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Por Resolución rectoral de 12 de diciembre de 2025 de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 22 de diciembre de 2025, se publica la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025 para personal técnico, de gestión y de administración y servicios, en la que se autoriza la convocatoria, por el sistema de promoción interna, de dos plazas en la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos, Subgrupo A1.
Este Rectorado, en uso de las competencias que le confieren el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo (BOE de 12 de marzo), resuelve convocar pruebas selectivas para el ingreso, por promoción interna, en la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED, subgrupo A1, con sujeción a las siguientes:
Bases de la convocatoria
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED, subgrupo A1, por el sistema de promoción interna.
1.2 Las plazas convocadas tienen su ubicación en Madrid.
1.3 Las presentes pruebas selectivas se regirán por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en lo que no se oponga a la anterior norma; el libro segundo del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad; los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, aprobados por Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo; las demás disposiciones que resulten de aplicación y las presentes bases.
1.4 Cuando durante el desarrollo del proceso selectivo sea necesaria la presentación de documentación adicional, esta deberá dirigirse, a través del Registro Electrónico de la Universidad, a la Sección PTGAS Funcionario (código U02800252).
1.5 El proceso selectivo constará de una fase de oposición y una fase de concurso, cuyo desarrollo se detalla en el anexo II de la presente convocatoria.
1.6 El programa que regirá la fase de oposición es el que figura en el anexo I de esta convocatoria.
1.7 Toda la información relativa al desarrollo del proceso selectivo, así como las comunicaciones y publicaciones derivadas del mismo, se harán públicas en la página web de la Universidad Nacional de Educación a Distancia: www.uned.es; La UNED; Trabaja en la UNED; Convocatorias PTGAS; PTGAS Funcionario.
Las personas aspirantes para ingresar en la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED, objeto de la presente convocatoria, deberán reunir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera, los requisitos generales de acceso al empleo público y, en particular, los siguientes:
2.1 Requisitos de promoción interna.
Las personas aspirantes que concurran a estas plazas de promoción interna deberán haber prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años como personal funcionario en Escalas de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, Subgrupo A2, de la UNED, y análogos, de la Administración del Estado, de las comunidades autónomas y de otras universidades públicas; y tener destino definitivo en esta universidad.
2.2 Habilitación.
No haber sido separadas mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas ni hallarse inhabilitadas, con carácter absoluto o especial, para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial firme.
Asimismo, no podrán pertenecer a la misma escala a cuyas pruebas selectivas se presentan.
2.3 Titulación.
Estar en posesión, o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, del título universitario oficial de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse la correspondiente homologación o, en su caso, la equivalencia oficial exigida por la normativa vigente.
3.1 Presentación de solicitudes.
Las personas interesadas deberán presentar su solicitud por medios electrónicos a través del servicio de inscripción en pruebas selectivas de la UNED, disponible en la página web de la Universidad (http://www.uned.es; La UNED; Trabaja en la UNED; Inscripción en pruebas selectivas).
Para utilizar este servicio será necesario disponer previamente de identificador de usuario de la UNED. Quienes no lo tengan deberán obtenerlo a través del procedimiento de registro disponible en la página web de la Universidad (www.uned.es; Regístrate), siguiendo las instrucciones del sistema de obtención de identificador.
Una vez identificadas mediante usuario y contraseña, las personas aspirantes deberán tramitar su solicitud a través de la ruta indicada, siguiendo el procedimiento guiado habilitado al efecto.
La presentación electrónica de la solicitud permitirá:
– La inscripción en las pruebas selectivas.
– La incorporación de documentación a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas, cuando proceda.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La obtención del justificante de presentación en formato PDF.
La documentación adjuntada solo quedará incorporada al expediente cuando la solicitud haya sido registrada correctamente.
La solicitud se iniciará mediante la selección de la convocatoria Facultativos de Biblioteca de la UNED. PI, y se desarrollará a través de las siguientes fases:
1. Datos personales.
2. Datos de contacto.
3. Datos de la solicitud.
4. Documentación.
5. Pago.
6. Resumen.
7. Finalización.
Durante la tramitación se mostrará una pantalla de progreso que permitirá comprobar el estado de cada fase. La solicitud se considerará presentada únicamente cuando se haya completado el proceso y se obtenga el correspondiente justificante de registro.
Cuando la solicitud deba ir acompañada de documentación adicional, esta deberá adjuntarse electrónicamente en los términos previstos en la base 1.4.
No obstante, cuando una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilite el funcionamiento ordinario de los sistemas electrónicos, el órgano convocante podrá autorizar la ampliación del plazo de presentación de solicitudes.
3.2 Plazo de presentación.
Las solicitudes se dirigirán al Rector de la UNED, y deberán presentarse en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
3.3 Derechos de examen.
Los derechos de examen serán de 15,55 euros.
Las personas integrantes de familias numerosas de categoría general tendrán derecho a una bonificación del 50 % de los derechos de examen, por lo que deberán abonar la cantidad de 7,78 euros.
El pago de la tasa, cuando proceda, se realizará dentro del proceso de inscripción electrónica, de acuerdo con lo previsto en el apartado relativo a la fase «Pago».
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la acreditación de alguna de las causas de exención total o parcial deberá efectuarse dentro del plazo de presentación de solicitudes. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la exclusión de la persona aspirante, sin posibilidad de subsanación.
La falta de pago de la tasa dentro del plazo establecido o la inexistencia de los requisitos que justifiquen la exención total o parcial determinarán la exclusión definitiva del proceso selectivo.
En ningún caso el pago de la tasa o la acreditación de una causa de exención sustituirá la obligación de presentar la solicitud de participación dentro del plazo establecido.
Estarán exentos del pago de los derechos de examen las siguientes personas:
a) Personas con grado de discapacidad reconocida.
Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, que deberá acreditarse mediante el correspondiente documento justificativo.
No será necesario aportar dicha documentación cuando el reconocimiento haya sido realizado por una Administración integrada en la Plataforma de Intermediación de Datos y la persona interesada autorice expresamente su consulta por la Universidad. (https://administracion.gob.es/PAG/PID).
b) Miembros de familias numerosas.
De conformidad con el artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas:
– Los miembros de familias numerosas de categoría especial estarán exentos del pago de la tasa.
– Los miembros de familias numerosas de categoría general tendrán derecho a una bonificación del 50 %.
Esta condición se acreditará mediante el correspondiente título de familia numerosa en vigor.
No será necesario aportar dicha documentación cuando el título haya sido expedido por una Administración integrada en la Plataforma de Intermediación de Datos y la persona interesada autorice expresamente su consulta.
c) Víctimas de terrorismo.
Estarán exentas las víctimas de terrorismo que acrediten dicha condición mediante sentencia judicial firme o resolución administrativa correspondiente.
Esta exención se extiende asimismo a su cónyuge o pareja de hecho, al cónyuge de la persona fallecida y a los hijos e hijas de las personas heridas o fallecidas como consecuencia de actos terroristas, en los términos establecidos por la normativa aplicable.
Las personas aspirantes deberán aportar, a través del apartado «Documentación», la documentación acreditativa correspondiente cuando no autoricen la verificación de sus datos o cuando, aun habiéndola autorizado, dicha verificación no pueda realizarse.
No será necesario volver a presentar la documentación que ya obre en el expediente de la persona interesada, siempre que continúe siendo válida y se encuentre vigente.
3.4 Instrucciones para cumplimentar la solicitud.
Los aspirantes deberán seguir las siguientes instrucciones para la cumplimentación de su solicitud:
Fases:
1. Datos personales: En esta pantalla se mostrarán los datos personales facilitados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED. No será posible modificar el tipo de documento de identidad, el número de documento ni la fecha de nacimiento.
2. Datos contacto: En esta pantalla se mostrarán los datos de contacto facilitados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED. Estos datos podrán modificarse para la presente solicitud.
Será obligatorio consignar una dirección postal completa, una dirección de correo electrónico y, al menos, un teléfono de contacto.
3. Datos solicitud: En esta pantalla la persona aspirante deberá indicar si reúne alguna de las condiciones que dan derecho a la reducción o exención de las tasas de examen previstas en el apartado 3.3 de la convocatoria: Personas con discapacidad, Miembro de familia numerosa de categoría general, Miembro de familia numerosa de categoría especial o Víctima de Terrorismo.
La opción correspondiente a personas con discapacidad solo estará disponible cuando, en el apartado 1. Datos personales, se haya indicado un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
Asimismo, deberá indicar la titulación académica exigida para participar en el proceso selectivo, de conformidad con lo establecido en la base 2.3 de la convocatoria, así como cualquier otra titulación académica susceptible de valoración conforme a lo previsto en sus bases.
4. Documentación: En esta pantalla deberá adjuntarse la documentación acreditativa de las circunstancias que den derecho a la reducción o exención de las tasas de examen, así como aquella documentación exigida en las bases de la convocatoria.
Deberá aportarse, según corresponda, la siguiente documentación:
– Personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento: documento acreditativo de dicha condición, salvo que ya conste en el expediente de la persona interesada, circunstancia que deberá indicarse expresamente.
– Personas aspirantes que soliciten adaptación de tiempo o medios para la realización de las pruebas: dictamen técnico facultativo emitido por el órgano competente para la valoración del grado de discapacidad.
El Tribunal podrá solicitar informe y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, de la Unidad de Prestaciones Asistenciales y de Prevención de Riesgos Laborales, o del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
– Familia numerosa general: título vigente acreditativo de dicha condición.
– Familia numerosa especial: título vigente acreditativo de dicha condición.
– Víctima de terrorismo: sentencia judicial firme o resolución administrativa por la que se reconozca tal condición.
5. Pago: liquidación de admisión a pruebas selectivas: El pago de las tasas por derechos de examen podrá realizarse a través de cualquiera de las siguientes modalidades:
a) Mediante tarjeta bancaria de crédito o débito, cumplimentando los datos requeridos y siguiendo las instrucciones que aparecerán en pantalla hasta completar el trámite.
b) Mediante la descarga de la carta de pago y el abono de la tasa en cualquier oficina del Banco Santander, siguiendo las instrucciones incluidas en dicho documento.
Una vez efectuado el pago y verificado por la UNED, el estado del pago pasará de «pendiente» a «pagado». En los pagos realizados mediante ingreso en oficina bancaria, este proceso de validación puede demorarse hasta tres días.
6. Resumen: En esta pantalla se mostrará un resumen de los datos consignados en los apartados anteriores, así como de la documentación aportada.
Antes de registrar la solicitud, deberá comprobar la exactitud de la información. Si los datos son exactos, deberá validarlos y pulsar el botón «Registrar».
7. Final: En esta pantalla podrá descargar el justificante de registro de solicitud. La solicitud no se considerará presentada correctamente hasta que se haya completado el proceso de registro.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a instancia de la persona interesada.
3.6 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos consignados en su solicitud, pudiendo solicitar su modificación dentro del plazo de presentación de solicitudes mediante escrito motivado. Transcurrido dicho plazo, no se admitirán modificaciones, salvo la subsanación de errores materiales, de hecho o aritméticos.
4.1 Listas provisionales de personas admitidas y excluidas.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rectorado de la Universidad dictará una resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo.
Dicha resolución se publicará en la página web de la Universidad e incluirá la relación de personas excluidas, con indicación de la causa de exclusión, así como la fecha y el lugar de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición.
4.2 Subsanación de solicitudes.
Las personas aspirantes expresamente excluidas, así como aquellas que no figuren ni en la relación de admitidas ni en la de excluidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en la página web de la Universidad, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión.
Finalizado dicho plazo, y siempre que se hubieran producido modificaciones, estas, se publicarán en los mismos lugares en que fueron difundidas las relaciones provisionales.
Las personas aspirantes que no acrediten, dentro del plazo señalado, el cumplimiento de los requisitos necesarios para su inclusión en la relación de admitidas quedarán definitivamente excluidas del proceso selectivo.
Con el fin de evitar errores y facilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes deberán comprobar no solo que no figuran en la relación de excluidas, sino también que aparecen correctamente incluidas en la relación de admitidas.
La exclusión por causas imputables a la persona interesada no dará derecho a la devolución de los derechos de examen. En los casos en que proceda dicha devolución esta se efectuará una vez finalizado el proceso selectivo.
5.1 El Tribunal calificador del presente proceso selectivo es el que figura en el anexo III a esta convocatoria.
Su actuación se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; las bases de esta convocatoria y demás normativa vigente que resulte de aplicación.
5.2 De conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la Constitución Española, el Tribunal velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres.
Asimismo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, el Tribunal tendrá la categoría primera.
5.3 El Tribunal podrá disponer la incorporación de personas asesoras especialistas para colaborar en aquellas fases del proceso selectivo en las que se estime necesario. Su actuación se limitará al ejercicio de sus respectivas especialidades técnicas.
Igualmente, cuando las circunstancias del proceso selectivo así lo aconsejen, podrá designarse personal colaborador para el desarrollo de las pruebas, que actuará bajo la dirección del Tribunal.
5.4 Las personas integrantes del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y comunicarlo al Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia cuando concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, o cuando hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
La presidencia solicitará a las personas integrantes del Tribunal, así como a las asesoras especialistas y al personal colaborador que participe en el proceso, una declaración expresa de no encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias señaladas.
Asimismo, las personas aspirantes podrán promover la recusación de los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de dichas circunstancias.
5.5 Previa convocatoria de la Presidencia, el Tribunal se constituirá con la asistencia de la persona que ejerza la Presidencia y de la Secretaría, o de quienes les sustituyan, así como de, al menos, la mitad de sus miembros, titulares o suplentes.
Deberán celebrar su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días respecto de la fecha prevista para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición.
En dicha sesión, el Tribunal adoptará las decisiones necesarias para garantizar el correcto desarrollo del proceso selectivo.
5.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Sección PTGAS Funcionario de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, sita en Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, siendo su dirección de correo electrónico: accesopasfuncionario@adm.uned.es.
5.7 En ningún caso el Tribunal podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de personas aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de nombramiento que contravenga esta limitación será nula de pleno derecho.
5.8 Contra los actos y las actuaciones de trámite del Tribunal que decidan directa o indirectamente sobre el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en el plazo de un mes.
De conformidad con la base 1.5, el procedimiento selectivo constará de las siguientes fases:
6.1 Fase de oposición.
La fase de oposición estará integrada por los ejercicios que se detallan en el anexo II de la presente convocatoria.
6.2 Fase de concurso.
Una vez finalizada la fase de oposición, tendrá lugar la fase de concurso, en la que únicamente podrán participar las personas aspirantes que hayan superado aquella.
En esta fase se valorarán los méritos acreditados por las personas aspirantes conforme al baremo establecido en el anexo II de la convocatoria.
7.1 La fase de oposición de este proceso selectivo se celebrará en Madrid.
7.2 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará a partir del mes de marzo de 2027.
7.3 El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por aquellas cuyo apellido comience por la letra «B», de conformidad con la Resolución de 29 de junio de 2026, de la Secretaría de Estado de Función Pública («Boletín Oficial del Estado» de 3 de julio), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 23 de junio.
Las personas aspirantes serán convocadas para la realización de los ejercicios en llamamiento único, quedando excluidas quienes no comparezcan, salvo en los supuestos debidamente justificados y apreciados por el Tribunal, de acuerdo con la normativa vigente.
7.4 En cualquier momento del proceso selectivo, el Tribunal podrá requerir a las personas aspirantes para que acrediten su identidad.
Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguna de ellas no reúne la totalidad de los requisitos exigidos para participar en el proceso selectivo, previa audiencia de la persona interesada propondrá su exclusión al Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, remitiendo asimismo las inexactitudes o falsedades detectadas en la solicitud de participación a los efectos que procedan.
7.5 Corresponde al Tribunal resolver cuantas incidencias puedan surgir durante el desarrollo de los ejercicios y adoptar las decisiones que estime necesarias para garantizar el correcto desarrollo del proceso selectivo.
7.6 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de personas aspirantes que la hayan superado, ordenada según la puntuación obtenida.
7.7 Las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la relación mencionada en el apartado anterior, para presentar, a través del Registro Electrónico de la Universidad, la documentación acreditativa de los méritos alegados para su valoración en la fase de concurso.
La documentación deberá dirigirse a la Sección PTGAS Funcionario (código U02800252).
Los méritos relativos a servicios prestados deberán acreditarse mediante certificación expedida por la unidad de personal del organismo o entidad donde dichos servicios hubieran sido prestados.
La falta de presentación de la documentación dentro del plazo establecido determinará la no valoración de los méritos correspondientes.
7.8 Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes, con indicación expresa de la valoración otorgada en cada uno de los méritos objeto de la baremación.
7.9 La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso.
En caso de empate, este se resolverá atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
Primero: Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición.
Segundo: Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la fase de oposición.
Tercero: Mayor puntuación obtenida en los méritos de la fase de concurso, siguiendo el orden de prelación establecido en la convocatoria.
Si persistiera el empate, se atenderá a la mayor antigüedad reconocida en la UNED, computándose para ello los años, meses y días de servicio, que conste en la Unidad de Personal, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
8.1 Finalizadas las fases de oposición y concurso, el Tribunal hará pública la relación de las personas que hayan superado el proceso selectivo, con indicación de la puntuación total obtenida, así como de las puntuaciones alcanzadas en cada una de las fases.
8.2 El Tribunal elevará al Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia la correspondiente propuesta de nombramiento como funcionarios o funcionarias de carrera de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED a favor de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo.
Mediante resolución del Rectorado se hará público en el «Boletín Oficial del Estado» el nombre de las personas propuestas para su nombramiento.
9.1 En el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución por la que se hagan públicos los nombres de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, estas deberán presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidos para el acceso a la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED.
La documentación deberá dirigirse a la Vicegerencia de Recursos Humanos y Organización, Sección PTGAS Funcionario, salvo aquella que ya obre en poder de dicha unidad.
Asimismo, dentro del mismo plazo deberá presentarse, debidamente cumplimentada, la declaración jurada o promesa de no haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas, conforme al modelo que figura como anexo IV de esta convocatoria.
9.2 Si, dentro del plazo señalado y salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados, las personas aspirantes propuestas no presentaran la documentación requerida o del examen de esta se dedujera que no reúnen alguno de los requisitos exigidos en la base segunda, no podrá ser nombrada personal funcionario de carrera, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación.
9.3 El nombramiento como personal funcionario de carrera de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED se efectuará mediante resolución de la autoridad convocante, que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
9.4 La toma de posesión deberá efectuarse en el plazo de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
10.1 La participación en el presente proceso selectivo implica la plena aceptación de las bases de esta convocatoria y de las decisiones que adopte el Tribunal en el ámbito de sus competencias, sin perjuicio de las reclamaciones y recursos que procedan conforme a la normativa vigente.
El Tribunal queda facultado para resolver cuantas dudas puedan plantearse en la aplicación e interpretación de estas bases, así como para adoptar los acuerdos y medidas necesarias para garantizar el correcto desarrollo del proceso selectivo.
10.2 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.
Alternativamente, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación.
Madrid, 16 de septiembre de 2026.–El Rector, Ricardo Mairal Usón.
Bloque I
1. Dirección de bibliotecas universitarias. Instrumentos de gestión. Planificación estratégica y evaluación.
2. Gestión económica y presupuestaria en bibliotecas universitarias I. Normas de procedimiento presupuestario en la UNED.
3. Gestión económica y presupuestaria en bibliotecas universitarias II. Financiación externa: ayudas, subvenciones y captación de recursos.
4. Evaluación y calidad en sistemas de biblioteca. Indicadores de rendimiento y estadísticas. Normas de calidad para bibliotecas. Aplicación de las normas ISO y EFQM.
5. Gestión y dirección basadas en datos. Estadísticas de bibliotecas. Normativa nacional e internacional. ISO 2146, ISO 2789. Counter 5.
6. Los recursos humanos en las bibliotecas universitarias. Nuevos perfiles, habilidades y competencias del personal bibliotecario universitario. Selección y formación. Código ético de los profesionales de la información.
7. La gestión de recursos humanos en bibliotecas universitarias: liderazgo y trabajo en equipo. Motivación y gestión de conflictos. Evaluación del rendimiento.
8. Planificación de nuevos servicios en bibliotecas universitarias: diseño, implantación, evaluación y ciclo de vida de los servicios.
9. Gestión de la colección I: desarrollo de colecciones en las bibliotecas universitarias. Criterios de selección, mantenimiento, evaluación y expurgo.
10. Gestión de la colección II: almacenamiento y organización de las colecciones. Conservación preventiva y criterios para la restauración de fondos bibliográficos y documentales.
11. Gestión de la colección III: colecciones electrónicas. Contratación y modelos de comercialización. Las licencias de uso. Aspectos legales del suministro de información electrónica.
12. Revistas científicas: modelos de publicación y suscripción. La revisión por pares. Evaluación de las revistas científicas. Plataformas de publicación de revistas académicas en abierto.
13. Sistemas integrados de gestión bibliotecaria y las nuevas plataformas de servicios bibliotecarios. Herramientas de descubrimiento e integración de recursos electrónicos. Situación actual y tendencias de futuro en bibliotecas universitarias.
14. Gestión de servicios de la biblioteca universitaria. Derechos y deberes de los usuarios. Las cartas de servicios: desarrollo y evaluación. Encuestas de usuarios y adaptación a las nuevas necesidades detectadas.
15. Organización y gestión de espacios. Infraestructuras y equipamiento. Nuevos espacios para nuevos servicios. Sostenibilidad en bibliotecas.
16. Marketing en las bibliotecas universitarias: impacto y evaluación de resultados. La difusión de servicios y contenidos de la Biblioteca, herramientas y canales. Plan de comunicación.
17. La cooperación bibliotecaria universitaria en la actualidad. REBIUN: planes estratégicos y grupos de trabajo.
18. Cooperación bibliotecaria: Consorcio Madroño: planes estratégicos, grupos de trabajo, proyectos, productos y servicios consorciados.
Bloque II
1. Las bibliotecas universitarias en la actualidad y su contribución a la docencia y la investigación.
2. La edición académica y universitaria: mercado editorial, edición electrónica y su repercusión en las bibliotecas universitarias. La editorial de la UNED.
3. La comunicación científica y académica: evolución, tendencias y situación actual. Principales tipos de publicaciones científicas. Grandes proveedores de información y documentación en el mundo.
4. Ciencia abierta. El movimiento de acceso abierto. Políticas de acceso abierto en las universidades y la política institucional de la UNED. Principios de reutilización de la información.
5. Las unidades de evaluación científica y bibliometría. Indicadores bibliométricos tradicionales y métricas alternativas. Portales bibliométricos.
6. Criterios para la evaluación de la carrera científica: principales convocatorias nacionales. Recursos de información para la acreditación y evaluación científica. Tendencias en el apoyo a la investigación en bibliotecas universitarias. Principales rankings universitarios.
7. Gestión de la documentación científica y académica. Repositorios institucionales. e-Spacio: repositorio institucional de la UNED. Gestión de los datos de investigación. El papel de las bibliotecas.
8. Sistemas de gestión de la investigación. CRIS. Panorámica en el ámbito universitario español y el papel de la biblioteca.
9. Planificación y diseño de programas de formación en competencias informacionales, digitales y en datos.
10. Nuevas metodologías docentes. Producción de objetos digitales de aprendizaje en abierto: OER, MOOCs, etc. El papel de las bibliotecas.
11. El Sistema Español de Ciencia y Tecnología: objetivos y prioridades. Composición. Agencia Estatal de Investigación. Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología.
12. Política y Estrategia Europea de Investigación, Desarrollo e Innovación. Instituciones europeas de ciencia y tecnología. Espacio europeo de Investigación (ERA).
13. La web semántica. Recomendaciones de la W3C. Las ontologías. Datos enlazados. Minería de datos. Usabilidad, accesibilidad y estructura de la información.
14. Sistemas de Gestión de Contenidos. Portales web, intranets. Los portales de guías de usuarios. Accesibilidad, usabilidad y estándares.
15. Gestión de proyectos de digitalización, preservación y conservación de las colecciones digitales. Directrices nacionales e internacionales.
16. Impacto de la Inteligencia Artificial Generativa en los servicios y en las colecciones de la biblioteca universitaria.
Bloque III. Legislación general
1. Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
2. Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.
3. Reglamento de la Biblioteca de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.
4. La Unión Europea. Instituciones y programas de apoyo a las bibliotecas. Las competencias normativas europeas en política de información y de bibliotecas.
5. Legislación en materia de propiedad intelectual y sus implicaciones en la gestión de bibliotecas. Disposiciones generales, excepciones y límites. Los derechos de autor y derechos de explotación en entornos digitales. Las licencias creative commons.
6. La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, modificada por la Ley 17/2022, de 5 de septiembre. Régimen aplicable al personal docente e investigador de las universidades. Transferencia y difusión de los resultados de investigación. El Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación. Programa Marco Horizonte Europa (2021-2027).
7. Legislación en materia de protección de datos y su implicación en las bibliotecas. Reglamento sobre Seguridad y buen uso del Sistema de Información de la UNED.
8. Legislación sobre contratos del sector público. Su repercusión en las bibliotecas universitarias. Licencias de uso de recursos electrónicos.
9. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Capítulo I. Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Capítulo III. Derechos y obligaciones. Capítulo IV. Servicios de prevención. Capítulo V. Consulta y participación de los trabajadores. Capítulo VII. Responsabilidades y sanciones. La prevención de riesgos laborales en las Administraciones públicas.
10. Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público: Ámbito de aplicación. Órganos administrativos de las Administraciones públicas: competencia, abstención y recusación. Principios de la potestad sancionadora. Composición y clasificación del sector público institucional estatal. Principios generales de las relaciones interadministrativas. La colaboración y cooperación entre Administraciones públicas. Relaciones electrónicas entre Administraciones.
11. Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas: Ámbito subjetivo de aplicación. Disposiciones generales. De los interesados en el procedimiento. La actividad de las Administraciones Públicas. Los actos administrativos: requisitos, eficacia y validez, nulidad y anulabilidad. Disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. Revisión de los actos en vía administrativa. Los recursos administrativos: concepto y clases.
12. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Objeto y ámbito de aplicación. Personal al servicio de las Administraciones públicas. Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Ordenación de la actividad profesional. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario.
13. Políticas de igualdad de género, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Título I: El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Título II: Políticas públicas para la igualdad. Título V: El principio de igualdad en el empleo público.
14. La Administración electrónica. La firma electrónica. El Esquema Nacional de Interoperabilidad.
15. El Esquema Nacional de Seguridad. Sede electrónica. Reglamento de Administración electrónica de la UNED.
16. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Portal de Transparencia de la UNED.
El proceso selectivo constará de una fase de oposición y una fase de concurso.
1. Fase de oposición
La fase de oposición estará integrada por tres ejercicios, todos ellos de carácter eliminatorio.
Primer ejercicio.
Consistirá en el desarrollo por escrito de tres temas del programa que figura en el anexo I de esta convocatoria, uno correspondiente a cada uno de los bloques I, II y III, que se determinarán por sorteo público en el mismo acto del examen.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de tres horas.
El ejercicio será leído por las personas aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará los conocimientos demostrados, la claridad y orden de las ideas, la calidad de la expresión escrita y la forma de presentación y exposición.
La puntuación máxima será de 30 puntos. Para superar el ejercicio será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos en cada uno de los temas desarrollados.
Segundo ejercicio.
Consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico, a elegir entre dos propuestos por el Tribunal, relacionados con las materias comprendidas en los bloques I y II del programa.
Para la realización del ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de tres horas.
Durante el desarrollo de la prueba podrán utilizar la documentación aportada por ellas mismas, con excepción de dispositivos o medios electrónicos y telemáticos, así como aquellos medios o recursos que el Tribunal determine como autorizados.
El supuesto práctico será expuesto en sesión pública ante el Tribunal, que podrá formular preguntas o mantener un diálogo con la persona aspirante sobre aspectos relacionados con el ejercicio durante un tiempo máximo de quince minutos.
La puntuación máxima será de 30 puntos. Para superar el ejercicio será necesario obtener una puntuación mínima de 15 puntos.
Corresponderá al Tribunal fijar las puntuaciones directas mínimas necesarias para superar el ejercicio. Las calificaciones finales se obtendrán mediante la transformación de las puntuaciones directas conforme a los criterios y baremos previamente establecidos por el Tribunal.
Tercer ejercicio.
Consistirá en la traducción al castellano de dos textos de contenido profesional, redactados en inglés y facilitados por el Tribunal, con una extensión mínima de cuatrocientas palabras cada uno.
Para su realización se permitirá la utilización de diccionario.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de tres horas.
Cada traducción se calificará de 0 a 7,5 puntos. Para superar el ejercicio será necesario obtener una puntuación mínima de 3,75 puntos en cada una de las traducciones.
La puntuación máxima del ejercicio será de 15 puntos.
2. Fase de concurso
En la fase de concurso se valorarán los méritos de las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición, siempre que dichos méritos se hayan obtenido antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los méritos se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo:
a) Servicios efectivos prestados en la UNED en puestos adscritos a la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos: 2 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 20 puntos.
b) Servicios efectivos prestados en la UNED en puestos adscritos a la Escala de Técnicos Auxiliares de Biblioteca: 1 punto por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 10 puntos.
c) Servicios efectivos prestados en otras universidades públicas en puestos pertenecientes a cuerpos o escalas de bibliotecas: 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 5 puntos.
Tribunal titular
Presidente: don Álvaro Martín Herrera, Escala Técnica Superior de Administración de la UNED.
Vocales:
Doña María del Sagrario Corral Magro, Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Autónoma de Madrid.
Don José Oliver Martín Martín, Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Complutense de Madrid.
Doña Eva Ortiz Uceta, Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Carlos III de Madrid.
Secretaria: doña María del Carmen García Galindo, Escala Técnica Superior de Administración de la Universidad Autónoma de Madrid.
Tribunal suplente
Presidente: don Juan José de la Vega Viñambres, Escala Técnica Superior de Administración de la UNED.
Vocales:
Don David Dionisio Gómez, Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Alcalá.
Don Santiago Fernández Conti, Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Autónoma de Madrid.
Doña María del Carmen Muñoz Serrano, Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad Complutense de Madrid.
Secretario: don Carlos Rupérez Resa, Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad Politécnica de Madrid.
Don/doña ………………..……………………………………………..……………….. con domicilio en ……….…………………………………………. y con documento nacional de identidad número ………….………………… declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario/a de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
En .......................................... a ............ de ....................... de 2026.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid