trabajo. Relaciones excluidas del ámbito de aplicación de la legislación laboral. Poder de dirección. Poder disciplinario: las infracciones y sanciones en el orden social. La aplicación de las normas laborales: principios de ordenación. La relación ley convenio colectivo. Colisión y concurrencia entre normas estatales y normas convencionales. El principio de la condición más beneficiosa. Los principios de irrenunciabilidad de derechos y territorialidad de las normas. Otros principios.
10. El contrato de trabajo: concepto y naturaleza jurídica. Modalidades. Sujetos. Forma. Contenido y régimen jurídico. La modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. Causas, forma y efectos. En particular, el despido y la regulación de empleo. Cesión de trabajadores y sucesión de empresas.
11. La duración del contrato de trabajo. Período de prueba. Clases de contratos de duración determinada. Las modalidades de contrato de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Fraude de ley en la contratación temporal.
12. La representación de los trabajadores y la libertad sindical. La negociación colectiva. Unidades de negociación. Legitimización. Tramitación. Aplicación e interpretación. Contenido. Extensión y Adhesión. Eficacia e impugnación. Convenio Colectivo del personal de administración y servicios laboral de las Universidades Andaluzas. Convenio Colectivo del PDI laboral en las Universidades andaluzas.
13. El Sistema de Seguridad Social. Regímenes. Gestión: afiliación y cotización. Acción protectora: contingencias y clases de prestaciones. La incapacidad temporal. Maternidad. Invalidez permanente: modalidades. Jubilación: modalidades. Otras prestaciones. El Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado. La MUFACE. Los derechos pasivos. El Mutualismo administrativo.
14. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Derechos y obligaciones. Servicios de prevención. Consulta y participación de los trabajadores. Responsabilidades y sanciones.
Bloque V. Gestión económico-financiera
1. Ley Orgánica del Sistema Universitario, Ley Andaluza de Universidades y Estatutos de la Universidad de Cádiz: Regulación básica de la actividad económico-financiera y presupuestaria. Rendición de cuentas, transparencia e integridad. Suficiencia y autonomía económica y financiera. Programación y sistema de financiación. Presupuestos. Colaboración con otras entidades o personas físicas. Entidades basadas en el conocimiento. Fundaciones públicas universitarias.
2. El Presupuesto de la Universidad de Cádiz: Concepto y contenido. El ejercicio presupuestario. Principios generales. Estado de ingresos y de gastos del presupuesto: clasificación orgánica, funcional y económica. Reglas de vinculación de los créditos. Responsables de Unidades de Gasto y Unidades Tramitadoras. Liquidación del presupuesto y cierre del ejercicio. Prórroga presupuestaria. Incidencia de las leyes de estabilidad presupuestaria en el proceso de elaboración, aprobación y ejecución del Presupuesto.
3. La Universidad de Cádiz: Concepto y régimen de los derechos y obligaciones económicas. Ingresos y gastos de naturaleza afectada. Precios públicos de servicios universitarios. Ingresos patrimoniales. Exacción de ingresos de derecho público. Aplazamiento y fraccionamiento de los derechos. Devoluciones de ingreso. Prescripción de derechos y obligaciones. Prestación de servicios internos.
4. La Universidad de Cádiz: Créditos presupuestarios. Gastos plurianuales. Modificaciones de créditos y procedimientos. Transferencias de crédito. Generaciones de crédito. Ampliaciones de crédito. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Incorporación de remanentes afectados y no afectados. Bajas por anulación. Redistribución de créditos. El Fondo de Contingencia.
5. La Universidad de Cádiz: Autorización de gastos y ordenación de pagos. Gastos fijos y domiciliados. Fases del procedimiento y documentos contables que intervienen en la gestión del gasto. Requisitos de las facturas. Procedimiento para la presentación de facturas por proveedores. La factura electrónica. El Registro Contable de facturas. El control interno: Formas y principios de actuación. Plan anual de Auditoría y Control Interno de la UCA.
6. La Universidad de Cádiz: Gastos de personal. Gastos en bienes y servicios corrientes. Gastos financieros. Transferencias y subvenciones: corrientes y de capital. Gastos de inversión y de investigación. Activos y Pasivos financieros.
7. La Universidad de Cádiz: Tesorería. Plazos y forma de pago. Cajas Habilitadas. Pagos a justificar. Conciliación bancaria. Periodo medio de pago a proveedores de las Administraciones públicas. Operaciones de tesorería y endeudamiento. Operaciones de gestión de la liquidez de la Tesorería.
8. El Plan General de Contabilidad Pública: Ámbito de aplicación y estructura básica. Normas de reconocimiento y valoración. Las Cuentas Anuales. Balance. Cuenta del resultado económico patrimonial. Memoria.
9. Los impuestos directos e indirectos. Obligaciones tributarias de la UCA: El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Naturaleza, características, hecho imponible y sujetos pasivos. Rentas exentas. Tratamiento de las retribuciones de personal, becas y ayudas. Retenciones a cuenta del Impuesto. Gestión del IRPF: declaraciones fiscales de la UCA.
10. Obligaciones tributarias de la UCA: El Impuesto sobre el Valor añadido. Hecho imponible: entregas de bienes, prestaciones de servicios, adquisiciones intracomunitarias e importaciones. Sectores diferenciados de la actividad universitaria. Gestión del IVA: declaraciones fiscales de la UCA. Tasas y precios públicos de servicios universitarios: regulación básica.
11. La Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones públicas: Disposiciones generales. La Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Disposiciones generales, de los bienes y derechos de la comunidad autónoma y uso de los bienes y derechos de dominio público. Régimen patrimonial de la Universidad de Cádiz: disposiciones de la LOSU, LUPA y Estatutos de la UCA. Procedimiento para la aceptación de donaciones y cesiones de uso a favor de la Universidad de Cádiz.
12. Normativa general sobre subvenciones en el ámbito estatal y de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Conceptos generales. Gestión de subvenciones en la Universidad de Cádiz: modalidades, procedimientos, órganos competentes, obligaciones de los beneficiarios y justificación.
13. El Tribunal de Cuentas. La función fiscalizadora: extensión e instrumentos. Los procedimientos de fiscalización; su terminación. Actuaciones previas a la exigencia de responsabilidades contables. La jurisdicción contable: naturaleza, extensión y límites. Los órganos. Las partes. Las pretensiones: acumulación y cuantía. Disposiciones comunes del procedimiento. Terminación del procedimiento. Procedimientos especiales. Recursos. Ejecución de sentencias. La Cámara de Cuentas de Andalucía: función fiscalizadora y relaciones con el Tribunal de Cuentas.
14. Sociedades mercantiles: tipos sociales; objeto social; constitución; órganos sociales. Modificación de estatutos (aumento y reducción de capital), modificaciones estructurales. Disolución y liquidación.
15. Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia. Propiedad Intelectual. Derechos de autor sujeto, objeto, contenido, duración y límites. Transmisión y protección de los derechos de autor.
16. Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes. Derecho a la patente. Invenciones laborales. Procedimiento de concesión de patentes. Recursos. Transmisión y licencias contractuales.
Bloque VI. Gestión universitaria.
1. Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario: Funciones del sistema universitario y autonomía de las universidades. Creación y reconocimiento de las universidades y calidad del sistema universitario. Cooperación, coordinación y participación en el sistema universitario. Universidad, sociedad y cultura. Internacionalización del sistema universitario.
2. Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario: Régimen jurídico, estructura y gobernanza de las universidades públicas.
3. Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario: Organización de las enseñanzas. Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
4. Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario: El estudiantado en el Sistema Universitario. Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario.
5. Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario: Investigación y transferencia e intercambio del conocimiento e innovación. Reglamento UCA para la realización de trabajos de carácter científico, técnico o artístico, en colaboración con otras entidades o personas físicas.
6. La ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. El Plan Propio de Investigación de la Universidad de Cádiz.
7. Ley 1/2026, de 20 de febrero, Universitaria para Andalucía: Disposiciones Generales. Creación y Reconocimiento de Universidades.
8. Ley 1/2026, de 20 de febrero, Universitaria para Andalucía: Docencia, Investigación y Transferencia de Conocimiento. Estudiantado.
9. Ley 1/2026, de 20 de febrero, Universitaria para Andalucía: Coordinación Universitaria.
10. Ley 1/2026, de 20 de febrero, Universitaria para Andalucía: Estructura de las Universidades y Gobernanza de las universidades públicas.
11. El personal docente e investigador (PDI) en las universidades. Clases, régimen jurídico, situaciones administrativas y retribuciones. Regulación del Personal Docente e Investigador en los Estatutos de la Universidad de Cádiz.
12. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz. Estructura. Órganos de gobierno, participación social y representación. Reglamento del Claustro y del Consejo Social de la Universidad de Cádiz.
13. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz. Docencia.
14. Normativas sobre admisión, matriculación, reconocimiento, transferencia de crédito y permanencia en los estudios oficiales de Grado y Máster en la Universidad de Cádiz.
15. Normativas por la que se regula el régimen de evaluación y de evaluación por compensación en la Universidad de Cádiz.
16. Expedición de títulos universitarios oficiales y del Suplemento Europeo al título. Equivalencia y homologación de títulos extranjeros.
17. Regulación de las enseñanzas oficiales de Doctorado. Reglamento UA/CG12/2023, de 29 de septiembre, de Doctorado de la Universidad de Cádiz.
18. Régimen de becas generales, ayudas al estudio y programas de movilidad internacional.
19. Evaluación y acreditación institucional de las universidades: La ANECA y la Agencia Andaluza del Conocimiento.
20. La convivencia en el ámbito académico: Ley 3/2022 de Convivencia Universitaria y régimen normativo. Reglamento de régimen disciplinario de los Estudiantes de la Universidad de Cádiz.
21. Administración electrónica universitaria: sede electrónica, sistemas de identificación, firma electrónica y archivo electrónico.
22. La política de seguridad de la información y el Esquema Nacional de Seguridad (ENS) en las Universidades. Política de seguridad de la Universidad de Cádiz.
23. Transferencia de conocimiento en el sistema universitario. Las OTRIS, los parques científicos y las empresas de base tecnológica.
24. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz. Investigación. Reglamento UCA/CG07/2013, de 25 de junio de 2013, Marco de Funcionamiento de los Institutos Universitarios de Investigación de la Universidad de Cádiz. Reglamento para la realización de trabajos de carácter científico, técnico o artístico, en colaboración con otras entidades o personas físicas.
25. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz. Régimen Electoral de la Universidad de Cádiz y su Reglamento Electoral General. Reforma de los Estatutos.
26. Creación por las Universidades de fundaciones y otras personas jurídicas. Reglamento UCA/CG04/2010, de 8 de abril de 2010, de Empresas de Base Tecnológica de la Universidad de Cádiz.
27. El Reglamento de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz.
28. Política Antifraude de la Universidad de Cádiz. La Comisión Antifraude.
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